Domingo, 26 de septiembre de 2010
Empresarios mineros defienden sus concesiones y la generación de fuentes de empleo
Las actuales concesiones mineras no pueden transformarse en contratos en diciembre de 2010 porque sería un acto contrario a la Constitución Política del Estado (CPE) que en su artículo 369 respeta y reconoce los derechos pre constituidos y legisla para lo venidero no con efecto retroactivo, según pronunciamiento de la segunda Conferencia de presidentes y delegados de las Cámaras de Minería del país realizada en La Paz.
Los directivos de la Cámara Nacional de Minería y las cámaras de minería de La Paz, Cochabamba, Potosí y Oruro junto a las regionales de Tupiza, Uncía y Uyuni, rechazan la declaración del ministro de Minería y Metalurgia, José Pimentel, cuando afirma que las actuales concesiones mineras se transformarán en contratos, con obligaciones en cuanto a las inversiones y la recuperación de los minerales y derechos para explotar por tiempo determinado y en calidades con sujeción a las leyes.
Aseguran que Pimentel desconoce la ley cuando afirma que no hay migración de contrato o modalidad, porque las concesiones concluyen en el mes de diciembre (2010) y que habrán nuevos contratos, nueva relación, nuevos plazos, aspectos que dependerán de los nuevos contratos porque en unas áreas ya están concluyendo y en otras van a empezar las actividades mineras.
Los presidentes firmantes del pronunciamiento aseguran que al amparo del artículo 123 de la CPE, la ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, señalando que el artículo 349 parágrafo II de la constitución también establece que el Estado reconocerá, respetará y otorgará derechos de uso y aprovechamiento sobre otros recursos naturales, lo que obliga a respetar las concesiones mineras vigentes.
Agregan que asimismo el artículo 369 en los parágrafos I y IV de la disposición transitoria octava de la CPE, señala que el Estado reconoce y respeta los derechos pre constituidos, como es el caso de las concesiones mineras que tienen títulos ejecutoriales sobre adjudicaciones de yacimientos mineros y escrituras públicas de adquisición de intereses mineros que cuentan con inscripción definitiva en el Registro Minero Nacional.
Reiteran que estas concesiones no pueden migrar porque al margen del registro minero cuentan con el Registro de Derechos Reales y pago puntual de patentes mineras, porque la titularidad está apoyada en la Constitución pasada, en el Código de Minería y en el Decreto Supremo Nº 24149 de 19 de octubre de 1995 que regularon en forma transparente la consolidación del derecho concesionario y que al presente tiene la incuestionable característica de significar derechos pre constituidos invulnerables.
El pronunciamiento está firmado por el presidente de la Cámara Nacional de Minería, Saturnino Ramos, los presidentes de las cámaras de minería de Oruro, Gonzalo Quintela; de Potosí, Óscar Gardeazabal; de La Paz, Remigio Miranda y de Cochabamba Guillermo Cortez, y los presidentes de las cámaras regionales de Tupiza, Lucio Pereyra; de Uncía Leónidas Albino y de Uyuni Walter Pérez.
El presidente de la Cámara de Minería de Oruro, Gonzalo Quintela, afirmó que la medida anunciada por el ministro José Pimentel, resulta ser arbitraria y contraria a la CPE, porque se pretende apresurar el cierre de las empresas de la minería chica que son las que más fuentes de trabajo generan y están cumpliendo todas sus obligaciones.
La medida es ilegal y dejará otro antecedente inconstitucional, porque no se puede actuar con retroactividad para pretender convertir las concesiones que están vigentes en contratos de arrendamiento. Si se da el caso será un funesto precedente para el país y se ahuyentarán capitales por la inseguridad jurídica que ello supone para los propios bolivianos, afirmó Quintela.