04 de Junio 2012
La empresa canadiense había abierto oficinas en Estados Unidos para demandar a El Salvador por incumplimiento de cláusula de TLC. El tribunal internacional desestimó los reclamos de la firma minera
que se amparan en el Tratado de Libre Comercio. El caso seguirá bajo la Ley de Inversiones de El Salvador.
En una decisión de gran importancia para El Salvador y para la defensa de los Estados miembros del CAFTA, el tribunal que está decidiendo el arbitraje iniciado por la empresa minera Pacific Rim contra de El Salvador emitió una decisión desestimando todos los reclamos interpuestos por Pacific Rim buscando ampararse bajo el Tratado de Libre Comercio entre Centro América, la República Dominicana, y los Estados Unidos de América («CAFTA, DR.»). Los reclamos bajo la Ley de Inversiones de El Salvador seguirán a la siguiente etapa en la que se decidirá el fondo de la disputa.
El Salvador tuvo éxito al invocar la cláusula de Denegación de Beneficios del CAFTA, mediante la cual El Salvador puede denegar los beneficios de ese tratado a Pac Rim, incluyendo el derecho a iniciar un arbitraje. Con esto el Tribunal le ha dado efecto por primera vez en la historia del arbitraje internacional mundial a una cláusula diseñada para prevenir abusos cometidos por empresas que no tiene una verdadera relación con los países miembros del tratado que crea la jurisdicción para el arbitraje.
En la resolución el tribunal decidió que los reclamos iniciados bajo la Ley de Inversiones de El Salvador continuarán a la siguiente etapa. No obstante la Ley de Inversiones no contiene el consentimiento para llevar una disputa al arbitraje internacional, dado que la compañía canadiense matriz, no debe tener acceso a CIADI porque Canadá no es Estado Contratante del convenio CIADI.
El Fiscal General de la República, Romeo Benjamín Barahona Meléndez, sostuvo que El Salvador continuará defendiendo los intereses del Estado ante el Tribunal Internacional en la siguiente fase.
Quedó claro durante las fases preliminares del arbitraje que Pacific Rim fue incapaz de refutar la evidencia presentada por El Salvador, en el sentido que no cumplió con los requisitos mínimos para obtener los permisos ambientales y de minería que exige la legislación salvadoreña.
Por lo tanto, Pacific Rim nunca hubiese podido obtener la concesión de conformidad con las leyes de El Salvador, y en consecuencia su demanda debería ser desestimada.
Además cabe mencionar la potestad que tienen los Estados bajo el derecho internacional, reconocida explícitamente en tratados como el CAFTA, para tomar medidas que consideren necesarias para la protección del medio ambiente, incluyendo tomarse el tiempo necesario para determinar las posibles consecuencias ambientales de las actividades reguladas.