– Entrevista al abogado Juan Carlos Ruiz Molleda donde explica que toda decisión que viole un derecho fundamental debe declararse nula.
El Estado incumplió el Convenio 169 en Cañaris al no haber realizado el mecanismo de consulta previa a la concesión del proyecto minero Cañariaco y una acción de amparo podría suspender el proceso porque toda decisión que viole un derecho fundamental es nula, estimó Juan Carlos Ruiz, integrante del Área Justicia Viva del Instituto de Defensa Legal (IDL).
“Si partimos de la premisa de que el Convenio 169 exige la consulta previa de todo acto administrativo o normativo que afecta a los pueblos indígenas está vigente desde el año 95 y, luego, advertimos que esta no se ha realizado, quien está en falta en realidad es el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET), es decir esta instancia del Ministerio de Energía y Minas que hace las concesiones. Ellos están en falta por no haber hecho la consulta previa en el caso de Cañaris”, manifestó en el programa: “No Hay Derecho” de Ideeleradio.
“Un primer punto que habría que preguntarnos es dónde están los que quiebran el Estado de Derecho: ¿están en Cañaris o están en la Presidencia del Consejo de Ministros? (…) La idea es reconducir esto a un proceso de amparo, como es que se están litigando ahora los casos. Es pedirle al juez que (declare que) la omisión de INGEMMET de consultar esto es incompatible con el derecho a la consulta, por favor suspenda esta concesión y ordene que se consulte”, apuntó.
Toda decisión que viola un derecho fundamental es nula
Explicó que toda decisión que viole un derecho fundamental con rango constitucional, como el derecho a la consulta, debe declararse nula. Apuntó que a Cañaris, sea como pueblo indígena o como ronda campesina, le corresponde exigir un mecanismo de consulta previa.
“El Convenio 169 de alguna manera viene a incorporarse a la Constitución (que dice que la consulta es un derecho fundamental) toda decisión que viola un derecho fundamental es nula. Es decir, que si yo tomo una decisión y eso afecta un derecho fundamental, esa decisión tiene un vicio de nulidad. Acá el problema es la omisión de consulta del Ministerio de Energía de esa concesión, que es incompatible absolutamente con el Convenio 169 y eso es lo que no se quiere ver”, refirió.
“Puede ser que se diga que no está claro que sean pueblos indígenas, puede ser que sean rondas (campesinas). La ley de rondas dice que se les aplica a las rondas todos los derechos de las comunidades campesinas y pueblos indígenas en cuanto se les favorezca. En consecuencia, en el caso de Cañaris, el Gobierno es el que está en falta, el Gobierno es el que ha incumplido el Convenio 169, que es parte del Estado de Derecho”, declaró.
Compatibilizar explotación con derechos indígenas
Ruiz Molleda subrayó que el tema central es que se consulte la primera decisión del Estado susceptible de afectar directamente a los pueblos indígenas y estimó que la idea es compatibilizar la explotación de recursos naturales con los derechos de estas comunidades.
“(¿El momento para consultar es este o no?) Allí hay un debate, lo que dice es consulta previa y previa es antes, la idea es que se consulte la primera decisión del Estado, susceptible de afectar directamente a los pueblos indígenas y la idea es que se consulte y se les dé a los pueblos indígenas el Estudio de Impacto Ambiental”.
“En el caso de Perú, el Convenio 169 parece que es desconocido, no se le toma en serio. No es que la gente de Cañaris es violentista o que está pidiendo cosas irracionales, está pidiendo que se cumpla el Estado de Derecho”, indicó.
“Si yo no le doy información a esa comunidad sobre los impactos reales que la minería va a ocasionar en sus territorios, si yo no cumplo con el derecho de las comunidades a participar de los beneficios, si yo escondo la información, ¿qué están esperando? Ante el miedo, la dudad y la falta de confianza, no solo es de necesidad pública generar más ingresos para el Estado, también lo es proteger el medioambiente, los derechos de los pueblos indígenas. La idea es compatibilizar la explotación de recursos naturales con los derechos indígenas”, concluyó.