El expresidente Ricardo Martinelli “actuó más allá de las facultades otorgadas por la Constitución” al expedir el Decreto Ejecutivo No. 30 del 22 de febrero de 2011, que garantizó la no explotación y exploración de la mina de Cerro Colorado o de cualquier otro yacimiento dentro de la comarca Ngäbe Buglé.
Así lo concluyó el pleno de la Corte Suprema de Justicia en un fallo del 28 de octubre pasado, que declaró inconstitucional el Decreto Ejecutivo No. 30 de 2011.
La sentencia resuelve una demanda de inconstitucionalidad presentada en 2011 por el abogado Miguel Antonio Bernal.
El decreto fue expedido y firmado por Martinelli en momentos cuando se dieron violentas protestas en Chiriquí, Veraguas y la comarca Ngäbe Buglé en contra de la ley minera.
Abel Zamorano fue el magistrado ponente del fallo, en el que señala que el tema de los recursos naturales renovables debe ser regulado a través de una ley emanada del Órgano Legislativo.
Alegó que se violó el artículo 121 de la Constitución, que establece que a través de una ley se reglamentará el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables.
De igual forma, advirtió sobre la violación del artículo 183 de la carta magna, que indica que entre sus atribuciones el Presidente de la República debe coordinar la labor de la administración y los establecimientos públicos y velar por la conservación del orden público.
“El propósito final que perseguía el decreto en cuestión era garantizar el orden público, debido a la situación de violencia que se dio en la comarca Ngäbe Buglé, sin embargo, en su contenido el Presidente incurrió en un exceso al comprometerse en materias que por mandato constitucional son de desarrollo exclusivo de la ley”, señala el fallo, al que este diario tuvo acceso.
De acuerdo con Zamorano, “la explotación de los recursos mineros de los yacimientos ubicados en las comarcas indígenas, específicamente en la mina de
Cerro Colorado, nada tiene que ver con aspectos de orden público”.
El magistrado Harry Díaz emitió un salvamento de voto al considerar que el decreto no derogaba ni reglamentaba una ley, sino que buscaba resolver un problema de orden público.
“El decreto tuvo como propósito la solución de un conflicto y la necesidad de garantizar el orden público, debido a la situación de violencia que se dio en la comarca Ngäbe Buglé”, señaló Díaz.
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