Perú

Terminaron el Informe Técnico para la No expansión minera en la provincia de Hualgayoc región Cajamarca

El Gerente de Ecología y Ambiente de la Municipalidad provincial de Hualgayoc región Cajamarca Ing. Jorge Mejía Vargas confirmó que, su equipo técnico despues de 100 días de trabajo por fin se terminó el informe de no expansión minera que será presentado al gobierno central Lima y todas sus instancias nacionales e internacionales.

El alcalde provincial Edy Benavides Ruiz de esta manera cumple con las exigencias de la población de la provincia de Hualgayoc, que durante muchas luchas sociales clama no más expansión minera, el informe será presentado en el transcurso de los días, ante las organizaciones sociales explicó Mejía Vargas.

Mejía Vargas por otro lado puntualizó que, el alcalde provincial Edy Benavides firmó la resolución reconociendo al Comité Provincial de Fiscalización que tendrá a su cargo junto a un equipo técnico el monitoreo para una transparente remediación de los pasivos ambientales en las microcuencas de Bambamarca, Chugur y Hualgayoc.

Por su lado el Lic. Eloy Sánchez Leiva sugiere que, el monitoreo para una buena remediación de pasivos ambientales tienen que haber especialistas ambientales que junto a los técnicos se pueda asegurar una remediación de calidad.

Sánchez advirtió que, la provincia Hualgayoc región Cajamarca es la más contaminada del Perú y de America Latina y el mundo por los 200 años de minería irresponsable ante los ojos de gobernantes nacionales que jamás pusieron freno al asunto, ahora tenemos graves consecuencias con personas con metales pesados. En el Perú hay ya 500 mil personas contaminadas que preocupa subrayó Sánchez Leiva.

Fuente:http://www.grufides.org/blog/terminaron-el-informe-t-cnico-para-la-no-expansi-n-minera-en-la-provincia-de-hualgayoc-regi-n

Perú

Exploración minera sin evaluación ambiental

El Ministerio del Ambiente publicó la Resolución ministerial N°276 – 2017-MINAM, mediante la cual se «modifica la primera actualización del listado de inclusión de los proyectos de inversión sujetos al sistema nacional de evaluación del impacto ambiental SEIA (…) en relación a las actividades de exploración minera«. En sencillo, con esta norma el MINAM ha modificado la lista de los proyectos del sector minero que deben pasar por una evaluación de impacto ambiental para poder operar1. Con este nuevo listado, el MINAM excluye un grupo de proyectos de exploración minera del requisito de evaluación y certificación ambiental de los impactos de sus operaciones, previsto en el marco de nuestro Sistema Nacional de Evaluación e Impacto Ambiental (SEIA).

Exploración minera ¿Qué ha cambiado?

La norma aprobada por el MINAM prepara el camino para cambios mayores en los estándares ambientales que regulan la actividad minera en el país. Así, esta nueva lista de proyectos aprobada, entrará en vigencia recién cuando se apruebe el próximo Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, anunciado por el MINEM y esperado por un importante sector del empresariado minero. Ambas medidas – entre varias otras reformas anunciadas2– apuntan a eliminar los procedimientos de certificación ambiental para los proyectos de exploración que el ejecutivo considere como de impacto no significativo.

El objetivo de estos cambios, en palabras de funcionarios del sector, es destrabar los proyectos de la cartera de inversiones en exploración minera del país, acelerar procesos y luchar contra la tramitología; de manera de promover el crecimiento económico a través de la inversión minera. En este caso, la «simplificación de trámites» ha significado eliminar el procedimiento de evaluación ambiental para una parte importante de los proyectos de exploración minera, rebajando así los estándares ambientales que se han ido construyendo durante los últimos diez años3.

Así tenemos que, si antes se exigía una certificación ambiental para todos los proyectos de exploración minera, ahora con la norma aprobada por el MINAM esta certificación se exigirá solo a un determinado grupo de proyectos; siendo que aquellos de menos de 20 plataformas y/o menos de 10 has de área disturbada, no requieren una evaluación de los impactos ambientales que pudieran causar. Solo si se da el caso que estos proyectos se ubicasen muy cerca de un cuerpo de agua (a menos de 50 metros), de nevados o glaciares (menos de 100 metros de la huella máxima de ocupación en invierno), de bosques de protección y/o bosques primarios (a menos de 100 metros); en un área natural protegida y/o sus zonas de amortiguamiento y/o en áreas de conservación regional estos proyectos deberán pasar por la certificación prevista en el Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). También se aplica esta excepción si el proyecto de exploración opera en áreas donde exista alguna regulación especial legal o que en su diseño incluyan túneles de exploración o que exploren materiales radioactivos.

NORMA ANTERIOR: 
RM 157-2011-MINAM
Julio 2011

Proyectos de inversión sujetos al SEIA

MODIFICATORIA:
RM 276-2017-MINAM
Octubre 2017

Proyectos de inversión sujetos al SEIA

REGLAMENTO EXPLORACION
DS 020-2008-EM (VIGENTE)
Abril 2009

Clasificación de las actividades de exploración minera

PROPUESTA REGLAMENTO EXPLORACION
Mayo 2017

Clasificación de los proyectos4

3. Exploración minera de gran y mediana minería metálica y no metálica y sus modificatorias, con sus componentes auxiliares y complementarios, entre ellos, grifos de abastecimiento de combustible, tanques de almacenamiento de combustibles, caminos de acceso, plantas de tratamiento de aguas, líneas de transmisión eléctrica, centrales hidroeléctricas, subestaciones eléctricas campamentos, infraestructura de disposición de residuos sólidos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

4. Exploración minera – pequeña minera y minera artesanal metálica y no metálica, y sus modificatorias, con sus componentes auxiliares y complementarios, entre ellos, grifos de abastecimiento de combustible, tanques de almacenamiento de combustibles, caminos de acceso, plantas de tratamiento de aguas, líneas de transmisión eléctrica, centrales hidroeléctricas, subestaciones eléctricas campamentos, infraestructura de disposicion de residuos solidos.

