La ley minera es inconstitucional cuando establece la extracción minera como actividad preferente o prioritaria, sobre cualquier otra, contradice la prioridad que la Constitución (artículo primero) estipula y mandata de respeto y protección de los derechos humanos y de la naturaleza sobre cualquier otro enfoque. Tal afirmación consta en la exposición de motivos de la iniciativa de nueva norma, en favor de la cual este domingo 24 se realizará una jornada nacional por una nueva ley minera desde los pueblos y movimientos.
La propuesta añade que la ley actual beneficia sólo a una minoría que acumula riqueza irresponsable, mientras la mayoría de las comunidades y el país cargan con la deuda de la destrucción socio-ambiental y del estado de derecho que produce la minería.
La jornada se llevará a cabo de 10 de la mañana a 18 horas, sobre Paseo de la Reforma, entre la Diana Cazadora y el Ángel de la Independencia, con exposiciones gráficas, paneles de expertos, actividades culturales, y es parte de la campaña contra la gran minería tóxica que realizan decenas de organizaciones y comunidades para frenar la destrucción y contaminación que realizan compañías mineras –muchas trasnacionales canadienses– en el territorio nacional.
La iniciativa de nueva ley minera fue elaborada en un largo proceso de consultas promovido por organizaciones ambientalistas y comunitarias y un grupo de académicos desde 2012; fue presentada en la Cámara de Senadores a nombre de las organizaciones sociales por legisladores del PRD y del Movimiento Ciudadano, desde el 18 de septiembre pasado y turnado a comisiones.
La lucha por la nueva ley entra ahora en un ciclo que, de acuerdo con documentos del movimiento tiene como finalidad comenzar un proceso de información y recopilación de firmas con vistas a presentar dicha propuesta por medio de la iniciativa ciudadana.
Entre las modificaciones que incluye esta propuesta de ley están: que la actividad minera deje de ser preferente por encima de otras actividades, se establece un procedimiento de consulta vinculante para que los pueblos indígenas den su consentimiento para la realización de actividades mineras en sus territorios, e igualmente para comunidades no indígenas, a partir de un procedimiento de participación ciudadana para obtener acuerdos vinculantes en forma libre, previa e informada.
Se establece que mediante la consulta se otorgará la licencia social para concesiones o prórrogas para exploración minera; explotación y beneficio minero y otras actividades y que, sin esta licencia social, la Secretaría de Economía no podrá entregar una concesión.
Incluye un capítulo sobre derechos de poblaciones indígenas al goce preferencial del territorio y recursos naturales frente a actividades mineras, se separan las concesiones de exploración de las de explotación y beneficio minero, se establece un procedimiento estrictamente regulado para el cierre de minas con obligaciones y responsabilidad para el solicitante.