En una reciente visita a la Comunidad Nativa Awajún de Supayacu hemos podido observar el elevado nivel de tensión y desconfianza que viven los integrantes de esta comunidad, ante la posible renovación del Contrato de Usufructo que el 14 de abril de 2010 firmaran los representantes de la Comunidad Nativa Awajún de Naranjos con la empresa Exploraciones Águila Dorada SAC, cuyos 5 años de vigencia están próximos a vencerse; y ante el aumento significativo del otorgamiento de concesiones mineras en esta última comunidad que supondría el desarrollo de nuevos proyectos mineros con efectos nocivos irreversibles al ambiente.
Al respecto, caber recordar que la Comunidad Nativa Awajún de Supayacu se sitúa en el distrito de Huarango, provincia de San Ignacio, región de Cajamarca; está constituida por 8 anexos: Yamakey, Nuevo Kunchin, Suwa, Valencia, Sawientsa, Chingozales y Najem. La Comunidad Nativa Awajún de Naranjos se ubica en el distrito de San José de Lourdes, en la misma provincia y región, sus 5 anexos son: Santa Águeda, Nuevo Kucha, Tuna, Chimichimi, Chinim. Supayacu se encuentra a la margen izquierda y Naranjos a la derecha del río Chirinos.
Desde el 2011 la población de Supayacu viene exigiendo (Defensoría del Pueblo lo registra como conflicto socio-ambiental) que se respete su derecho al territorio, al desarrollo en un ambiente saludable y sostenible, así como a que se le consulte sobre decisiones gubernamentales que afecten directamente sus derechos, en estricto cumplimiento del Convenio 169 de la OIT, la Ley No. 29785 (Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios) y su Reglamento (D.S. 001-2012-MC) al encontrarse dentro del área de influencia del proyecto minero “Yaku Entsa”.
Sin embargo, El Ministerio de Energía y Minas autorizó las actividades de exploración minera de la empresa Exploraciones Águila Dorada SAC en tierras de la comunidad Naranjos, sin tener presente que las tierras que ocupa la Comunidad Nativa Awajún de Supayacu se encuentran dentro del área de influencia del mencionado proyecto minero y, como tal, debió ser consultada sobre el mismo. Al respecto, es necesario señalar que las actividades de exploración que se vienen desarrollando ya han generado una seria contaminación en las aguas del Río Chirinos que provee a ambas comunidades y que se han denunciado oportunamente, lo cual ha motivado la intervención del Ministerio Público y de DIGESA.
Asimismo, cabe recordar que ante el inicio de esta actividad minera, la Comunidad Nativa de Supayacu y OPRFAC, contando la asesoría legal de la Fundación Ecuménica para el Desarrollo y la Paz – FEDEPAZ, interpusieron una demanda de amparo contra la resolución de autorización de inicio de actividades de exploración y la resolución de aprobación automática de declaración de impacto ambiental presentada por la empresa, la cual ha sido admitida a trámite mediante Resolución 02 de fecha 20 de octubre de 2014, por el Quinto Juzgado Constitucional, con sede en Lima.
En ese sentido, FEDEPAZ, nuevamente, expresa que rechaza todo acto que pudiera significar la violación de derechos fundamentales, en este caso de la Comunidad Nativa Awajún de Supayacu. Al mismo tiempo, demanda la urgente atención de las autoridades del gobierno central para darle una pronta solución a la situación de conflictividad socio-ambiental generada en dicha región.
Con el ruego de su difusión. Lima, 13 de febrero de 2015.
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