Siendo que en Lima, estos proyectos están bajo competencia del MINEM y en regiones, de los Gobiernos regionales. Agregado propio.

3. Proyectos de exploración minera de titulares de la mediana y gran minería, considerando sus componentes auxiliares y otros que requiera, que contemplen más de veinte (20) plataformas de perforación y/o más de diez (10) hectáreas de área disturbada, o que se encuentren ubicados:

a) A menos de cincuenta (50) metros de un cuerpo de agua, bofedal, canal de conducción, pozo de captación de aguas subterráneas, manantiales o puquiales.

b) A menos de cien (100) metros de distancia en línea horizontal y perpendicular de la huella máxima de ocupación en invierno de un nevado o área glaciar.

c) A menos de cien (100) metros de tierras de protección y/o bosques primarios.

d) En Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y/o sus zonas de amortiguamiento y/o áreas de conservación regional.

e) En áreas al amparo de alguna regulación especial expresamente reconocidas por Ley.

 

4. Proyectos de exploración minera que consideren túneles de exploración o que se busquen determinar la existencia de minerales radioactivos.

En el ámbito del Gobierno Regional:

2. Proyectos de exploración minera de titulares de la pequeña minería y minería artesanal considerando sus componentes auxiliares y complementarios.

…..

Art 20: … las actividades de exploración minera se clasifican en las siguientes categorías:

Categoría I: Comprende proyectos que impliquen cualquiera de los siguientes aspectos:

a) Un máximo de 20 plataformas de perforación;

b) Un área efectivamente disturbada menor a 10 hectáreas considerando en conjunto dichas plataformas, trincheras, instalaciones auxiliares y accesos;

c) La construcción de túneles de hasta 50 metros de longitud, en conjunto.

Categoría II: Comprende proyectos que impliquen cualquiera de los siguientes aspectos:

a) Más de 20 plataformas de perforación;

b) Un área efectivamente disturbada mayor a 10 hectáreas considerando en conjunto dichas plataformas, trincheras, instalaciones auxiliares y accesos;

c) La construcción de túneles de más de 50 metros de longitud.

Art. 21.- Estudios Ambientales según Categoría. Para el desarrollo de actividades de exploración minera, el titular debe someter a consideración de la autoridad, los siguientes estudios ambientales:

– Para la Categoría I: Declaración de Impacto Ambiental (DIA)

– Para la Categoría II: Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIAsd)

 

Se categorizará como Proyectos de baja afectación ambiental a:
los proyectos de exploración minera que no requieran de opinión previa vinculante o no vinculante que consideren:

a) Hasta veinte plataformas 20

b) la utilización de calicatas y/o trincheras

c) un área efectivamente disturbada menor a diez 10 has considerando un conjunto plataformas, calicatas, trincheras, instalaciones, auxiliares y accesos

d) operación simultánea de hasta 4 máquinas de perforación.

Y cuyos componentes no se localicen:

a) a menos de cincuenta (50) metros de un cuerpo de agua o bofedal

b) a menos de cincuenta 50 metros de un canal de conducción, pozos de captación de aguas subterráneas, manantiales o puquiales

c) a menos de quinientos (500) metros de distancia en línea inclinada ascendente y perpendicular del perímetro de la huella máxima de ocupación en invierno del nevado o área glaciar

d) a menos de cien 100 metros de bosques en tierras de protección y bosques primarios.

Se clasifican como Categoría I (DIA)

Proyectos de exploración que consideren:

a) hasta cuarenta plataformas de perforación

b) un área efectivamente disturbada menos a 10 has, considerando en conjunto plataformas, trincheras, instalaciones auxiliares y accesos

c) la construcción de túneles de hasta cien metros de longitud en conjunta que no se ubiquen subyacentes a la proyección de ecosistemas frágiles, cuerpos de agua o manantiales en temporadas lluviosas.

(Categoría II) EIA-sd: proyectos que excedan el nivel de intervención de la categoría I, establecido en el ítem 2 del presente anexo o se ubiquen en proyectos que no excediendo dicho nivel se ubiquen en:

a) ANPs o zonas de amortiguamiento o ACRs

b) áreas en las que se busque determinar la existencia de minerales radioactivos

c) áreas protegidas al amparo de alguna regulación especial determinada por la autoridad sectorial competente

d) a menos de 500 metros y hasta 150 metros de distancia en línea inclinada ascendente y perpendicular del perímetro de la huella mínima de ocupación en invierno del nevado o área glaciar.

Como vemos, la propuesta difundida del nuevo Reglamento para Exploración Minera prevé una regulación similar, concordante con el nuevo listado aprobado por el MINAM. El Reglamento plantea cambiar las categorías de los proyectos de exploración vigentes: los proyectos que cuenten con hasta 40 plataformas serán de Categoría I y pasarán únicamente por una Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA)5, a diferencia del Reglamento del 2008 que exige una DIA solo para proyectos de exploración de hasta 20 plataformas y que exige un EIA semi-detallado (instrumento de más complejidad) para los proyectos que tengan más de 20 plataformas. Esta propuesta de Reglamento, en línea con la nueva norma aprobada por el MINAM, deja fuera de la evaluación ambiental a los proyectos que considera de Baja Afectación Ambiental, los que no se regirán por la Certificación Ambiental que exige el SEIA. Luego, no queda claro si estos proyectos menores pasarán por algún tipo de análisis ambiental diseñado por el sector minero.

reglamento exploiracion 1

Reglamento de Protección Ambiental para actividades de exploración minera. Presentación de Alfredo Rodriguez. Director General de Minería. 19 de julio de 2017. Disponible en www.minem.gob.pe

Así la norma aprobada por el MINAM es clara. Los proyectos de exploración minera que según el MINEM no generan impactos significativos, no necesitarán contar con una evaluación ambiental en el marco del SEIA. Esto resulta paradójico pues, según la propia Ley del SEIA, la evaluación y certificación ambiental está orientada precisamente a identificar cuáles son esos impactos negativos potenciales y, sobre todo, a diseñar las medidas de mitigación para afrontarlos. Ahora fuera del SEIA, no queda claro cómo es que el MINEM analizará el nivel de los impactos y cómo va a determinar si estos constituyen o no, impactos significativos. Estos son solo algunos de los problemas que plantea esta reforma, como analizamos a continuación.

