Perú

Jueza dispone inicio de juicio de 19 dirigentes que protestaron contra minera Las Bambas

Fiscalía solicita 17 años de cárcel contra dirigentes de Cotabambas procesados por participar de paro indefinido. Movilización y desmanes se produjeron en el año 2015. Minera pide una reparación civil cercana a los 89 mil dólares.

A tres años del paro indefinido protagonizado por pobladores de Cotabambas contra la minera Las Bambas, la Fiscalía ratificó sus pedido de 17 años de cárcel contra 19 dirigentes. La jueza del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cotabambas, Patricia Valenza Olivera, aceptó este requerimiento el 19 de octubre y dispuso el inicio de juicio.

Al respecto, la Fiscalía Provincial Mixta de Chalhuahuacho solicitó entre 11 y 17 años de prisión para los implicados, además de pedir una reparación civil de 20 mil soles a favor del Estado. Sin embargo, el pedido de la compañía MMG Limited, dueña de Las Bambas, es más contundente dado que exige 88 mil 600 dólares de reparación.

Y aunque la defensa de los 19 dirigentes intentó que el caso sea archivado, la magistrada Patricia Valenza aprobó el auto de enjuiciamiento. La Corte Superior de Justicia de Apurímac ha sido elegida para el desarrollo de este megajuicio.

El paro indefinido inició el pasado 28 de septiembre del año 2015, debido a cambios en el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto minero Las Bambas. La movilización dejó tres personas muertas y varios heridos. Las autoridades de Cotabambas reclaman que no se haya realizado ningún proceso judicial con respecto a la muerte de los dirigentes.

Fuente:https://larepublica.pe/sociedad/1349349-cusco-jueza-dispone-inicio-juicio-19-dirigentes-protestaron-minera-bambas

Perú

POBLADORES Y DIRIGENTES DE JIMBE CONSTATAN CONTAMINACIÓN DE LAGUNA

• Unas 30 personas llegaron a Laguna Mata Mata y encontraron a operarios de Minera Casapalca colocando tuberías.
• Piden intervención de Fiscalía del Ambiente y Autoridad local del Agua.

Pobladores de Jimbe y dirigentes del Frente de Defensa de este distrito se dirigieron a la laguna Mata Mata a constatar las versiones de presunta contaminación minera en dicha laguna, medida que marcaría el inicio de acciones decididas en defensa de los recursos naturales de la zona.

La visita de más de 30 pobladores a dicha laguna que se ubica a más de 4,800 metros sobre el nivel del mar, la más alta del distrito, se realizó el pasado 29 de Octubre tras un largo y extenuante recorrido.

En el lugar constataron la existencia de instalaciones de una suerte de campamento de la compañía minera Casapalca en el cual encontraron a algunos obreros, maquinarias y conexiones de tuberías hacia la laguna.

Los comuneros dedujeron que de las gruesas mangueras usadas como tuberías conectadas con la laguna se estaría extrayendo agua para los trabajos de minería lo que hace temer que en un tiempo determinado podría quedar seca.

El temor de los pobladores también es que además de una presunta contaminación y después que quede seca la laguna, la empresa Casapalca estaría extrayendo los minerales que aparentemente existen en el fondo de ella, especialmente el referido al oro.

Tras este hallazgo los pobladores Jimbe piden la intervención de autoridades como la Fiscalía del Ambiente, de la Autoridad Local del Agua, a la Junta de Usuarios del Sector Hidráulico de Nepeña, entre otros para para evitar que se prive de tan importante recurso a la población del distrito y por el contrario lo utilicen para trabajos de minería informal.

Fuente:http://www.diariodechimbote.com/portada/noticias-locales/103748-2018-11-03-06-35-40

 

Perú

Cambio climático: La problemática de la gestión de recursos hídricos

Doménica Villena, especialista ambiental en cambio climático y bosques de la asociación Derecho, Ambiente y Recursos Naturales (DAR), y Pavel Aquino, especialista ambiental en minería y recursos hídricos, hablaron sobre la importancia histórica de la gestión del agua.

