Tras conocerse un informe de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (Minem) que desconoce la necesidad de la consulta previa para el caso del proyecto Cañariaco en Lambayeque, autoridades de la región y representantes de otras entidades pidieron a este ministerio aclarar el tema.
Según un informe de La República, el documento de la citada dirección del Minem, con fecha 18 de marzo, sostiene que “no procede la realización del proceso de consulta previa respecto a las actividades de exploración en las concesiones mineras Cañariaco A y Cañariaco B por ser actividades continuadas a las iniciadas en campaña de exploración anterior”.
Este argumento de la DGM del ministerio ha provocado que el presidente regional de Lambayeque, Humberto Acuña Peralta, pida al viceministro de Minas, Guillermo Shinno Huamaní, se pronuncie sobre el mismo en su calidad de miembro de la Mesa de Trabajo pro Desarrollo de Cañaris.
Proyecto tiene luz verde desde octubre
Según el documento elaborado por la Dirección General de Minería, el 12 de octubre de 2012 la empresa comunicó la continuación de sus exploraciones en Cañariaco A y B, algo que estuvo avalado incluso por la Dirección de Asuntos Ambientales Mineros.
Fue avalado por esta última a razón que dichas concesiones fueron materia de exploración al amparo de la Resolución Directoral N° 045-2008-MEM-AAM en una primera campaña, por lo que (una vez más) no requiere autorización para el inicio de actividades y porque cuentan con el respaldo del Decreto Supremo Nº 020-2012-EM.
Esto significa que según el Minem no es necesario el pedido de una nueva autorización por lo que la empresa podía operar sin ésta y por tanto sin que cumpla con la consulta previa.
Piden tocar tema de fondo
Para Juan Carlos Ruiz Molleda, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), el hecho de recurrir a términos como “reinicio” o “inicio”, para el caso de Cañaris de exploraciones mineras, responde a una “leguleyada” para no aplicar la consulta.
“El tema de fondo es que en la medida de que se tratan de procesos administrativos expedidos con posterioridad a la entrada en vigencia del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), del 2 de febrero de 1995, son actos que debieron ser consultados”, explicó.
Ruiz Molleda señaló que la omisión de consulta genera un vicio de nulidad y lo que procede ahora de parte de la población de Cañaris es la interposición de una demanda de amparo.
Cuestionó de otro lado que el informe de un funcionario no puede tener más jerarquía que el Convenio sobre Pueblos Indigenas 169, en referencia al informe elaborado por la Dirección General de Minem.
Por último advirtió que para el caso de Cañaris no solo se debió de haber realizado la consulta previa sino que también se debió de haber contado con el consentimiento de la población ya que el proyecto incluye el desplazamiento de la población.
El silencio de los Viceministros
Una de las preguntas que se hace La República en torno al tema es por qué Shinno Huamaní nunca manifestó en sus más de tres viajes a Chiclayo, la postura del Minem expuesta en el documento preparado por la Dirección General de Minería.
También por qué Candente Cooper, consciente de este “respaldo ministerial”, ha permitido que se debata en interminables reuniones la validez de las consultas, pudiendo defender este beneficio legal con el que cuenta. Ruiz Molleda por su parte lamentó la posición del Ministerio de Cultura y más precisamente la del Viceministerio de Interculturalidad. Recordó que cuando se trató de decir si a Cañaris le correspondía consulta o no fue la Defensoría del Pueblo quien se pronunció y no el viceministro de Interculturalidad.
El presidente regional de Lambayeque pidió a los funcionarios de la Mesa de Trabajo pro Desarrollo de Cañaris definir el tema el próximo 6 de abril, fecha que fue señalada para la próxima reunión.