Perú

Relator de Naciones Unidas James Anaya en visita oficial al Perú

James Anaya, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, visitará de manera oficial el Perú la segunda semana de diciembre 2013, donde tomará conocimiento directo de los problemas que afectan a los pueblos y comunidades indígenas del país.

Además de reunirse con las organizaciones del Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas, el Grupo de Trabajo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos e instituciones públicas el relator estará en disposición de atender a otras entidades afectadas en sus derechos como pueblos indígenas.

 

Para tal efecto, los grupos interesados en solicitar una entrevista o alcanzar información al relator pueden dirigirse al correo electrónico: indigenous@ohchr.org

Informe del relator
Cabe destacar que el relator presentó recientemente ante la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas un informe en el que resumió su trabajo de seis años de mandato y evaluó las buenas prácticas y las dificultades que ha encontrado en el desempeño del mismo.
Anaya se refiere en su informe a la importancia central de aplicar la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, y responde a afirmaciones sobre su naturaleza y contenidos, procedentes de algunos Estados y otros actores, que intentan debilitarla.

Dado que muchas organizaciones indígenas se han encontrado con similares afirmaciones por parte de sus Estados, las reflexiones del Relator cobran gran vigencia y actualidad.

James Anaya (Estados Unidos), catedrático de derechos humanos en la Universidad de Arizona, fue nombrado como relator especial el 26 de marzo de 2008 por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas por un periodo inicial de tres años.
Luego nombró renovó su mandato por tres años más en 2011 y que vence el 2014. Su antecesor fue el mexicano Rodolfo Stavenhagen.

Mandato del Relator
En sus funciones el Relator Especial es independiente de cualquier Gobierno y sirve en su capacidad individual.
La resolución 15/14 de 2010 del Consejo de Derechos Humanos autoriza y solicita al Relator Especial a que “examine las formas de superar los obstáculos existentes para la plena y eficaz protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas, de conformidad con su mandato, e individualizar, intercambiar y promover prácticas óptimas.”

Adicionalmente, se le solicita al Relator Especial a que “reúna, solicite, reciba e intercambie información y comunicaciones de todas las fuentes pertinentes, incluidos los gobiernos, los indígenas y sus comunidades y organizaciones, sobre las violaciones denunciadas de sus derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas”.

Asimismo que “formule recomendaciones y propuestas sobre las medidas y actividades adecuadas para evitar y reparar las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales de los indígenas.”

Información adicional sobre el mandato del Relator Especial y sus áreas de trabajo puede encontrarse en la página dedicada al Relator Especial en el sitio web de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos.

Para mayor información, visite: http://unsr.jamesanaya.org/esp/
Acceda al informe del relator ante la Tercera Comisión de la Asamblea ONU con un clic en el siguiente enlace