Perú

AHORA ENTENDEMOS POR QUÉ EL MINISTERIO DEL INTERIOR TIENE TANTO INTERÉS EN EXPULSAR A ESTOS DOCUMENTALISTAS EXTRANJEROS

El último fin de semana, la Policía, que siempre está cuando uno lo necesita, detuvo a dos documentalistas extranjeros en Cusco cuando concluían su participación en el cine-foro “Conflictos mineros: de Canadá al sur andino”.

El estadounidense John Dougherty y la canadiense Jennifer Moore presentaron el documental “Fraude en Flin Flon”, el cual expone los conflictos producidos por las operaciones globales de la minera HudBay Minerals, que tiene presencia en Cusco. Aquí lo dejamos para que el ministro del Interior lo disfrute:

Como para la Policía los gringos representaban un peligro tan igual o más grave que los “prestamistas colombianos“, los detuvieron. El pretexto fue que los extranjeros llegaron al Perú en condición de turistas y que solo podían realizar actividades turísticas, mas no de “trabajo o lucrativas”.

En su extenso comunicado, el Ministerio del Interior asegura que los gringos estaban “incitando” a las comunidades para que se opongan a la minería en la zona, en particular, a la minera Constancia de la empresa HudBay.

Tanta justificación y tanta alusión a la minería en el comunicado nos pareció más raro que policía que no coimea, hasta que encontramos este documento: la declaración de intereses del ministro del Interior, Carlos Basombrío:

Pero también haya otro detalle muy importante

Estábamos tratando de entender por qué el Ministerio del Interior echa a un par de documentalistas que informan sobre los conflictos ocasionados entre mineras y población afectada y no a un par de argentinos que llegaron a promover la homofobia y el machismo y nos topamos con Amalia Ruiz Seminario asesora del despacho ministerial de esta cartera desde agosto del año pasado.

Su cargo es de confianza y es la cabeza de la Dirección General de Orden Público, o sea, la oficina encargada -entre otras cosas- de los conflictos mineros en el país. Ruiz describe su labor como asesora del ministro así:

“Encargada de dirigir el proceso de gestión de conflictos sociales en el ámbito del territorio nacional (…). Gestiono y negocio la resolución de los conflictos sociales, implementando y conduciendo las tácticas operativas, así como los mecanismos de gestión en zonas de conflicto propiciando la participación de instancias de concertación (…)”.

Amalia Ruiz sabe mucho de minería. Este es su currículum, según su Linkedin.

 

http://www.grufides.org/blog/ahora-entendemos-por-qu-el-ministerio-del-interior-tiene-tanto-inter-s-en-expulsar-estos

Perú

Sin opinión de OMS: MINAM plantea ECA ambientales de aire más flexibles

RED MUQUI objetó que el Ministerio del Ambiente (MINAM) no haya consultado la opinión de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para elaborar la propuesta normativa que establecerá los nuevos Estándares de Calidad Ambiental del Aire (ECA – Aire) -y sus Límites Máximos Permitidos (LMP)- que deben cumplir las empresas que generan emisiones.

El borrador del Decreto Supremo del sector Ambiente, solo se basa en medición de impactos ambientales, dejando de lado la salud ambiental y humana, que está directamente relacionada.

“El MINAM no tomó en cuenta que la salud de las personas depende también de un ambiente saludable. Ello evidencia una falta de coordinación con el Ministerio de Salud (MINSA)”, señaló la RED MUQUI en una carta enviada a la ministra Elsa Galarza.

En sentido, RED MUQUI recomendó que las instancias del sector salud revisen la actual propuesta y sustenten el documento final de ECAs – Aire. Asimismo, es necesario contar con opiniones de instancias especializadas, sobre todo de los Grupos de Estudio Técnico Ambiental (GESTAS) que han evaluado la calidad de aire en 13 regiones priorizadas a nivel nacional.

Otra de las observaciones importantes, es que el Decreto Supremo del MINAM no tiene ninguna disposición que permita la revisión o actualización periódica de los ECA – Aire. El proyecto normativo tampoco ofrece los criterios para aplicar otros parámetros que actualmente no están establecidos en los ECA – Aire.

Es por ello que, la red de 29 de instituciones a nivel nacional sugirió que el tiempo brindado por el MINAM es muy corto para brindar aportes, y hacer públicas las opiniones de entidades nacionales e internacionales consideradas como sustento. Por ello, debería ampliarse e incluso someter el tema a discusión.