En diálogo con el Instituto de Defensa Legal del Ambiente y el Desarrollo Sostenible (IDLADS), los especialistas abordaron cuál es la tendencia, los paradigmas que van surgiendo y hacia donde estos se dirigen en materia de gestión hídrica.

Según señaló Aquino, la historia hídrica tiene momentos determinantes —como los actuales— que lograron mejoras, aunque esto demandó gran trabajo por parte de la población. Luego, hizo referencia a la legislación hídrica en época de la colonia para consecuentemente darse la Ley de Aguas.

Por otro lado, resaltó que existía propiedad privada del agua y propiedad privada del suelo en los años de los grandes latifundios. Este tipo de gestión predominó hasta 1969, año en que ocurre cambios sustanciales con la Reforma Agraria.

Por su parte, Villena comentó sobre la Autoridad Nacional del Agua (ANA), entidad que bajo su perspectiva debería pasar a la rectoría del Ministerio del Ambiente (MINAM). Además, abordó un tema de actualidad relacionado a la reglamentación de la Ley Marco del Cambio Climático.

Fuente:https://www.servindi.org/actualidad-entrevistas/20/10/2018/la-problematica-de-la-gestion-de-recursos-hidricos-y-la-adaptacion?fbclid=IwAR3eh9HiYh8RyJjTBc_yd57ivXGZhheDKyuBjfoxrKt7t6XiAqEDzuOaXz8

Perú

Informe Alternativo OIT: La criminalización de la protesta afecta a los pueblos indígenas

Un informe elaborado por el Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDDHH), de la que forma parte la Red Muqui fue presentado a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) de la OIT. a las organizaciones indígenas que reúne el Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP) y la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), ante la obligación del Estado peruano de entregar, en el 2018, la memoria regular sobre la implementación del Convenio 169.

Estos son solo algunos de los temas abordados en el Informe Alternativo de seguimiento al Convenio 169:

·        Salud. Existen nuevas causas de enfermedad y muerte vinculadas a la contaminación de ríos y fuentes de agua en la Amazonía. Muchas personas indígenas afectadas en su salud por metales tóxicos no cuentan con establecimientos médicos cercanos, especializados o abastecidos de medicamentos, insumos y equipamiento para una atención adecuada. Los pasivos ambientales de antiguas y actuales operaciones mineras e hidrocarburíferas son fuente central de contaminación para la salud.

·        Debilitamiento de derechos territoriales. Desde el 2013 se han aprobado normas para promover las inversiones que debilitan la protección de los derechos indígenas, como la Ley 30230, el Decreto Supremo 001-2015-EM, la Ley 30327, los decretos legislativos 1192, 1210 y 1333, Ley 30723 entre otras que afectan derechos territoriales de los pueblos indígenas.

·        Consulta previa. Después de siete años de vigencia de la Ley 29785 (Ley de Consulta Previa) han quedado fuera del ámbito de consulta decisiones relevantes como las regulaciones sobre normas que afectan derechos de pueblos indígenas: propiedad y posesión de la tierra, programas de saneamiento físico legal. También han quedado fuera programas sociales que, desde una lógica asistencialista, se brindan a comunidades campesinas y nativas. Persiste la asimetría de información y conocimiento entre pueblos indígenas y el Estado. Además, es casi nula la implementación de los acuerdos adoptados en los procesos de consulta.

·        Criminalización de la protesta social. Bajo el supuesto de lucha contra la criminalidad organizada, se han efectuados cambios en la ley penal y procesal penal que vulneran derechos fundamentales como la libertad personal, integridad personal y libertad de expresión. Entre 1995 y 2018 se suscribieron 145 convenios de servicio policial extraordinario entre la Policía Nacional del Perú y empresas extractivas (minería e hidrocarburos) para proteger intereses corporativos. En 2017 y hasta junio de 2018 se han declarado o prorrogado 20 estados de emergencia por supuestas causas de conflictividad social en el marco de una estrategia represiva para responder a la conflictividad social.

