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Millonaria evasión fiscal de compañías mineras

hondurasEntre las cosas que importaron hay máquinas trituradoras, respuestos para máquina de perforación, partes de una reactivadora de carbón, respuestos de motores hidráulicos y tubería de polietileno.
19.04.10 – Actualizado:  redaccion@elheraldo.hn
Tegucigalpa
Los yacimientos de corrupción parecen inagotables en el Estado, dejando al país sin un recurso cada vez menos «renovable»: los impuestos.
En el gobierno de Manuel Zelaya, seis mineras defraudaron al fisco al no pagar impuestos por la importación de diferentes productos valorados en 32,325,000 dólares, es decir, unos 614 millones de lempiras, al ampararse en un artículo de la Ley General de Minería para quedar libre del importe, que había sido declarado inconstitucional.
Esta fue la conclusión de una resolución de la Procuraduría General de las República (PGR) que, además, pidió que se anularan las exoneraciones.
Las compañías que, con facilidades del gobierno, evadieron la cancelación del arancel son Entremares, Agregados del Caribe, Minerales de Occidente, Eurocanteras, American Pacific y Cerros del Sur.
Las empresas de extracción metálica invocaron, entre 2006 y 2007, el artículo 74 de la Ley de Minería para que la Secretaría de Finanzas les extendiera dispensas a fin de no cancelar el tributo.
Ese articulado establecía que todo equipo utilizado para el desarrollo eficiente de las operaciones mineras podría ingresar al país sin el pago de impuestos y otros derechos aduaneros durante la vigencia de la concesión.
No obstante, el 4 de octubre de 2006, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional 13 artículos de esa ley, incluyendo el 74, que permitía la emisión de la dispensa.
El recurso de inconstitucionalidad fue interpuesto por la ex fiscal del Ambiente, Clarisa Vega de Ferrera.
El fallo fue publicado en el diario oficial La Gaceta el 24 de noviembre de 2006.
Así se cometió el fraude
Para conceder la dispensa, al amparo de la Ley de Minería, se requería que primero la Dirección de Fomento a la Minería (Defomin) emitiera un dictamen a favor y luego comunica lo resuelto a la Secretaría de Finanzas para que extendiera el permiso para el no pago de los impuestos.
Los dictámenes de Defomin fueron firmados por el director de esa entidad de Recursos Naturales, Roberto Elvir Zelaya.
Posteriormente, la jefa de la sección de Franquicias de Finanzas, Alba Olivia Zúniga Ayala, emitió otro dictamen como un nuevo respaldo legal a la dispensa que se concedería.
Finalmente, las dispensas fueron firmadas por el ex secretario general de Finanzas, Allan Ricardo Pineda.
Las acciones de Defomin y Finanzas permitieron el trámite de 84 dispensas a favor de las seis mineras durante un año porque aseguran que ignoraban el fallo de la Corte.
En todas las dispensas hay un renglón que reza: «conforme al análisis elaborado por el analista que corresponde al código 63, registre póliza libre de importación y derechos aduaneros de lo siguiente…».
«Ignorancia»
Es hasta noviembre de 2007 que Defomin y Finanzas aseguran que se dieron cuenta de que la resolución de la Corte había sido publicada y dejaron de dar los privilegios.
Pero el daño contra las finanzas estatales estaba hecho.
La Secretaría de Finanzas no tiene un cálculo de cuánto dejaron de cancelar las mineras porque solo se dieron las exenciones.
No obstante, una fuente de Finanzas dijo que el promedio de gravamen es de entre un 8 y un 10 por ciento por importaciones en materia minera.
Al aplicar este porcentaje a los 32.3 millones de dólares (614 millones de lempiras) en exportaciones hechas por las compañías mineras, se obtiene un resultado de más de 61 millones de lempiras, que sería el valor de la evasión.
Danza de millones
Entremares importó 11.5 millones de dólares, Agregados del Caribe 9.7 millones y Minerales de Occidente 1 millón. Otras como Eurocanteras, American Pacific y Cerros de Sur importaron, entre todas, apenas casi 100 mil dólares.
Entre las cosas que importaron hay máquinas trituradoras, respuestos para máquina de perforación, partes de una reactivadora de carbón, respuestos de motores hidráulicos y tubería de polietileno.
Una de las compras más onerosas fue hecha por Entremares, que importó de una sola vez dos mil toneladas de cianuro de sodio para extracción de oro de la mina, valorado en 1.2 millones de dólares, unos 20 millones de lempiras.