Reformas sin sustento

Sin duda, la reforma del sistema de evaluación ambiental para la exploración minera constituye un retroceso en materia de regulación ambiental. Funcionarios del MINEM han señalado que los cambios son necesarios y que se adecúan al SEIA; sin embargo, no es posible negar que eliminar procedimientos y estándares ambientales antes exigidos, es caminar hacia atrás en lo pasos andados. Esto resulta preocupante y atenta contra el espíritu del Sistema de Evaluación de impacto ambiental que intentamos fortalecer: la certificación ambiental obligatoria para las actividades económicas de impacto, incluso las de exploración6, de manera de garantizar su sostenibilidad a futuro y el cuidado de nuestros recursos y medio ambiente. Los principios que rigen nuestro sistema ambiental, apuntan a incluir este enfoque desde las etapas más tempranas de los proyectos, de manera de identificar y manejar mejor sus impactos sobre los territorios.

A esto debemos añadir que la norma aprobada por el MINAM no incluye el sustento que motiva las modificaciones y reformas. Ninguna explicación y/o justificación de los cambios aparece en el texto de la norma, más que la coordinación previa realizada por el MINEM. La exposición de motivos y otros análisis tampoco se puede encontrar en la página web de ninguno de los ministerios involucrados (MINAM y MINEM). Luego, si bien es cierto que el MINAM abrió un periodo de consulta sobre esta norma antes de su aprobación, la motivación y sustento técnico de las modificaciones no fueron publicados, dificultando su análisis.

Por el contrario, la modificación del listado del SEIA por parte del MINAM, se limita a recoger fórmulas utilizadas por el sector minero sin mayor análisis. Estas fórmulas ya han sido cuestionadas precisamente por la falta de sustento técnico de su regulación7. Así, encontramos la recurrente referencia al límite de una distancia de no menos de 50 metros de cuerpos de agua, ni de 100 metros de glaciares o nevados para realizar exploración minera (de 20 plataformas y/o 10 has. de área disturbada) sin evaluación ambiental. ¿Por qué se eligen estas cifras? ¿Cuál es el sustento científico que asegure que 50 o 100 metros son distancias suficientes para proteger estos recursos naturales? ¿Son estas cifras aplicables a los diferentes ecosistemas del territorio nacional? En esta misma línea, llaman la atención las diferencias entre el proyecto de Reglamento de exploración y el listado de proyectos recién aprobado por el MINAM: mientras que el proyecto de Reglamento de exploración exige una distancia no menor de 500 metros de un glaciar o nevado para explorar sin autorización ambiental; el listado del SEIA solo exige una distancia de no menos de 100 metros. ¿Cómo se sustentan estas diferencias? ¿Cuál es el análisis detrás? Lamentablemente, no se tiene acceso a estas evaluaciones.

Por otro lado, las reformas han sido previstas para las actividades de gran y mediana minería bajo competencia del Gobierno Nacional, no obstante, las anteriores exigencias ambientales (DIA y EIAsd) se mantienen para los proyectos de pequeña minería y minería artesanal bajo competencia de los Gobiernos Regionales. ¿Por qué no se ha modificado la evaluación a estos niveles?

Exploración minera en territorios campesinos, nativos e indígenas: sembrando problemas

Finalmente, el nuevo listado de proyectos de exploración minera sujetos al SEIA no hace mención a los proyectos de exploración minera – de cualquier escala- que se lleven a cabo en territorios de comunidades campesinas, nativas y de pueblos indígenas del territorio nacional. Los impactos negativos de la exploración minera – ya sea de menos de 20 plataformas – pueden resultar en vulneraciones a los derechos fundamentales de estas poblaciones y deberían ser examinados por la autoridad competente. Que un proyecto minero se realice sobre territorio indígena es razón suficiente para exigir una certificación ambiental de calidad, que salvaguarde el derecho al territorio, a los recursos naturales y a la consulta previa, reconocidos a las poblaciones indígenas de nuestro país.

Así, lejos de promover la competitividad del sector, estas reformas van sembrando el camino de los conflictos con las poblaciones afectadas por el desarrollo de proyectos mineros en sus territorios.

Como vemos, la modificación al marco ambiental para la exploración minera se ha realizado sin sustento técnico y atentando contra los principios de nuestro marco institucional para la evaluación de impactos ambientales. El Ejecutivo, en lugar de aprovechar esta oportunidad de reforma para diseñar cambios importantes e indispensables en el sistema de evaluación ambiental, ha optado por eliminar trámites, cediendo ante la presión de un sector del empresariado que todavía ve en los estudios de impacto ambiental meros trámites, a manera de obstáculos para el desarrollo de sus emprendimientos.

 

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(1) En Perú, nuestro Sistema de Evaluación de Impactos Ambientales SEIA, establece la obligación de la certificación ambiental, esto es el pronunciamiento de la autoridad competente que evalúe y apruebe la viabilidad de las actividades económicas en términos ambientales. Con la certificación se evalúa, desde el diseño del proyecto, los potenciales impactos negativos al ambiente que la actividad va a causar y se establecen medidas de mitigación para afrontarlos. Para identificar las actividades económicas (proyectos, programas, etc.) que por su naturaleza requieran pasar por una certificación ambiental, según las reglas del SEIA se ha establecido un sistema de listados: se aprueban listas detalladas de los proyectos y actividades por sector que deben estar sujetos a una evaluación de impactos ambientales.

