«El Estado incentivará y promoverá la exploración y explotación de los yacimientos minerales detríticos- aluviales, glaciales y fluvioglaciares» según reza el Art. 12 del Proyecto de Ley de Minería que actualmente se debate en el Congreso. El proyecto está siendo revisado luego de que el sector minero cooperativista objetara algunos artículos, otro tanto sucede con el sector de regantes y agricultores campesino junto con múltiples análisis acerca de su constitucionalidad y sobre aspectos soberanos o que hacen al extractivismo neoprogresista. Sin embargo, casi nadie ha señalado la gravedad de lo que habilita el artículo 12 del proyecto de ley.