Lima, 25 de junio de 2010
El lunes 21 de junio, el Poder Ejecutivo presentó en fecha y hora límite, un conjunto de observaciones a la Ley de Consulta Previa Para los Pueblos Indígenas, que había sido aprobada por el Congreso de la República el pasado 19 de mayo.
Son ocho las observaciones presentadas por el Ejecutivo que modifican aspectos sustantivos de la ley y terminan por desnaturalizarla. Una de ellas señala que la consulta no puede limitar o prohibir que el Estado tome medidas en función del interés general de la Nación : se señala, además, que la ley de consulta “implica el riesgo de retrasar o detener el desarrollo del país”.
En esta observación se contraponen los derechos de los pueblos indígenas con un supuesto interés nacional. Cabe señalar que este ha sido un argumento muy utilizado en las últimas décadas, cada vez que las comunidades han exigido ejercer el derecho a la consulta: “¿por qué poblaciones pequeñas tienen que decidir por proyectos que son de interés nacional?”.
El gran problema es que en un país como el Perú, no existen políticas públicas que permitan presentar evidencias claras que tal o cual proyecto, responde al “interés de la Nación”. Precisamente, uno de los retos pendientes es dotarnos de esos instrumentos y uno de ellos puede ser la consulta previa.
La consulta puede y debe implicar varias cosas: acuerdos, diálogo democrático intenso, desarrollo de capacidades, aprendizajes, etc. Hay todo un paquete que debe ser tomado de manera integral para beneficio de los pueblos indígenas y por supuesto para todo el país. En ese paquete está la posibilidad que el país con las poblaciones indígenas decidan cuándo nos conviene que haya por ejemplo minería o hidrocarburos y cuando no; cuándo nos conviene que un determinado ecosistema sea preservado; cuándo y de qué forma conviene una determinada obra de infraestructura, etc.
Todo esto implica un diálogo intenso que ayudará a fortalecer las prácticas democráticas. La cultura del diálogo es también cultura de paz: un lema de las organizaciones indígenas era precisamente: “a más consulta menos conflictos”.
Otra observación del Ejecutivo cuestiona el carácter de pueblos indígenas a las poblaciones andinas. Además, el Estado, según esta observación pretende reservarse la identificación de los pueblos indígenas, en contra de lo que señala expresamente el propio Convenio 169 de la OIT.
Aparentemente, el actual gobierno pretende seguir eximiendo del proceso de consulta los planes, proyectos y programas que se considera que responden al “interés de la Nación”. Su interpretación sobre las medidas legislativas o administrativas que deben consultarse es restrictiva y profundamente vertical. Tampoco considera que el Convenio 169 deba ser interpretado a la luz de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas.
CooperAccion considera que las observaciones del Ejecutivo representan un peligroso retroceso que afectarán las relaciones entre el Estado peruano y los pueblos indígenas. Esperamos que el Congreso de la República defienda su fuero y mantenga la decisión de aprobar la necesaria Ley de Consulta Previa Para los Pueblos Indígenas.