Perú

LOS LINEAMIENTOS QUE PERMITEN ACTIVIDADES EXTRACTIVAS EN TERRITORIO INDÍGENA A PESAR DE LA EMERGENCIA SANITARIA

Gretta Zegarra 16/10/2020
Imagen: CNA
En marzo de este año, el gobierno declaró al Perú en emergencia sanitaria debido a la propagación del COVID-19. Con el objetivo de establecer acciones para proteger a los pueblos indígenas, el gobierno aprobó el Decreto Legislativo N° 1489 en mayo.

Este decreto tiene como líneas de acción estratégica para la protección y atención de los pueblos indígenas en situación de aislamiento [1] y contacto inicial [2] (en adelante, PIACI), la aplicación de protocolos y medidas para garantizar la salud, seguridad e integridad de dichos pueblos, así como para la atención de la población en situación de contacto inicial y su abastecimiento con bienes de primera necesidad.

De manera complementaria, el decreto señaló que el Ministerio de Cultura (en adelante, Mincul) es el responsable de (1) emitir los lineamientos técnicos para que las instituciones públicas brinden servicios y desarrollen acciones con pertinencia y adecuación cultural; y (2)dar la asistencia técnica requerida por las entidades públicas y privadas que prestan servicios o realizan actividades en áreas geográficas aledañas a Reservas Indígenas y/o Territoriales, o donde se ha identificado la presencia de PIACI.

En cumplimiento de ese mandato, el 30 de setiembre pasado, el Mincul publicó el Decreto Supremo Nº 014-2020-MC en el diario oficial El Peruano, y a través de esta norma aprobó los Lineamientos de actuación en ámbitos geográficos en los que el Ministerio de Cultura ha determinado la presencia o desplazamiento de pueblos indígenas en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, así como en sus ámbitos colindantes o aledaños, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19. El referido documento contiene pautas de actuación y medidas preventivas como las siguientes:

El personal de las entidades públicas y privados autorizados debe cumplir con el distanciamiento social, lavado de manos y uso obligatorio de mascarilla.
El personal de las entidades públicas y privados autorizados debe estar vacunado contra la Influenza, Fiebre Amarilla, Hepatitis B, Sarampión, Difteria/Tétano y Neumococo.
Las entidades públicas y privados autorizados deben contar con medidas para evacuar, en el plazo más breve posible, al personal que manifieste síntomas de enfermedades de tipo respiratorio o gastrointestinal, así como prohibir su ingreso hasta que cuente con el esquema de inmunización obligatorio establecido por el Ministerio de Salud, a fin de descartar el COVID-19 u otra enfermedad contagiosa.
Las entidades públicas y privados autorizados deben coordinar previamente con las autoridades comunales, por los medios de telecomunicación disponibles en las comunidades o localidades indígenas, a fin de informar el objetivo y las acciones que se lleven a cabo.
En caso se produzca alguna contingencia PIACI [3], el personal de las entidades públicas y privados autorizados debe comunicar inmediatamente lo acontecido al/la representante del Estado, autoridad, líder u organización indígena más próximo, etc.

Asimismo, advertimos que en el concepto privado autorizado están comprendidas las personas naturales y jurídicas que cuentan con un título habilitante y autorizaciones emitidas por el sector correspondiente para el aprovechamiento de recursos naturales en áreas de Reservas Indígenas y/o Territoriales, solicitudes para la creación de Reservas Indígenas, Áreas Naturales Protegidas gestionadas por el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp) donde se ha identificado la presencia de PIACI, y otras zonas identificadas por el Mincul mediante informes técnicos; así como en sus ámbitos colindantes o aledaños.

Consideramos que esta decisión del gobierno es imprudente, porque muchas empresas, entre ellas las dedicadas a actividades extractivas, vienen demostrando que a pesar de que el gobierno ha establecido lineamientos y protocolos para prevenir y controlar la propagación del COVID- 19, el sector privado tiende a no acatar las normas. Este incumplimiento ha generado por ejemplo que, entre el 14 de julio y el 24 agosto (41 días),4634 trabajadores mineros hayan contraído el virus; es decir, la cantidad de contagiados se incrementó en más de 61% a comparación de lo informado al Ministerio de Energía y Minas en elreporte anterior [4].

El incumplimiento de las empresas de industrias extractivas y otros factores como la facilidad de la propagación del COVID-19, la vulnerabilidad inmunológica de los PIACI a enfermedades respiratorias, la poca o nula presencia del Ministerio de Salud en zonas habitadas por PIACI y el difícil acceso a dichos territorios, pueden poner en mayor riesgo a este sector de la población.

