Viernes, 30 de julio de 2010 – Perspectiva Minera
El proyecto de la nueva Ley Minera está siendo “socializado” paulatinamente entre algunos de los sectores interesados e involucrados en tal actividad, el caso de la minería mediana, la chica y la cooperativizada. Son evidentemente actores o protagonistas del desarrollo práctico de este sistema productivo, pero también hay otros elementos y factores conexos que igualmente se vinculan con tan compleja actividad y por eso merecen que sus opiniones puedan ser tomadas en cuenta, pues se trata de procesos económicos que entrelazados dan movimiento a un poderoso sector productivo: La Minería Boliviana.
Lo importante es que a tiempo de informar sobre el contenido del proyecto de ley minera se recojan algunas sugerencias, se las evalúen y se las coloque en el sitio que corresponde cuando se trate de mejorar las normativas para hacer de la minería el más importante elemento de la economía nacional.
Algo que tiene que deben reconocer hidalgamente nuestras autoridades del área de minería es que no sólo hay que pensar en elementos teóricos y hasta políticos para estructurar una ley que aparentemente beneficie al Estado, pero a costa de “fatigar” a quienes hagan inversiones y exijan garantías, con un añadido de incentivos y no de trabas que emergen de otras condiciones para favorecer a sectores “originarios y comunitarios” en detrimento del hecho estrictamente minero.
Cuando se habla de inversiones, el asunto plantea otra dimensión para su tratamiento, pues deben reconocerse también las limitaciones del Estado en materia financiera, pero además la incapacidad para asumir un nuevo rol que implica admitir la necesidad de contar con nueva tecnología que sólo puede llegar a través de convenios, que significan inversiones.
No menos importante es señalar que para el futuro de la “gran minería” hay que hablar en ese sentido, ya no se pueden sostener tareas “artesanales” propias de la minería tradicional que todavía sirve a ciertos sectores que además de “rescatar” restos de anteriores operaciones se convierten en depredadores de yacimientos, afectando severamente la propiedad privada.
La nueva Ley debe ser concordante con la idea de una nueva minería, lo contrario significaría instrumentar medidas sólo de restricciones o de control a las inversiones para no complicarse con disposiciones contenidas en la Carta Magna que lamentablemente contradicen la idea de favorecer los grandes emprendimientos de una minería que asegura miles de empleos, garantiza beneficios colaterales para las regiones y consiguientemente para los “originarios” de zonas agropecuarias, donde la nueva minería debe ser compatible y segura para no interferir tradicionales tareas de la comunidad y al contrario impulsarlas con aporte directo vía regalías o inversiones de orden social para mejorar las comunidades sin que existan interferencias o el avasallamiento tradicional a título de propiedad de tierra y territorio.
La nueva Ley Minera debe servir para impulsar la minería no para postergarla o anquilosarla, sus reglas deben ser claras y prácticas, no políticas y meramente conceptuales. La minería es la garantía de la economía nacional.