La mayoría de los países de América del Sur modificaron sus legislaciones sobre explotación minera en la década del 90 para volverlas atractivas a la inversión extranjera, pero ignoraron las normativas ambientales y el daño social provocado a las comunidades, aseguró el programa de Naciones Unidas para el medio ambiente (PNUMA).
Sin embargo, los movimientos sociales y políticos han conseguido imponer un debate en la mayoría de los países latinoamericanos, sobre la necesidad de modificar los contratos de la década del 90, para obtener una mayor participación del Estado en la renta minera y regular el uso racional de los recursos naturales, resaltó el organismo.
El informe sobre «Eficiencia en el uso de los recursos en América Latina» de PNUMA, detectó que los contratos de inversión minera en América Latina «no incluyeron marcos legales que permitan abordar las problemas ambientales del sector desde una perspectiva integral, en especial para la identificación de los impactos de la minería, de los pasivos ambientales y de su gestión y tratamiento efectivo».
La excepción fue Brasil, destacó PNUMA, que a diferencia de sus vecinos vinculó a partir de 1980 los contratos de explotación minera a la protección de los recursos naturales y el daño ambiental.
América Latina «en buena medida no cuenta con mecanismos efectivos de seguimiento y control ni tampoco de mecanismos de evaluación de riesgos ni de análisis de impactos» de la explotación minera, advirtió el informe. Un informe del centro de estudios Fopea de Argentina, precisó que los derechos y regalías por la extracción de recursos naturales promediaban el 28 por ciento de la renta total de los gobiernos latinoamericanos en 2010, con pero «significativas diferencias entre países».
Por ejemplo, en Bolivia, Colombia y Panamá, la tributación por la extracción de recursos naturales aporta más de 40 por ciento de la renta gubernamental, mientras que en Venezuela llegaba al 67 por ciento.
En cuanto a la explotación minera, todos los países aplican regalías e impuestos, aunque las excepciones fueron Chile y Perú, «pues ninguno de los dos países cobró regalías durante muchos años, pese a que poseen sectores mineros significativos», señaló el informe de Fopea. El estudio de PNUMA detalló que en «Chile no hubo un diagnóstico integral de los impactos ambientales producidos por la minería, aunque sí hubo diagnósticos parciales». En Chile, a partir de 1992 se crearon planes de descontaminación de las cinco fundiciones estatales de cobre, exigiendo a las empresas una considerable inversión para la reducción gradual de sus emisiones atmosféricas, lo que fue un reconocimiento implícito de éste como el problema ambiental más acuciante de la minería existente a la época, señaló el informe.
El resto del diagnóstico ambiental de la minería chilena, incluido el tema del uso del agua en las regiones desérticas, y el costo de reparación de minas abandonadas fue iniciado recién hacia fines de la década del 90. La novedad en Chile, ha sido que el gobierno de la Segunda Región (Antofagasta), junto con los industriales y las grandes empresas mineras, diseñó una Política de Desarrollo Sostenible basada en la creación de un «complejo productivo» o cluster a fin de fomentar un mayor vínculo entre empresas mineras y pequeñas y medianos proveedores locales. En Brasil, los Estados federales y las municipalidades «tienen fuerte injerencia en el modo de relacionamiento de los proyectos mineros con el resto del sistema socioeconómico», destacó PNUMA. Las municipalidades brasileñas reciben una compensación financiera por la producción minera en sus territorios y estos fondos son utilizados para los diversos proyectos de desarrollo.
El informe analiza específicamente la distribución de la renta minera en Chile y Perú. Concluye que, en la actualidad, el 50% de la renta del cobre queda en poder del Estado en Chile mientras que esta proporción llega sólo al 25% en Perú. Esta diferencia se explica principalmente por el tipo de propiedad (estatal o privada) de las empresas que explotan los recursos así como por los regímenes impositivos -tributarios como no tributarios (regalías)- que implementa cada país, completó el informe.