Debido a las razones expuestas, discrepamos con la decisión del gobierno de permitir, a pesar de la emergencia sanitaria,la realización de actividades extractivas en lugares en los que el Mincul ha determinado la presencia o el desplazamiento de PIACI, así como en sus ámbitos colindantes o aledaños, ya que desde nuestro punto de vista el gobierno estaría exponiendo irresponsablemente a esta población vulnerable al contagio de una enfermedad de alta letalidad.

[1] Artículo 2.- Definiciones

(…)

b) Pueblos en situación de aislamiento (PIA): Pueblo indígena, o parte de él, que en virtud de su derecho de autodeterminación no desarrolla relaciones sociales sostenidas con los demás integrantes de la sociedad nacional o que, habiéndolo hecho, ha optado por descontinuarlas (Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, 2006).

[2] Artículo 2.- Definiciones

(…)

c) Pueblos en situación de contacto inicial (PICI): Pueblo indígena, o parte de él, que en virtud de su derecho de autodeterminación se encuentra en un proceso de interrelación con los demás integrantes de la sociedad nacional (Ley para la protección de pueblos indígenas u originarios en situación de aislamiento y en situación de contacto inicial, 2006).

[3]En los lineamientos se explica que una contingencia PIACI es una situación imprevista que deviene en un hallazgo, avistamiento o contacto no deseado con un PIA o una situación de relacionamiento con PICI no autorizada por dichos pueblos.

[4]Pérez, L. (2020). Casos de COVID-19 en trabajadores de grandes mineras aumentaron un 61% en solo 41 días. https://convoca.pe/agenda-propia/casos-de-covid-19-en-trabajadores-de-grandes-mineras-aumentaron-un-61-en-solo-41-dias

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Perú

Tía María: piden S/10 millones de reparación a dirigentes por protestas

Por su parte, la fiscalía pidió penas de más de 20 años durante la instalación del juicio realizado mediante videoconferencia. Los 14 procesados se declararon inocentes
12/102020
Ibón Machaca Judicial Avatar
El Primer Juzgado Penal Colegiado de la Corte de Justicia de Arequipa instaló este lunes el juicio, de modo virtual, contra los dirigentes y agricultores que participaron de las protestas contra el proyecto minero Tía María, en el 2015.
Tía María: demandan S/10 millones a dirigentes por protestas en Arequipa y valle de TamboAudiencia virtual contra dirigentes del valle de Tambo que protestaron contra el proyecto Tía María. Foto: Referencial

Los abogados defensores hicieron repetidos reclamos por este modelo aplicado debido a la pandemia del coronavirus. Varios insistieron en que no se garantizaba el derecho de defensa, algunos incluso pidieron el quiebre del juicio. Sin embargo, el juzgado respondió que el proceso ya se había coordinado y estaban programadas audiencias interdiarias hasta fines de mes.

Además de las quejas, se sumaron los problemas tecnológicos que provocaron que más de un procesado tenga inconvenientes durante su participación en el juicio. Y es que, en este proceso hay 14 personas imputadas. La Fiscalía lo ha catalogado como un caso complejo, tanto por el número de procesados como por la cantidad de delitos inmersos.
El juicio por las protestas de Tía María

La fiscal contra el crimen organizado, María Alejandra Cabana Osca, afirmó que, detrás de las protestas sociales contra Tía María, se movió un interés particular. Los dirigentes Pepe Julio Gutiérrez, Jaime de la Cruz y Jesús Cornejo conformaron el Frente Amplio de Defensa del Valle de Tambo e iniciaron protestas entre marzo y mayo de 2015 contra el proyecto minero de Southern Perú, para luego conseguir beneficios económicos y políticos.

Participaron el entonces alcalde provincial de Islay, Richard Ale (actual edil de Deán Valdivia) y el exalcalde de Punta de Bombón, José Ramos. Según la Fiscalía, integraban el aparato logístico del grupo al proporcionar comida y transporte a los manifestantes. Además, estaban los financistas como Julio Cornejo (actual alcalde de Cocachacra) y Juan Colquehuanca Chaiña, quienes entregaban víveres y frazadas.

Asimismo, contaban con un comité de prensa a cargo de Miguel Igme y un ala legal que lo constituía el abogado Héctor Herrera Herrera. Mientras que Martín Juares Bernedo, Nicomedes Pareja Prado, Alberto Justo Laredo, participaban directamente de las protestas. La magistrada alegó que Pareja y Justo pertenecían incluso al grupo de resistencia y ataque denominados “Los Espartambos”.
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Para la Fiscalía, los intereses del Frente Amplio salieron a relucir cuando el líder Pepe Julio Gutiérrez demandó 1.5 millones de dólares a la minera, por intermedio del exasesor externo Jesús Gómez Urquizo. El abogado grabó las conversaciones con el dirigente y luego lo hizo público, desvirtuando las protestas. Además, la fiscal Cabana Ocsa ha señalado que los dirigentes lograron conseguir cargos políticos tras las protestas.
Dirigentes afrontan altas penas por caso Tía María

El Ministerio Público ha señalado que las penas para los acusados bien pueden exceder los 20 años. Esto, debido a que se cometieron una serie de delitos durante las protestas violentas del 2015.