Por ejemplo, este 16 de mayo, la Comisión de Ambiente del Congreso de la República llevará a cabo una audiencia pública en Lima con representantes de las zonas donde estuvieron los GESTAS.

 

Cabe mencionar que, dentro del plazo establecido por el MINAM, RED MUQUI alcanzó sus observaciones al Proyecto de Decreto Supremo que aprueba los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental (ECA) para aire, y establece disposiciones complementarias (publicado el pasado 08 de abril de 2017).

Estándares por encima de lo permitido

Una de las preocupaciones planteadas a Ambiente es el incremento del nivel dióxido de azufre permitido: 8 veces más por encima de los 20 µg/m3 –promedio- que la OMS recomienda por cada 24 horas. El MINAM propone que se permitan 250 µg/m3 de SO2, lo cual ocasiona daños en la salud de las personas.

Entre sus observaciones, RED MUQUI también citó a la American Academy of Pediatrics, que en el año 2012 estableció que “ninguna cantidad de plomo en la sangre de los niños puede considerarse segura”.

De igual modo,“el Programa Nacional de Toxicología de la Agencia de Protección Ambiental – EPA (EE.UU), concluyó en que: “Los problemas cognitivos y de comportamiento significativos en niños, están relacionados con el plomo de la sangre que estos presentan. Aun si las concentraciones de dicho metal fueran inferiores a 5 microgramos por decilitro de sangre (mcg / dl)1”.

Partículas de metal en el aire

RED MUQUI también cuestionó que el MINAM se permita dar paso a partículas más finas que a las que son más sólidas. En su propuesta, el sector propone restringir el PM102 (Particulate Matter menor a 10 µm) de 150 a 100 µg/m3 (microgramos por metro cúbico) para 24 horas. Y ahora, más bien, incrementa para doble el valor de PM2.5 (cuyo diámetro es 100 veces más delgadas que el de un cabello humano).

De aprobarse el decreto supremo, se permitirá que las empresas extractivas expelan de 25 a 50 µg/m3 en 24 horas. Además, este valor iría aumentando cada año.

“Se sabe que PM2.5 es un ‘particulado’ muy fino y que fácilmente penetra en las vías respiratorias y llega con rapidez a los pulmones y alveolos. Ello aumenta el riesgo de mortalidad prematura por efectos cardiopulmonares, en exposiciones de corto y largo plazo”, especifican las organizaciones miembros de RED MUQUI.

¿Y los demás parámetros?

 

Cabe resaltar que se observa un avance en la incorporación de mercurio gaseoso en el ECA – Aire, cuya fuente de contaminación identificada es la minería artesanal y la pequeña minería. Sin embargo, es necesario incorporar otros parámetros que provienen de la actividad minero metalúrgica, es decir de la gran minería (complejos metalúrgicos, tajos abiertos, relaveras, entre otros).

 

Cuadro 1

Otros parámetros de calidad de aire

Parámetro Periodo Valor (ug/m3)
Arsénico 24 horas 0.3
Cobre 24 horas 50
Cadmio 24 horas 0.025

Fuente: AMBIENT AIR QUALITY CRITERIA.  ONTARIO- CANADÁ (Abril 2012).

“La necesidad de contar con valores para estos contaminantes no sólo obedece a la prevención de posibles enfermedades por exposición a metales pesados en zonas cercanas o aledañas a la actividad minera, sino por casos en que ya se evidenciaron afectaciones de salud en el país”, aseveró el colectivo.

RED MUQUI alertó que, al no incluirse estos parámetros, no se hacen visibles los daños a los ecosistemas y condiciones ambientales para la preservación de la vida en general.

DATOS:

  • Los Estándares de Calidad Ambiental (ECA) y los Límites Máximos Permisibles (LMP) son instrumentos de gestión ambiental que consisten en parámetros y obligaciones que buscan regular y proteger la calidad y salud ambiental.
  • Los ECA son indicadores que miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biólogicos que se encuentran presentes en el aire, agua o suelo.
  • Los LMP miden la concentración de elementos, sustancias, parámetros físicos, químicos y biológicos, se encuentran presentes en las emisiones, efluentes o descargas generadas por una actividad productiva (industria, minería, electricidad, pesquería etc.), que al exceder causa daño a la salud humana y al ambiente.

