Latinoamerica

Declaración de la XXVIII Reunión de Ministros de Salud MERCOSUR sobre el «asbesto»

Los Ministros de Salud del MERCOSUR y Estados Asociados reunidos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, el día 9 de junio de 2010, en ocasión de su XXVIII Reunión, reconocieron que…

1. La exposición a las fibras de Asbesto (o Amianto) en todas sus formas puede desencadenar enfermedades invalidantes y graves, constituyendo un serio problema de Salud Pública, y cuyo desarrollo no depende de políticas de seguridad laboral ni afectan exclusivamente a población trabajadora.

2. Consideraron la existencia de un amplio espectro de población en riesgo por exposición ambiental a las fibras de asbesto y que según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) alrrededor de 100.000 muertes al año son causadas por el asbesto, en todo el mundo, constituyendo un grave problema de Salud Pública.

3. Reconocieron en coincidencia con la Organización Mundial de la Salud, que la prohibición de importar, extraer, producir y comercializar asbesto en bruto y en productos que lo contengan, es necesaria para proteger la salud de la población expuesta.

4. Consideraron la exposición al asbesto como un indicador de inequidad, por lo que reconocieron la necesidad de promover y disponer acciones, tendientes a determinar la prohibición de importar, extraer, producir, comercializar asbesto y productos que lo contengan en aquellos paises del MERCOSUR y Estados Asociados que aún no la hubieran establecido.

5. Entendieron que es indispensable la vigilancia y el control de las situaciones de riesgo que en cada país condicionan la exposición de la población, directa o indirectamente – teniendo particularmente en cuenta el asbesto instalado – y recomendaron tomar las medidas que garanticen el diagnóstico temprano, el tratamiento y la rehabilitación de las personas afectadas y de los ambientes contaminados.

6. Instaron a aprovechar todos los espacios de discusión posibles para divulgar los riesgos de exposición al asbesto, entendiendo a la información veraz, completa y oportuna como un determinante de la libertad de elección de trabajadores, usuarios y consumidores.

7. Manifestaron el compromiso de sus Ministerios en realizar gestiones con las demás instancias competentes de sus Gobiernos para el desarrollo y eficaz implementación de Políticas Nacionales a fin de avanzar en la prohibición de importar, extraer, producir y comercializar asbesto y productos que lo contengan en todos los paises del MERCOSUR y Estados Asociados que aún no la hubieran establecido.

XXVIII RMS – Buenpos Aires, 09/VI/10

Firman:

Juan Manzur (República Argentina)
Reinaldo Felippe Nery Guimaraes (República Federativa del Brasil)
Esperanza Martinez (República del Paraguay)
Daniel Olesker (República Oriental del Uruguay)
Eugenia Sader Castellanos (República Bolivariana de Venezuela)
Nila Heredia Miranda (Estado Plurinacional de Bolivia)
José Miguel Huerta (República de Chile)
Ximena Barca (República del Ecuador)
Liliana La Rosa Huertas (República del Perú) 

 


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