El mayor cargo que enfrentan los dirigentes es el delito de asociación ilícita para delinquir. Eso está relacionado con la conformación del Frente de Defensa del Valle de Tambo para cometer actos de violencia. Según la tesis de la fiscal, lo lideraban Pepe Julio Gutiérrez (presidente), Jaime de la Cruz (vicepresidente) y Jesús Cornejo (Vocal). Para los tres se ha pedido 12 años y 8 meses de cárcel efectiva. Mientras que para el resto de acusados se pidió 4 años y 2 años para el abogado Héctor Herrera.

Dirigentes del valle de Tambo negaron cargos y defendieron protestas contra Tía María. Foto: Captura

A los tres dirigentes también se les acusa de extorsión al Estado. Esto estaría comprobado con la toma del local de la Compañía de bomberos de Cocachacra y de la comisaría de La Curva en Dean Valdivia. Asimismo, obstaculizaron las vías e incitar a la destrucción y quema de un bus de la empresa del Carpio. Por tal razón, se pidió la condena de 8 años y 2 meses. El mismo cargo pesa sobre Richard Ale, pero se le rebajó la pena a 3 años y 8 meses al no tener antecedentes.

El Ministerio Público le atribuye a Pepe Julio Gutiérrez y el exasesor Jesús Gómez Urquizo el cargo de tentativa de extorsión en agravio de la empresa Southern Perú. El hecho se habría materializado cuando el dirigente le dijo a Gómez que “ardería troya” si la empresa no le pagaba los 1.5 millones de dólares que había pedido. Para ambos se demandó 10 años de prisión.

Mientras que por los delitos de disturbios y entorpecimiento se pidió 7 años y 4 meses para Jesús Cornejo. Y, 6 años y 8 meses para Jorge del Carpio, solo por disturbios.

Durante los meses que duró la protesta, la ciudad de Arequipa se vio paralizada y los hechos de violencia también se extendieron más allá del valle de Tambo.
Estado demanda millones de repación civil

Por su parte, el representante de la Procuraduría especializada en delitos contra el Orden Público, Luis Casaverde, demandó a los imputados el pago de 10 millones de soles como indemnización a favor del Estado.

La suma está compuesta por los diferentes delitos que imputa la Fiscalía. Por ejemplo, por el delito de asociación ilícita se pidió S/ 7 millones, de los cuales 4 millones son por daño patrimonial y 3 millones por daño extrapatrimonial.

En el caso del delito de extorsión al Estado, la Procuraduría demandó el pago de S/ 2 millones a cinco de los acusados. Por último, solicitó que Jesús Cornejo y Roger Ramos paguen S/ 600 mil y S/400 mil el médico Jorge del Carpio por cometer el supuesto ilícito de disturbios.

Sin embargo, los acusados han rechazado tales pagos al considerar que son inocentes.

Se declaran inocentes y piden ser absueltos

Los abogados de los acusados recalcaron una vez más que sus patrocinados no habían cometido ningún hecho ilícito y que se desenvolvieron en el marco de un pleno derecho que es el de protestar. Ninguno reconoció ser autor o haber promovido los actos de violencia que se desarrollaron en el valle de Tambo y en la ciudad de Arequipa.

Asimismo, el abogado de Pepe Julio Gutiérrez, Vladimir Fuentes, manifestó que la empresa Southern Perú no respaldó la tesis de la fiscal respecto a la tentativa de extorsión. Indicó que el propio presidente de la compañía, Óscar Gonzáles Rocha, negó verse afectada o conocido la entrega de una dádiva al dirigente. Por último, señaló que ese entonces el dirigente no podía paralizar el proyecto pues no había empezado a construirse, recién en el 2019 se le otorgó la licencia de construcción.

Mientras que la defensa de los dirigentes Jesús Cornejo y Jaime de la Cruz rechazaron pertenecer a una asociación ilícita y que por el contrario sus protestas eran para defender el valle de Tambo de una eventual contaminación ambiental. En esa misma línea se defendieron el resto de acusados, quienes pidieron ser absueltos de todos los cargos.