 

http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/576-sin-opinion-de-oms-minam-plantea-eca-ambientales-de-aire-mas-flexibles

 

Perú

Cine-Forum Documental “Desde Canadá al Sur Andino en el Perú: El Caso Hudbay”

Cine-Forum Documental: “Desde Canadá al Sur Andino en el Perú: El Caso Hudbay”
Día: 25 de abril
Hora: 18 horas
Centro Cultural de la PUCP
Avenida Camino Real 1075, San Isidro

INGRESO LIBRE

InvestigativeMEDIA (Medios Investigativos) presentará el próximo martes 25 de abril, el documental “El Fraude de Flin Flon” de John Dougherty, donde se presentan las operaciones globales de la empresa minera HudBay Minerals.

El documental muestra los desafíos que enfrentan poblaciones de Canadá, Guatemala, Estados Unidos y Perú, en las zonas de influencia de las actividades de la empresa Hudbay. “Me da mucho gusto tener la oportunidad de llevar este documental a Perú y devolverlo a las comunidades afectadas directamente por la mina Constancia”. Lo cierto es que sus actividades transforman para siempre la tierra, el agua, las formas de vida y los costumbres de muchas personas”, comentó Dougherty.

“Ciudadanos y ciudadanas del estado de Arizona en los EE.UU. preocupados por los planes que tiene Hudbay para construir la mina de cobre ‘Rosemont’, me pidieron investigar sobre las operaciones de la empresa en otros lugares”, dijo Dougherty, quien ha trabajado para la prensa escrita por 22 años y que en la actualidad dirige la empresa InvestigativeMEDIA.

Luego de la presentación del documental se organizará un conversatorio que contará con la participación del director John Dougherty, el congresista por Cusco Wilbert Rozas, Ernesto Cabellos, de Guarango, y Jennifer Moore, de Mining Watch Canadá.

Están todos invitados

Evento en facebook: http://bit.ly/2oykosc

Ingreso Libre

21 de abril de 2017

CON EL RUEGO DE SU DIFUSIÓN

Perú

“Yo mando en este territorio”: Acerca de las detenciones en Cusco de Jen Moore y John Dougherty

La noticia ha comenzado a dar la vuelta al mundo. Jen Moore, representante de la institución Mining Watch Canadá y John Dougherty, periodista y documentalista estadounidense, fueron detenidos el viernes 22 de abril en la ciudad de Cusco.

Ambos habían retornado al Perú para presentar el resultado de una larga investigación periodística sobre la empresa minera Hudbay en Guatemala, Estados Unidos, Canadá y Perú. Cuando John Dougherty había estado en Chumbivilcas recogiendo testimonios de las comunidades, se comprometió a devolver el producto de su investigación convertido en documental, que lleva por título «Fraude de Flin Flon».

Por eso la semana pasada ambos llegaron a Perú y viajaron a Chumbivilcas para presentar el documental en varios de los distritos de esa provincia cusqueña. Ya en Chumbivilcas la delegación -que también estaba integrada por parte del equipo de Derechos Humanos Sin Fronteras y CooperAcción- comenzó a sentir de presión de la Policía y eran constantemente filmados por extraños personajes. Incluso la Policía se presentó al lugar de alojamiento preguntando por los visitantes y recabando nombres y otros datos.

Pese a la buena recepción de parte de la población y la importante asistencia de las comunidades a presenciar el documental, aparentemente el mensaje de la Policía y todo indica que también de la empresa minera (el otro actor oculto pero que también estaba vigilante) era que se había entrado a un territorio vigilado donde nadie puede ingresar sin la autorización de los que se sienten dueños de todo y han instalado una suerte de control territorial; al viejo estilo de los antiguos gamonales.

Luego de las actividades en Chumbivilcas y de haber honrado el compromiso con la población, la delegación se trasladó a la ciudad del Cusco para presentar el documental. La actividad era totalmente pública y se realizó en pleno centro de la ciudad, en la Casa de la Cultura que pertenece a Municipalidad Provincial.

Al finalizar la presentación del documental la policía abordó a Jen Moore y a John Dougherty y en medio del desconcierto de todos los que los acompañaban, fueron detenidos. ¿Cuáles eran los cargos? Que al haber entrado al país como turistas no podían desarrollar otro tipo de actividades y por supuesto, las actividades que no correspondían con su estatus de turista eran precisamente pasar el documental y participar en conversatorios.

Al parecer, los extranjeros que entran al país como turistas solo pueden visitar Machu Picchu, museos, disfrutar de nuestra gastronomía y un muy limitado etcétera. Si hacen algo más pueden y hasta deben ser detenidos.

