Después de casi nueve meses la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica que dejó sin efecto la calificación ambiental favorable del proyecto minero Los Pumas, una vez que acogió el recurso de protección presentado en contra del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y de la Comisión de Evalación Ambiental, presidido por el intendente José Durana, medida que mantuvo suspendido el proyecto minero durante este tiempo.
La Tercera Sala del máximo tribunal del país, integrada por los ministros: Rubén Ballesteros, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Rosa Egnem, sentenció unánimente la causa con fecha 12 de agosto del 2014.
Corte Suprema
En el fallo se establece que «si los reclamantes han pedido que esta Corte invalide una resolución de calificación ambiental dictada por la autoridad técnica competente aduciendo que adolece de vicios de legalidad en su otorgamiento, tal pretensión, por sus características, debe ser resuelta en sede de la nueva institucionalidad», al referirse a los Tribunales Ambientales, «llamados a conocer de las controversias medioambientales sometidas a su competencia, dentro de las cuales se encuentra -por cierto- la solicitud de invalidación de una resolución de calificación ambiental», argumenta la resolución de la Corte.
Asimismo señala que «revisado el sitio web de Sistema de Evaluación Ambiental aparece que los recurrentes, Junta de Vigilancia del Río Lluta, Ilustre Municipalidad de Putre y Junta de Vecinos N°1 de la misma comuna, dedujeron sendos recursos de reclamación en contra de la Resolución de Calificación Ambiental objeto de estos autos, los que se encuentran actualmente en tramitación ante el Comité de Ministros referido en el artículo 20 de la Ley N° 19.300, por lo que la materia en examen está sometida al procedimiento adecuado que otorga a las partes las máximas garantías a fin de hacer valer sus pretensiones y derechos, razón en virtud de la cual el presente recurso extraordinario, al haber perdido su real objetivo atendida su índole y naturaleza, no puede prosperar».
Reacciones
A penas se conoció el fallo, comenzaron las reacciones por el «vuelco judicial», como calificó Gabriela Meza, gerenta de la Junta de Vigilancia del río Lluta, a través de las redes sociales.
En tanto, los demandantes Comité de Agua Potable Rural de Putre y Comunidad de Aguas Río Cubrimani (Putre) señalaron que «no cesarán en su férrea resolución de eliminar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que se acaba de liberar y pondremos todos nuestros esfuerzos en demostrar al Consejo de Ministros de Estado que este proyecto constituye una amenaza contra nuestros derechos constitucionales, al no contemplar medida alguna de mitigación en caso de contaminación de las aguas del río Lluta al operar en su cuenca, de la misma forma en que lo demostramos a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Arica en un fallo ganado por unanimidad a nuestro favor».
Asi también la a Coordinadora Aymara de Defensa de los Recursos naturales hizo un llamado a todos los aymaras a estar atento a las manifestaciones de rechazo de este fallo que da pie a la eventual ejecución del proyecto minero.
Fallo revocado
Cabe recordar que con fecha 25 de noviembre de 2013 la Corte de Apelaciones de Arica falló unánimente (Rol 182-2013), anulando la aprobacion de Los Pumas, una vez que acogió el recurso de protección presentado en contra del SEA y de la Comisión de Evaluación Ambiental de la época.
El “Proyecto Manganeso Los Pumas» es un yacimiento de explotación de la empresa transnacional Minera Hemisferio Sur S.C.M. ubicado en 175 kilómetros de Arica y a 35 kilómetros de Putre, Provincia de Parinacota, Región de Arica y Parinacota, que ingresó cuatro veces al Sistema de Evaluación Ambiental: El 3 de agosto del 2010 ingresa como Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y es desistido por la empresa, el 27 de mayo del 2011 ingresa como Estudio de Impacto Ambiental (EIA) y no es admitido a tramitación, el 8 de junio del 2011 nuevamente ingresa como EIA y no es admitido, y el 26 de agosto del 2011 ingresa como EIA y es aprobado el 19 de agosto de 2013 por la Comisión de Evaluación Ambiental de Arica y Parinacota.
REVISA EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA (ROL 17120-2013)
Descargar: fallo_pumas_suprema.pdf