El caso apenas comienza y el Juzgado Penal Colegiado, que lo integran los jueces Juan Carlos Churata (ponente), Guiliana Pastor y Ronald Medina, ha hecho hincapié en acelerar el proceso. Se han programado audiencias para los días 13, 15, 16, 19, 20, 22, 23, 26, 27, 28, 29 y 30 de octubre. Se hará de 8am a 1pm, afirmaron los magistrados.

https://elbuho.pe/2020/10/tia-maria-demandan-s-10-millones-a-dirigentes-por-protestas/

Perú

LA MINERÍA ILEGAL EN TIEMPOS DE PANDEMIA

Luis Gárate
12/10/2020
Imagen: Mongabay
A pesar de las restricciones que ha generado el estado de emergencia decretado a raíz de la pandemia, en nuestro país algunas actividades han seguido operando. Es el caso de la gran minería formal, pero también otras que están fuera de la ley, como la minería ilegal.

José Ventura define la minería ilegal -para diferenciarla de la minería artesanal e informal-, como aquella que no se caracteriza solamente por el volumen de tierras que mueve (que en algunos casos puede ser la misma o mayor que una empresa de mediana minería), sino sobre todo porque desarrolla sus actividades afectando los derechos de otros y en zonas abiertamente prohibidas. Por ejemplo, en reservas naturales o áreas protegidas, vulnerando estas zonas, contaminando el medio ambiente y causando efectos sociales terribles, como prostitución infantil, trata de personas, condiciones laborales de extrema explotación, trabajo infantil, etc.[1]

Hace unos años se estimó que la minería ilegal en el Perú mueve más de 2,900 millones de dólares al año, convirtiéndose en una actividad criminal que puede generar mayores ganancias que el propio narcotráfico.

Es por eso que el gobierno peruano ha continuado realizando operativos para combatir esta actividad en pleno estado de emergencia por la pandemia. El pasado jueves 10 de setiembre en el marco del operativo Mercurio, la Fiscalía con apoyo de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional realizaron un operativo helitransportado en la Reserva Comunal Amarakaeri, que abarca los departamentos de Cusco y Madre de Dios.

Igualmente la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Madre de Dios realizó un operativo en diversos sectores afectados por la minería ilegal que contaminaban el río Pariamanu y que había puesto en riesgo la salud de la población indígena amahuacas de la comunidad nativa Boca Pariamanu. Los patrullajes que realizan los indígenas a lo largo del río han visibilizado el tema, pero los ha expuesto a las amenazas de muerte por parte de los mineros ilegales.

Esta violencia ha coincidido con el incremento de la actividad minera. El último informe del Proyecto de Monitoreo de la Amazonía Andina (MAAP, por sus siglas en inglés) reveló que el aumento de la deforestación en la zona del Pariamanu, en el 2019, como consecuencia de la minería ilegal, fue del 70 %. La tasa de hectáreas depredadas por mes pasó de 2.5, entre el 2017 y 2018, a 4.2 durante el 2019.[2]

De igual manera en setiembre las autoridades realizaron un operativo inopinado contra la minería ilegal en la Comunidad de Pucaurco, ubicada en el distrito de Alto Nanay, provincia de Maynas, región Loreto. Asimismo el Gobierno prorrogó la intervención de las Fuerzas Armadas, en apoyo a la Policía Nacional, en las operaciones especializadas de interdicción contra la minería ilegal y delitos conexos en el distrito de El Cenepa, provincia de Condorcanqui, Amazonas, del 5 de octubre al 3 de noviembre de 2020.

La minería ilegal está estrechamente vinculada a la violencia en las zonas donde opera, en especial la dirigida a los defensores ambientales. Según la Defensoría del Pueblo, cinco defensores ambientales fueron asesinados durante el 2020. Tras el asesinato a balazos del defensor ambiental, Roberto Carlos Pacheco Villanueva, ocurrido a comienzo de setiembre en Madre de Dios, la Defensoría del Pueblo ha solicitad una serie de medidas urgentes al Estado para proteger la vida de estas personas que reciben amenazas por sujetos inescrupulosos que coexisten en el ilícito mundo de la tala ilegal, la minería informal y el tráfico de tierras. En lo que va del 2020, además del señor Pacheco, otros cuatro defensores de los pueblos indígenas y del medio ambiente han sido asesinados por tratar de proteger los recursos naturales.

Por otro parte, entre marzo y junio, Suiza, país que refina alrededor de 60% de la oferta mundial de oro, envió volúmenes históricos a Estados Unidos ante la demanda de los inversores. Sin embargo, pese a que las autoridades de muchos países productores de oro han adoptado medidas restrictivas por la pandemia, la extracción ilegal de oro ha crecido. Asimismo como varias minas formales no están operando, la minería ilegal estaría compensando el déficit de oro.[3]

Perú es el séptimo productor de oro a nivel mundial y 20% de su oferta provendría de la minería ilegal. Durante los últimos 30 años, alrededor de 960 km2 de selva tropical han desaparecido porque poblaciones de las zonas más pobres del país se han mudado a lugares donde hay reservas de oro para dedicarse a la extracción de este mineral en busca del sueño de hacerse ricos. Pero ya sabemos que esta actividad va a acompañada de mucha violencia, trata de personas, prostitución, así como de los terribles daños al medio ambiente.

