El Lic Héctor Barri, abogado de Pro San Luis Ecológico, manifestó que la Minera San Xavier está operando sin permiso ambiental, tal y como lo demuestra la resolución de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), que fue notificada a Pro San Luis Ecológico a finales del mes pasado. La consecuencia de este hecho debería ser que la Minera San Xavier suspendiera sus actividades. Solicitaremos nuevamente a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) que clausure a la empresa Minera San Xavier.
También hace un llamado al Gobernador que no se haga responsable por omisión, de los graves daños que se dan en la salud y el patrimonio de la gente de Cerro de San Pedro y San Luis Potosí.
Por su parte Marcos Rangel habitante del Cerro de San Pedro denuncio los graves daños a las propiedades que origina la minera canadiense. Manifestó preocupación porqué el tajo se está fracturando y que al decir de trabajadores de propia minera es la principal preocupación de la trasnacional canadiense. Se puede colapsar el pueblo remató
Francisco Romero Tristán activista de la organización ambientalista recordó que Marcelo de los Santos Fraga, junto con Vicente Fox son los responsables directos de que la Minera San Xavier este trabajando sin permisos y que se debe castigar a estos personajes.
El Licenciado Héctor Barri Hizo un breve resumen del proceso, que llevó a la SEMARNAT a concluir que tiene que negar el permiso ambiental a la empresa canadiense Minera San Xavier y que es el siguiente:
1.- El 26 de febrero de 1999 la Dirección General de Ordenamiento Ecológico e Impacto Ambiental del Instituto Nacional de Ecología, con Oficio D.O.O. DGOEIA-001130 autorizó el proyecto minero en Cerro de San Pedro, S.L.P. a la empresa Minera San Xavier, S.A. de C.V.
2.- El 28 de junio de 1999 Pro San Luis Ecológico, A.C. impugnó la anterior resolución mediante recurso de revisión.
crrodsnpdro3.- El 30 de noviembre de 1999 el Presidente del Instituto Nacional de Ecología resolvió el recurso de revisión, desechándolo y confirmando la autorización del proyecto minero favor de Minera San Xavier, S.A. de C.V.
4.- El 9 de febrero del 2000 Pro San Luis Ecológico, A.C. impugnó ante el Tribunal Fiscal de la Federación la resolución que desechó su recurso de revisión.
5.- A partir de esta fecha, esto es, desde el año 2000 hasta el 2013 transcurrieron 14 años de juicios contenciosos administrativos, amparos indirectos, amparos directos, etc. por parte de Pro San Luis Ecológico, A.C. para detener las actividades ilegales de Minera San Xavier, S.A. de C.V.
6.- Durante estos 14 años, los juzgados y tribunales federales de nuestro país nulificaron la autorización del proyecto minero y el cambio de uso de suelo en Cerro de San Pedro, S.L.P.
7.- No obstante que los Tribunales Federales de México, resolvieron en cuanto al fondo del asunto, que la autorización minera se declaraba nula por violar las leyes mexicanas, así como las normas oficiales en materia ecológica y el Decreto de Desarrollo de San Luis Potosí de 1993, quedando esto como COSA JUZGADA y por lo tanto definitiva, la empresa Minera San Xavier, S.A. de C.V. con el apoyo de funcionarios municipales, estatales y federales, así como de diversos despachos de abogados, logró que la resolución definitiva se cambiara por otra con efectos devolutivos hasta quedar nuevamente en manos de las autoridades ecológicas.
crrodsnpdro28.- Así las cosas, por un supuesto error procesal, los 14 años de juicios en contra de la errónea e ilegal autorización minera, se perdieron por completo y toda vez que para corregir ese error procesal, en cumplimiento de sentencia el Director General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Semarnat, tuvo que regresar al recurso de revisión de Pro San Luis Ecológico, A.C. de fecha 28 de junio de 1999.