Ahora, uno se pregunta ¿cómo hacen los conferencistas que vienen al país con ese estatus y que hasta ahora habían desarrollado sus actividades sin dificultades? ¿Qué va a pasar con las decenas de investigadores sociales que vendrán a la conferencia de latinoamericanistas más importante del mundo que se desarrollará en los próximos días en Lima y que hablarán de política, economía, temas ambientales y, por supuesto, de política? ¿Corren el riesgo de ser detenidos?

Como señala Juan Carlos Ruíz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), el argumento de la Policía es risible: “Pasar un vídeo es trabajar, y según su visa, es turista y no puede dedicarse a trabajar. Es evidente que se trata de justificar la sinrazón”. “La pregunta jurídica de fondo es si la condición de periodista extranjera, disminuye y limita su derecho fundamental a la libertad de opinión y difusión contenido en el artículo 2.4 de la Constitución”.

Continúa Ruíz: “Para comenzar, los únicos supuestos de detención legal son la orden judicial y la flagrancia. Ninguna de estos supuestos se ha verificado en este caso. De otro lado el único que puede limitar o restringir derechos es el juez. En este caso, estamos ante una detención arbitraria al margen de la ley, pues ni se cumplen con los supuestos de la Constitución, ni ha intervenido un juez”.

Está claro que estamos frente a un acto abusivo que lamentablemente ha ocurrido en nuestro país. Ahora que miramos, con razón e indignación lo que pasa en otros países de la región, no podemos sino mostrar la misma indignación con lo ocurrido en la ciudad del Cusco.

Hay varias interrogantes que deben ser absueltas, tanto en el plano legal como en relación a temas de seguridad y el libre ejercicio de la libertad de expresión, que debe ser irrestricta en todo el país. Cabe preguntar: ¿quién dio la orden para que Jen Moore y John Dougherty sean arbitrariamente detenidos? ¿Bajo qué justificación fueron permanentemente seguidos y hostigados durante su estadía en la provincia de Chumbivilcas?

¿Este tipo de decisiones se toman como parte de los convenios que tiene la Policía con empresas mineras como Hudbay? ¿La empresa minera tiene que ver con este hostigamiento? Esperamos respuestas de nuestras autoridades.

Mientras tanto, seguiremos denunciando este hecho arbitrario y por supuesto volveremos a ver el documental. Nos vemos este martes 25 en el cine-forum donde se proyectará el documental (los detalles de la convocatoria están aquí).

23 de abril de 2017

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/main/opinion/715-yo-mando-en-este-territorio-acerca-de-las-detenciones-en-cusco-de-jen-moore-y-john-dougherty

Perú

Poder Judicial mantiene en vilo a Máxima Acuña y su familia

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia reprogramó para el 3 de mayo la lectura del fallo que resolvería si se revierte, o no, el juicio que Máxima Acuña ganó contra Yanacocha, en donde se le pretendió acusar de usurpación agravada.

Los magistrados argumentaron que no tenían votos suficientes para emitir una opinión sobre el recurso de casación presentado por la empresa minera.

De manera que no hubo sentencia final que días anteriores, ya que no hubo quórum suficiente en las sesiones celebradas por la sala en las últimas semanas, y porque, además, uno de sus miembros estará de vacaciones en los próximos días.

A la salida de la diligencia, Mirtha Vásquez, abogada de la campesina, lamentó que el tribunal prolongue la incertidumbre de la familia y aseguró que la sala pudo notificar con anticipación sobre la postergación de la lectura de sentencia

“Esperamos que la próxima vez se emita la sentencia porque esto genera mucho desgaste emocional para Máxima y su familia. Ellos tienen que trasladarse desde muy lejos y les resulta un viaje muy costoso, ya que su hija, esposo y yerno fueron también están implicado en todo este proceso”, agregó.

Por su parte, Máxima Acuña aseguró a los periodistas que solo espera «justicia, y nada más». Escuetamente reiteró que no puede tener tranquilidad ya que la empresa sigue enviando a sus trabajadores para hostigarla y provocarla.

A su turno, Christian Schroder, Director Regional Legal de Yanacocha, insistió en que la minera solo busca entablar un diálogo con la familia desde hace dos años.

El funcionario minero aseguró a RED MUQUI, que pese a los procesos –civil y penal- que la empresa lleva contra la familia campesina, si están dispuestos a seguir promoviendo el diálogo, e incluso llegar a un acuerdo extrajudicial.

