Chile

SMA formula cargos y ordena medidas provisionales procedimentales a “Placeres Recursos Mineros Limitada”

Agustín de Vicente 05/12/2022

Los hechos constitutivos de infracción se vinculan con la ejecución de un proyecto de desarrollo minero sin contar con Resolución de Calificación Ambiental
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos a la empresa “Placeres Recursos Mineros Limitada”, titular del proyecto “Lavadero de Oro Danyka 7” emplazado en el sector de Cordón Baquedano, comuna de Porvenir, región de Magallanes y de la Antártica Chilena, por infracciones vinculadas con la ejecución de un proyecto minero efectuando drenaje o desecación de terrenos con presencia de turberas, sin contar con RCA; y no efectuar calificación de fuente emisora a los residuos industriales líquidos generados como resultado del proceso de lavado de gravas auríferas que son descargados a cursos de agua superficiales.

El proyecto minero referido contempla la explotación de un total de 5,68 hectáreas durante un período de 2 años. Su ejecución contempla la utilización de una planta de lavado móvil-flotante cuyo objeto es efectuar la clasificación húmeda y concentración gravitacional del mineral aurífero previa extracción de forma mecanizada, utilizando además un conjunto de piscinas de sedimentación para el tratamiento físico de los efluentes del lavado de minerales previo a su descarga a cursos de agua superficiales.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (s), Emanuel Ibarra explicó que se “efectuaron un conjunto de actividades de fiscalización que incluyeron inspecciones ambientales, examen de información y análisis de imágenes satelitales del área de emplazamiento del proyecto”.

Junto a lo anterior, la SMA también ordenó al titular tres medidas provisionales de carácter procedimental – por un plazo de 30 días corridos- que dicen relación con Prohibir la construcción o habilitación de nuevos canales de drenaje en el área de desarrollo del proyecto, Prohibir la descarga de efluentes líquidos provenientes del proceso de lavado de minerales hacia cuerpos o cursos de agua, y Monitorear la calidad de las aguas del Río del Oro, realizando para esto último la obtención de muestras “puntuales” de agua y el posterior análisis de la calidad de las mismas, por parte de Entidades Técnicas de Fiscalización Ambiental (ETFAs) autorizadas por la SMA.

Según explicó Andy Morrison, Jefe Oficina Regional SMA Magallanes, “Las turberas son ecosistemas altamente sensibles, por lo cual, su intervención y particularmente su drenaje constituye un importante riesgo de alteración de los ciclos hidrológicos en las áreas afectadas, permitiendo además la liberación a la atmósfera del CO2 almacenado y generando la pérdida de hábitat para diversas especies de plantas y animales.

Cabe además destacar que, los cargos formulados son el resultado de una ardua investigación iniciada desde fines del año 2021 por esta Superintendencia, en la cual participaron además distintos organismos sectoriales, y que tuvo su origen en diversas denuncias ciudadanas”.
https://www.reporteminero.cl/noticia/noticias/2022/12/sma-formula-cargos-placeres-recursos-mineros-limitada