En un fallo celebrado por la ciudadanía de Putú, la Corte Suprema decidió acoger el recurso de protección presentado para evitar el desarrollo del proyecto minero que pretende intervenir las dunas del mencionado sector costero de la comuna de Constitución.
Con esta decisión, se revocó el pronunciamiento anterior de la Corte de Apelaciones de Talca, instancia que no acogió la solicitud hecha por la comunidad putugana, la que se ha movilizado desde hace varios años para frenar el proyecto iniciado por Inversiones Aconcagua, en nombre de la firma australiana South American Iron & Steel Corporation Limited (SAIS).
El dictamen de la Tercera Sala de la Corte Suprema, el que sólo contó con el voto en contra de la ministra Rosa Egnem (a favor fueron los votos de los ministros Rubén Ballesteros, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y el abogado Integrante Jorge Lagos), se fundamentó en que “se advierte que Inversiones Aconcagua ha omitido ingresar o por lo menos realizar la consulta de pertinencia del proyecto que desarrolla, a la autoridad ambiental competente, pues encontrándose establecido en autos la realización de labores mineras que se emplazan en el humedal de Putú, sector incluido en el listado de Sitios Prioritarios para la Conservación de la Diversidad, a juicio de esta Corte se hace exigible dicho trámite”.
Además, argumentó que, como informa el Consejo de Monumentos Nacionales, “dicho sector se ubica en un lugar que se encuentra en trámite de ser declarado Santuario de la Naturaleza, debe entenderse que la situación fáctica da cuenta de la existencia de un patrimonio ambiental y también arqueológico, que es deber del Estado y sus órganos custodiar y que cualquier actividad que pueda alterar dichas características, requiere de control de la autoridad competente, a riesgo de perder las particularidades ambientales que la hacen merecedora de tal declaración”.
Según explicó el abogado representante de la comunidad de Putú, Rigoberto Valdivia, el fallo “es contundente” por cuanto “obliga a la empresa a someterse a la declaratoria de impacto ambiental. No les deja otra salida”.
Además, señaló que la Corte fue explícita en señalar que existe un patrimonio ambiental en Putú y que debe ser preservado.
SATISFACCIÓN
Patricia Valenzuela, integrante de la Agrupación de Defensa del Maule-Mataquito (Adema), señaló que la comunidad está satisfecha con la decisión de la Corte Suprema. “Fue un largo trabajo, pasamos un poco de angustia cuando nos fue mal en la Corte de Apelaciones pero perseveramos y eso fue lo importante porque no nos quedamos con ese dictamen. Tuvimos el apoyo de las autoridades y eso fue fundamental”, señaló Valenzuela.
Precisamente, una de las autoridades que apoyó el movimiento fue el diputado Pedro Álvarez-Salamanca (UDI), quien aseguró que el fallo “viene a confirmar lo que se está sosteniendo hace mucho tiempo y ratifica que la empresa no puede seguir haciendo prospecciones mineras y sólo les queda apegarse a la normativa vigente pero hay que tomar el fallo con cautela porque esto no zanja que la empresa no pueda hacerlo”.
Por su parte, el concejal de Constitución, Pablo del Río, manifestó que “ha quedado comprobado que las luchas hay que darlas de principio a fin y estamos muy contentos con el trabajo realizado por nuestro abogado y el resultado en la Corte Suprema que permite frenar fuertemente este proyecto minero en las dunas y humedales de Putú”.
Santuario de la Naturaleza
El siguiente paso relevante para la comunidad es conseguir la declaración de Santuario de la Naturaleza para los humedales de Putú. Existe un proceso inicial en marcha desde el año 2005 y el diputado Pedro Álvarez-Salamanca presentó un proyecto de acuerdo durante el periodo anterior pero aseguró que no hubo mucho avance, aunque espera que bajo estas nuevas autoridades pueda prosperar.