Finalidad de casación

Por medio de este recurso de casación presentado a esta máxima instancia, la minera pretende que se declare nulo el fallo que declaraba inocente a Acuña, y su familia, por la presunta comisión del delito de usurpación del terreno. Precisamente, ese fue el histórico proceso que la ganadora del premio Goldman ganó a Yanacocha ante la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca, en segunda instancia.

De esta manera se reabriría el juicio –en primera instancia- que en agosto de 2014 condenaba a Máxima, su esposo Jaime, su hija Ysidora y su yerno Elías a dos años y ocho meses de pena privativa de la libertad (suspendida) y al pago de una reparación de S/.5,500.

Para Mirtha Vásquez, esta casación «es solo un recurso extraordinario donde Yanacocha intenta que se interprete la ley como a ellos les conviene».

“Si la casación sale a favor nuestro, este caso por fin quedaría cerrado. En la sala de Cajamarca lo que se dijo es que no se pudo probar que hubo ‘violencia’, que es el primer elemento para la configuración del delito de usurpación agravada”, explicó

DATOS:

  • El proyecto Conga, tiene una inversión prevista de 4.800 millones de dólares.
  • Para llevarlo a cabo se contempla el drenaje de cuatro lagunas que se encuentran en cabeceras de cuenca, dos de ellas para extraer oro y las otras dos para verter los residuos tóxicos.
  • Yanacocha compró entre 1996 y 1997 tierras para su proyecto minero Conga a la comunidad campesina de Sorocucho, donde se encuentra Tragadero Grande, la propiedad en disputa con los Chaupe Acuña.
  • La familia alega que poseen dichos terrenos desde 1994 por medio de un certificado de posesión. Yanacocha argumenta que dicho documento no es un título de propiedad.
  • El proyecto se encuentra paralizado desde 2012, después de que las protestas contra la mina causaran cinco muertos.

 

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/567-poder-judicial-mantiene-en-vilo-a-maxima-acuna-y-su-familia

Perú

El Top 50 de las empresas mineras a nivel mundial

Acaba de publicarse el ranking de las cincuenta empresas mineras más poderosas a nivel mundial. La revisión del ranking plantea varias reflexiones importantes sobre los principales cambios ocurridos en los últimos años, la aparición o consolidación de nuevos actores estelares y la influencia del nuevo escenario en América Latina, y por supuesto, en países como el Perú.

 

 

A continuación planteamos algunas reacciones rápidas al ranking:

Un primer aspecto a subrayar es la consolidación de las empresas chinas como actores destacados en los primeros lugares del ranking mundial, tanto a nivel del número de empresas como en el tema de capitalización. Diez de las cincuenta empresas mineras más poderosas a nivel mundial son de origen chino (el mayor número por país) y éstas han logrado niveles de capitalización en los últimos años que en conjunto ocupan el segundo lugar después de Australia.

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top503Todo indica que esta tendencia se mantendrá en los próximos años. La perspectiva de expansión de las empresas mineras chinas en varias regiones, como es el caso de América Latina, continúa. Además, en el actual contexto las empresas chinas presentan algunas ventajas en relación a sus pares europeas, norteamericanas o australianas: por ejemplo, en el tema del financiamiento, está claro que tienen una mayor autonomía y respaldo financiero y por otro lado, gozan de mayores facilidades para elaborar y poner en práctica estrategias de mediano y largo plazo.

Otro tema interesante es la ubicación de las empresas en el ranking de acuerdo al tipo de operaciones y tipo de producción. En el ranking de las top 50, el mayor número son productoras de metales preciosos (14), le siguen las productoras de metales de base y en un tercer lugar las que presentan una cartera más diversificada. Sin embargo, es bueno notar que en el Top 10, la situación cambia un poco: cuatro empresas presentan operaciones diversificadas (BHP Billiton, Río Tinto, Glencore y Anglo American); dos tienen operaciones en metales de base (Southern Copper y Norilsk Nickel); dos productoras de carbón (China Shenhua Energy y Coal India); una en metales preciosos (Barrick Gold) y una en acero (Vale).

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También debemos notar la caída en el ranking de empresas que hasta hace muy poco ocupan los primeros lugares. Es el caso de Anglo American, que ha retrocedido hasta el puesto número 10 como consecuencia de una situación difícil, luego de una fallida estrategia de expansión excesiva financiada por un enorme endeudamiento. Precisamente, es la crítica situación de la empresa -que hasta ahora no ha terminado de superar-, lo que explica que no haya desarrollado el proyecto Quellaveco, pese al acuerdo que se logró en Moquegua hace algunos años.

