31 de Julio de 2012
Alicia Tejada Soruco
La historia de Bolivia remite a un país sometido al dominio de una de las industrias más poderosas del planeta, lesiva y denunciada con causas probatorias sobre permanentes violaciones a los derechos humanos,
económicos, sociales y ambientales en todo el mundo. La poderosa industria minera realizó inversiones para introducirse como una causa histórica de los trabajadores mineros, como una causa histórica de poblaciones mineras.
Esta actividad busca introducirse naturalmente como parte de nuestra historia y de nuestras reivindicaciones, incluso promoviendo publicaciones sobre personajes históricos como los barones del estaño, cuando en realidad lo único que ha sembrado ha sido pobreza y subordinación, es esta la historia que debemos dejar de repetir.
Según la nueva Constitución Política del Estado (cpe) son fines y funciones esenciales del Estado el promover y garantizar el aprovechamiento responsable y planificado de los recursos naturales e impulsar su industrialización a través del desarrollo y del fortalecimiento de la base productiva en sus diferentes dimensiones y niveles, así como la conservación del medio ambiente, para el bienestar de las generaciones actuales y futuras (artículo 3 de la CPE).
Si tan sólo este artículo se hubiese aplicado el 2010 y a la hora de convertir concesiones a autorizaciones temporales la minería en Bolivia tendría otro destino.Partimos por asegurar que al hablar de la actividad minera actual estamos hablando de una actividad por lo menos inconstitucional (por no incurrir en el extremo de calificarla como anticonstitucional), puesto que ha violado más de un artículo de la CPE.
¿Qué recomendaciones se podrían incluir para la minería en las tierras bajas de Bolivia y cuáles de éstas tendrían validez si ni los actores mineros ni el Estado han cumplido con la industrialización de la minería, no han fortalecido una base productiva y tampoco se han ocupado de los aspectos referidos a la conservación del medio ambiente? ¿Cómo plantear alternativas a una tradición legislativa que sitúa la actividad minera con beneficios que a ninguna otra actividad o sector se otorga?
Lamentablemente, en Bolivia no investigamos minería para contradecirla con nuestras recomendaciones. Si hasta el pnuma (Programa de Naciones Unidas para el medio Ambiente), junto a un séquito de consultores y fundaciones, se ha puesto en sintonía para construir el discurso de una minería políticamente correcta, ambientalmente sostenible, respetuosa de los derechos humanos y laborales, y tecnológicamente moderna.
No investigamos minería para decirle que no tendrá cabida en otros espacios porque la agroindustria y la empresa forestal lo han hecho tan mal que nos arrebataron los argumentos, particularmente cuando desde tierras bajas quisiéramos dejar establecido que aquí ocurren otras verdades sobre el desarrollo sustentable y que nada podrá convencernos de abandonarlas.
Diagnóstico
Ninguno de los sectores productivos ni sociales del país se ha pronunciado contundentemente rechazando la minería. ¿Cuál es el carácter del sector minero? ¿Por qué se plantea aún como la preexistencia del mismo Estado y basa en ello su preeminencia constituyendo territorios propios en los que ninguna ley les alcanza? ¿No es acaso este sector el que se vincula a dramáticos e irreversibles desastres ambientales en los ríos de Potosí, en las cuencas del Plata y hechos similares en el continente y en el mundo? ¿Es que acaso las poblaciones de Amazonía, Llanos y Chaco boliviano están demandando que la actividad minera se sitúe como indispensable y cuanto antes, o son los empresarios de las minas, los cooperativistas, la mediana minería y el Estado los que van a plantear, como lo hacen hoy en la discusión de “su” ley que se sienten avasallados por las poblaciones humanas y que preferirían territorio exclusivos y deshabitados para disponer libremente de su capacidad destructiva incluso en “áreas circundantes”?
¿Por qué este sector busca hoy transitar hacia la licencia social con poses filantrópicas si una negativa de las poblaciones se constituiría en la “paralización del desarrollo del país” y, por tanto, la hace innecesaria, aun conociendo que la minería nunca propició el desarrollo de las comunidades pobres, sino que las dejó sumergidas en mayor pobreza? ¿No es acaso la licencia social un procedimiento que vincula responsabilidades de las comunidades que la otorgan mientras que las empresas que la obtienen no se vinculan a ninguna otra norma que a la suya?
Conocemos el discurso que subyace a la minería, se dirá que es el factor responsable del desarrollo del país aunque las cifras del pib (producto interno bruto) no se molesten en explicar que apenas deja el 10 por ciento de sus exportaciones. Las transnacionales de la minería, Barrick, Anglo American, Río Tinto, mim Holdings, Newmont, etc., apoyadas por organizaciones internacionales de financiamiento, como el Grupo del Banco Mundial, los gobiernos de Canadá, Reino Unido y Australia, países de origen de los capitales de numerosas mineras, nunca estuvieron en crisis, el costo de sus pérdidas, si acaso las tienen, están calculados para ser cubiertos por los Estados de los que extraen las materias primas instaurando el extractivismo como única posibilidad.
Consecuencias
Se ha llamado “pasivos ambientales” a los efectos dramáticos e irreversibles sobre vastos ecosistemas y poblaciones, se ha ideado estándares y códigos para la utilización del cianuro y otros químicos altamente contaminantes, empleados en la actividad minera.
No existe en el país un solo derecho minero revertido por violación a los derechos humanos ni ambientales. La minería estatal no es diferente en cuanto a su verdad y a sus leyes y es precisamente gracias a este estatus que ha logrado permanecer su reino en Bolivia. El Estado es parte interesada en la minería, ¿cómo entonces podría legislar o proceder contra sus intereses?
A través de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) el Estado es, a su vez, propietario o accionista de empresas mineras, desde el Ministerio de Minería es regulador de las políticas del sector minero, es fiscalizador para el cumplimiento de las normas ambientales y a la vez promotor de las inversiones mineras. Por ello, el ministerio también decide sobre tierras y agua, vía evaluaciones de impacto ambiental, sin tener facultad para este fin. Y es el mismo Estado el que decide la inversión minera.
No existe ninguna institución estatal que vigile las actividades del Ministerio de Minería; que proteja los derechos e intereses de las comunidades afectadas. La cpe establece que el Estado tiene la función de preservar los recursos naturales, fomentar su racional aprovechamiento y promover su industrialización para impulsar el desarrollo del país. ¿Cómo entonces se espera que el estado cumpla estas funciones sin proteger sus intereses y los de sus socios estratégicos en primera instancia?
No tendría objeto alguno ningún estudio sobre minería si ignorásemos la percepciones de las poblaciones locales sobre esta actividad puesto que aquí no partimos preguntándonos cómo hacer viable la minería en las Tierra Bajas de Bolivia, sino cómo la minería contribuiría al desarrollo de estas áreas, habida cuenta de sus inocultables antecedentes en Potosí, Oruro, Tupiza, pueblos desmantelados de toda vocación de desarrollo que no se vincule a la dependencia inequitativa e injusta de la actividad de las empresas mineras.
* Es ex Coordinadora de la Red de Forestería Social en Santa Cruz y parte de la Cámara Social en el Concejo de Certificación Forestal de Bolivia.