A tres años de prisión suspendida y al pago de una reparación civil de 200 soles a favor de Minera Yanacocha, fueron condenados cuatro miembros de la familia Chaupe en el distrito de Sorochuco, región Cajamarca, por supuestamente haber usurpado propiedad de la empresa.
Según la sentencia la familia tiene 30 días para abandonar el predio en disputa que forma parte del proyecto minero Conga. La misma ha sido apelada ante las instancias superiores y se espera una reevaluación del caso y un fallo que esté acorde con las normas y la justicia.
La defensa de la familia Chaupe cuestiona la manera como actuó el Ministerio Público, que junto a la empresa, no han presentado pruebas que acrediten que Yanacocha es la real posesionaria del predio ubicado en la localidad de Tragadero Grande en Sorochuco.
La propiedad de la tierra
En 1994 Jaime Chaupe Lozano adquirió 18 hectáreas de tierras para cultivo y pastoreo tal como lo indica el certificado de posesión otorgado por la comunidad campesina del distrito. Sin embargo, la seguridad de ser titular de sus tierras estuvo presente hasta mayo de 2011 con la llegada de la minería hasta el lugar.
En aquel mes Yanacocha sorprendió a la familia de Chaupe Lozano presentándose a su terreno con maquinaria pesada con la intención de abrir una trocha carrozable aduciendo que el predio ubicado entre los parajes del Cerro Cocañes y El Perol es de su propiedad desde 2001.
Esto luego de que se celebrara la transferencia de activos de la empresa Minas Conga S.R.L. –la misma que en 1996 habría comprado directamente a la comunidad de Sorochuco las tierras en Tragadero Grande– a Minera Yanacocha S.R.L.
Aquel encuentro con la policía en 2011 que incluyó la presencia de una veintena de efectivos de la DINOES y de personal de la minera quedó grabado en un video registrado por una desesperada mujer que denunciaba ser víctima de agresiones físicas por parte de los “nuevos” dueños de sus tierras.
Al no lograr su propósito, Yanacocha interpuso una denuncia penal en agosto de aquel año por usurpación agravada contra Chaupe Lozano, además de Elías Abraham Chávez Rodríguez, Máxima Acuña Atalaya e Ysidora Chaupe Acuña, las dos últimas esposa e hija del primero, respectivamente.
Antes la familia había denunciado a la empresa por usurpación y daños, pero la fiscalía dispuso el archivamiento definitivo del caso. Consideró que Chaupe Lozano no había demostrado actividades reales de posesión en el predio en disputa y que la compañía se limitó a reconocer su propiedad.
Sustracción de materia
La asociación civil Grupo de Formación e Intervención para el Desarrollo Sostenible (Grufides), que patrocina a la familia Chaupe y de la que forma parte la abogada Mirtha Vásquez, cuestionó la sentencia del juzgado de Celendín por una serie de irregularidades.
Para la citada organización llama la atención que la sentencia se haya basado solo en que la familia Chaupe no ha presentado pruebas para desvirtuar su responsabilidad cuando conforme a ley no le toca a los denunciados probar su inocencia sino al denunciante probar la culpabilidad.
Cuestiona además que la sentencia se haya basado en las inspecciones de la policía y la fiscalía en las que se comprueba que la familia estaba asentada en el predio y que se haya dejado de lado un elemento fundamental: que la empresa acredite que es la real poseedora del terreno, algo que nunca hicieron.
Finalmente, cuestionan el desempeño del Ministerio Público que habría incurrido en una falta conocida como sustracción de la materia, debido a que éste se ocupó más en defender la propiedad de la empresa respecto al predio cuando lo central era el tema de la posesión del bien.