Irregularidad
La secretaria de Defomin, Erika Molina, reconoció el yerro y la ilegalidad que se cometió con el otorgamiento de las dispensas y aseguró que se inició el proceso para corregir la irregularidad.
«Al conocer que se había cometido un error en el procedimiento inició lo que se llama una revisión de oficio de los actos de la administración pública. Se pidió el dictamen y todas las resoluciones se declararon como lesivas por la Procuraduría General de la República», expresó.
Los expedientes de las dispensas fueron entregados a la Procuraduría, ente que emitió, en noviembre de 2007, los dictámenes respectivos para que se anularan las 84 dispensas y que Finanzas procediera a recuperar el dinero que dejó de percibirse.
Lo que ha quedado en el olvido es proceder judicialmente contra los funcionarios que avalaron la exoneración, dice Molina, porque «nadie ha tomado acciones penales y civiles en el asunto».
Los dictámenes de la Procuraduría son enfáticos en señalar que con la emisión de las dispensas se cometió defraudación fiscal. «El objeto del acto administrativo (dar la dispensa) era imposible y configuraba la comisión del delito de defraudación fiscal», apunta.
En ese sentido, ningún ente estatal estaba facultado para conceder el perdón del tributo, dice la PGR.
«La Dirección de Fomento a la Minería no debió bajo ningún concepto someter a trámite una solicitud amparada en una norma declarada inconstitucional», señala el documento de la PGR.
«Defomin nunca debió otorgar la referidas dispensas por no tener atribuida por ley tal potestad, ya que fue vedada por la sentencia de la garantía de inconstitucionalidad».
Entrada en vigencia
Otro aspecto importante que resalta en los dictámenes de la PGR es que Defomin y Finanzas no tenían que esperar a que el fallo de la corte fuera publicado para frenar la emisión de dispensas, pues el mismo tenía vigencia desde que se emitió la sentencia.
«La misma (la sentencia) produce efectos (entrada en vigencia) a partir de su firmeza y no de su publicación», asegura el fallo de la PGR.
Con base en todos estos análisis que constan en la resolución, la Procuraduría «emite dictamen favorable para que se anule la dispensa», expresa el documento.
Los expedientes de las dispensas fueron devueltos a Defomin y esta los mandó a Finanzas en septiembre de 2008, para que los anule y proceda a hacer los cobros respectivos de los impuestos a las mineras, lo que a la fecha no ha sucedido.
Finanzas tendría que proceder a interponer los reparos para que las mineras cumplan su obligación fiscal.
Argumentos
Es de hacer notar que, además de la Ley Minera, estas empresas también solicitaron que se les aplicara el artículo 73 de Código Aduanero Uniforme Centroamericano (Cauca) para obtener las dispensas.
El numeral de ese marco legal indica que pueden introducirse productos «al territorio aduanero por un plazo determinado con suspensión de derecho e impuesto a la importación… los que serán reexportados dentro de un plazo».
Igualmente, las mineras se acogieron al decreto 18-90 que en su artículo 1 se refiere a mantener exoneraciones fiscales para empresas que gozaban de este beneficio dado por convenios internacionales y las que abarca el Régimen de Importación Temporal, zonas libres y zonas industriales.
Las mineras también invocaron la Ley para el Control de Franquicias Aduaneras de 1960 (reformada en 1979), que analiza y emite los proyectos de exoneraciones de impuestos aplicables a la importación, dispensas, autorización de venta de vehículos que ingresaron con dispensa y notas de crédito.
Pese a estos argumentos, la Procuraduría sostiene en sus dictámenes que hubo evasión, aunque en las resoluciones no analizó esos fundamentos legales.
Daño patrimonial
Por su lado, el ministro de Recursos Naturales, Rigoberto Cuéllar, dijo que es «procedente los reparos respectivos», aunque no precisó la cuantía del monto que se tiene que recuperar.
«Hay que hacer un análisis respectivo de los expedientes, pero de que hubo un daño patrimonial al Estado lo hubo y de hecho así lo declara la Procuraduría», señaló.
Ante esa ilegalidad, «está claro que hay responsabilidad administrativa» que deducir, acotó Cuéllar.
Las mineras que tramitaron las dispensas antes de que se declararan ilegales tampoco pueden alegar que tenían el derecho a las mismas porque desde el momento que se emite el fallo contra ese beneficio «son inexistentes», aclaró el ministro.

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Según la Procuraduría General de la República, las mineras tienen una cuenta millonaria con el Estado en concepto de impuestos que no pagaron.