La Contraloría General ha ordenado un sumario a SERNAGEOMIN por irregularidades en cierres de faenas, ya que detectaron que en más de 50 casos se entregaron plazos mayores para poner a su disposición la garantía de cierre.
El órgano detectó que en 57 casos se entregaron plazos mayores para poner a su disposición la garantía de cierre. Desde el servicio indicaron que el sumario ya fue instruido.
El inicio de un sumario interno solicitó Contraloría al Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin) para establecer las eventuales responsabilidades administrativas por las irregularidades detectadas en el proceso de valorización de planes de cierre de proyectos mineros.
Lo anterior se deriva del Informe de Investigación Especial emitido por la Contraloría a fines de diciembre, donde se detectó que en 57 de las 72 aprobaciones de las valorizaciones de los planes de cierre analizadas, no se cumplió con los plazos fijados para constituir la garantía. De hecho, se otorgaron plazos mayor que el establecido en los artículos 53 de la ley N° 20.551 y 100 de su reglamento.
Según detectó Contraloría, hay casos en que ni siquiera existen tales planes, como es el caso de Mina y Planta Dos Amigos, del titular Compañía Explotadora de Minas y la Planta Pullalli de la empresa Compañía Minera Pullalli. Habiendo transcurrido más de un año desde el rechazo de las valorizaciones de los planes de cierre de las faenas, estas no cuentan con un plan de cierre aprobado por el servicio.
“Lo anterior cobra importancia ante un incumplimiento de las medidas del plan de cierre y/o abandono, dado que la garantía no se encontrará disponible en el servicio y será el Estado quien deba ejecutar el plan de cierre y, por ende, financiar las medidas asociadas”, indica el informe.
Por ello, el órgano estableció que se deberá instruir un sumario administrativo para establecer las eventuales responsabilidades administrativas que pudieran derivarse de tales hechos, remitiendo la resolución exenta que inicie dicho proceso y designe al fiscal a este Organismo de Control, en el plazo de 15 días hábiles, contados desde la recepción del informe.
“Sin perjuicio del proceso sumarial ya mencionado, el servicio deberá arbitrar las medidas necesarias a fin de asegurar la correcta aplicación y cumplimiento de la ley N° 20.551 respecto de los 57 casos identificados, en lo que concierne al plazo de disposición del monto total de la garantía del plan de cierre conforme a lo establecido en el artículo 53 de la anotada ley, informando documentadamente sobre las medidas adoptadas al efecto en el citado plazo de 60 días hábiles”, se añade.
Además, pidió subsanar una serie de procedimientos relativos a la aplicación de la misma ley.
Consultado Sernageomin al respecto indicó: “A la fecha el Sumario Administrativo requerido por la Contraloría ha sido instruido, no siendo posible entregar más información al respecto por encontrarse aun en etapa de investigación. En este mismo contexto, el Director Nacional (S) no puede pronunciarse al respecto.”
Antecedentes
La investigación se inició luego de que una persona que solicitó reserva de su identidad denunció irregularidades en este proceso por parte del Sernageomin. Específicamente acusó que en la valorización de los planes de cierre de faenas mineras no se habrían considerado las medidas de cierre establecidas en las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). Además, acusó que existiría tráfico de información interna, ya que los valores utilizados en la valorización de los planes de cierre de algunos proyectos mineros corresponderían a los mismos definidos en la guía metodológica interna del servicio utilizado en ese proceso.
Respecto al primer punto denunciado, el organismo regulador detectó inconsistencias entre los planes de cierre y la RCA. En el segundo caso no se formularon objeciones, pero se recomendó al servicio agilizar el proceso de aprobación formal de la guía metodológica, “atendido el tiempo transcurrido desde que está en uso sin haber sido sancionada, por razones de transparencia y buena práctica administrativa; así como para dar certeza del procedimiento de valorización a los intervinientes”( Pulso)