Recurren a la vía institucional y al Estado de derecho para defender su derecho a la autodeterminación y para hacer respetar sus derechos humanos.
Argumentan la defensa de su territorio ancestral y su identidad cultural.
En las últimas semanas, pueblos de origen nahuat de los estados de Puebla y Colima, interpusieron tres demandas de amparo ante el Poder Judicial de la Federación, reclamando que sus derechos han sido transgredidos por el Estado Mexicano, dado que la Secretaría de Economía expidió títulos de concesión minera que afectan sus territorios ancestrales.
El 17 de marzo, el pueblo maseual que habita los municipios de Cuetzalan, Tlatlauquitepec y Yahonahuac, en el estado de Puebla, interpuso su amparo y fue admitido por en el Juzgado Segundo de Distrito con sede en la ciudad de Puebla. El pueblo nahuat de la comunidad de Zacualpan en Colima, hizo lo propio ingresando su demanda el 24 de marzo, el cual fue admitido por el Juzgado Primero de Distrito con sede en la ciudad de Colima. Este ciclo de amparos lo cerró la comunidad campesina de Tecoltemic, ubicada en el municipio de Ixtacamaxtitlán, Puebla, quién presentó su demanda el 7 de abril y fué admitido por el Juzgado Cuarto de Distrito con sede en la ciudad de Puebla.
Los tres juicios de amparo fueron admitidos por el Poder Judicial de la Federación, otorgando la suspensión de plano de las concesiones mineras a favor de los pueblos originarios. Esto es un hecho de suma importancia, pues significa que mientras duren los trámites de los juicios de amparo, las compañías que detentan las concesiones mineras no podrán realizar actividades tendientes a la explotación. Estas acciones se suman a las que han sido emprendidas con anterioridad por el pueblo wirrarika y el pueblo me ́phaa, quienes también han interpuesto demandas para defender su territorio de la actividad minera.
La relevancia de estas acciones jurídicas, reside en que ponen en evidencia la violencia estructural y simbólica que se fomenta desde la legislación y la política pública en materia minera. La Ley Minera actual ha sido el instrumento que posibilita la expedición de los títulos de concesión, para el despojo de los territorios de los pueblos en favor de las compañías mineras. Lo anterior constituye una discriminación, violando con ello la Constitución Política y los acuerdos internacionales que obligan al Estado mexicano a respetar los derechoshumanos, particularmente el derecho de los pueblos originarios y comunidades equiparables a la autodeterminación y al control de los recursos naturales que sobre su territorio han utilizado ancestralmente.
La minería es la industria que históricamente más ha impactado de manera significativa los derechos humanos de los pueblos originarios y comunidades equiparables, dando como resultado la existencia de un patrón sistemático de violación de los derechos humanos. Uno de sus efectos ha sido el despojo del territorio a los pueblos originarios de América Latina. En los últimos años, los avances tecnológicos han servido para desarrollar modelos de extracción mucho más agresivos, como la minería a cielo abierto, que elevan los efectos destructivos a niveles difíciles de imaginar.
Por ejemplo, la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA) ha documentado lo ocurrido en la comunidad de Carrizalillo, Guerrero, presentándolo como un grave caso de lo que la minería puede ocasionar. Carrizalillo es una comunidad totalmente ocupada por la actividad minera pues sus tierras han sido destruidas. Ellos han identificado particularmente a la compañía minera Goldcorp, la cual ocupa más del 85% del territorio del ejido y lo poco que todavía no ha sido destruido, está contaminado.
La REMA ha denunciado que los efectos a la salud de la población son terribles y han convertido a las enfermedades originadas por la minería en algo común. Según han señalado, muestreos realizados revelan que hasta un 70% de la población presenta afectaciones, todas las familias tienen un enfermo por la actividad minera y, en algunos casos, la familia entera está enferma. Por otro lado, han alertado respecto de que la actividad minera ha sido también un atrayente del crimen organizado. De acuerdo con la REMA, a ocho años del ingreso de Carrizalillo al progreso minero, su población vive un verdadero infierno, a tal grado que hace apenas una semana prácticamente la mitad de las familias han tenido que salir de su pueblo desplazadas por la violencia, los asesinatos y la extorsión del crimen organizado.
Experiencias como éstas han motivado a otros pueblos a emprender la lucha por mantener sus territorios libres de la actividad minera, continuando con la trayectoria de lucha que en los últimos cinco siglos les ha permitido mantener viva su identidad.
Históricamente, en México se ha hecho caso omiso al hecho de que la diversidad biológica y cultural conviven intrínsecamente dentro de un mismo espacio geográfico y han dado lugar a un enorme patrimonio bicocultural. Además, el Estado mexicano por definición es un Estado pluricultural de derecho, lo cual significa que la unidad del Estado radica en la diversidad de los pueblos que lo conforman. Por tanto, las autoridades están obligadas a garantizar el control cultural de los pueblos sobre sus territorios y los recursos naturales que tradicionalmente han utilizado.
Cabe señalar que tras las modificaciones legales derivadas de la reforma energética se ha agravado la condición de indefensión y vulnerabilidad de los pueblos indígenas y comunidades equiparables, pues muchos de sus territorios han sido identificados para desarrollar proyectos extractivos y otras actividades consideradas estratégicas para el Estado, lo cual constituye un alto potencial de conflicto social en diversas regiones del país.
Los pueblos refrendan su determinación por defender su identidad, derechos y territorio, apostando por la organización social y el ejercicio de los recursos legales. A partir de actas de asambleas indígenas, ciudadanas, municipales, agrarias y de estatutos comunitarios, algunos
pueblos han ejercido la libre determinación y autonomía, rechazando la realización de proyectos mineros dentro de sus territorios. Es indispensable que el paradigma de la minería en el país cambie, puesto que la actual legislación y política pública transgrede el régimen de derechos humanos que consagra la Constitución.
ATENTAMENTE México D.F. a 24 de marzo de 2015
CONSEJO TIYAT TLALI, CONSEJO INDÍGENA POR LA DEFENSA DEL TERRITORIO DE ZACUALPAN, RED MEXICANA DE AFECTADOS POR LA MINERÍA (REMA), CENTRO MEXICANO DE DERECHO AMBIENTAL (CEMDA), FUNDAR