Se asume el tema actual de la criminalización de la protesta y defensa de derechos humanos, sobre todo la legislación que favorece se problema y los convenios entre la Policía Nacional y las empresas extractivas. Aparte de informar sobre la situación actual de los pueblos indígenas en aislamiento, el informe comparte hechos importantes sobre la salud ambiental e intercultural.

·        Pueblos en aislamiento. El cambio de reservas territoriales a reservas indígenas debilita la protección a los pueblos en aislamiento y contacto inicial (PIACI) al perder su intangibilidad, favoreciendo la colonización, el ingreso de agentes extraños a los pueblos y la actividad económica (legal e ilegal).

·        Registro y reconocimiento. No existe una adecuada coordinación para actualizar el registro de pueblos indígenas y comunidades y existe información deficiente. El Decreto Legislativo 1360 atribuye competencia exclusiva al Viceministerio de Interculturalidad para reconocer a los pueblos indígenas lo que resulta restrictivo considerando, que las comunidades campesinas y nativas tienen derecho a que se reconozca su personería jurídica como una de las formas de organización de los pueblos originarios.

·        Participación política. El régimen electoral propicia el abandono de las formas tradicionales de organización porque exige a los pueblos incorporarse a los partidos. Esta asimilación es controversial, debido a que los partidos políticos no son una forma de organización propia de los pueblos indígenas. Además, se debe tomar en cuenta que la estructura de los partidos políticos peruanos se encuentra en una crisis de credibilidad.

·        Censo indígena. El diseño e implementación del Censo poblacional realizado el 2017 tuvo serias deficiencias. Por ello, el Estado debe ser cuidadoso en el uso de la información generada y consultar otras fuentes y estudios para intervenir en territorios indígenas y orientar mejor las políticas públicas.

·        Educación. Una de las principales afectaciones al derecho a la educación bilingüe e intercultural (EIB) es la drástica reducción del presupuesto destinado al Programa de Educación Intercultural Bilingüe en más del 50% para el 2018. Como señaló la Defensoría del Pueblo, esta situación inicia un debilitamiento en la implementación de la política pública educativa para los pueblos indígenas, cuyos avances fueron significativos en años anteriores.

Otro punto importante trata de las mujeres indígenas y sus derechos a la participación política, a la educación, a la salud y al trabajo, igual que la violencia de genero. La comisión pide al gobierno que comunique información sobre las medidas tomadas o contempladas para fomentar el acceso de la mujer indígena a la educación, al mercado de trabajo y a la propiedad de la tierra, así como, su participación en los procesos de consulta.

El informe, también señala que es necesario abordar el derecho a la educación, establecido en el artículo 26 del Convenio 169 de la OIT que contiene la obligación de adoptar medidas para garantizar a los miembros de los pueblos interesados la posibilidad de adquirir una educación a todos los niveles. Otro tema es el de la administración de justicia e interculturalidad, como los derechos lingüísticos y culturales en el Poder Judicial y enfoque intercultural en la labor jurisdiccional.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/806-informe-alternativo-oit-la-criminalizacion-de-la-protesta-afecta-a-los-pueblos-indigenas

Perú

Aprueban Tercera Modificatoria del EIA de Las Bambas

A inicios de octubre, el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE) aprobó la Tercera Modificatoria del Estudio de Impacto Ambiental de Las Bambas, la misma que permitirá a la empresa ampliar ampliar el tajo Ferrobamba y diversos componentes del proyecto minero, tales como los almacenes de concentrados y el depósito de desmonte.

Según se informó, la empresa habría subsanado las 167 observaciones emitidas por el Senace (134), la Autoridad Nacional del Agua (14) y el Ministerio de Agricultura (19). Cabe indicar que, a la luz de los impactos del transporte de carga pesada por la carretera que conecta Las Bambas con la estaciones de Pillones, SENACE pidió a la empresa incluir en el estudio de este tercer MEIA una “Evaluación de Impactos de la ruta de transporte”.