Por otro lado, si bien Barrick es la única productora de metales preciosos (oro) que figura en el Top 10, la empresa canadiense ha tenido problemas con sus propios accionistas que presentaron acciones legales en su contra (2015) en Toronto, Montreal y Nueva York, señalando que la empresa canadiense no les había informado de las dificultades que enfrentaban algunos de sus proyectos más importantes. La empresa ha disminuido a la mitad el valor de sus acciones, lo que habría generado pérdidas patrimoniales.
Finalmente, es interesante relacionar el ranking con el escenario peruano. Como se puede apreciar en la información presentada, varias de las más importantes empresas del ranking están presentes en el Perú, tanto las que presentan una producción diversificada, como las de los metales de base y los preciosos. Además, las empresas chinas tienen una participación creciente tanto en la producción como en la cartera de proyectos de inversión.

Todo esto coincide con el hecho que el Perú se ha convertido en el principal destino de las inversiones del gigante asiático en América Latina y ocupa el cuarto lugar como destino de las inversiones en exploración minera a nivel mundial.

17 de abril de 2017

 

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/main/opinion/711-el-top-50-de-las-empresas-mineras-a-nivel-mundial

 

Perú

MEM insiste en desconocer derecho a consulta previa de pueblos Awajún y Wampis

El Ministerio de Energía y Minas (MEM) apeló la sentencia que ordena anular el contrato de exploración y explotación de hidrocarburos en el Lote 116 (a cargo de la empresa Maurel Et Prom), debido a que las comunidades Awajún y Wampis de la zona de influencia de explotación (Cenepa, Condorcanqui, Amazonas), no fueron consultadas.

El fallo judicial del Cuarto Juzgado Constitucional de Lima es el primero que declara fundada una demanda de amparo por omisión de consulta de hidrocarburos en la Amazonía. Dicha demanda se había presentado hace casi tres años.

Ahora que la magistratura determinó el retiro de las empresas operadoras que trabajaban en etapa de exploración, la procuraduría pública del MEM apeló la sentencia sobre la Acción de Amparo del Lote 116.

Al mismo tiempo, el ministerio emitió un comunicado acorde con el presidente de la Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH), Felipe Cantuarias, quien aseguró que la decisión judicial atenta contra la seguridad jurídica en el Perú. La nota de prensa del MEM utiliza las mismas palabras del empresario.

«En salvaguarda de los intereses del Estado peruano, la Procuraduría Pública del Ministerio de Energía y Minas (MEM) apeló la sentencia sobre la Acción de Amparo del Lote 116, por considerar que afecta la seguridad jurídica al haber sido arbitrariamente emitida violando los derechos constitucionales», señaló el MEM a través de un comunicado de prensa.

Cantuarias ya había dicho esperar que el MEM y Perupetro apelen el fallo, con el fin de pasar a una segunda instancia para lograr una decisión “beneficiosa” para el país y las comunidades del lugar quienes podrían “salir de la pobreza” con la extracción de petróleo.

No obstante, son 70 comunidades nativas afectadas que no están de acuerdo con la actividad petrolera que ha venido contaminando sus fuentes de agua, ha matado peces y otras formas de vida en los ríos.

Es por ello que en el 2014 interpusieron una demanda sobre dos actos administrativos: el Decreto Supremo N°066-2006-EM, que suscribió el contrato de licencia de exploración y explotación en el Lote 116, y la Resolución Directoral N° 283-2011-MEM/AAE, que aprobó el Estudio de Impacto Ambiental.

Maritza Quispe, abogada del Instituto de Defensa Legal (IDL) afirmó que el Poder Judicial debe ratificar en segunda instancia su decisión de anular el contrato de explotación del Lote 116. Ello no debería tomar otros dos años y medio, estimó.

“El Lote 116 es un lote petrolero que se superpone a las 73 comunidades establecidas en la provincia de Condorcanqui en Amazonas, pero no solo se superpone a las comunidades sino también a la Reserva Comunal Tuntanain. Entonces, afecta al derecho de territorio de esas comunidades”, precisó Maritza Quispe.

También resaltó que el fallo haya emplazado al Ministerio de Energía y Minas (MEM) y a Perupetro a disponer el retiro de las empresas concesionarias Maurel Et Prom Perú y Pacific Stratus Energy Perú y de todas las compañías que trabajan para ellas en la zona.

DATO:

El Lote 116, de casi 659 mil hectáreas, fue entregado en el 2006 a la empresa Hocol. Más tarde pasaría a manos de la francesa Maurel et Prom, que luego se fusionaría con la canadiense Pacific Rubiales Energy para operar el lote petrolero ubicado en las regiones Amazonas y Loreto.