(2) «Nuestro objetivo es tener más inversión en todas las etapas de la actividad minera y menos gastos por burocracia. No puede ser que, para tener actividad minera, debamos gastar tiempo en trámites excesivos, eso nos hace poco competitivos», Cayetana Aljovín, 16 de agosto de 2017. En: MEM busca reducir trámites burocráticos para reactivar inversiones en sector minero. Disponible en: http://www.energiminas.com/mem-busca-reducir-tramites-burocraticos-para-reactivar-inversiones-en-sector-minero/

(3) Con la aprobación Ley del SEIA Ley 27446 en abril de 2001, la aprobación del Reglamento para la exploración minera mediante DS 020-2008-EM de abril de 2008, y la aprobación del Reglamento de la Ley SEIA en el 2009; entre otros.

(4) Fuente: Exploración minera: Qué dice el reglamento ambiental del MEM. En: Economía. Diario El Comercio, 8 de mayo de 2017. Disponible en: http://elcomercio.pe/economia/exploracion-minera-dice-reglamento-ambiental-mem-422963

(5) Declaratoria de Impacto Ambiental (DIA), tipo de evaluación ambiental de menor categoría que constituye una evaluación simple y de menor plazo, en la cual el titular del proyecto identifica impactos negativos de sus operaciones y prevé medidas para su manejo. El DIA puede ser de aprobación automática y tiene carácter de Declaración jurada.

(6) Art. 20 reglamento de la Ley 27446 Ley del SEIA, aprobado por DS020-2008-MEM.

(7) Para más información ver: Un mínimo de distancia del cuerpo de agua a los componentes mineros. Atarama, Eduardo. Unidad de postgrado – Facultad de Ingeniería Geológica, Minera, Metalúrgica y Geográfica de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Rev. del Instituto de Investigación (RIIGEO), FIGMMG-UNMSM Vol. 17, N.º 34, pp. 7-10 Julio – Diciembre 2014.

 

Fuente: http://cooperaccion.org.pe/main/opinion/772-exploracion-minera-sin-evaluacion-ambiental

Perú

Comisión de Pueblos exige al ejecutivo derogar la nueva resolución del Minam que pone en riesgo las fuentes de Agua

 La presidencia de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología expresó su rechazo a la Resolución Ministerial 276-2017 del Ministerio del Ambiente «que podría afectar componentes ambientales y poner en riesgo la salud de las comunidades que habitan en zonas aledañas a proyectos de exploración minera de la mediana y gran minería».

La medida expedida el martes 3 de octubre aprueba la exclusión de proyectos de exploración minera de la gran y mediana minería sujetos al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA).

Sin sustento técnico establece seis casos que no requerirán de la aprobación de instrumentos de gestión ambiental para el desarrollo de sus actividades, por ejemplo, aquellos que se encuentren a más de 50 metros de cuerpos hídricos o a más de 100 metros de un nevado o glaciar y, que cuenten con menos de veinte plataformas.

La Comisión de Pueblos expresa además su extrañeza porque dicha resolución «no haya sido pre publicada, incumpliendo el derecho a la participación en la gestión ambiental reconocido en el Artículo III de la Ley General del Ambiente, mediante el cual la ciudadanía tiene el derecho de participar tanto en la toma de decisiones, como en la definición y aplicación de políticas y medidas ambientales».

La presidencia de la Comisión de Pueblos considera a la norma «como una grave amenaza para la sostenibilidad ambiental del desarrollo de las diversas actividades económicas que dependen del acceso al agua en calidad y cantidad».

En tal sentido, exigió a la Presidencia del Consejo de Ministros y al Ministerio del Ambiente derogar la Resolución Ministerial N° 276-2017-MINAM.

Indica además, que la norma en cuestión pone en riesgo la propia seguridad ambiental que deben tener todas las actividades mineras que se desarrollan en el país, y que actualmente tienen como foco de conflictividad los sistemas hídricos.

“Las actividades mineras son importantes para la economía del país pero no deben seguir siendo expuestas a mayor conflictividad social más aún cuando se encuentran comunidades campesinas, nativas o pueblos indígenas en las áreas de influencia directa e indirecta”, expresó el congresista Marco Arana, presidente de la Comisión de Pueblos.

No podemos promover las inversiones en el país si estas no se hacen en el marco de la sostenibilidad ambiental y el respeto de derechos fundamentales y el derecho de los pueblos indígenas reconocidos por la Constitución y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), expresó.

La aplicación de la citada resolución tendrá efectos irremediables en ecosistemas ambientales frágiles y además, pondrá en riesgo la salud a las poblaciones aledañas a los proyectos de exploración de la gran y mediana minería.

Fuente:https://www.servindi.org/actualidad-noticias/05/10/2017/comision-de-pueblos-rechaza-resolucion-que-pone-en-riesgo-fuentes-de
Perú

La Libertad: minería ilegal ha contaminado lagunas de Huamanchuco

En la provincia andina de Sánchez Carrión, al este de la región La Libertad, la minería ilegal ha destruido parte del Qhapaq Ñan (Camino Inca, en quechua) que cruza la zona. La ancestral ruta, que forma parte de la red de caminos prehispánicos erigida varios siglos atrás, unía a la cultura Huamachuco con otros asentamientos locales.

La ilícita actividad minera también ha contaminado las lagunas de Huaylillas, que hoy abastecen a la población del distrito de Huamachuco y a localidades como Sarín y Curgos (este último fue considerado en el 2015 el distrito más pobre del país por el Instituto Nacional de Estadística e Informática). Las lagunas también son reserva de agua para la provincia de Santiago de Chuco, que limita con Sánchez Carrión.

Agua que sirve para el consumo humano y de los animales, así como para regar los cultivos que son el recurso vital y económico de la zona. Sin embargo, la contaminación ha alterado la rutina. “Es probable que estas poblaciones estén tomando agua contaminada con metales pesados”, admitió Confesor Bermúdez, consejero regional por Sánchez Carrión, a El Comercio.

—Pasivos ambientales—
Roberto Vásquez, promotor de la asociación local Andes Sagrados, indicó que, de las 27 lagunas en Huaylillas, al menos seis o siete han sido afectadas gravemente por la actividad de los mineros ilegales. Estos extraen, principalmente, oro y carbón.

“Lo que está pasando es gravísimo. Hablamos de la posible afectación de los habitantes de Huamachuco y de miles de hectáreas destinadas para el cultivo. Además, se sospecha que entre veinte y treinta mineros ilegales excavan por Huaylillas, cuya superficie total es de casi 18 mil hectáreas”, añadió Vásquez.

Algunas de las lagunas más afectadas serían Cuchuro, Negra y Huangacocha. En setiembre último, El Comercio halló una excavación hecha por mineros ilegales a casi 4.100 metros sobre el nivel del mar, en las inmediaciones de Cuchuro, cerca del Qhapaq Ñan.

Para Gilmer Barreto, coordinador de las juntas vecinales del distrito de Huamachuco y miembro de la asociación Voluntarios por la Conservación, la situación en la laguna de Huangacocha es aun peor, pues existen pasivos ambientales mineros (relaves, pozas) que siguen contaminando el área. “Los ilegales buscan carbón, que está en auge. Luego, lo sacan en camiones hacia Trujillo”, contó Barreto.

Maritza Monzón, también de la asociación Voluntarios por la Conservación, indicó que la contaminación en esta zona ya ha sido denunciada ante la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Trujillo, así como ante las gerencias regionales del Ambiente y de Energía, Minas e Hidrocarburos.

“Pero todo queda en trámites burocráticos. El proceso es muy lento y no se ha sancionado a nadie todavía. Huaylillas tiene más de 74 concesionarios mineros. Toda la zona ya está concesionada y esto podría agravar la situación [en cuanto a la contaminación ya existente]”, afirmó Monzón.

—Ordenanza pendiente—
El consejero regional Confesor Bermúdez criticó que, hasta la fecha, el Gobierno Regional de La Libertad no haya emitido la ordenanza que declara a Huaylillas un sitio para la conservación de la diversidad biológica en la región. Esto, pese a que –en febrero del 2016– la Gerencia Regional del Ambiente anunciara su creación. “Estamos solos. A las gerencias no les interesa la defensa de nuestro territorio”, concluyó Bermúdez.

El titular de la Gerencia Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos, Ricardo Sandoval, aseguró que ya se ha entregado un informe a la fiscalía de Trujillo para que esta denuncie penalmente a los mineros ilegales. “Nosotros podemos sancionar a los mineros informales cuando no extraen en el área que les corresponde, pero no a los ilegales”, indicó.

Este Diario buscó la versión de la Gerencia Regional del Ambiente de La Libertad, pero al cierre de la edición no obtuvo respuesta.

Fuente:http://elcomercio.pe/peru/la-libertad/libertad-mineria-ilegal-contaminado-lagunas-huamanchuco-noticia-462411

Perú

Sociedad de Minería arremete contra la normatividad ambiental y la institucionalidad del País.

En la famosa conferencia anual de minería, PERUMIN, el grupo de empresarios mineros nuevamente enfiló sus armas contra normatividad ambiental básica de este país, y de paso contra la institucionalidad que, aunque débil, todavía tiene este Estado.

 

Cuestionaron la aprobación de la Ley 30640, norma que no dispone sino una cosa fundamental, da un plazo de un año a la Autoridad Nacional del Agua (ANA) para que desarrolle el marco metodológico necesario para determinar qué es una cabecera de cuenca y cómo delimitarlas. Esta norma viene a ser absolutamente pertinente ya que pese a que las cabeceras de cuenca están estipuladas en el Art. 75 de la Ley de Recursos Hídricos, e incluso el Estado se ha comprometido a su protección por reconocerlas como zonas ambientalmente vulnerables, nunca ha procedido a identificarlas. Esta falta de regulación ha abonado también a los conflictos socioambientales surgidos, pues en todos ellos se discute si los megaproyectos están o no en cabecera de cuenca.

 

La Sociedad Nacional de Minería y Petróleo se ha manifestado en contra de este proyecto, calificándolo como una seria amenaza para la inversión minera, mostrándose en contra de su aplicación, pretendiendo atentar así no solo contra la normatividad ambiental que este país desarrolla, sino contra la institucionalidad misma, pues cuestionan una ley aprobada por unanimidad en el Congreso de la República y promulgada por el propio Presidente.

 

Vale la pena recordar que la aprobación de esta norma duró muchos meses, y fue consultada a las autoridades competentes, quienes dieron su anuencia; también se le dio oportunidad al sector minero de opinar, hecho que omitió. Por ello, es inaudito que a estas alturas se pretendan imponer, cuestionando tal Ley y sugiriendo no aplicarla.

Fuente:http://www.conflictosmineros.org.pe/?q=noticias/02/10/2017/sociedad-de-miner-arremete-contra-la-normatividad-ambiental-y-la

Perú

CIUDADANOS DEL DISTRITO DE CARHUAMAYO EN JUNÍN DENUNCIAN QUE MINERA MILPO AFECTA SU ACCESO AL AGUA

La compañía minera Milpo es la actual operadora del proyecto de zinc Shalipayco, que se ubica en el distrito de Carhuamayo, departamento de Junín. El yacimiento ubicado a 12 km de la ciudad de Carhuamayo poseería además plata, cobre y oro, motivo por el cual la empresa viene realizando exploraciones en los alrededores de la laguna Yanacocha.

 

Según informó la radio local La Nueva Zona, las últimas intervenciones realizadas alrededor de la laguna habrían secado los puquiales, conocidos popularmente como ojos de agua, y se ha mermado el agua para Carhuamayo, pues la planta de tratamiento de agua potable para la ciudad se abastece de estas fuentes hídricas.

 

Señalaron además haber constatado que el agua contiene una sustancia turbia y lechosa, por lo que exigieron a las autoridades pertinentes hacer los estudios del caso a fin de prevenir enfermedades estomacales en la población o la intoxicación de sus ganados, que pastean con regularidad por la zona.

 

De acuerdo a la información brindada por el Frente de Defensa del Agua de Carhuamayo, a través de una resolución del Cuarto Juzgado Contencioso de Lima se había programado para el día 24 de agosto a las 10 am una inspección a la laguna Yanacocha, a fin de constatar los impactos que pudiera haber causado la exploración minera, que según la empresa Milpo no ha causado ninguna afectación socioambiental. No obstante por falta de logística esta diligencia fue encargada al Juzgado Mixto de Junín, tras lo cual la población empezó a organizarse para acompañar a la comitiva.

