Chile

Barrick: Fallo de la Corte Suprema permite seguir avanzando en cumpliento de exigencias a Pascua Lama

La compañía valoró la decisión de la corte que rechazó un recurso interpuesto por las comunidades diaguitas que buscaba la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto minero.

Corte Suprema confirma paralización de proyecto minero Pascua Lama
Luego que ayer la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmara la decisión de la Corte de Apelaciones de Copiapó que suspendió las faenas del proyecto minero Pascua Lama, rechazando de este modo el recurso presentado por la comunidades diaguitas que buscaban la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de la iniciativa, Barrick destacó que la decisión le permite seguir avanzando en el cumplimiento de los requisitos impuestos por las autoridades para poder reanudar las obras.

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Chile

Corte chilena ratifica paralización de Pascua Lama

El fallo sostiene que Barrick no cumplió con las obligaciones medioambientales con las que se comprometió en su Resolución de Calificación Ambiental.

La Corte de Apelaciones de Copiapó (norte de Chile) ratificó la paralización del proyecto Pascua Lama, de la minera Barrick Gold, hasta que cumpla con las medidas de mitigación impuestas por el regulador ambiental.

El fallo sostiene que Barrick no cumplió con las obligaciones medioambientales con las que se comprometió en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA), por lo que determinó que la minera no podrá continuar con el proyecto mientras no se desarrolle íntegramente las obras de mitigación para no dañar el medio ambiente y la vida de la población.

El tribunal acordó «mantener paralizada la construcción del proyecto minero en cuestión hasta que se adopten todas las medidas contempladas (…) para el adecuado funcionamiento del sistema de manejo de aguas, así como las medidas urgentes y transitorias que ha ordenado la Superintendencia del Medio Ambiente».

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Perú

Caso Cordillera del Cóndor: Corte Suprema convalida incumplimiento del Estado del primer proceso de consulta

Autor(a): Juan Carlos Ruiz Molleda

¿Puede el Estado incumplir el acuerdo al que llegó con los pueblos indígenas Awajun y Wampis, en el marco del primer proceso de consulta previa realizado en el Perú, en torno a la creación del Parque Nacional Ichigkat Muja – Cordillera del Cóndor (PNIM)? Este incumplimiento se concretó en el año 2007 con el Decreto Supremo No 023-2007-AG (publicado 10/08/2007), norma que recortó a casi la mitad del área del mencionado Parque Nacional en los términos como fue acordado con los pueblos indígenas. Es precisamente este incumplimiento, el que acaba de ser convalidado por la Corte Suprema en una reciente sentencia[1], expedida por la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema de la República, en el proceso constitucional de Acción Popular recaído en el expediente No 3520-2011 (Ver link), y cuya demanda fue presentada por AIDESEP. A continuación algunos comentarios.

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Chile

Corte confirma paralización de Pascua Lama por incumplimiento de medidas de mitigación

Este lunes, la Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la paralización del proyecto Pascua Lama hasta que la minera Barrick Gold, propietaria del yacimiento de oro ubicado en la cordillera de la región de Atacama, cumpla con las medidas de mitigación ambiental.

Este lunes, la Corte de Apelaciones de Copiapó confirmó la paralización del proyecto Pascua Lama hasta que la minera Barrick Gold, propietaria del yacimiento de oro ubicado en la cordillera de la región de Atacama, cumpla con las medidas de mitigación ambiental.

Según el fallo, la empresa Barrick no cumplió con las obligaciones medioambientales a las que se comprometió con la autoridad regional.

La resolución indica que la minera deberá “mantener paralizada la construcción del proyecto minero en cuestión hasta que se adopten todas las medidas contempladas (…) para el adecuado funcionamiento del sistema de manejo de aguas, así como las medidas urgentes y transitorias que ha ordenado la Superintendencia del Medio Ambiente”.

Cabe señalar que la Superintendencia de Medio Ambiente, acordó la necesidad de construir un canal perimetral que impida la contaminación de las aguas que bajan de los glaciares.

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el ejido de la sierrita
Mexico

El Ejido La Sierrita interpone denuncia en contra de Excellon por daño ambiental

el ejido de la sierritaCiudad de México, 9 de octubre de 2012. El día de ayer el Ejido La Sierrita de Galeana presentó una denuncia por daño ambiental ante la Procuraduría Federal de Protección al Medio Ambiente en contra de la minera canadiense Excellon, quien actualmente opera la mina La Platosa en la comunidad de Bermejillo, municipio de Mapimí en Durango.

De acuerdo a la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Medio Ambiente, Excellon debió cumplir con lo establecido en su Manifestación de Impacto Ambiental presentada el 11 de marzo de 2004 para la implementación del proyecto La Platosa. El 6 de julio del mismo se otorgo el permiso de implementación por la SEMARNAT estableciendo condiciones de responsabilidad ambiental, las cuales a la fecha no se han cumplido; por ejemplo: no ha desarrollado un programa de tratamiento de recursos sólidos, líquidos, domésticos, peligrosos y no peligrosos como la SEMANART le estipuló.

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Chile

Polémica por recurso de protección interpuesto por comunidades indígenas contra Pascua Lama

La Corte de Apelaciones de Copiapó acogió un recurso de protección presentada por cinco comunidades diaguitas del Valle del Huasco, en contra del proyecto minero Pascua Lama, de la multinacional Barrick Gold.

La acción se sustenta en los antecedentes que demuestran la destrucción de los glaciares Toro 1, Toro 2 y Esperanza, ubicados en las inmediaciones de la faena minera, y la contaminaciónde los recursos hídricos, debido al depósito de estériles sin que se encuentre operativa la planta de drenajes de ácidos de roca que lo impediría.

El recurso es patrocinado por el abogado, Lorenzo Soto, quien ha participado en diversos litigios medioambientales, como los casos de Licancén, HidroAysén, El Morro y Bocamina.

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Ley antiminera
Argentina

La ley antiminera de Córdoba es constitucional

Argentina – Córdoba
MIÉRCOLES 29 DE AGOSTO DE 2012

Ley antimineraLa Justicia rechazó una acción de inconstitucionalidad contra la ley provincial que prohíbe la explotación minera a cielo abierto, pues consideró que el actor carecía de legitimación activa. La Corte local afirmó que el demandante «no es titular de los permisos de cateo emanados de la autoridad de aplicación al haber sólo solicitado los mismos», pues reviste «el carácter de mero solicitante».

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