Corte niega amparo a indígenas zapotecos de Oaxaca contra proyecto eólico. En México, el ministro Cossío presentó ante la SCJN un análisis superficial en el que niega el amparo y avala la consulta realizada para un proyecto eólico de 132 aerogeneradores, bajo el supuesto que dicho ejercicio se había dado previo a la instalación de la infraestructura, ignorando la firma previa de contratos, la entrega de permisos gubernamentales y la crítica situación de violencia vivida durante el proceso de consulta. La corte falló a favor, sentando un precedente de legitimación del despojo y la imposición de proyectos con consultas a modo, como un trámite más al alcance de las empresas y el gobierno.
Coincidió con una de las principales celebraciones para los pueblos de México, a los fieles difuntos o el Xandú como le llamamos en nuestra lengua zapoteca. Fueron los pasados 30 y 31 de octubre, cuando un grupo de 50 mujeres y hombres zapotecas del Istmo de Tehuantepec salieron de sus comunidades y viajaron por 12 horas para plantarse durante 48 horas frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el centro de la ciudad de México. En esa ocasión se discutiría la presentación del ministro José Ramón Cossío sobre el proyecto de ponencia del amparo 213/2018, interpuesto por 1166 indígenas zapotecos del Istmo contra la llamada “Consulta” implementada en Juchitán de Zaragoza. El ministro presentó un análisis superficial en el que niega el amparo y avala la consulta realizada para un proyecto eólico de 132 aerogeneradores, bajo el supuesto que dicho ejercicio se había dado previo a la instalación de la infraestructura, ignorando la firma previa de contratos, la entrega de permisos gubernamentales y la crítica situación de violencia vivida durante el proceso de consulta.
Los ejercicios de derechos a la Consulta Previa, Libre e Informada en México se han distinguido por estar plagados de actos de violencia, irregularidades, pactos previos y constantes violaciones a los derechos de los pueblos indígenas. En un país en el que en los últimos diez años han sido asesinados 108 defensores del ambiente, la tierra y el territorio (66% indígenas) y donde la territorialidad de los pueblos indígenas se entrama con las áreas de gran diversidad ecológica, no es casual que estas zonas se encuentren en abierta disputa entre dos visiones de manejo, una que busca la reproducción de la vida y otra enfocada en la acumulación de capital. La posición que adopta el Estado mexicano con la implementación de consultas a modo, deja en claro que su interés es salvaguardar los derechos de las empresas y garantizar el despojo del territorio de los pueblos indígenas.
La sesión de los magistrados no alcanzó a discutir la ponencia en la primera ocasión, se pospuso para el siguiente 15 de noviembre cuando la sala 9 de la SCJN determinaría la sentencia. Por segunda vez un grupo de 40 personas, pertenecientes a distintos pueblos de la región del Istmo de Tehuantepec, nos plantamos y manifestamos durante 48 horas frente a las oficinas del tribunal. Una avalancha de solidaridad volvió a llenar las horas de vigilia, compañeras y compañeros de distintas luchas asentadas en la ciudad de México procuraron acompañar el frío y la lluvia. Mario Luna vocero de la Tribu Yaqui y Russell Peba Ocampo de la Asamblea Maya Múuch Xíinbal, hicieron presencia para denunciar como desde el norte en Sonora hasta el sur en la península de Yucatán, los pueblos de México nos encontramos enfrentando la violación sistemática de uno de nuestros derechos fundamentales: el de la autodeterminación. Es decir, el reconocimiento pleno a decidir sobre lo que ocurre con el territorio desde los modos de vida y cosmovisión propias.
De acuerdo con la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, cualquier proyecto de infraestructura o medida administrativa que afecte directamente a pueblos y comunidades indígenas y tribales, debe ser consultado mediante un procedimiento apropiado de manera previa, libre, informada y de buena fe. En México, en ningún caso se ha cumplido con estos elementos, en repetidas ocasiones las autoridades mexicanas llegan incluso a solicitar a las comunidades que “certifiquen” su identidad indígena en intentos por deslegitimar sus demandas o en situaciones más graves, como contra la Tribu Yaqui, se ha llegado a encarcelar a defensores del territorio.
En su reciente visita al país, la relatora sobre pueblos indígenas de la ONU Victoria Tauli Corpuz, hizo énfasis en que los proyectos de infraestructura en México están siendo asociados a procesos de consulta realizados una vez que las autorizaciones institucionales ya están otorgadas, incumpliendo los estándares internacionales de derechos humanos. La nueva tendencia del gobierno entrante de Andrés Manuel López Obrador de anunciar implementación de consultas como la del Nuevo Aeropuerto de la Ciudad de México o la proyectada para el Tren Maya, sólo contribuye a banalizar estos ejercicios, donde los pueblos afectados directamente no son siquiera los principales consultados, simplificando todo el proceso a la emisión de un voto en una urna.
El amparo contra el proyecto “Eólica del Sur” presentado por organizaciones del Istmo de Tehuantepec en septiembre de 2015, se fundamentó en que dicho proceso no fue realizado de forma previa pues ya existían permisos administrativos otorgados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), la Comisión Reguladora de Energía (CRE), contratos firmados con posesionarios de la tierra y con sindicatos de transportistas y construcción. Por estas mismas condiciones no se trató de un proceso libre, pues los asistentes estaban ya coaccionados por pactos previos; se trató de sesiones con presencia de representantes de las empresas custodiados por personas armadas y constantes agresiones verbales a quienes se mostraban críticos al proyecto.
De los magistrados que discutieron el amparo sólo la magistrada Norma Lucía Hernández Piña, única mujer de la sala, aceptó escuchar a representantes de las comunidades que viajaron a manifestarse a la ciudad de México, con un particular interés en conocer la perspectiva de las mujeres respecto a la problemática. La lucha de las mujeres por la defensa del territorio es una lucha por la vida, desde las compañeras del Istmo que se reunieron con la magistrada para hablar de cómo estos proyectos las atraviesan, del aumento la prostitución por la migración de obreros y trabajadores varones y las lesiones a la soberanía alimentaria por el cambio en el tipo de usufructo de la tierra; hasta la defensa del agua de Berta Cáceres en Honduras o la de los bosques de Guadalupe Campanur de Cherán, luchas por las que ambas perdieron la vida.
Pasadas las dos de la tarde las compañeras que estaban presenciando el fallo salieron de la SCJN. Arropados aún por la solidaridad proveniente de distintos rincones de la ciudad escuchamos la confirmación de lo que ya se sospechaba. El voto de la magistrada Piña fue uno de los dos emitidos en contra de la presentación del Ministro Cossío y a favor de los pueblos, los otros tres votos del resto de los magistrados terminaron por definir el rumbo con el que continuará la relación entre el Estado y los pueblos indígenas, sentando un precedente de legitimación del despojo y la imposición de proyectos con consultas a modo, como un trámite más al alcance de las empresas y el gobierno. Después de esta batalla perdida, doce horas de viaje nos separaban aún de nuestra región de viento y mar pero, como dijo la compañera Bettina Cruz: “la lucha no queda acá, esto no es lo último, los estamos esperando en la región, tenemos que plantar cara por el futuro de nuestro territorio, de nuestro hijos y de nuestra región”. El viaje no se nos hizo tan largo cargados como estábamos de lucha y solidaridad.
Fuente:http://movimientom4.org/2018/11/la-consulta-previa-ha-sido-avalada-por-la-justicia-mexicana-como-instrumento-del-despojo-a-pueblos-indigenas/