Contraloría dio diez días a la Municipalidad de Puchuncaví, donde se emplaza la fundición Ventanas, para que responda y subsane una serie de observaciones hechas por el organismo fiscalizador, relativas a irregularidades cometidas en la autorización de operación de la unidad de Codelco.
La entidad realizó un estudio tras una solicitud de un particular, que planteó que Codelco Ventanas no contaría con los correspondientes permisos de edificación, infringiendo la ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), y que la Dirección de Obras Municipales (DOM) de Puchuncaví habría otorgado algunos permisos de edificación “sin cumplir con los requerimientos consignados en la ley, sin una definición clara de las normas urbanísticas aplicadas y sin una información cartográfica precisa”.
A ello se sumaría que la empresa en cuestión se encontraría operando sin informe sanitario.
La CGR dio la razón al particular en varios de los puntos durante su investigación, por ejemplo, en lo relacionado con los permisos requeridos. Según el expediente, al que tuvo acceso PULSO, Codelco ingresó a la DOM de Puchuncaví un total de 89 expedientes para regularizar sus construcciones, de los cuales a 28 se les otorgó el permiso, mientras que a las demás fueron devueltas por formalidades.
Según consta en el documento, el trámite nunca se completó, por lo que en concreto, Codelco Ventanas se encontraría operando con 61 edificaciones irregulares, dentro de las cuales se cuentan la planta de metales nobles, el edificio del horno eléctrico, la planta de tratamiento de riles, la chimenea, la planta de sulfatos y el edificio de subestación eléctrica, entre otros.
SIN PLANOS
Además, se constató que los 28 permisos de edificación en regla y otorgados por la DOM, no contaron con los informes favorables del Seremi de Vivienda y del SAG de Valparaíso. De la misma manera, se constató que los planos de ubicación y emplazamiento presentados para la obtención de esos permisos no se ajustaron a lo mínimo exigible por ley.
La Contraloría advirtió en su informe que, de conformidad con lo señalado por la normativa, “la ejecución de una obra sin el permiso de edificación constituye una infracción a las normas contenidas en dicho texto”; por lo que el titular se expone a multas.