Las organizaciones civiles que asesoran a los pueblos Awajún y Wampis son el Instituto de Defensa Legal (IDL), el Centro Amazónico de Antropología y Aplicación Práctica (CAAAP), CooperAcción y el Servicio Agropecuario para la Investigación y Promoción Económica (SAIPE).

Fuente: http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/562-mem-insiste-en-desconocer-derecho-a-consulta-previa-de-pueblos-awajun-y-wampis

Perú

Proyecto de Ley para proteger cabeceras de cuencas pasará a discusión en el pleno del Congreso

La Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología, aprobó por mayoría el proyecto de ley protección de cabeceras de cuenca que desde ahora pasará a la agenda de discusión del Congreso.

Después de varias semanas de revisiones, recomendaciones y cambios en el predictamen del proyecto de ley (N°283-2016), el título final quedó como: Ley de conservación y protección de las cabeceras de cuenca mediante el establecimiento de los criterios técnicos para su identificación y delimitación.

Ahora, el desafío de la Comisión es elaborar y aprobar una guía metodológica para la identificación de las cabeceras de cuenca en todo el país y su la delimitación geográfica correspondiente.

Además, es necesario contar con un reglamento para el uso y aprovechamiento sostenible del recurso hídrico en cabeceras de cuenca, considerando el marco legal de la Ley de Consulta Previa (Ley N°29785), y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

La futura aprobación de esta ley significaría una mejor protección para las comunidades campesina e indígenas ubicadas en los alrededores de las cabeceras de cuenca, pues ya no se verían afectadas por actividades productivas o extractivas que podrían vulnerar sus medios de vida y territorios.

Este proyecto legislativo es una propuesta sistematizada que surgió durante la Marcha Nacional del Agua (febrero de 2012) que recién fue presentada en setiembre del 2016, por el Congresista Marco Arana.

Para RED MUQUI la aprobación de una ley que proteja los lugares donde se originan las aguas de los ríos, es necesaria para que realmente se cumpla la norma que declara al agua como derecho humano fundamental. Ya que de no garantizar las nacientes de ríos no se puede hablar de generación del recurso hídrico.

“Era importante contar con la ya que estas aguas son consumidas directamente por las comunidades y utilizadas en actividades económicas sostenibles como la agricultura y la ganadería, que además abastecen mercados locales y de las grandes ciudades”, comentó Javier Jahncke, Secretario Ejecutivo de la RED MUQUI.

Cabe resaltar que esta iniciativa de ley ha cuenta con el respaldo de Autoridad Nacional del Agua (ANA), del Instituto de Investigación de la Amazonia Peruana, del Ministerio de Ambiente, Programa de Adaptación del Cambio Climático (PACC Perú) y de la Mesa de Trabajo para la Opinión Técnica Legal.

Todos estos organismos coinciden en que este proyecto no contraviene a la Ley de Recurso Hídricos, y que más bien resuelve algunos vacíos legales.

Por su parte la Presidencia del Consejo de Ministros ha recomendado incluir en el texto sustitutorio la prevención de conflictos sociales en zonas de cabeceras de cuenca.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/565-proyecto-de-ley-para-proteger-cabeceras-de-cuenca-pasara-a-discusion-en-el-pleno-del-congreso

Perú

Inmovilizan en Cusco 1,750 galones de petróleo destinados a la minería ilegal

Las operaciones policiales en el distrito de Camanti, provincia cusqueña de Quispicanchi, permitieron la inmovilización de 1,750 galones de combustible, petróleo diésel D-2, que aparentemente iban a ser destinados al uso de la minería ilegal, y cuyo valor asciende a 17, 500 soles.

Además, se intervino a varias personas dedicadas a este ilegal transporte.

Las acciones se ejecutaron el último miércoles al promediar las 03:00 horas, en el sector Yanamayo. Aquí se descubrió al camión sin placa de rodaje, conducido por Alex Huallpa Yabar (21), quien carecía de brevete y trasladaba 10 cilindros con 60 galones de combustible cada uno, y un cilindro con 10 galones.

Después se detectó otro camión sin matrícula, cuyo chofer Marcial Mollesaca Oviedo (29), también carecía de licencia de conducir y trasladaba ocho cilindros con 60 galones de combustible cada uno. A la vez de sorprendió a otro vehículo sin placa, cuyo conductor se dio a la fuga. Éste e trasladaba ocho cilindros con 60 galones de combustible cada uno.

