Existe un hecho singular en el comportamiento de nuestros gobernantes y funcionarios con respecto a la minería en gran escala en la República Argentina: Sistemáticamente, todos y cada uno de ellos, se pronuncian, actúan y se comprometen públicamente a favor de las empresas mineras extranjeras que operan o están intentando operar en nuestro territorio nacional.
Todo esto a despecho de las permanentes prédicas de los ambientalístas, de las organizaciones internacionales por la protección de la ecología, el paisaje y el medio ambiente y de las personas que viven en las comunidades afectadas por la minería, que se han autoconvocado para hacer oír sus reclamos y solicitar la suspensión de tales actividades.
Para colmo de males hacen oídos sordos a las declaraciones de grandes personalidades del contexto científico mundial, que sostienen con serios fundamentos “que la actividad extractiva minera en gran escala es la mas contaminante del mundo”.
LA LEGISLACION MINERA
Todo esto está avalado por una legislación que comienza a principios de la década del 90, cuando se lanza el puntapié inicial con la Ley 24.196 de Inversiones Mineras del 28/04/1993, que prepara el terreno para una serie de leyes posteriores que permiten a las empresas extranjeras realizar un pingüe negocio basadas en una absoluta exención de impuestos y muchas otras prebendas, amén de una estabilidad legal por 30 años a partir de la aprobación del proyecto de explotación del yacimiento.
Lo curioso es que ningún gobierno posterior (pese a que el mas desprevenido de los ciudadanos se da cuenta del tremendo error cometido con la promulgación de las leyes mencionadas) ha tomado cartas en el asunto ni ha intentado derogar o modificar dichas leyes, sino que por el contrario, ha dictado nuevas reforzando la tesitura adoptada originalmente, haciendo aun mas drástica la situación a favor de la depredación de nuestros recursos mineros.
Vaya como ejemplo la promulgación de los Decretos Nos. 417/2003 y 753/2004 autorizando la Libre Disponibilidad de las Divisas provenientes de las exportaciones de minerales, para las empresas extractoras radicadas en la República Argentina. Esto en buen romance significa que las empresas concesionarias de emprendimientos mineros no tienen la obligación de negociar las divisas por la venta de sus minerales en el extranjero y ello les permite depositar dichas divisas en bancos del exterior, sin pasar por el mercado
único de cambios que regula el BCRA (Banco Central de la República Argentina).
LA OPERATORIA ADUANERA
Todo lo mencionado está totalmente concatenado con la Legislación Aduanera que debió adaptarse a los cambios propuestos por la Legislación vigente, mencionada precedentemente, y así permitir un control muy laxo y generalmente inexistente de los envíos de minerales al exterior, una por falta de medios materiales para realizarlos y otra por la legislación propiamente dicha, que permite a la empresa que realiza el despacho, hacer una declaración provisoria que será refrendada posteriormente cuando el comprador y vendedor realicen los análisis correspondientes en el exterior e informen a la Aduana argentina el real contenido de oro del concentrado embarcado. Aunque los plazos para cumplimentar dicho trámite es de seis meses, prorrogables por seis meses más a pedido de los interesados.
Esto que acabo de describir parece extraído de una novela de ciencia ficción, pero lamentablemente es la realidad actual (a quien desconfíe de mis aseveraciones le ruego consultar la Resolución de AFIP 281/98 – Destinación definitiva de Exportación de Minerales).
EL ASPECTO ECONOMICO
Si económicamente esta actividad representara un beneficio importante para nuestro país, se entendería (aunque no se justificaría), ese desmedido afán por defender y proteger a las empresas concesionarias de mega-emprendimientos mineros. Pero lo peor del caso es que el resultado de tales actividades son un muy buen negocio para las empresas y una malísima experiencia para nuestro país.
Avalando lo expuesto analicemos los aspectos económicos de dicha actividad, desde el punto de vista de la legislación vigente:
El único beneficio considerado en la legislación es el de las regalías que se establecen en el artículo 22 de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras: “Las provincias que adhieran al régimen de la presente ley y que perciban regalías o decidan percibir, no podrán cobrar un porcentaje superior al tres por ciento (3%) sobre el valor «boca mina» del mineral extraído”.
Ahora bien, veamos en que consiste este valor boca de mina, Resolución Nº 56/97 (24/01/1997): “Para el cálculo del valor “boca-mina”, a dicho monto se le deducirán todos los costos y/o gastos directos y, de amortización que tenga la empresa para dicha operación, excepto los costos y/o gastos directos e indirectos inherentes al proceso de extracción del o de los minerales, pudiéndose expresar mediante la siguiente fórmula:
Vbc = Vf – (Cf+Ct+Cc+Ca+Cd), donde:
Vbc = valor “boca-mina”
Vf = Valor VNR
Cf = costos de transporte, fletes y seguros hasta la entrega del producto logrado, menos los correspondientes al proceso de extracción del mineral hasta la boca-mina.
