El pasado 24 de septiembre y en cumplimiento de una ejecutoria del Nove-
no Tribunal Colegiado de Primer Circuito, el pleno del Tribunal Federal de Justicia Fis-
cal y Administrativa (TFJFA) emitió sentencia final (Exp. 170/00-05-02-9/634/01-PL-
10-04-QC-DA) en el proceso legal que PRO SAN LUIS ECOLÓGICO siguió en con-
tra de la operación de la transnacional canadiense NEW GOLD-MINERA SAN
XAVIER (MSX) en CERRO DE SAN PEDRO, San Luis Potosí, en cuyas páginas 239
y 240 se establece que:
“…con fundamento en el artículo 239-B, fracción IV, del Código Fiscal de la
Federación, se deja sin efectos la resolución de autorización condicionada al proyec-
to minero, a favor de Minera San Xavier, SA de CV, contenida en el oficio
S.G.P.A./DGIRA.DG. 0567/06 de fecha 10 de abril de 2006, emitida por el Director
General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recur-
sos Naturales y se otorga a éste, quien incurrió en incumplimiento a la sentencia dic-
tada por este órgano jurisdiccional el 5 de octubre de 2005, el término de VEINTE
DÍAS para que emita y notifique a la parte actora la resolución a través de la cual dé
el debido cumplimiento a la sentencia…”
La sentencia del 5 de octubre de 2005 anuló de forma definitiva el proyecto
de MSX, y fue producto de otra ejecutoria lograda en el amparo D.A.65/2004-873 del
23 de junio del 2004, por la cual el Noveno Tribunal ordenó al pleno del TFJFA emitir
una sentencia “…en la que resolviendo conforme a derecho, ponga de manifiesto las
ilegalidades que en esta ejecutoria se han evidenciado, en tanto que ni de forma con-
dicionada debió otorgarse la autorización de cambio de uso de suelo…” a MSX en
Cerro de San Pedro (pag. 202).
La respuesta de SEMARNAT fue el incumplimiento de la sentencia, otor-
gándole un nuevo permiso de cambio de uso de suelo a MSX el 10 de abril de 2006,
incluso con menos condicionantes que el expedido en 1999. Este acto finalmente se
ha declarado indebido e ilegal por un tribunal del Poder Judicial de la Federación, que
determinó que desde 2005 el asunto era cosa juzgada: el proyecto de MSX en Cerro
de San Pedro era violatorio, entre muchas otras, de diversas leyes ambientales y un
decreto, mismos que protegían la zona que pretendía explotar la empresa y que
había sido declarada para la restauración y preservación de la vida silvestre.
También violaría normas oficiales de protección a cactáceas endémicas en
peligro de extinción; pondría en riesgo al valle de San Luis y su entorno con la modi-
ficación y contaminación irreversibles de un enorme territorio habitado por más de
1’300,000 personas; sobre explotaría y pondría también en alto riesgo al acuífero pro-
fundo, etcétera. Ello sin mencionar la pérdida irreversible de patrimonio histórico de
la nación.
La licencia de cambio de uso de suelo que ilegalmente obtuvo la MSX en
2006 no fue producto de un error. Fue redactada en el despacho jurídico de Ángel Can-
dia Pardo, abogado de la empresa y del Partido Acción Nacional en el estado de San
Luis Potosí, quien con un grupo de personalidades del sector privado y de los tres nive-
les de gobierno, además del apoyo de la empresa en Canadá, decidieron imponer el
negocio minero de tajo a cielo abierto a costa de las leyes, de la soberanía nacional,
de la salud de los potosinos y del patrimonio ambiental e histórico de las futuras gene-
raciones de mexicanos.
De lo anterior existen suficientes pruebas que han aportado los
miembros del Frente Amplio Opositor a New Gold-Minera San Xavier, y que han sido
ignoradas por diversas autoridades facultadas para intervenir en el caso.
Al amparo de una licencia ilegal y de la violación de una sentencia definiti-
va, la New Gold, a través de MSX, decidió operar en territorio mexicano con saldos
devastadores: en tan sólo 34 meses y sin poder trabajar al 100% la empresa cana-
diense, entre otras cosas, ha desaparecido dos montañas históricas y sepultado
extensas superficies de territorio protegido. Estamos ante uno de los casos más dra-
máticos y representativos de los impactos ambientales que genera la corrupción glo-
balizada en nuestro país.
Por todo lo expuesto, los abajo firmantes exigimos la inmediata ejecución de
la sentencia del pasado 24 de septiembre, así como el cese definitivo de las opera-
ciones ilegales de New Gold-Minera San Xavier en San Luis Potosí. Exigimos tam-
bién, respetuosa y enérgicamente al Poder Legislativo de México, la formación de
una comisión interparlamentaria que investigue a fondo el caso y contribuya a des-
lindar responsabilidades de cara a la nación mexicana.
Estaremos atentos del estricto apego al estado de derecho por parte de las
autoridades de México y Canadá, así como ante cualquier intento de montar un desa-
cato que mantenga la operación impune de New Gold-Minera San Xavier en Cerro de
San Pedro.