20 Julio 2012
Autoridades ancestrales y pueblos indígenas de Guatemala dieron a conocer a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad, CC, sus argumentos jurídicos, históricos y políticos que evidencian la violación al
Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, por parte del sector empresarial y el Decreto del Congreso de la República 48-97, Ley de Minería.
Los pueblos indígenas a través de sus abogados expusieron esta mañana (20 de julio) a los magistrados de la CC que la ley de minería es inconstitucional porque no toma en cuenta a los pueblos originarios, afectados directos por la explotación minera.
Diego Cotí, anciano mayor, de los pueblos indígenas expresó a los magistrados que ellos no escapan a los efectos negativos en la salud humana que produce la explotación minera. “La explotación minera avalada por la Ley de Minería vigente afecta la vida nuestra y de las futuras generación y ustedes no escapan de eso” fue lo expresado a los magistrados por Cotí.
En su alegato el abogado Edgar De León, de la Asociación de Abogados Mayas, expresó: “hay guatemaltecos que están vendiendo a su madre, porque todas y todos somos hijos de la Madre Tierra”.
Por su parte abogados del Consejo de Pueblos de Occidente y organizaciones indígenas y campesinas que se acreditaron como terceros interesados en la presentación del recurso de inconstitucionalidad ejemplificaron como en otros países se ha declarado nociva para la salud y la vida de seres vivos la explotación minera a cielo abierto.
Cacif se defiende
En su espacio Mario Destarac, abogado del Cacif, adució que el Decreto 48-97 no contraviene la Carta Magna porque llevó todo el proceso que la Constitución de la República manda. Asimismo alegó que cuando fue aprobada la normativa minera aún no estaba vigente el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
Sin embargo, el mismo Ministerio Público a través de Carla Valenzuela, fiscal de Puntos Constitucionales, hizo un llamado a los magistrados de la Corte de Constitucionalidad a exhortar a los diputados del Congreso de la República de readecuar la Ley de Minería para respetar los derechos colectivos de los pueblos indígenas.
Valenzuela resaltó que es indudable que la exploración y explotación minera causa daños ecológicos y daña la vida de las personas que habitan a los alrededores. Asimismo dijo que los pueblos originarios tienen derecho a ser consultados mencionando el aludido convenio 169 y otras convenciones internacionales.
Los representantes de los pueblos originarios de Guatemala señalan que ven con buenos ojos que el Ministerio Público se pronuncie a favor de sus derechos y se base en convenios y tratados internacionales para ello, sin embargo están claros que la lucha por la Madre Tierra y sus territorios debe continuar realizándose por diferentes vías y formas.
Postura del CUC ante la minería y su normativa
El Comité de Unidad Campesina CUC apoya y respalda la lucha que han iniciado los pueblos indígenas de Guatemala para exigir la inconstitucionalidad de la Ley de Minería porque se tiene claro que contradice la Carta Magna al marginar a los pueblos originarios y exige a la Corte de Constitucionalidad la resolución para anular la el Decreto 48-97 del Congreso de la República.
El Cacif está violando el Convenio 169 de la OIT, porque al desconocerlo también desconoce los derechos colectivos de los pueblos, como el derecho a ser consultados. Por otro lado la minería y la ley que lo ampara es lesiva para la salud de los habitantes de Guatemala, pero primordialmente para la población aledaña a los proyectos mineros.
“El resultado de la minería es el rompimiento del tejido social, la expulsión de la gente donde se instalan lo megaproyectos y la contaminación ambiental que trae consigo la destrucción de la vida humana y demás seres vivos” (animales y plantas), expresó Daniel Pascual coordinador del CUC.
También hacemos ver de que es histórico para la población guatemalteca de que los pueblos mayas le den el beneficio de la duda a la CC. Institución que ahora tiene en sus manos los argumentos jurídicos suficientes para justificar la nulidad de esta norma. De acuerdo con la ley a partir de hoy la Corte de Constitucionalidad tiene cinco días hábiles para emitir su sentencia.
Amandine Grandjean
Collectif Guatemala