Chile

Tribunal Ambiental deja en estudio solicitud de levantamiento de medida cautelar que afecta a minera Cerro Colorado

El demandante solicita al tribunal la detención definitiva de toda la extracción de agua desde el acuífero para la operación de la faena, así como el desmantelamiento de obras asociadas.
15/09/2021
Minería Chilena
En estudio quedó la solicitud de minera Cerro Colorado de alzamiento de la medida cautelar dictada por el Primer Tribunal Ambiental que le prohíbe la extracción de agua del acuífero de Lagunillas.

La decisión, adoptada por los ministros Mauricio Oviedo, Cristián López y Juan Opazo, se tomó luego de la audiencia efectuada, por la petición de la empresa de dejar sin efecto la determinación adoptada el pasado 19 de agosto por el tribunal.

Recordemos que dicha medida se decretó en el contexto de la demanda interpuesta por Luis Jara Alarcón copropietario de la Estancia de Cancosa y la solicitud realizada por el eventual daño ambiental que la minera, propiedad de BHP, ha provocado en el sector.
Argumentos de las partes

En la audiencia, tanto el abogado de la empresa como el del demandante expusieron sus argumentos ante la sala del organismo colegiado. Comenzó sus alegatos el abogado demandante Ladislao Quevedo, quien solicitó mantener la medida tal como fue decretada “por los antecedentes graves y serios que acreditan la casi destrucción total del acuífero Lagunillas que alimenta al bofedal Lagunillas y a la laguna Huantija, la que se sostiene hoy día con la propia agua que se saca del bofedal” dijo.

El abogado Quevedo aseguró que “cada vez que se continúa extrayendo agua la recuperación del acuífero se proyecta para después del año 2100, lo que es contrario a los principios del derecho ambiental, la Constitución y la Ley”.

Otro punto planteado por abogado demandante tuvo relación con los antecedentes presentados por la empresa en la nueva evaluación de impacto ambiental que está llevando a cabo el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), y que tienen relación con la falta de control de los acuíferos del humedal Lagunillas y la laguna Huantija. “En los informes aparece que la última medición fue el año 2018”, dijo Quevedo, además, de enfatizar que “a la minera no le interesa evaluar lo que allí está ocurriendo”.

“Se han omitido los monitoreos exigidos por la autoridad” por lo que los estudios presentados no tendrían una base –dijo- y explicó que se trata de “un acuífero que alimenta un bofedal alto andino, bienes muy escasos de alto endemismo de flora y fauna y todos nos vemos afectados por su daño”.

También, el abogado cuestionó que la minera esté extrayendo agua en el sector de la mina, porque aseguró que se trata de una “extracción indebida” que no ha sido evaluada ambientalmente.

En tanto, el litigante de la empresa, José Luis Fuenzalida, refutó los antecedentes entregados por Quevedo y aseguró que “no se está en presencia de la irreparabilidad del acuífero” y cuestionó los intereses del demandante y su legitimación activa para demandar ya que “no tiene derechos de agua en Lagunillas”, argumentó Fuenzalida.

También, el abogado detalló que “la operación del campo de pozos no ha superado, ni proyecta superar los descensos máximos previstos” y que la obligación de la empresa es volver a la recuperación del acuífero a los niveles de la condición base, “lo que se proyecta antes del 2050”, aseguró.

Además, el abogado de la empresa acusó al demandante de “hostigamiento judicial e instrumentalización de los tribunales de justicia” y aseguró que “no tiene presencia material en el entorno”, por lo que no tiene legitimación activa y aseguró que los títulos inscritos están judicializados y transferidos. Además, de asegurar que la posesión ancestral está en manos de la comunidad Aymara de Cancosa.

Fuenzalida asegura que el demandante no tiene interés ambiental y dio a conocer diversas acciones judiciales interpuestas por Luis Jara. “En los últimos años ha deducido más de 20 acciones, ente judiciales y administrativas, con el único propósito que la operación de Cerro Colorado se haga derechamente imposible, excesivamente gravosa con miras a mejorar su posición de negociación, con pretensiones indemnizatorias del orden de más de 32 millones de dólares”, recalcó Fuenzalida.

Ahora el tribunal estudiará los antecedentes entregados por ambas partes antes de tomar la decisión de levantar la medida cautelar o bien modificarla por otra que atienda a la protección del acuífero y su bofedal.
Medida Cautelar

La medida cautelar, tal como se encuentra decretada hasta ahora, rige desde el 01 de octubre y tiene como fin impedir los efectos negativos de los actos o conductas sometidas a su conocimiento y se fundamenta en el fallo que ya fue dictado por el Segundo Tribunal Ambiental en 2019 a través del cual se anuló parcialmente la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto “Continuidad Operacional Cerro Colorado”, lo que posteriormente fue ratificado por la Corte Suprema.

“Se acoge la solicitud de medida cautelar consistente en la paralización de la extracción de agua subterránea desde el acuífero Lagunillas, desde los Pozos P1, P2, P3 y P4, destinada a la operación de la faena minera Cerro Colorado, por el término de 90 días, con excepción de la extracción de 10 litros por segundo autorizada para la ejecución del Sistema de Riego Artificial (SRA)”, dictaminaron los ministros en su oportunidad.
Acción judicial

La acción judicial fue interpuesta por Luis Jara Alarcón, copropietario de la Estancia de Cancosa y se basa en el daño ambiental que la empresa habría provocado por la extracción de agua del acuífero de Lagunillas, lo que ha provocado un deterioro al sistema Lagunar y al bofedal del mismo nombre del acuífero.

El demandante solicita al tribunal la detención definitiva de toda la extracción de agua desde el acuífero para la operación de la faena, así como el desmantelamiento de obras asociadas; la elaboración, evaluación e implementación de un proyecto de suministro hídrico artificial al acuífero; y la reposición, reparación y restauración integral de todos los recursos biológicos y demás condiciones abióticas preexistentes en el ecosistema dañado.
Daño ambiental

Luis Jara asegura que el daño ambiental es una consecuencia del actuar “ilegal y culpable” de la compañía por la ausencia de una autorización ambiental para extraer aguas del acuífero. “La RCA (Resolución de Calificación Ambiental) 69/2015 fue anulada en consideración a que las medidas ambientales propuestas por el titular no eran apropiadas para hacerse cargo de los impactos ambientales sobre el recurso hídrico del proyecto”, dice el escrito.

Sumado a lo anterior, el demandante aduce que se realizan extracciones de agua sin contar con los derechos de aprovechamiento. “Así, sumado a la falta de permiso ambiental, CMCC (Compañía Minera Cerró Colorado) careció también del permiso sectorial consistente en el derecho de aprovechamiento de aguas legalmente otorgado por la DGA que la habilite para las extracciones referidas, lo que constituye otro presupuesto para presumir su responsabilidad ambiental por infracción a los artículos 6 y siguientes del Título I del Código de Aguas”.
Incumplimientos

Otros de los incumplimientos de los que se acusa a la minera tienen relación a las medidas de riego artificial necesarias para la mantención del humedal.

Seguido de un retardo negligente en el proceso de evaluación ambiental de las nuevas medidas que debe proponer la empresa para hacerse cargo de los efectos ambientales del nuevo proyecto en el acuífero Lagunillas. Se acusa a la minera de daño continuo, permanente, irreversible y significativo.
https://www.mch.cl/2021/09/15/tribunal-ambiental-deja-en-estudio-solicitud-de-levantamiento-de-medida-cautelar-que-afecta-a-minera-cerro-colorado/