Ct = costos de trituración, molienda, beneficio y todo proceso de tratamiento que posibilite la venta del producto final a que arribe la operación minera.
Cc = Costos de comercialización hasta la venta del producto logrado.
Ca = Costos de administración hasta la entrega del producto logrado, menos los correspon-dientes a la extracción.
Cd = costos de amortización (inversión total, menos la inversión en mina)”.
De donde se puede deducir que la minería es la única actividad que es subvencionada por el estado, ya que sus gastos operativos son deducidos del importe a pagar en concepto de regalías. (En la práctica estas deducciones redondean el 2%, quedando solo un 1% a pagar).
Pero aquí no termina la historia, ya que de acuerdo a la Resolución Nº 130/93 de la Secretaría de Minería de la Nación, se establecen reintegros a la exportación de minerales provenientes de las provincias de CATAMARCA, JUJUY y SALTA, que originalmente fueron del 5% y luego reducidos al 2,5%.
También hay que considerar la Ley Nº 23.018 – Reintegro de Exportaciones por Puertos Patagónicos, que otorga un beneficio adicional a quienes embarquen por puertos de la patagonia, que pueden llegar a un 5% (según el puerto elegido),
Esto nos lleva a la siguiente conclusión: El valor resultante de aplicar la fórmula del valor boca de mina menos los reintegros hace que en la práctica debemos pagar para que se lleven nuestros recursos minerales.
Finalmente las exenciones de impuestos, tasas y gravámenes que establece la Legislación Minera: Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, Bienes Personales, Ley de Sellos, Gravámenes de Importación de Insumos, Equipos, Repuestos y Accesorios, Ingresos Brutos, Impuestos Internos, Tasas Provinciales y Municipales, Devolución del IVA (Resolución Nº 83/04) y otros creados con posterioridad a la obtención de la estabilidad fiscal del proyecto.
CONSIDERACIONES FINALES
Lo llamativo de esta situación es que, después de analizar todos los aspectos de la operación de extracción, transporte y despacho de los minerales de nuestro subsuelo, no es razonable que alguien que esté al tanto de lo mencionado,
sea tan proclive a defender los intereses de las empresas mineras y totalmente en contra de nuestros intereses nacionales, pese a las constantes pruebas presentadas en contra de estas actividades.
Es conveniente mencionar una serie de artículos publicados en distintos medios nacionales que avalan estas presunciones de complicidad o connivencias entre empresas mineras y funcionarios:
ALGUNOS ARTICULOS PUBLICADOS
El Ancasti – 12-10-2005
Emprendimiento minero de San Juan Brizuela, en lanzamiento de Veladero
El gobernador Eduardo Brizuela del Moral participó ayer a la mañana de los actos preparados con motivo de la entrega de la Minera Barrick, operadora de la Mina de Veladero, a la provincia de San Juan del primer lingote de oro.
El primer mandatario provincial compartió el estrado con el gobernador anfitrión, José Luis Gioja y el ministro de Planificación Federal, Julio de Vido que llegó a esa Capital en representación del presidente Néstor Kirchner. También estuvieron presentes los embajadores de Sudáfrica, Canadá, Chile, Perú y Colombia además de representantes de la Cámara Argentina de Empresas Mineras y de los vicegobernadores de La Rioja y Mendoza
DECLARACIONES DEL SECR. DE MINERIA DE LA PCIA. DE CATAMARCA
Sorprendentes declaraciones del propio Secretario de Minería de la Pcia. de Catamarca, que sobrepasado por la cruda realidad del impacto minero, no puede seguir negándola.
Gioia, Alperovich y la Minera Alumbrera
En la edición del día 20 de Octubre de la web: www.catamarcaesnoticia.com.ar, podrán apreciar las declaraciones del Gob. Gioia (San Juan) (entregador pro mina), y Alperovich (Tucumán).
INFORMACION 05/01/2006
Balance de la Minería en 2005
Histórico crecimiento de la Minería
El crecimiento sostenido de la actividad minera tiene como principales factores el fortalecimiento de la Minería como Política de Estado y la puesta en marcha, en el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, del Plan Minero Nacional, que ha permitido resguardar los compromisos asumidos y generar mayor previsibilidad a la producción y a la inversión, en un marco de sustentabilidad ambiental y social.
Kirchner anunció inversiones por $50 millones para YMAD
Brizuela del Moral destacó el impacto de la minería en la economía nacional
En el acto realizado en la Casa Rosada, el Gobernador provincial ratificó que «Catamarca acompaña los lineamientos de la política minera de la Nación».
El secretario de Minería, Jorge Mayoral anunció ayer que la empresa interestatal Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD) llevará adelante un plan de inversiones de $ 50 millones para mejorar la capacidad de producción y adecuar la planta a las nuevas normas de calidad y medioambiente.
