La Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos contra la Minera Invierno por incumplimientos de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) en el “Proyecto Mina Invierno”.
Este proyecto se emplaza en la Isla Riesco, en la comuna de Río Verde, en la región de Magallanes y produce carbón sub-bituminoso.
Tras las denuncias recibidas, en marzo de 2013 personal de Servicio Nacional de Geología y de la Dirección General de Aguas realizaron una inspección en las instalaciones del proyecto. Por su parte, funcionarios del SMA analizaron si la empresa habían entregado reportes de seguimiento ambiental en materia de recursos hídricos, dando cuenta que ésta no había dado cuenta de los reportes entre agosto y septiembre.
Según informó la Superintendencia del Medio Ambiente, luego de meses de investigación es que se procedió a formular cargos contra la minera, principalmente por cinco hechos:
1. Se constató que las piscinas de decantación que tratan las aguas que se generan en el rajo, no están cumpliendo con su objetivo de abatir los sólidos suspendidos de las aguas, que luego son vertidas hacia el Estero Chorrillo Invierno 2.
2. Minera Invierno omitió presentar informes trimestrales con los resultados de los monitoreos semanales de sólidos suspendidos del agua que ingresa y que sale de las piscinas de decantación, establecidos en su RCA. También omitió presentar el Informe consolidado de Plan de Vigilancia Ambiental para Recursos Hídricos previo a la entrada en operación del proyecto.
3. La compañía también omitió presentar los informes semestrales relativos al “Plan de Vigilancia Ambiental para Alerta Temprana de Calidad de Agua” y “Plan de Vigilancia Ambiental para Control de Arrastre de Sólidos”.
4. Se constató existencia de un área de acopio temporal de carbón extraído no contemplada en la RCA del proyecto.
5. Minera Invierno omitió actualizar, dentro de plazo, la etapa en que se encontraba dicho proyecto, dentro de la Resolución N° 574 de esta Superintendencia. La compañía había informado que el proyecto asociado se encontraba en fase construcción, en circunstancias que ya se encontraba en su etapa de operación.
En el dictamen final de la entidad se establecerá si los cargos formulados son leves o graves. En el primer caso la sanción puede ser una amonestación por escrito o multa hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), mientras que para los cargos graves, la empresa arriesga la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), clausura o una multa de hasta 5 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA).