Marlene Castillo Fernández
18/01/2021
Imagen: El Pueblo
Las banderas verdes con el lema pintado “Agro Sí, Mina No”, que lucen las casas y que se agitan en cada marcha y caravana se han convertido en una de las principales expresiones más mediáticas de la disidencia política y protesta social de productores y pobladores del Valle de Tambo (Provincia Islay-Arequipa).
Pero, también desde la última caravana de Cocachacra a Mollendo (12 enero) y la movilización en la ciudad de Arequipa este 14 de enero; se han convertido en una de las principales expresiones contra una de las sentencias más abusivas e injustas de la criminalización de la disidencia y la protesta social, del rechazo a la sentencia en primera instancia del Poder Judicial y la orden de captura inmediata, que el 07 de enero fue anunciada en la audiencia final del Juicio Oral sobre los hechos de marzo-mayo 2015, que condena a prisión a más de 7 años y que ordena la captura inmediata de Jesús Cornejo Reynoso, presidente de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo y Jaime De la Cruz Gallegos, ex Alcalde del distrito Dean Valdivia (ambos actualmente en la clandestinidad).
Sentencia oral judicial que condena la disidencia y protesta de oposición al proyecto minero a tajo abierto de la SPCC
Disidencia política de quienes están en contra de la política estatal de imposición de la minería riesgosa a tajos abiertos de la titular Southern Perú Cooper Corporation-SPCC, de la primacía minera en el ordenamiento territorial provincial (71.2% con concesiones mineras-2010) y de la narrativa ideológica mediática del progreso minero como vía prioritaria suprema del desarrollo que los descalifica con el mote de “antimineros” (que también hizo eco del mote de “terrorismo antiminero” que el portavoz oficial de la SPCC les adjudicó tendenciosamente a fines de marzo 2015).
Protesta social porque desde el Referéndum municipal/consulta popular del 27 de septiembre 2009 que determinó la no aceptación del proyecto minero y la defensa del agro, llevan más de 11 años en pie de lucha habiendo protagonizando tres masivos paros. El primero, ante las Audiencias Públicas arregladas y el Estudio de Impacto Ambiental incompleto y engañoso observado por la UNOPS (2011); el segundo, ante la aprobación del EIA sin haber absuelto las observaciones ni consultado a la población, violentando la paz social (2015); y, el tercero, ante el otorgamiento de la licencia de construcción, inicio de la fase de explotación, en medio de proceso penales a 105 detenidos y dirigentes en actividad (2019). En síntesis, como las y los defensores lo repiten: Tía María (y su tajo la Tapada próximo al canal la Ensenada-Mejía y al río Tambo) no tiene licencia social.
Criminalización porque han convertido los derechos de disidencia, de dirigencia (representación) y la protesta social en delitos y a las personas que disienten, dirigen y protestan en criminales, que deben ser perseguidos, reprimidos con armas de fuego y penalizados. Esta sentencia contra ambos dirigentes representa un grave precedente judicial, que debería alertarnos – no atemorizarnos – y salirle al frente en la defensa de los derechos humanos fundamentales que tienen además amparo constitucional. Este proceso de criminalización de los y las defensores del Valle de Tambo, además de la estigmatización pública, ha involucrado mega operativos de represión que han contado con la fuerza armada, de 2 a 3 mil efectivos policiales en cada paro y el sitiado de Cocachacra y Dean Valdivia el 2015, resultando a la fecha en 6 defensores muertos por bala y 1 efectivo policial por golpes, todos asesinados, cientos de heridos, división y resentimiento profundo social. En síntesis, como dicen los y las defensoras: esta es una sentencia política.
El paro del 2015, fue reprimido con un excepcional abuso de las fuerzas del orden, comprometiendo violación de derechos humanos, escalando a detenciones masivas (105 en un caso) hasta confluir en acusaciones fiscales insidiosas a raíz del escándalo del “video de las lentejas” (7 mayo 2015). Efectivamente, en medio del paro, se difundió públicamente el video donde el entonces presidente del Frente Amplio de Defensa del Valle de Tambo-FADVT, Pepe Julio Gutiérrez solicitaba a un abogado de la SPCC un pago de millón y medio para terminar con el paro en curso, de paso nombró a Jesús Cornejo y Jaime De la Cruz. A partir de ese video y otros medios de difusión de los paros del FADVT así como declaraciones de informantes, la Fiscal provincial de entonces, María Alejandra Cárdenas, centró su acusación en los delitos de asociación ilícita para delinquir y de extorsión, con la teoría de que el FADVT era una asociación que atentaba contra un “fin/bien público” al plantearse como misión liderar la oposición a un proyecto minero, como el proyecto Tía María, que era priorizado en la promoción gubernamental de inversiones mineras que traería progreso al país, y a razón de que sus dirigentes lideraban esa oposición para lograr beneficios económicos personales a través de la extorsión que se habría puesto al descubierto con el video en mención.
La sentencia anunciada del Poder Judicial, ante las pruebas presentadas y los fundamentos del derecho de protesta social, entre otros, resuelve que no existe delito de asociación ilícita para delinquir y sólo sentencia a Pepe Julio Gutiérrez por el delito de “tentativa de extorsión”. Sin embargo, para la acusación del delito de entorpecimiento de los servicios públicos y motín absuelve a 10 acusados (9 productores y el abogado Dr. Héctor Herrera; otros 3 dirigentes procesados a la fecha de la sentencia habían fallecido) y condena a los tres dirigentes del ex FADVT, para lo cual admite una nueva categoría de delito como “autores no ejecutivos”, que es lo mismo que decir que no ejecutaron el delito pero que fueron de la idea/mensaje que influyó en la decisión de ejecución de los autores no individualizados de esos hechos. Por eso, afirmamos que este proceso de criminalización de la disidencia y protesta social tiene su máxima expresión en la sentencia judicial adelantada que condena a Jesús Cornejo y Jaime De la Cruz, agravada con la orden de captura inmediata.
La condena a más de 7 años de prisión y orden de detención al presidente de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo, es un eslabón más del particular e intenso seguimiento con grabaciones policiales y búsqueda de testigos informantes que lo incriminen, durante estos más de 5 años. No nos queda duda alguna que se le condena a Jesús Cornejo Reynoso por el ejercicio de su función dirigencial y porque goza de alta legitimidad dentro del gremio de regantes y de gran parte de la población de Cocachacra y Dean Valdivia que lo conocen por su honestidad, firmeza y consecuencia con los mandatos de sus bases. Fue precisamente él quien en su calidad de presidente de la Junta de Usuarios de Agua del Valle de Tambo, suscribió el pronunciamiento público de fecha 04 de abril del 2015: “CUARTO.-Reiteramos que nuestro único pedido es el retiro definitivo del proyecto Tía María por carecer de Licencia Social, por lo que el Gobierno Central debe implementar los mecanismos legales y políticos a efectos de hacer cumplir la voluntad popular” y “QUINTO.-En tanto el Gobierno Central no de una solución definitiva al conflicto, el paro indefinido iniciado el día 23 de marzo, continuará por decisión unánime de la Asamblea Popular llevada a cabo en la Plaza San Francisco del distrito de Cocachacra; manteniéndose firme la unidad de autoridades, dirigentes y población en general”. Esta consecuencia valiente no le perdonan; se trata de dar un escarmiento a los demás.
Respaldos y apelación ante abusiva medida gravosa de detención inmediata de Jesús Cornejo y Jaime De la Cruz
El respaldo social local a los dirigentes – Jesús Cornejo y Jaime De la Cruz – fue inmediato ni bien fue conocida la sentencia anunciada en la audiencia virtual del Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Arequipa, el jueves 7 de enero. Los primeros en pronunciarse públicamente fueron dirigentes y autoridades actuales del Valle de Tambo, tales como: Marilú Marroquín, presidenta de la Junta de Usuarios de Mejía quien expresó en medios de prensa regional y nacional que la sentencia castiga a quienes salen a defender el agro y el medio ambiente, que se les ha condenado solo por dirigir las manifestaciones, con lo cual se está vulnerando la justicia; Richard Ale Cruz, actual alcalde distrital de Dean Valdivia y que fue absuelto por la sentencia, se reafirmó en la posición de defensa del Valle de Tambo y el respeto a su posición contra el proyecto. También, suscribieron un pronunciamiento público de “rechazo rotundo a sentencia judicial contra dirigentes del Valle de Tambo” los secretarios generales tanto de la CGTP- Islay, Pablo Espinoza Chirinos, como del SUTEP-Islay, Nicolás Miranda Melo (8-1-2021). De modo semejante se pronunció José Chapa Díaz, secretario de la Federación Departamental de Trabajadores de Arequipa (FDTA).