Los vehículos pesados con los cilindros y choferes fueron trasladados a la comisaría de Quincemil.

Finalmente, se realizó el registro domiciliario de Lino Contreras Ccolque (62), donde se halló 71 cilindros de polietileno vacíos y tres con contenido de petróleo.

La Policía al proceder con el conteo correspondiente del combustible incautado, dio a conocer que totaliza 1,750 galones de petróleo diésel D-2.

Fuente:http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-inmovilizan-cusco-1750-galones-petroleo-destinados-a-mineria-ilegal-661905.aspx

Perú

La Oroya y el «sinceramiento» de estándares de aire

Nuevamente se quiere generar la sensación de que existe una contradicción intrínseca entre el cuidado del ambiente y la salud de los peruanos, por un lado, y el bienestar económico por el otro. Nuevamente, con la excusa de favorecer la venta del complejo metalúrgico de La Oroya, se plantea reducir los estándares de calidad ambiental (ECA), en este caso en lo relativo a la calidad del aire. Preocupa mucho la norma prepublicada por el Ministerio de Ambiente con la idea de «sincerar» los ECA, y preocupa no solamente porque pone en riesgo la calidad del aire que respiramos y en esa medida la salud de la población, sino además porque esta medida se sustenta en una falacia.

«Relajan norma de emisión de azufre que favorecerá reactivación del Complejo Metalúrgico de La Oroya» (Gestión 08/04), «Propuesta de ECA en aire se acerca a demanda de minera Doe Run» (El Comercio 09/04), «Medida puede impulsar la subasta del complejo metalúrgico La Oroya» (Correo, 09/04) son algunos de los titulares en la prensa de estos días que sustentan esta interpretación falaz.

Uno de los principales parámetros en cuestión se refiere al dióxido de azufre, para el manejo del cual Doe Run –operadora del complejo– debía culminar el proyecto de la planta de ácido sulfúrico del circuito de cobre. La nueva norma propuesta por el MINAM «sincera» este parámetro y lo ubica en un máximo diario de 250 ug/m3. Recordemos lo que advertíamos hace pocos meses:

«No es cierto que la razón por la que no se ha podido subastar el complejo de La Oroya es la exigente normativa del Ministerio del Ambiente (Minam) que supera a la de Canadá, Chile, etc.? En primer lugar por la sencilla razón que los niveles de emisiones de dióxido de azufre que se exigen en La Oroya son los vigentes el año 2001, cuando el Minam ni siquiera existía: 80 microgramos por metro cúbico anual de emisiones de polvo y metales (ug/m3) promedio anual y 365 (ug/m3) de promedio diario

¿Esta normativa es más exigente que en Chile o Canadá? Nuevamente la respuesta es no. En Canadá el promedio diario es 300 ug/m3 y en Chile 250 ug/m3. Además, al complejo metalúrgico se le ha dado hasta el año 2029 para adecuarse, es decir 14 años»1.

Claramente, el nuevo ECA para el aire sigue estando muy por debajo de los laxos límites de los que ya goza el complejo metalúrgico de La Oroya hasta el 2029, siendo evidente que esta es una excusa falaz que poco o nada tiene que ver con la venta que fuera declarada desierta hace poco, y que a lo único que abona es a fortalecer el discurso empresarial respecto a que habría «demasiadas» normas ambientales que impiden el crecimiento económico.

Lo real es que si el complejo reinicia operaciones sin haber realizado la inversión ambiental pendiente, la población de esa localidad recibirá nuevamente un coctel tóxico de metales pesados (plomo, cadmio, arsénico) que ningún estándar en el mundo –ni siquiera el más flexible- puede tolerar.

Más aún: relajar (o «sincerar», para usar el lenguaje usado por el MINAM) estos estándares es una mala señal para las empresas que SÍ cumplieron con adaptarse a las nuevas normas dictadas por la anterior gestión ministerial. Por ejemplo, la refinería de Southern en la ciudad de Ilo, viene cumpliendo con los ECA de 80 microgramos por metro cúbico anual de emisiones de polvo y metales (ug/m3).

Al país le interesa atraer las mejores inversiones y empresas que operan con los más altos estándares ambientales y sociales. Si pretendemos seguir avanzando y, por ejemplo, ingresar a la OCDE, necesitamos fortalecer la institucionalidad ambiental y no debilitarla.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/main/14-data-articles/709-la-oroya-y-el-sinceramiento-de-estandares-de-aire