Como se recuerda, el polvo constante, las vibraciones y el ruido ocasionado por el paso de 250 camiones diarios, son algunos de los impactos más mencionados por la población local, a tal punto que la carretera ha sido motivo de los mayores conflictos sociales hasta el momento en este proyecto.

Adicionalmente a ello, CooperAcción y el Frente de Defensa de la provincia de Cotabambas presentaron en abril un conjunto de observaciones que abarcaban aspectos como la ausencia de una línea de base actualizada, la ausencia de estudios a nivel de factibilidad, así como vacíos en el tema de agua. Estas observaciones técnicas fueron entregadas para su consideración por el SENACE.

Cabe recordar que este proyecto ha sido modificado en varias oportunidades, mediante tres MEIA y cinco Informes Técnicos Sustentatorios, lo que ha ido generando impactos que no estuvieron previstos inicialmente para la población local. Debido a esta situación es que desde CooperAcción hemos insistido en la necesidad de una Actualización de EIA que permita integrar en un único instrumento de gestión ambiental este conjunto de modificaciones.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/aprueban-tercera-modificatoria-del-eia-de-las-bambas-boletin-amp-232-octubre-2018/

Perú

Ministro y viceministro de Minas trabajaron para mineras infractoras beneficiadas con reducción de más de S/ 1 millón en multas

En agosto de este año se publicó un decreto supremo que exige a los funcionarios del Ejecutivo, designados en puestos de decisión, que hagan pública su trayectoria a través de declaraciones juradas de intereses. Convoca.pe revisó los documentos presentados por más de 50 altos funcionarios de un sector clave para el Perú: el Ministerio de Energía y Minas, donde se toman decisiones importantes para la aprobación de inversiones privadas millonarias. Tras el análisis de estas declaraciones, nuestro equipo detectó una decena de casos relevantes de puerta giratoria: funcionarios que trabajaron para mineras de gran influencia que incurrieron en graves infracciones ambientales y que ahora deben tomar decisiones como autoridades del sector.

La designación de altos funcionarios públicos en el Ministerio de Energía y Minas (MEM) discurre en medio de un carrusel de intereses principalmente de compañías mineras cuestionadas por infringir normas ambientales. Entre la decena de casos identificados por Convoca.pe destaca el del ministro de Energía y Minas, Francisco Ísmodes Mezzano, quien ha ocupado hasta ocho cargos en compañías privadas, la mayoría del sector minero, y ha permanecido por más de dos décadas en la compañía minera Milpo que cuenta con operaciones en cinco regiones en el Perú. En la actualidad, la empresa tiene trámites en marcha en las oficinas del Ministerio de Energía y Minas para el proyecto minero Orcocobre de la Unidad Minera Cerro Lindo, en Cañete.

Junto al caso del ministro Ísmodes está el de uno de sus más altos funcionarios: el del viceministro de Minas, Luis Miguel Incháustegui Zevallos, quien trabajó en las empresas mineras Lumina Cooper y Gold Field La Cima. Para esta última compañía, el titular de Energía y Minas realizó una consultoría en febrero de 2015, según aparece en su declaración de intereses.

Las mineras Milpo S.A.A., Gold Fields y Lumina Copper, para las cuales trabajaron el ministro Ísmodes y el viceministro Incháustegui por separado, infringieron normas ambientales entre 2008 y 2014, según el registro del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). En total, las tres compañías debían pagar multas por 3 millones 436 mil 213 soles, sin embargo debido a que a mediados de 2014 entró en vigencia el artículo 19 de la Ley 30230 —‘Ley del paquetazo ambiental’—, estas empresas se beneficiaron con una reducción total de 1 millón 230 mil 140 soles en multas.

La empresa Milpo S.A.A., donde laboró el actual titular del ministerio de Energía y Minas, transgredió las normas ambientales en tres ocasiones en 2008, de acuerdo con OEFA. Por esta razón, Milpo S.A.A afrontó un proceso por el cual se le sancionó con el pago de 25 UIT (Unidad Impositiva Tributaria), equivalente a 95 mil 418 soles. Sin embargo, por la aplicación de la referida norma, esta minera se benefició con una reducción del 10% del monto total: 9 mil 690 soles (2.5 UIT) en multas.

