En una sentencia inédita, el alto tribunal consideró al río “sujeto de derechos” y especial protección constitucional. Por eso le ordenó al Estado un plan de choque para salvar este afluente de la minería desbordada y el mercurio.
Decir que “la obsesión por el oro está matando al río Atrato” parece ya una frase de cajón. Tanto como “tirar la casa por la ventana”. Es un problema sobrediagnosticado. Lo ha dicho la Defensoría del Pueblo. Lo ha dicho la Contraloría. Lo ha dicho la Procuraduría. Lo han dicho a rabiar las comunidades que dependen de esa cuenca hidrográfica. Todos saben lo que ocurre. Y, sin embargo, a nadie parece importarle que las aguas del Atrato estén repletas de mercurio y de cianuro; de dragas y retroexcavadoras; de mineros legales e ilegales. Y, claro, de matones a sueldo buscando escriturar un pedazo del río para hacerse ricos. La maldición de El Dorado se está tragando el Chocó. ¿A quién le importa el departamento más pobre de Colombia? ¿A quién le importa el Atrato? A todos, menos al Estado.
No es una opinión. Es un dato. Lo dice la Corte Constitucional en una sentencia histórica en la que por primera vez reconoce a un río –el Atrato– como sujeto de derechos y ordena al Estado la protección de su cuenca y sus afluentes. Ya no porque la minería esté matando a los colonos y campesinos cuyas tripas no aguantan más mercurio, sino porque el río mismo se nos muere y alguien tiene que hacer algo de una buena vez para salvarlo. Incluida la revolución constitucional de entender el ecosistema como una entidad a la que hay que salvaguardar del hombre mismo. Como una población en riesgo. Como una comunidad amenazada. Como una minoría perseguida. La conclusión del alto tribunal es simple: “Es el momento de comenzar a tomar las primeras medidas para proteger de forma eficaz el planeta y sus recursos antes de que sea demasiado tarde o el daño sea irreversible”.
La historia
El 27 de enero de 2015, el Centro de Estudios para la Justicia Social “Tierra Digna”, en representación de varios consejos comunitarios del Chocó, instauró una tutela contra la Presidencia, siete ministerios, la Agencia Nacional de Minería y otras entidades del gobierno con el fin de salvar el Atrato. La cuenca del río, con 40 mil kilómetros cuadrados, atraviesa más del 60 % del departamento. La vida en el Chocó orbita alrededor de ese brazo hídrico, envenenado sistemáticamente. Un afluente, el más caudaloso de Colombia, que nace a 3.900 metros sobre el nivel del mar en el cerro Caramanta, en la cordillera de los Andes, desemboca en el Golfo de Urabá –con una extensión de 750 kilómetros, 500 navegables– y que recibe más de 15 ríos y 300 quebradas. Su caudal arrastra la cloaca de la minería desbordada. Un estercolero en el que nadie sabe cómo todavía hay vida.
La tutela buscaba ponerle freno a esa locomotora de explotación sin tregua en una región en la que ocho de cada diez habitantes tienen sus necesidades básicas insatisfechas. La extracción de oro y platino derivó en una crisis ambiental espeluznante. La Defensoría reportó la muerte de 34 niños embera-katíos en 2014 por el consumo de agua contaminada. Los índices de diarrea, dengue y malaria se dispararon en Chocó, mientras aumenta el taponamiento y la sedimentación de las fuentes hídricas que desembocan en el Atrato. Una radiografía del desastre que llevó a la Defensoría a declarar una emergencia humanitaria y ambiental hace tres años. La deforestación, la mafia de las maderas, la erosión en toda la cuenca y el vertimiento de químicos convirtieron ese río imponente en una cosa tétrica.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la tutela por improcedente. El Consejo de Estado también, pero, además, sustentó su postura en un argumento más exótico: que los demandantes fueron incapaces de demostrar el “perjuicio irremediable” que les causaba un Atrato emponzoñado de mercurio. El caso fue seleccionado para revisión por la Corte Constitucional y llegó al despacho del magistrado Jorge Iván Palacio –quien terminó su período en febrero pasado–. Antes de irse, en una sentencia revolucionaria que respaldaron los magistrados Alberto Rojas y Aquiles Arrieta, se ordenó proteger el Atrato como una entidad autónoma sujeta de derechos. Aplicando un enfoque ecocéntrico, la Corte partió de una premisa básica: la tierra no le pertenece al hombre y, por el contrario, el hombre es quien pertenece a la tierra, como cualquier otra especie.
