Este es el primer paso para la aplicación de la consulta popular que prohíbe la minería metálica en estas zonas. Las coordenadas aún no están claras.
Luego de la consulta popular en la que por mandato de los ciudadanos quedó prohibida sin excepción la minería metálica en todas sus etapas en áreas protegidas, zonas intangibles y centros urbanos, el Gobierno trabaja en la definición de esta última categoría para la aplicación de la decisión popular.
Para esto, el Ministerio de Minería establecerá los lineamientos junto con la Secretaría Jurídica de la Presidencia, la Asamblea Nacional, la Asociación de Municipalidades de Ecuador (AME) y el Consorcio de Municipios Amazónicos y Galápagos (Comaga).
“No tenemos aún una definición clara y menos unas coordenadas territoriales de circunscripción que me indiquen cuál es el centro urbano y desde dónde hacia dónde es”, indicó la ministra de Minería (e), Rebeca Illescas.
En consecuencia, según la funcionaria, no se puede iniciar un proceso de caducidad de las concesiones mineras hasta que no estén claros los límites de los centros urbanos.
Illescas señaló que una dificultad que se debe resolver es el tratamiento a las actividades mineras que ya se encontraban en áreas urbanas antes de la consulta popular porque en las áreas protegidas no se practica minería. “En derecho no se puede aplicar normas con retroactividad por eso se debe verificar cuál es el alcance del mandato ciudadano para cumplirlo, pero tampoco podemos eliminar derechos preexistentes”, apuntó.
Para el presidente del Colegio de Ingenieros Geólogos, de Minas, Petróleos y Ambiental (Cigmipa), David Gallegos, la aplicación de la consulta popular en lo que respecta a la minería debe tratarse a través de una ley. “No debe permitirse que exista un caos y los Gobiernos Autónomos Descentralizados deben ser los que establezcan los criterios de áreas protegidas y de centros urbanos”, sostuvo el experto, quien defiende la minería responsable. (I)