KIRCHNER Y EL ALZA DEL ORO
En la Argentina, no pocos buitres están de fiesta, y los primeros son los de la camarilla de Kirchner, asociada íntimamente con la industria minera. Las acciones de Anglogold, que explota Cerro Vanguardia, en Santa Cruz, treparon de 34 dólares en junio a 46 en la actualidad: 35 por ciento en cinco meses. Según la consultora Abeceb, los desembolsos mineros concentraron este año el 41 por ciento del total de inversiones destinadas al sector primario, con 1.700 millones de dólares.
La explotación minera en nuestro país es puro saqueo de recursos naturales: “La actividad, bajo protección de la Ley de Inversiones Mineras de 1993 y los decretos de 2003 y 2004, sólo tributa un máximo del tres por ciento del valor extraído en boca de mina…” (Perfil, 11/12). Además, la minería recibe aquí devolución del IVA a las inversiones en exploración, no paga derechos de importación de maquinaria e insumos y no está obligada a liquidar divisas dentro del país. A Kirchner ni se le pasa por la cabeza derogar estas leyes y aumentar la tributación de los pulpos mineros.
Opinión NO A LA CONTAMINACION Y AL SAQUEO DE LOS RECURSOS NATURALES ARGENTINA ES UNA MINA Por: Hernán Scandizzo (Fecha publicación:23/04/2003)
Durante la década del ’90 alrededor de 70 países del Tercer Mundo pusieron en marcha un proceso de liberalización de sus leyes mineras y Argentina no estuvo al margen.
Legisladores de UE aprueban severa ley sobre desechos mineros
Legisladores de la Unión Europea (UE) aprobaron el día 18 de enero de 2006 nuevas reglas ecológicas que imponen elevados estándares sobre el otorgamiento de licencias, operación y manejo de desechos mineros.
Las nuevas reglas señalan que las compañías mineras tienen que proporcionar garantías económicas de que pueden restaurar los sitios después de que las actividades mineras lleguen a su fin, indicó el Parlamento Europeo en un comunicado.
MAYORAL DESESTIMA PROTESTAS DE POBLADORES CATAMARQUEÑOS
Optimista Mayoral sobre inversión en minería
La gran cartera minera de Argentina podría llevar a que las decisiones de inversión asciendan a un total de US$ 4.000 mill., durante los próximos cinco años, dijo el secretario de Minería del país, Jorge Mayoral.
Minera socia de Kirchner en Santa Cruz demanda a la provincia de Mendoza. http://orosucio.madryn.com/articulos/05_11_25.html
Anglo American, el gigante minero socio de Kirchner en Santa Cruz, demanda a la provincia de Mendoza por una ley que amplia la reserva Laguna del Diamante y les impide seguir explorando la zona. Hay un pedido de inconstitucionalidad.
Mayoral en Andalgalá
El secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral, estará hoy en la ciudad de Andalgalá, donde tiene previsto participar de una serie de actividades institucionales, entre ellas avalar la carta intención firmada recientemente entre comerciantes del lugar y la empresa minera Agua Rica. El documento sella el acuerdo por el cual Agua Rica se comprometió a comprar los insumos a los comerciantes locales, además de contratar mano de obra del lugar y contribuir con obras para la comunidad andalgalense. Por su parte, la
conducción del Movimiento Autoconvocados en contra de la minería, de Andalgalá, que se opone a la explotación de Agua Rica, anticipó su repudio a la llegada de Mayoral.
PALABRAS DEL PRESIDENTE DE LA NACION, NESTOR KIRCHNER, EN LA PRESENTACION DEL PLAN MINERO NACIONAL
El sector minero argentino es uno de los pocos que durante la década del ’90, con cambios importantes en la legislación, empezó a tener un principio y un punto de inflexión que le permitió avizorar un destino estratégico diferente. Nosotros lo pudimos ir percibiendo en distintos lugares de la Argentina y hasta la profundización del proceso de recesión, de depresión en la Argentina, el sector minero fue mostrando en sus distintos aspectos un crecimiento casi permanente. Con mayor o menor resultado según las legislaciones vigentes, en muchos casos provinciales, y también con el gerenciamiento de las propias provincias que le fue dando a la tarea que tenía que llevarse adelante en este sector el trabajo promocional o de inducción que el Gobierno Nacional tendría que haber profundizado y llevado adelante. Más allá de una legislación que nosotros estimamos que fue positiva, que ayudó, y que evidentemente hoy estamos ante una posibilidad concreta de consolidar el proceso de inversión y de desarrollo minero en la Argentina con todas las calidades que marcaba con toda exactitud recién el responsable del área minera.
CONCLUSIONES
De acuerdo a lo expuesto precedentemente, no quedan dudas sobre la decidida participación del Estado Argentino a favor de los emprendimientos mineros en gran escala y su sistemática negación a toda posibilidad de revisar lo hecho hasta el presente y que, según se desprende de las palabras del propio Presidente de la Nación, continuará igual o se profundizará aun mas en el futuro.
¡¡¡QUE DIOS Y LA VIRGEN NOS AMPAREN!!!
José Jorge Aldecoa jorgealde@hotmail.com