Por dos votos a favor y uno en contra, el Tribunal Ambiental resolvió que no hay antecedentes nuevos en el proceso que permitan modificar la prohibición del uso de tronaduras bajo la cota 100 metros sobre el nivel del mar, lo que impide extraer cerca del 98% de las reservas mineras del yacimiento.
Un revés sufrió el proyecto Mina Invierno, ya que el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó modificar las medidas cautelares que existían sobre las tronaduras del proyecto en la región de Magallanes ligado a las familias Angelini y Von Appen.
Por dos votos a favor y uno en contra, la instancia resolvió que no existen antecedentes nuevos en el proceso que permitan modificar la prohibición del uso de tronaduras bajo la cota 100 metros sobre el nivel del mar, lo que impide extraer cerca del 98% de las reservas mineras del yacimiento.
El Tribunal Ambiental de Valdivia estimó que respecto de los antecedentes presentados para modificar la medida cautelar, “la información en ellos contenida es confusa, lo que genera incerteza respecto de los efectos en el componente paleobotánico de las tronaduras autorizadas. Por tanto, aplicando el principio precautorio, resulta más apropiado actuar con cautela, observando la necesaria proporcionalidad respecto de los efectos que tendrá sobre el patrimonio del afectado”.
Según el voto de mayoría, la medida sigue siendo proporcional “porque Minera Invierno S.A. no queda impedida de la extracción de carbón, toda vez que la tronadura es un método complementario a la extracción mecánica, la cual cuenta con autorización vigente y no tiene ninguna restricción”.
El fallo que mantuvo la medida cautelar decretada a fines de marzo puntualizó además que “Minera Invierno S.A. no logra acreditar por qué no puede continuar la explotación del rajo en forma mecánica, en aquellas áreas donde no habrían areniscas grises compactas.”
Fuente:http://relaves.org/post.php?id=72