A su vez, resulta significativo que el Consejero Regional por la provincia de Islay, del Gobierno Regional de Arequipa, Elmer Pinto Cáceres, haya expresado su rechazo a la sentencia de condena a Jesús Cornejo y Jaime De la Cruz, y se haya manifestado públicamente en la entrevista realizada en el programa “Pico a Pico” (El Buho: 11-1-21), que desde su formación profesional como geólogo y conocedor de la cuenca del río Tambo, le da razón a la lucha de defensa del agua y del Valle de Tambo y considera legítima la protesta de la población “porque se quería imponer un proyecto que está a menos de 1 kilómetro del cuerpo de agua del río Tambo y abastece de agua a 60 mil personas y 13 mil hectáreas”, más aún cuando los medios pacíficos se agotan, el Estado no escucha y se presta a imponer un proyecto usando toda la fuerza, con lo cual se genera una situación de conflicto violento con las lamentables pérdidas de vidas, agregó. El día 14 de enero, emitió un pronunciamiento público oficial, en el que además de su desacuerdo y rechazo a la sentencia, afirma “Las Autoridades del Valle de Tambo y los Agricultores impulsan el cuidado y el respeto al medio ambiente, defienden su ancestral actividad agropecuaria y reclamamos la paz social que se nos arrebató desde el año 2010. Nos mantenemos firmes y unidos en nuestra propuesta por el bien y seguridad de las futuras generaciones y aguardo la esperanza de una nueva Ley de Minería dentro de una Nueva Constitución”.
También la Convención Nacional del Agro-CONVEAGRO, uno de los principales gremios agrarios nacionales está respaldando a Jesús Cornejo mediante un video que circula en las redes sociales desde este 13 de enero que se acompaña del siguiente mensaje: “La protesta social no es un crimen. El Estado es el garante de los derechos de las personas y grupos afectados por proyectos que impactan en sus medios de vida. No se puede sancionar la protesta social mediante la represión e instrumentalización de mecanismos legales. No se puede desestabilizar a las organizaciones que reclaman, basándose en el falso argumento de que se afecta la tranquilidad pública, la seguridad jurídica, de las grandes inversiones y la propiedad privada. Es por lo que desde Conveagro damos nuestro respaldo a Jesús Cornejo, presidente de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo que ha sido sentenciado injustamente por entorpecimiento del funcionamiento de servicios públicos y motín”
La movilización, los pronunciamientos públicos, los respaldos por redes no son suficientes aún, entre otros porque algo que recién está haciéndose público es que además de la sentencia anunciada de prisión se les ha emitido orden de captura inmediata, en una acción desmedida, abusiva e injusta, que resulta extremadamente riesgosa para la vida de ambos dirigentes por el peligro de COVID-19 y la desatención. Ya no sólo es un atentado contra el derecho de la libertad, sino también contra el derecho a la vida.
¿Qué acciones de defensa legal se está haciendo? El viernes 29 de enero, se dará lectura a la Sentencia en primera instancia, fecha a partir del cual se conocerán la fundamentación judicial respectiva, luego de lo cual procede la respectiva apelación a los jueces superiores de la segunda instancia. Lo insólito y abusivo del Primer Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Arequipa (Expediente No. 2545-2015) es que se haya ordenado la captura inmediata de Jesús Cornejo y Jaime De la Cruz, quienes al momento se encontraban en libertad. El abogado de ambos, el doctor Héctor Herrera Herrera, quien también fue procesado y ha sufrido hostigamiento policial, ha presentado el día 14 de enero el recurso de apelación de la medida gravosa de detención inmediata, porque esa medida no ha cumplido con el debido proceso y ha cometido irregularidades, nos informó en la entrevista que nos concedió (15-1-21). Afirma que los jueces tienen la potestad de mandar la prisión inmediata si el procesado está en libertad; pero sólo se puede hacer fundamentado en la complejidad del delito que está siendo juzgado y por el peligro de fuga; este peligro existe cuando no se tiene domicilio fijo permanente, trabajo o familia. En ambos casos está comprobado el arraigo domiciliario, laboral y familiar. Pero, insiste no lo han hecho “los jueces no han fundamentado sólo emiten la orden de captura”.
Por lo que esta orden de detención inmediata sin fundamentación motivada estaría contraviniendo disposiciones de orden constitucional (Art.2; numeral 17; inciso f.): “Nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez (…)”; también “Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad” (inciso e.). El doctor Herrera concluye así: “no procede la orden de detención en primera instancia porque no está motivado y no hay tal complejidad del delito ni peligro de fuga además he planteado que hay riesgo para la vida de mis defendidos por el alto riesgo de contagio de COVID-19 en condiciones de prisión y porque prima el interés superior de la familia”. En consecuencia, no queda duda que estamos ante un acto no sólo de penalización del liderazgo de la protesta sino también de un acto de violencia judicial atentatorio contra la vida de ambos dirigentes.
Lea el comunicado de la Junta de usuarios del Valle de Tambo en rechazo a la sentencia contra los dirigente sociales:
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