“De acuerdo con esta interpretación, la especie humana es solo un evento más dentro de una larga cadena evolutiva que ha perdurado por miles de millones de años y, por tanto, de ninguna manera es la dueña de las demás especies, de la biodiversidad ni de los recursos naturales, como tampoco del destino del planeta. En consecuencia, esta teoría concibe la naturaleza como un auténtico sujeto de derechos que deben ser reconocidos por los estados y ejercidos bajo la tutela de sus representantes legales, verbigracia, por las comunidades que la habitan o que tienen una especial relación con ella”. Bajo esa tesis, la protección de la naturaleza y el medioambiente constituye un verdadero desafío constitucional, siendo Colombia el quinto país entre los 17 más megabiodiversos –según cita la Corte–. Un país en el que habitan 54.871 especies de animales.
Tras hacer una larga disertación sobre la importancia del agua en la historia de la humanidad, empezando por las civilizaciones asentadas en Mesopotamia, a orillas de los ríos Tigris y Éufrates, en Egipto con el Nilo, en la India con el Ganges o en la China con el Huang He, la sentencia pondera el mito fundacional que encarna el agua para el mundo. Con esos antecedentes, y de vuelta al escenario doméstico, la Corte explicó: “Si bien el derecho al agua no está previsto en la Constitución como un derecho fundamental, la Corte Constitucional sí lo considera como tal por cuanto hace parte del núcleo esencial del derecho a la vida en condiciones dignas no sólo cuando está destinada al consumo humano, sino en tanto es parte esencial del medio ambiente y resulta necesaria para la vida de los múltiples organismos y especies que habitan el planeta”.
Para el alto tribunal, “la importancia de la diversidad biológica y cultural de la Nación para las próximas generaciones y la supervivencia del planeta plantea a los estados la necesidad de adoptar políticas públicas integrales sobre conservación, preservación y compensación que tomen en cuenta la interdependencia entre la diversidad biológica y cultural”. En esa línea, el Atrato constituye el principal factor de identidad cultural del Chocó. No obstante, la tradición minera en la zona completa más de 500 años. Comenzó con el establecimiento de las colonias mineras españolas en Santa María de la Antigua del Darién, en el norte del Chocó. Con el paso de los años la región fue sinónimo de oro y riqueza y en los relatos orales de los negros fantásticos que parió el Atrato se fue regando como pólvora la leyenda de la tierra dorada. Hoy es tierra de nadie. O tierra en disputa, que es lo mismo.
La tragedia de El Dorado
Colombia es el sexto productor de oro en América Latina y ocupa el puesto 20 en el mundo, con 65 toneladas anuales. Desde 2012 es el tercer producto colombiano de mayor exportación después del petróleo y el carbón, y justo por encima del café. Las autoridades estiman que unas 350.000 personas viven de economías vinculadas o derivadas del comercio del oro en 10 departamentos. Antioquia y Chocó encabezan la lista. Un negocio que se desarrolla en zonas con fuerte presencia de actores criminales. Un lastre que se remonta a los años postreros del siglo XVIII, cuando Chocó “producía más oro que todos los demás distritos mineros de la Nueva Granada y, en consecuencia, se convirtió en el principal productor de los virreinatos continentales”. Nunca cesó allá la fiebre por El Dorado.
Esa riqueza jamás se tradujo en bienestar para el pueblo. La mitad de los habitantes vive en situación de pobreza extrema, la región tiene el indicador más bajo en calidad de vida en el país –¿traducción?: es el peor lugar para vivir de Colombia– y la expectativa de vida no supera los 58 años (el promedio nacional es de 70 años). Y uno se pregunta entonces: ¿a dónde fueron a parar 1,5 billones de pesos en regalías que según el Departamento Nacional de Planeación han sido transferidos a las autoridades chocoanas en los últimos cinco años? Lo único que avanza en Chocó son las solicitudes para explotar minas. Para 2015 se hicieron 372 peticiones ante la autoridad minera, que representan 645.937 hectáreas. “La dimensión del negocio es tan grande que las comunidades afirman que en el departamento del Chocó hay actualmente en operación unas 800 dragas”, resaltó el fallo.
Los magistrados Palacio y Rojas viajaron el año pasado a la región y constataron con sus propios ojos la depredación ambiental, la desviación de los cauces de algunos afluentes del Atrato, la multiplicación de las retroexcavadoras y la estela tóxica que arrastra el tercer río más caudaloso de Colombia. El mercurio es usado de manera indiscriminada para extraer oro. Una de las técnicas más contaminantes ocurre cuando se añade mercurio al mineral durante la trituración, molienda y lavado del mismo. “Por lo general, solo el 10 % del mercurio agregado a un barril se combina con el oro para formar la amalgama, el restante 90 % sobra y se desecha en fuentes hídricas”, advirtió la Corte. Colombia es el país con más contaminación por mercurio en América. La organización Mercury Watch calcula que produce 180 toneladas anuales del químico. La tercera parte va a dar al Atrato.
“El empleo abusivo del mercurio, así como su combinación con el cianuro, provocan una extensa degradación ambiental por contaminación de los ecosistemas”, insistió el fallo. El investigador en toxicología de la Universidad de Cartagena Jesús Olivero, en concepto enviado a la Corte, resumió así el cataclismo del Atrato: “El mercurio es el elemento no radioactivo más tóxico que se conoce en la naturaleza. Al mezclarse con el agua (en los ríos y en las ciénagas) se transforma en una especie química mucho más tóxica llamada ‘metilmercurio’, que es la que termina alojándose en la carne de los peces y pescados y, por esta vía, entra en contacto directo con las poblaciones humanas que terminan consumiendo químicos que se vierten en los ríos”.
Según los demandantes, un estudio practicado a 160 personas en la cuenca del río Atrato y sus afluentes (río Quito) descubrió niveles alarmantes de mercurio en la sangre. “El nivel de mercurio es de 60 puntos por millón, cuando el promedio mínimo mundial considerado aceptable es de 0,5 puntos por millón”. Asimismo, la Defensoría del Pueblo conceptuó: “El uso de dragas, grandes y pequeñas, y retroexcavadoras dentro de los mismos cauces de los ríos, así como también en zonas periféricas de las cuencas, ha afectado la dinámica hidráulica de los ríos Atrato, Andágueda y Quito y sus afluentes; ha destruido el cauce, generado la desaparición de la mayor parte de la fauna acuática y terrestre”. Y agregó la Corte: “El impacto de la minería ilegal en el río Atrato es tan fuerte que hoy es prácticamente imposible determinar el cauce original que alguna vez tuvo el río”.
En síntesis, para la Corte es hora de ponerle punto final a la grave situación humanitaria y medioambiental del Chocó. Por eso consideró al Atrato como una entidad sujeta de derechos y ordenó su protección especial e intervención teniendo en cuenta el concepto del interés superior del medioambiente. “La minería ilegal que se realiza en la cuenca del río Atrato y sus afluentes desafía cualquier idea de uso racional de los recursos hídricos y forestales y constituye una abierta vulneración del derecho fundamental al agua”, concluyó la sentencia. Y, de colofón, añadió: “Solo a partir de una actitud de profundo respeto y humildad con la naturaleza, sus integrantes y su cultura, es posible entrar a relacionarse con ellos en términos justos y equitativos, dejando de lado todo concepto que se limite a lo simplemente utilitario, económico o eficientista”.
Así, pues, la revolucionaria sentencia le ordenó al Estado la protección y restauración del río. En ese sentido, el Gobierno y las comunidades afectadas del Chocó deberán nombrar dos delegados para hacerle seguimiento al caso. Ellos serán “los guardianes del Atrato” y deberán conformar una comisión de guardianes en los próximos tres meses. Esta entidad será asesorada por el Instituto Humboldt y WWF Colombia. Ese panel de expertos tendrá la responsabilidad de verificar el cumplimiento de este fallo. Asimismo, se ordenó al Ministerio de Medio Ambiente que, en un plazo no mayor de un año, diseñe y ponga en marcha un plan para descontaminar las fuentes hídricas del Chocó, comenzando por la cuenca del río Atrato y sus afluentes, así como la reforestación de zonas afectadas por minería legal e ilegal.
La Corte también dictaminó que las autoridades debían implementar un plan de acción para “neutralizar y erradicar definitivamente las actividades de minería ilegal que se realicen no solo en el río Atrato y sus afluentes, sino también en el departamento de Chocó”. Y, al mismo tiempo, restringir o prohibir de una buena vez el tránsito de insumos como combustible y sustancias químicas como mercurio y cianuro. Por último, el alto tribunal pidió que se realicen cuanto antes “estudios toxicológicos y epidemiológicos del río Atrato, sus afluentes y comunidades, los cuales no pueden tardar más de tres meses en dar inicio ni exceder los nueve meses para su culminación”, con el fin de tener un diagnóstico claro sobre esta problemática. Una serie de medidas de choque para salvar el Atrato. Salvar al Chocó. Salvar a Colombia. Salvar al planeta.
Fuente:http://www.elespectador.com/noticias/nacional/un-salvavidas-para-el-atrato-articulo-691575