Llegado el día de la inspección el Ministerio Público remitió una carta informando que no tenían planificada una visita a la laguna, generando confusión entre los pobladores. Sin embargo el Frente de Defensa del Agua aclaró que la fiscalía no tenía participación en el proceso y que el Juzgado Mixto no había remitido ninguna resolución de postergación para la diligencia, por lo que junto con los presidentes de las comunidades, caseríos, centros poblados y barrios del distrito, así como en presencia del alcalde, los jueces de paz, las juntas del vaso de leche y la población en general realizaron una caminata de 4 horas hacia la laguna, que constituye la reserva de agua para el pueblo de Carhuamayo y forma parte de la zona de amortiguamiento de la reserva natural de Junín.

Lamentablemente la inspección no se pudo concretar porque el Juzgado Mixto se encontraba en huelga, según informaron medios locales. Por lo que informaron que en un tiempo prudencial programarán una nueva fecha.

 

Nuevamente nos encontramos frente a una situación que pone en riesgo el frágil ecosistema de las cabeceras de cuenca y que generaría un nuevo conflicto social ante la lenta respuesta de las autoridades.

Fuente:http://www.conflictosmineros.org.pe/?q=alertas/25/08/2017/alerta-ciudadanos-del-distrito-de-carhuamayo-en-jun-n-denuncian-que-minera-milpo

Perú

En Perú denuncian contaminación de niños con metales pesados en zonas mineras

Un estudio elaborado en las ciudades peruanas de Cerro de Pasco y La Oroya reveló hoy que los 24 niños de la muestra presentan niveles de arsénico, plomo, cadmio y mercurio por encima de los estándares permitidos debido a su exposición a relaves y emisiones de la minería y metalurgia en esas localidades.

El estudio realizado en el Instituto de Salud Pública de Quebec se llevó a cabo en 2016, a solicitud de la Red de Propuesta y Acción Muqui, que congrega a 29 instituciones de comunidades asentadas en zonas mineras del país.

Los análisis de cabello, sangre y orina a los menores, de entre 3 y 15 años de edad, arrojaron que todos presentaron de forma predominante niveles elevados de las especies de arsénico más peligrosas que son las inorgánicas y producen cáncer.

Asimismo, 15 de los niños de Cerro de Pasco, considerada la capital minera del Perú, y 3 menores de La Oroya excedieron el estándar del ministerio de Salud para plomo en la sangre.

En el caso del mercurio, 12 niños de la muestra superaron el estándar de medición oficial por la orina, y en cadmio cuatro de los menores excedieron el estándar oficial.

El médico que estuvo a cargo del estudio, Fernando Osores, explicó a Efe que “hay un daño real a la salud que el Ministerio de Salud no quiere aceptar”, pues no ha establecido una política sanitaria para atender a la población expuesta a metales pesados.

Uno de los niños analizados, Benjamín, de 6 años, perdió la visión de su ojo izquierdo hace tres años debido a la presencia de un retino blastoma y su madre Lourdes Mendoza se quejó de la indolencia del Estado.

“Sólo nos dicen que no va a salir el plomo de su cuerpo y que salgamos de Cerro de Pasco” para tener alguna mejoría, dijo Mendoza a los periodistas.

“Benjamin y todos los niños como él tienen un riesgo inaceptable de exposición crónica a metales, que son altamente venenosos para el ser humano, y mucho más para un niño que está en periodo de desarrollo”, indicó Osores.

Según el médico, Benjamin tiene “un crecimiento anómalo de células retinales, un retinoblastoma, que ya le ha hecho perder un ojo y que posiblemente le haga perder el otro, y cuyo pronóstico no es para nada halagüeño”.

Además, explicó que hay niños que presentan problemas conductuales, hiperactividad y dispersión en la atención, que son producidas debido a la contaminación crónica por el plomo.

“Tienen niveles de 20 y 30 microgramos de plomo (cuando el estándar oficial está en 10 microgramos) y niveles históricos permanentes encontrados por el ministerio”, anotó.

El tratamiento para eliminar los metales pesados en el organismo es la quelación, “pero llegar a ese tratamiento es aceptar que el Estado fracasó en impedir que la población se enferme”, afirmó Osores.

El director de la Red Muqui, Javier Jahnke, expresó que hay una falta de voluntad política del Estado de atender este tema, que está vinculado al respeto de los derechos humanos en el acceso a la salud.

Por su parte, el regidor Jaime Silva, del distrito Simón Bolívar en Cerro de Pasco, recordó la declaratoria de emergencia ambiental en su localidad debido a la existencia de más de 2.000 niños con plomo y otros metales en su organismo, según un estudio elaborado en 2009 por la universidad italiana de Pisa.

“El Gobierno central poco o nada viene haciendo para enfrentar la contaminación por metales pesados. Es un tema que el gobierno no quiere atender ni aceptar”, declaró Silva tras haber participado en una veintena de mesas de diálogo con el Ejecutivo.

Silva demandó al Estado una política de atención especializada en contaminación por metales pesados, una clínica con expertos y la aprobación de las guías protocolo de atención médica por intoxicación con metales pesados.

Fuente: https://www.el-carabobeno.com/peru-denuncian-contaminacion-ninos-metales-pesados-zonas-mineras/

Mexico, Perú

“El M4 existe porque resiste” Declaración del IV Encuentro del Movimiento Mesoamericano contra el Modelo extractivo Minero

Como hace cinco años en Valle de Siria en Honduras, las comunidades, pueblos y organizaciones que somos el M4 nos hemos reunido del 22 al 25 de septiembre en la Ciudad de San José en Costa Rica para reconocernos y reafirmarnos en la lucha contra el modelo extractivo minero.

Como entonces, hoy confirmamos que el modelo extractivo minero se ha impuesto como el megaproyecto de mayor impacto territorial y de avasallamiento de derechos humanos, de acaparamiento de tierras y destrucción de la Madre Tierra en América Latina.