Lo expuesto nos muestra que la minería ilegal sigue siendo una actividad ilegal muy lucrativa y que debe ser combatida por sus nocivos impactos sociales y ambientales, tarea que debe cumplir con firmeza el Estado y sus fuerzas de seguridad. Pero el aumento de la demanda de minerales como el oro en el mercado internacional, nos muestra que la estrategia contra esta actividad no puede ser solo represiva; se debe trabajar de la mano con las comunidades afectadas, protegiendo sus derechos e integridad, así como también investigando y actuando contra las cadenas de compras y blanqueo de esta actividad en los mercados internacionales.

[1]https://www.esan.edu.pe/conexion/actualidad/2014/04/10/peru-pais-minero-incentivo-perverso-mineria-ilegal/

[2]https://es.mongabay.com/2020/08/madre-de-dios-mineria-ilegal-operativo-pariamanu-peru/

[3]https://www.swissinfo.ch/spa/–a-qu%C3%A9-costo-se-benefici%C3%B3-el-oro-con-la-covid-19-/46010490

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Perú

Southern pospone operación de línea de transmisión eléctrica en Tía María hasta el 2025

13/10/2020
Foto: Minem
Southern Copper pospone hasta 2025 la operación del proyecto “Línea de Transmisión en 220 kV S.E. Montalvo – S.E. Tía María”.
La modificación al contrato de concesión fue aprobada por el Ministerio de Energía y Minas (Minem) debido a la conflictividad social en la región sur del país.

Según Resolución Ministerial Nº 307-2020-MINEM/DM, publicada este martes en el Diario Oficial El Peruano, Osinergmin emitió opinión sobre los eventos de fuerza mayor invocados por la concesionaria y refirió que “a la fecha, no se ha logrado una solución al conflicto social derivado del proyecto minero Tía María”, ubicado en la provincia de Islay, región Arequipa.

Minem afirmó que, habiendo quedado afectada la fecha de la puesta en operación comercial de la línea de transmisión eléctrica, se ha modificado el calendario de ejecución de obras, por lo que se ha fijado el 30 de agosto de 2025 como la nueva fecha prevista para las operaciones.

La línea de transmisión que está ubicada en los distritos de Cocachacra, Punta Bombón y Moquegua, tenía como fecha inicial la puesta en marcha el 12 de agosto de 2013. Sin embargo, por los conflictos sociales se pospuso el inicio de la obra hasta en dos oportunidades: primero hasta el 31 de julio de 2016 y luego hasta el 31 de julio de 2020.

La solicitud hecha por Southern Copper para posponer sus operaciones en la referida obra toma en cuenta también como uno de sus motivos a la emergencia sanitaria por la propagación del COVID-19.

Tanto la emergencia sanitaria como los conflictos sociales invocados por la compañía han sido calificados como eventos de fuerza mayor por el ministerio.

El Director General de Electricidad de Minem deberá suscribir, en representación del Estado, la Minuta de la Tercera Modificación al Contrato de Concesión.
Fuente: El Comercio
https://www.mineria-pa.com/noticias/peru-southern-pospone-linea-de-transmision-electrica-en-tia-maria-hasta-el-2025/

Perú

LA PRODUCCIÓN MINERA EN EL PRÓXIMO QUINQUENIO

César Flores Unzaga
08/10/2020
Imagen: Rumbo minero
El último reporte mensual de producción del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) da cuenta que la minería metálica mostró una caída de -6.41% durante julio, lo que significa que el sector operó al 93.59% de su capacidad respecto al mismo mes del año anterior. Desde junio ya se observaba una recuperación alta con un 86.45% de su capacidad operativa, siendo uno de los sectores que ha recuperado en mayor medida los niveles de producción pre pandemia.

Por su parte, la economía nacional también registró una caída en julio, de -11.71%, que mantiene la tendencia negativa de los últimos meses, en junio, mayo, abril y marzo el retroceso fue de -18.06%, -32.74%, -40.40% y -16.26%, respectivamente. Esta evolución excepcional a la baja de la economía nacional y del sector minero coincide con el inicio de la cuarentena nacional iniciada el 15 de marzo a causa de la pandemia del Covid-19 y que se prolongó hasta junio y continuó con cuarentenas focalizadas hasta inicios de octubre.

Hasta fin de año, se prevé una caída de -12% de la economía nacional de acuerdo al último Marco Macroeconómico Multianual (MMM). Por su parte, el sector de la minería metálica caería en -10.9% al finalizar el 2020.

