Perú

MINEM APRUEBA PROTOCOLO SANITARIO PARA LOS SUBSECTORES MINERÍA, HIDROCARBUROS Y ELECTRICIDAD

7/5/2020

El 6 de mayo, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) aprobó la Resolución Ministerial (RM) Nº 128-2020-MINEM/DM, “Protocolo sanitario para la implementación de medidas de prevención y respuesta frente al COVID-19 en las actividades del subsector minería, subsector hidrocarburos y subsector electricidad”.

En el marco de este protocolo, el MINEM dispone que las empresas empleadoras tienen que elaborar un “Plan para la vigilancia, prevención y control de COVID-19 en el trabajo”, el cual debe contener actividades, acciones e intervenciones que permitan acatar el protocolo sanitario del sector salud, aprobado mediante RM Nº 239-2020/MINSA. Asimismo, el referido ministerio indica que las empresas están obligadas a someter sus planes a evaluación del Viceministerio correspondiente, remitirlos al Ministerio de Salud (MINSA) y permitir su acceso a las entidades fiscalizadoras (SUNAFIL, gobiernos regionales y gobiernos locales).

Respecto al traslado y acceso al centro de labores, el MINEM establece que los trabajadores o contratistas deberán llenar una ficha sintomatológica (tiene carácter de declaración jurada) y ser sometidos a evaluación física. Complementariamente, también menciona las medidas a tomar cuando las empresas utilicen transporte terrestre, aéreo y fluvial para movilizar trabajadores y contratistas.

De igual modo, el MINEM precisa cuáles serán las medidas de higiene, convivencia y desinfección a implementar en los centros de labores. Así como, enlista las acciones aplicables para el mantenimiento de la adecuada distancia social, describe el proceso de aislamiento temporal, evaluación, seguimiento y reincorporación de trabajadores y contratistas sospechosos o contagiados de COVID-19 e indica cuales son las medidas de trabajo a poner en marcha en los casos de las personas consideradas en los grupos de riesgo.

Cabe resaltar que este protocolo ha sido elaborado y aprobado sin contar con la participación y el visto bueno de la Federación Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú. Desde la perspectiva de CooperAcción, este documento contiene aspectos cuestionables, como la aplicación potestativa de pruebas rápidas o moleculares en el caso del personal con puestos de riesgo bajo, la ausencia de determinación de un aforo máximo para los campamentos y la falta de precisión sobre la cantidad de personal sanitario que debe existir en el centro de labores.

A todas luces, los lineamientos elaborados (MINSA) y el protocolo (MINEM) no son los suficientemente rigurosos y tampoco responden a la real amenaza del Covid 19. Para comenzar, dejan un gran margen de discrecionalidad en la implementación de las medidas a las propias empresas y no se cubren varios flancos importantes de riesgo. Conociendo cómo funcionan los Servicios de Seguridad y Salud, la influencia de las empresas definirá temas claves como la periodicidad en la aplicación de pruebas y otros aspectos claves. Por otro lado, no queda claro cómo piensan resolver la falta de pruebas moleculares y serológicas: voceros del sector empresarial minero han reconocido que por el momento no cuentan con pruebas disponibles y la compra en estos momentos es cada más difícil y onerosa. ¿Van a reanudar labores sin la aplicación de pruebas a un sector de trabajadores? ¿Lo que ha pasado -y sigue pasando- en varios campamentos mineros, no es una clara señal de alarma?

Ha habido una fuerte presión desde el sector empresarial, sobre todo desde la Confiep, para que las actividades productivas se pongan en marcha, logrando que se acuerde finalmente la reactivación por fases, precisamente cuando la curva de contagios sigue creciendo. Se ha generado un falso dilema entre la emergencia sanitaria y la necesidad de reactivación de la economía. El posible agravamiento de la epidemia va a representar un costo importante para la economía del país y lo que es peor significa la pérdida de un número cada vez más importante de vidas humanas.

Revisa el protocolo aquí http://cooperaccion.org.pe/wp-content/uploads/2020/05/Protocolo-Minem.pdf