En estas jornadas de trabajo del Movimiento Mesoamericano contra el Modelo extractivo Minero -M4-, las representaciones de 13 países (Costa Rica, El Salvador, Honduras, Guatemala, México, Panamá, Haití, Colombia, Ecuador, Perú, Sierra Leona, Canadá y Estados Unidos) coincidimos en que la actividad minera en nuestros territorios ha avanzado al amparo de políticos y tecnócratas poco informados o ineficaces cuando no corruptos, por la imposición de intereses corporativos sobre el interés colectivo, por apetitos personales y silencios cómplices. En este sentido, consideramos que la minería en nuestros territorios es consecuencia de un modelo democrático deficitario que, al operar bajo la lógica de que tener el poder es tener la razón, inevitablemente coloca a los pueblos en una situación de vulnerabilidad. Tenemos la claridad para afirmar y denunciar que la minería no sería posible sin un entramado institucional que trae causa de un modelo de desarrollo que -a través de la extracción irracional de bienes comunes naturales- favorece la lógica de reproducción, acumulación y centralización del capital.

Para lograr sus objetivos de productividad, las empresas mineras externalizan sus costes aprovechando la permisividad de la legislación y la corrupción de los gobiernos. Las mineras aprovechan la pobreza de la gente y la ausencia de alternativas, lo que suele facilitar la explotación de la mano de obra y de la naturaleza. Las mineras obtienen insumos baratos o gratuitos y canalizan sus energías hacia el lobby político. Este proceso es reforzado por instituciones financieras internacionales y los gobiernos del norte quienes, a través de las «medidas de ajuste estructural», obligan a países como los nuestros a estimular las exportaciones de lo que suelen llamar «recursos naturales» mediante la exención de impuestos y otros incentivos financieros.

Es esa lógica de acumulación por despojo la que nos ha llevado a enfrentar una de las crisis más severas de violaciones a los derechos humanos en Latinoamérica. El M4, sus miembros y sus organizaciones han sido víctimas de la violencia extractivista. El 3 de marzo del 2016 en Honduras, en el marco de los intercambios y alianzas que facilita nuestro movimiento, fue asesinada nuestra compañera Berta Caceres, dirigente del Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras (COPINH); en el mismo episodio, el compañero mexicano Gustavo Castro, referente latinoamericano del movimiento social por la defensa de la tierra y el territorio y prinicipal impulsor y dinamizador del Movimiento Mesoamericano contra el Modelo Extractivo Minero (M4) fue herido y, en su condición de víctima, criminalizado por el gobierno de Honduras. Sin embargo, estamos en pie, existimos porque resistimos.

Esa misma crisis se expresa en la violencia estructural que sufren nuestros pueblos y que se echa de ver en los indignantes niveles de pobreza y en la discriminación metódica a nuestros pueblos y comunidades. Por ello, insistimos en rechazar las injusticias socioambientales que ocasionan las mineras a su paso por nuestros países: nos oponemos a la militarización de nuestros territorios, al debilitamiento del tejido social, a la división de las comunidades, a los atentados contra la integridad física y emocional de defensores y luchadores de derechos humanos, a la criminalización de la protesta y a la coercion de la libertad de expresión; a la contaminación de la tierra, el agua y el aire, a la erosión y desertificación de los suelos, a la pérdida de soberanía alimentaria, de biodiversidad y del paisaje; a las altísimas contribuciones al cambio climático, las afectaciones a la salud y los empleos precarios; al falso desarrollo y a la injerencia de las mineras en las decisiones políticas y económicas de nuestros países.

Sabemos que la causa fundamental de la destrucción del territorio y la sobreexplotación de los bienes comunes naturales reside en la desigualdad, los desequilibrios de poder y el neocolonialismo que atraviesa nuestras sociedades, por ello reforzamos nuestra convicción de que un verdadero progreso social estaría mediado por la humanización de las condiciones de trabajo, viviendas dignas y distribución igualitaria de la riqueza; por una educación de calidad y la adecuación de los planes de estudio a las distintas realidades existentes; por una seguridad social efectiva y la concepción integral de la salud entendida no solo como la ausencia de enfermedad sino también como la garantía de las condiciones individuales y colectivas que la hacen posible (alimentación sana, agua limpia, suficiente y accesible para todas y todos, entre otras).

Aspiramos a un modelo de sociedad basado en la vida digna sustentado por normas, valores, reglas, comportamientos y políticas que promuevan la democratización y participación de los pueblos en la toma de decisiones, el empoderamiento personal y comunitario, la realización de los derechos humanos, la reducción de la violencia, la sustentabilidad de las actividades productivas, el final de las desigualdades de género, el desarrollo cultural, científico y la creatividad artística; de manera importante, aspiramos a un modelo de sociedad que mantenga una relación con los minerales basada en las necesidades humanas y no en los dictados del mercado, los intereses especulativos y financieros, las ganancias o la guerra.

Desde el M4, imaginamos pueblos y comunidades donde la gente pueda realizar su potencial más alto garantizando sus necesidades básicas y aumentando sus opciones vitales basándose en la confianza de que su entorno es un lugar seguro, educativo, libre y espiritualmente satisfactorio en el que vivir y donde la comunidad ética incluya, en un sentido amplio, a toda la naturaleza.

Celebramos la prohibición de la minería en El Salvador y la moratoria a la misma en Costa Rica. Hacemos un llamado al resto de los gobiernos a seguir el camino de los pueblos y no de las corporaciones.

Saludamos con gran alegría la integración al M4 de los países hermanos de Colombia, Ecuador, Haití, Perú y Sierra Leona, quienes coinciden con nosotros en la necesidad de construir una sociedad alerta y movilizada que nos permita revigorizar la democracia, contar con organizaciones sociales fuertes e independientes que porten los esfuerzos de transformación de la sociedad y ofrezcan espacios apropiados para que las luchas contra el modelo extractivo minero germinen y se fortalezcan.