En el 2021, se produciría un rebote en la mayoría de sectores y en el caso minero alcanzaría el 15.1%. Las empresas mineras operarían a capacidad plena y en el segundo semestre del próximo año se alcanzaría un mayor volumen de producción del cobre por el inicio de producción de la Ampliación de Toromocho y Mina Justa (con 140, 000 TMF adicionales), principalmente, y de hierro por la ampliación de la unidad de Shougang.

Para los años 2022 al 2024, el MMM prevéun crecimiento moderado del sector minero de 3.8% anual, en promedio,explicado por los procesos de maduración de los propios proyectos.

A mediano plazo, sin embargo, se prevé una mayor presión para la puesta en marcha de nuevos proyectos, especialmente, alrededor del cobre que concentra el 50% de las exportaciones mineras y 71% de la cartera de proyectos futuros.

De acuerdo a S&P Global MarketIntelligence, más allá del 2020, se prevé que el consumo de cobre superará a la producción, lo que resultará en un creciente déficit del mercado de refinados y en el aumento de los precios del cobre. Este déficit se profundizaría en los próximos años en la medida que la oferta de este metal no lograría equiparar el ritmo de fuerte crecimiento de la demanda de los sectores de energía y construcción, a lo que se suma la proliferación de los vehículos eléctricos. De hecho, Fitch Solutions pronosticó recientemente un déficit de 489.000 toneladas de cobre en 2024, el cual que se elevará a 510.000 toneladas en 2027.

Actualmente, en el mundo se observa un creciente esfuerzo de electrificación utilizando tecnologías limpias a fin de reducir las emisiones de CO2, y de acuerdo Bernstein Research la producción mundial de cobre tendría que aumentar entre un 3% y 6% anual hasta el 2030 para que los países cumplan con las metas del Acuerdo de París sobre el cambio climático. Sin embargo, Fitch espera que la producción de cobre aumente a una tasa anual promedio de 3,2% del 2020 al 2029, pasando de una producción de 20,4 a 27,7 millones de toneladas anuales. La expansión de las minas existentes a nivel mundial representa la mayor parte de la nueva producción de cobre prevista hasta el 2024.

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Perú

SINCERANDO EL APORTE TRIBUTARIO DE LA MINERÍA

07/10/2020
Imagen: El peruano
Podríamos dividir la evolución de los ingresos fiscales de los últimos tiempos de la siguiente manera: un período de incremento importante entre los años 2003-2012, debido al alza del precio internacional de los minerales que exportamos (bonanza minera); una preocupante contracción desde 2014 hasta incluso 2017, cuando precisamente cae el precio de los metales; y una ligera recuperación durante 2018-2019, explicada por la entrada en producción de algunos proyectos mineros de cobre, sumado a la recuperación -aunque inestable- del precio de algunos metales.

En cifras reales, los ingresos tributarios netos del Gobierno Central se contrajeron en -8,6% en 2015; -4,4%, en 2016; y -1,3% en 2017. Durante 2018 y 2019, la recuperación fue de 13,8% y 3,5%, respectivamente (Sunat, 2020). El resultado positivo de este último año estuvo influenciado por la recuperación de una deuda tributaria que el grupo Odebrecht tenía con la Sunat por S/ 508,1 millones (MEF, 2020).

¿Qué pasó con el aporte de la minería? Como hemos señalado, durante el presente siglo, los años de mayor presión tributaria calzan muy bien con el período de la bonanza minera, llegando a alcanzar hasta un máximo de 16,5% durante 2012 (ver gráfico). Por su parte, el aporte del sector minero sumó a la presión tributaria hasta 3,2 puntos porcentuales adicionales el año 2007.

Terminado el período del alza sostenida del precio de los metales, la minería ha retomado su contribución marginal, con una participación incluso negativa durante 2016, reproduciendo así el comportamiento que la ha caracterizado en el largo plazo. Durante 2019, la presión tributaria se situó en 14,4% el porcentaje más bajo registrado durante la última década y el aporte de la minería ha sido de apenas el 0.4%.

Está claro que si la bonanza minera no ocurría, la presión tributaria no hubiese experimentado mayores cambios. Es decir, en la mayor presión tributaria registrada en el período del súper ciclo de precios de los minerales, no tuvo nada que ver la política tributaria que se manejó prácticamente en piloto automático: simplemente, cosechamos lo que la naturaleza y la economía mundial colocaron a nuestra disposición. Ni un atisbo de reforma tributaria; tampoco se quiso luchar contra la evasión y la elusión tributaria; menos aún nos atrevimos a aplicar el impuesto a las sobre ganancias mineras. Simplemente, puro piloto automático.