9.- Por lo anterior, el Recurso de Revisión de fecha 28 de junio de 1999, fue resuelto el 23 de noviembre de 2012 y notificado a Pro San Luis Ecológico hasta el 19 de septiembre de 2013, esto es, 14 años después.
10.- En la mencionada resolución, contenida en 26 páginas tamaño carta, la autoridad ambiental da cumplimiento a la sentencia de fecha 15 de junio de 2011 emitida por el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, que a su vez da cumplimiento a una ejecutoria del Noveno Tribunal Colegiado del Primer Circuito, en el Distrito Federal.
11.- En esta última resolución de la SEMARNAT se señala en el PUNTO PRIMERO de sus Resolutivos que se declara la nulidad de la resolución recurrida, para efectos de que se emita una nueva resolución debidamente fundada y motivada.
12.- La resolución recurrida que se declaró nula es el Proyecto Minero y Manifestación de Impacto y Riesgo Ambiental (MIA) que se había otorgado a Minera San Xavier para llevar a cabo actividades de explotación minera en Cerro de San Pedro, San Luis Potosí.
13.- Por lo anterior, la autorización que la autoridad federal en materia ambiental había otorgado en el año 1999 a Minera San Xavier para desarrollar el proyecto minero, el cambio de uso de suelo, quedó nulo totalmente ya que así se resolvió para cumplir una ejecutoria del Poder Judicial Federal.
crrodsnpdro314.- Lo anterior significa que todos estos años en que Minera San Xavier, S.A. de C.V. ha operado y extraído el oro y la plata de Cerro de San Pedro lo ha hecho sin contar con el correspondiente permiso federal, toda vez que ha quedado nulo por sentencia judicial y cumplida por la autoridad ambiental.
15.- Minera San Xavier, S.A. de C.V. ha recibido apoyo y asesoría legal de abogados mexicanos aconsejando a la empresa minera operar a tambor batiente la explotación del oro y la plata de Cerro de San Pedro mientras se tramitaran los recursos, juicios y amparos de los pobladores y organismos privados en defensa del medio ambiente, es decir, que a sabiendas de que podía ser nulificado el permiso otorgado por la autoridad ambiental federal en 1999, la explotación minera era irreversible con los correspondientes beneficios económicos de la extracción de los metales preciosos de Cerro de San Pedro.
16.- No obstante lo anterior, diferentes juristas y abogados mexicanos y extranjeros sostienen que cualquier permiso o autorización otorgado durante el lapso de tiempo que duró el litigio de los permisos federales, resultan ser nulos de pleno derecho, tomándose como base la figura jurídica de la “litis pendentia”.
17.- Así las cosas, Minera San Xavier, S.A. de C.V., sus asesores legales y las autoridades municipales, estatales y federales que apoyaron en cualquier forma a esta empresa minera son responsables moral, material y legal de los daños ocasionados durante el lapso de 1999 a 2013.
Es más, las autoridades que han recibido solicitudes y peticiones de los defensores de Cerro de San Pedro, que no han escuchado ni actuado para detener a Minera San Xavier, S.A. de C.V. son igualmente responsables de los daños morales, ecológicos, materiales, etc. acaecidos en el presente asunto, tal es el caso del exgobernador Marcelo de los Santos Fraga que apoyó inmoralmente a los abogados de Minera San Xavier.
18.- Se solicitará al Gobernador del Estado Dr. Fernando Toranzo y a sus miembros del Gabinete que resulten competentes, su intervención para detener las actividades de Minera San Xavier, S.A. de C.V. y en caso de que no actúen para defender el patrimonio nacional, serán responsables por omisión.
19.- No debemos olvidar también que recientemente funcionarios del gobierno de Canadá, como la señora Marketa Evans, han venido a San Luis Potosí para aminorar la inconformidad social que existe en la actualidad por el gran daño ocasionado por la explotación minera de esta empresa, incluso han pretendido ganarse la voluntad de los defensores ecológicos mediante dádivas y prebendas.