Junto a ellos, continuaremos trabajando para construir espacios colectivos adecuados que estimulen el surgimiento de un vínculo identitario fuerte que, más allá de nuestras luchas concretas, nos articulen en torno a la lucha contra el Modelo Extractivo Minero.

Consideramos que bajo el actual sistema capitalista y de acumulación no existe la “minería verde”, “sustentable”, “socialmente responsable”, “ecológica” o “limpia”. Por ello, exigimos:

  • Primero. La salida inmediata de las empresas mineras y sus proveedoras de nuestros territorios, así como el alto total de la entrega de nuestros territorios en concesiones para la explotación minera de parte de los gobiernos de nuestros países.
  • Segundo. El cese total a la represión a defensoras y defensores de derechos humanos, de la tierra y del territorio.
  • Tercero. Conclusiones favorables de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en el caso de nuestro compañero mexicano Mariano Abarca, asesinado en el año 2009 en su lucha contra la empresa minera canadiense Black Fire y cuya familia y organizacion, al día de hoy, no ha obtenido justicia por parte de las autoridades mexicanas.
  • Cuarto. En atención a los tratatos internacionales en materia de derechos humanos suscritos por nuestros países, el respeto total a las decisiones que, en ejercicio de su autonomía, toman nuestros pueblos, sean cuales sean las formas y los mecanismos para ello.
  • Al gobierno Hondureño le demandamos el esclarecimiento del crimen cometido contra Berta Caceres, el COPINH y Gustavo Castro.Enviamos un saludo solidario al pueblo mexicano que en días recientes ha sido sufrido el azote de sismos consecutivos que han afectado a la Ciudad de México y a los Estados de Morelos, Puebla, Oaxaca y Chiapas. Estamos con ustedes!

    En comparación con otras expresiones políticas que aspiran a atemperar los efectos nocivos que produce este modelo de desarrollo, el M4 es contundente y señala que

    ¡Del Perú a Canadá la minería no va!

    Fuente:http://movimientom4.org/2017/09/el-m4-existe-porque-resiste-declaracion-del-iv-encuentro-del-movimiento-mesoamericano-contra-el-modelo-extractivo-minero/

Perú

Nativos peruanos demandaron a compañía minera

Perú.- Una familia de nativos de Perú demandó ante una corte federal en el estado de Delaware (Estados Unidos) a la compañía minera de oro más grande de América del Sur. Se trata de la estadounidense Newmont Mining Corporation, que opera en territorio peruano mediante de su filial Yanacocha.

Según reseñó el portal Actualidad RT, Máxima Acuña de Chaupe fue la promotora de la exposición judicial para denunciar la persecución que viene soportando su familia por parte de la compañía. Según la denuncia, la minera busca apropiarse de las tierras ancestrales de esta familia campesina en la región de Cajamarca para difundir su negocio.

La ciudadana peruana es representada por EarthRights International (ERI), una Organización No Gubernamental dedicada a la protección de los derechos humanos y la ecuanimidad ambiental.

Su conductor, Marco Simons, sustentó en un comunicado citado por Diario Correo, que la petición busca “contener la intimidación y la persecución contra la familia Chaupe, para que puedan vivir sosegadamente y cultivar sus tierras”.

De esta manera, puso de relieve “el acoso sistemático y los abusos físicos y psicológicos” llevados a cabo contra la familia por parte del personal de la compañía multinacional. Por su parte, Acuña de Chaupe agregó que pretenden “obtener el reconocimiento de los perjuicios que hemos encontrado”.

Los nativos contra las mineras y las petroleras

En Perú se han observado varios de estos conflictos durante los últimos años. La denuncia de Acuña de Chaupe resulta únicamente un modelo de una problemática que cruza toda la nación.

De hecho, la misma campesina ganó el año pasado el Premio Medioambiental Goldman por una querella contra la compañía Yanacocha en relación al plan Conga.

Sin embargo, eso se ha visto con el afamado emprendimiento conocido como Lote 192, que cuenta con el diecisiete por ciento de las reservas petroleras peruanas. Allí la Pacific Exploration & Production se encuentra en apremio con comunidades originarias que piden la cancelación de un resarcimiento por la explotación de sus tierras.

De hecho, han detenido la producción como manera de protesta para requerir una consulta ante una potencial nueva concesión y para reclamar medidas de protección ambiental.

Fuente:http://segundoenfoque.com/nativos-peruanos-demandaron-a-compania-minera-31-382997/

Perú

Volcan: Es imposible hacer minería con 265 trámites

El presidente de la minera, José Picasso, resaltó que sacar adelante el proyecto Las Bambas tomó alrededor de 12 años.

El martes pasado, en Perumin, la ministra de Energía y Minas, Cayetana Aljovín, reveló que de 265 diferentes trámites que un proyecto minero necesita para salir adelante, sólo el 10% compete al sub-sector minero.

“El 90% está en manos del ministerio de Agricultura, del ministerio de la Producción (Produce), del ministerio de Defensa, del ministerio del Ambiente y otros sectores”, señaló.

Según José Picasso, presidente de Volcan, es imposible que la minería trabaje en estas condiciones.

“La ministra Aljovín está encaminada a reducir trámites. No es posible que para hacer minería se necesiten 265 normas. Toledo nos dejó con 20 normas. Alan García con 40. Humala nos dejó con 265. Es inviable hacer minería así”, exclamó.

Picasso recordó los casos de los proyectos de Southern Copper, que fueron presentados en Perumin 2011 y que todavía no salen adelante, salvo uno: la ampliación de Toquepala.

“¿Cuánto demoró sacar adelante Las Bambas? 12 o 13 años. En cualquier lugar del mundo los proyectos salen en la mitad de tiempo”, dijo.

Un estudio presentado hoy por Rafael Valencia Dongo, presidente de Estrategia Consultores, mostró que el tiempo promedio para que un proyecto minero avance de la etapa de desarrollo a la de explotación suma diez años en el Perú.

Fuente:http://elcomercio.pe/economia/peru/jose-picasso-imposible-mineria-265-tramites-noticia-460034