La correlación entre PBI y recaudación tributaria es muy estrecha. Ello implica que, en la actual coyuntura que vive el país y el mundo, sorprendidos por la pandemia COVID-19 cuyos efectos socioeconómicos son de magnitud, los ingresos fiscales se verán seriamente afectados. De hecho, durante el primer semestre de 2020, la economía peruana ha entrado en recesión, con una contracción del PBI en -17,4% y una recaudación neta [1] que se ha desplomado en -21,3%, en ambos casos en términos reales y con respecto a similar período de 2019.

Sin discusión, el inicio de la pandemia y su impacto en la economía del país abre una nueva etapa en la evolución de la tributación que habrá que observar con atención. Todo indica que en el actual contexto el aporte tributario de la minería seguirá siendo marginal y no permitirá robustecer la capacidad operativa del Estado peruano.

[1] Tributos internos más tributos aduaneros, se restan las devoluciones.

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Litio, Perú

Perú tendrá listo proyecto de ley para explotar uranio y litio este año

06/10/2020
Perú anunció que espera tener en lo que resta del año un proyecto de ley sobre la regulación y explotación de uranio y litio para su prepublicación y discusión, informó el titular del Ministerio de Energía y Minas (Minem), Miguel Incháustegui.

Con ello se abrirá la puerta a proyectos como el de la canadiense Plateau Energy Metals, que anunció en el 2018 que había encontrado 2.5 millones de toneladas de recursos de litio de alta ley y 124 millones de libras de uranio en la región de Puno.

Lee también: Aftermath Silver compra proyecto minero Berenguela en Perú

El ministro afirmó que para el último trimestre de este año se podría tener esa norma ya concluida y “allí comienza la prepublicación del proyecto”, afirmó.

Desde hace meses, Perú y la Agencia de Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) vienen trabajando en la mejora de la norma para tener una ley adecuada para la exploración del uranio y litio.

Incháustegui agregó que hay firmas interesadas en la explotación del litio y uranio en Perú y que “estamos a la espera de que ellos (las empresas) presenten su proyecto y documentos para conseguir los permisos necesarios”.
Fuente: Gestión
Autor: mccopa

Perú tendrá listo proyecto de ley para explotar uranio y litio este año

Perú

EL OEFA Y LAS EMPRESAS MINERAS Y PETROLERAS

José De Echave C.
Desde 2009 la fiscalización ambiental es responsabilidad del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente (MINAM), responsable de la fiscalización, supervisión, evaluación, control y sanción en materia ambiental.

Esta función lo ha convertido en blanco permanente de cuestionamientos desde lo sectores empresariales, sobre todo mineros y de hidrocarburos. En 2014, en el marco de una campaña empresarial que buscaba flexibilizar los procedimientos ambientales para promover la inversión, el Gobierno aprobó la Ley Nº 30230 que, entre otras disposiciones, limitaba la facultad sancionadora del OEFA.

Adicionalmente cabe mencionar que algunas empresas mineras han recurrido a la vía judicial para solicitar la anulación del denominado “aporte por regulación”, una tasa que deben pagar todas las empresas de un sector a la entidad reguladora del mismo, y que constituye la principal fuente de recursos financieros para el OEFA. El Tribunal Constitucional, el 15 de agosto de 2019, desestimó el recurso presentado por empresas del sector, garantizando de esta manera que se mantenga el aporte por regulación.

Ahora, la empresa Pluspetrol ha desatado una nueva campaña contra el OEFA bajo el argumento que este organismo les viene aplicando multas arbitrarias y según su vocero, Aurelio Loreto de Mola, indirectamente les está expropiando la inversión: “nos está confiscando a través de sus multas arbitrarias”, ha dicho.

El OEFA ha respondido en un comunicado público, rechazando categóricamente las acusaciones de la empresa. Señalan que los argumentos planteados por Pluspetrol han sido evaluados y analizados en el marco de los procedimientos sancionadores tramitados ante el OEFA, que han concluido con pronunciamientos confirmados por el Tribunal de Fiscalización Ambiental. En relación al laudo arbitral que alude la empresa, el pronunciamiento del tribunal señala que Pluspetrol “asumió contractualmente una obligación de cumplir la normativa ambiental y de acatar las decisiones de las autoridades competentes, toda vez que son vinculantes”.

El OEFA también ha hecho hincapié que se ha identificado una serie de incumplimientos derivados de las operaciones de Pluspetrol. Se le atribuye responsabilidad por un total de 242 infracciones: “Dichos procedimientos administrativos sancionadores se han desarrollado de conformidad con las facultades conferidas en la Ley 29325, lo que habilita a OEFA a imponer medidas correctivas que tienen por objeto revertir el daño causado y remediar los efectos nocivos ocasionados al ambiente; y en tal sentido, OEFA continuará utilizando las herramientas legales que sean necesarias para que Pluspetrol dé cumplimiento a lo ordenado, incluyendo la aplicación de multas coercitivas”.

