En un proceso plagado de irregularidades, la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la SEMARNAT indebidamente autorizó, el pasado 8 de mayo 2017, el Proyecto “Chemours Laguna”, a ubicarse en la Localidad “El Siete Pueblo Nuevo” del Municipio de Gómez
Palacio en el Estado de Durango. El Proyecto de la empresa ”The Chemours Company” comprende la instalación y operación de una planta química dedicada a la producción de 65,000 toneladas de Cianuro de Sodio al año en una superficie total de 11.7 hectáreas. El cianuro de sodio es uno de los venenos más potentes del mundo y genera daños irreversibles a la salud y al medio ambiente y su producción en La Comarca Lagunera podría afectar a los ecosistemas circundantes y poner en riesgo a las poblaciones vecinas.
The Chemours Company presentó, el 2 de marzo de 2017, la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA-P) del Proyecto “Chemours Laguna” con el propósito de obtener, por parte de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA), la autorización para la realización de las obras y las actividades contempladas en dicho proyecto, lo que implicaría la remoción de vegetación, el
cambio de uso de suelo forestal, el uso de sustancias tóxicas en grandes cantidades y, en consecuencia, la afectación de ecosistemas.
Sin embargo, la autorización debió ser denegada por parte de la autoridad ambiental ya que el predio en el que se pretende llevar a cabo el Proyecto está ubicado dentro de la Unidad de Gestión Ambiental (UGA) N° 49 del Programa de Ordenamiento Ecológico del Estado de Durango que establece una política ambiental de restauración del territorio y de la UGA 19 del Ordenamiento Ecológico y Territorial del Municipio de Gómez Palacio que establece una política ambiental de conservación del territorio; además el uso de suelo para ese territorio no contempla las actividades que se pretenden llevar a cabo.
Adicionalmente, la Manifestación de Impacto Ambiental presentada por The Chemours Company contiene irregularidades que incumplen con lo dispuesto en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) con relación al procedimiento de evaluación de impacto ambiental presentando información inconsistente, incompleta, omisa y, en consecuencia, falsa, con
relación a los impactos ambientales, a los documentos consultados, a las fuentes y a los riesgos a la salud pública.
Así, considerando las irregularidades del Proyecto “Chemours Laguna”, la laxitud de las Normas Oficiales Mexicanas, la incapacidad material de las autoridades ambientales responsables de su aplicación y el hecho de que no existe manera de garantizar la falta de errores o de accidentes , la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) debió negar la autorización que le fue solicitada.
Es por eso que el día de hoy, un grupo de ciudadanos de las comunidades que resultarían afectadas con la construcción y puesta en marcha del proyecto denominado “Chemours Laguna”, han acudido ante el TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA a demandar la nulidad de la resolución administrativa contenida en el Oficio No SGPA/DGIRA/DG03273 de fecha 8 de mayo de 2017, dictada por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
Al incumplir lo dispuesto en la LGEEPA, así como en diversos instrumentos de política ambiental que la misma regula, la resolución administrativa que hoy se impuga viola los derechos humanos de legalidad y seguridad jurídica, así como el derecho a un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de nuestros pueblos consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
De iniciarse las obras comprendidas en el proyecto denominado “Chemours Laguna” promovido por la empresa The Chemours Company se ocasionarían daños irreparables a los ecosistemas, a los bienes comunes naturales de la zona y a la biodiversidad del lugar, además de ocasionar riesgos graves a la salud pública. Por ello, en la demanda ante el TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
se le solicita a las autoridades jurisdiccionales la suspensión de la ejecución de la resolución administrativa impugnada, toda vez que aquellos serían de difícil o de imposible reparación.
Existe, además, peligro en la demora, pues de no concederse la medida cautelar que se solicita, la empresa The Chemours Company intentará, como ya lo hace, la ejecución de la resolución que se combate y del proyecto que en ella se autoriza, con irreversibles daños ambientales y riesgos graves a la salud pública en detrimento del orden público y del interés general.
22 de agosto del 2017, Goméz Palacio, Durango
”Frente Unido de Pueblos de La Laguna en Defensa de la Vida y el
Territorio”
”Acción Colectiva”
”Red Mexicana de Afectados por la Minería” (REMA)