Todo indica que este episodio generado por Pluspetrol forma parte de la ofensiva que cada cierto tiempo lanzan los sectores empresariales en contra de la institucionalidad ambiental. A todas luces el OEFA es un organismo que incomoda a las empresas, principalmente a las vinculadas a sectores extractivos.

06/10/2020

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Perú

GRANDES MINERAS PRESENTAN UN 61 POR CIENTO DE AUMENTO DE CASOS DE COVID-19

Imagen: Campaña SOS Mineros
Observatorio de Conflictos Mineros en el Perú
Entre las grandes compañías mineras se registraron más de 4,600 casos confirmados, un incremento de 61% de casos de contagios de COVID-19 respecto a la cifra de julio pasado, según información obtenida por el portal Convoca.pe.

Según el portal de investigación, las compañías Consorcio Minero Horizonte, Miski Mayo, Marcobre, así como empresas vinculadas al grupo Benavides y a la transnacional brasileña Votorantim, son las mineras que han reportado ante el Ministerio de Energía y Minas el mayor número de trabajadores contagiados hasta el 24 de agosto.

Esta cifra reciente corresponde a registros de las empresas realizados entre el 14 de julio y el 24 de agosto (41 días), que fueron presentados al Minem. De los 4,634 casos mencionados, 2,224 se confirmaron con las pruebas moleculares.

Entre las empresas que más casos de trabajadores contagiados reportaron, luego de que se les realizara pruebas rápidas, están el Consorcio Minero Horizonte (1082), Compañía Minera Miski Mayo (1064), Compañía de Minas Buenaventura (604), Nexa Resources Perú (362), Minera Yanacocha (292), Compañía Minera Coimolache (246), Marcobre (212) y Nexa Resources El Porvenir (212).

Convoca.pe solicitó al Minem los casos COVID-19 reportados por empresas contratadas por las compañías mineras para que les brinden servicios especializados. En respuesta oficial, el Ministerio de Energía y Minas señaló que no cuenta con la información solicitada y no tiene la obligación de producirla.

Según información estadística del propio Minem, hasta agosto de 2019, el 68.1% de trabajadores de la mediana y gran minería pertenecen a compañías contratistas y no forman parte de la planilla de los titulares mineros.

En ese sentido, tanto la Federación Nacional de Trabajadores Mineros Metalúrgicos y Siderúrgicos del Perú – FNTMMSP y CooperAcción mantienen activa la campaña SOS Mineros, que busca que las autoridades brinden la información oficial de contagios en el sector, así como de las acciones de fiscalización de los protocolos sanitarios y derechos laborales de los trabajadores mineros. Queda claro que la cifra de contagios y decesos en este sector podría ser mayor, pero no hay certeza debido a la falta de transparencia y fiscalización sobre este delicado tema.

Perú

SE VENCE PLAZO PARA RATIFICAR ACUERDO DE ESCAZÚ

24/09/2020
Es necesario reflexionar sobre la importancia de ratificar el Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe – conocido como “Acuerdo de Escazú”, pues los acuerdos supranacionales fortalecen la institucionalidad y el bienestar principalmente de los más vulnerables en el Perú, según nos lo recuerda la Conferencia Episcopal Peruana.

Recordemos que el gobierno peruano ya firmó el acuerdo en el 2018 con la aprobación de varios ministerios competentes en el tema. Ahora se espera que sea ratificado por el Congreso de la República, que tiene hasta el 26 de setiembre para hacerlo.

El acuerdo debe entrar en vigor el 26 de septiembre, siempre y cuando sea ratificado por al menos 11 de los 22 Estados que originalmente lo suscribieron. De momento ha sido ratificado por nueve países. Países como Colombia, Perú, México o Argentina no han puesto su firma final de momento, pero el reciente caso de Chile resulta paradójico por rechazarlo abiertamente tras ser uno de sus impulsores principales.

Firmado en 2018 por 22 países de la región, el propósito del tratado es, según recoge la CEPAL, «garantizar el derecho de todas las personas a tener acceso a la información de manera oportuna y adecuada, a participar de manera significativa en las decisiones que afectan sus vidas y su entorno y a acceder a la justicia cuando estos derechos hayan sido vulnerados».

En nuestro país algunos gremios empresariales y grupos conservadores han desplegado una campaña de desinformación sobre el acuerdo, señalando que nos quitaría soberanía sobre la Amazonía y en algunos temas judiciales. Sin embargo, este acuerdo precisamente se firmaría en tiempos en que los defensores ambientales en nuestro país se ven expuestos a grandes riesgos. La Defensoría del pueblo ha reportado hasta la fecha 5 defensores ambientales asesinados por defender sus territorios de actividades como el tráfico de tierras, la minería ilegal y el narcotráfico.

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