En los casos de Gold Fields y Lumina Copper, compañías en las cuales el ahora viceministro de Minas ocupó cargos directivos, se infringieron leyes ambientales entre octubre y diciembre de 2011, de acuerdo con el registro de OEFA.

La empresa Gold Fields enfrentó 13 procesos sancionadores, de los cuales 6 derivaron en multas que, en conjunto, suman un total de 864 mil 312 soles. No obstante, en uno de los siete restantes procesos administrativos a esta empresa se le perdonó la multa acumulada de al menos 264 UIT, al aplicarse la Ley 30230. Es decir, se favoreció con una reducción total de multas por 1 millón 3 mil 200 soles.

En cambio, Lumina Copper tuvo un proceso sancionador por 13 infracciones, de las cuales se determinó la responsabilidad en 3 de estas. Al encontrarse vigente ‘Ley del paquetazo ambiental’, a la minera no se le pudo imponer el pago de 55 UIT (217 mil 250 soles).

Estos beneficios a favor de las empresas se consumó en medio de irregularidades, puertas giratorias y conflictos de interés durante el gobierno de Ollanta Humala, tal como Convoca.pe lo documentó en su momento.

 

La iniciativa se elaboró a puertas cerradas y con celeridad en el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), dirigido por el entonces ministro Luis Miguel Castilla Rubio. En sólo 48 horas, entre el 10 y 12 de junio de 2014, se revisó y aprobó el proyecto en siete oficinas de este ministerio para después ser presentado ante el Congreso de la República. Al borde del cierre de la legislatura, el documento ingresó al Parlamento el 18 de junio de ese año y se aprobó el 27, nueve días después, en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera. La Comisión Permanente del Legislativo, integrada en esa votación por 21 congresistas, aprobó la norma el 3 de julio de 2014. Solo votaron en contra los parlamentarios Rosa Mavila, Yonhy Lescano y Alberto Beingolea. La bancada fujimorista se abstuvo de votar. La ley se promulgó el 12 de julio siguiente, pero las presiones del sector privado se habían iniciado varios meses atrás.

El artículo 19 de la Ley 30230 permitió que los procesos evaluados en la Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicación de Incentivos (DFSAI), la primera instancia de OEFA, no terminen en multas para las empresas durante los siguientes tres años y que a cambio se establezcan medidas correctivas. En el caso de los procesos que estaban en manos del Tribunal, la segunda instancia, las multas disminuyeron en 50%. La referida ley, que empezó a aplicarse en la quincena de julio de 2014, suspendió el incremento de multas escalonadas que OEFA iba empezar a aplicar desde inicios de ese año.

Las empresas mineras más sancionadas y reincidentes se beneficiaron con el congelamiento de multas impuestas por incurrir en reiteradas infracciones ambientales. De acuerdo con el análisis realizado por nuestro equipo, en ocho meses el Estado dejó de cobrar por encima de 50 millones de soles a compañías del sector minero e hidrocarburos. Entre ellas figuran las empresas para las que trabajaron en aquellos días el actual ministro Ísmodes y su viceministro de Minas. Hoy al otro lado del mostrador: en el Estado.

El ministro y las corporaciones

En abril de 2018, cuando fue designado por el presidente Martín Vizcarra como ministro de Energía y Minas, Francisco Ísmodes ya contaba con una amplia trayectoria en el sector minero privado: en la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía había sido gerente del sector minero, entre setiembre de 2013 y enero de 2014; y había trabajado como consultor para las empresas mineras Goldfields La Cima, Río Tinto, Minsur y Antamina. Sumado a ello, hasta antes de asumir la cartera, se desempeñó como director de la minera Sierra Antapite, Electrosur, y gerente de la consultora Gestión Sostenible Perú.

Sin embargo, su estancia por 22 años en la compañía minera Milpo es lo que más resalta de su hoja de vida: laboró allí entre mayo de 1991 y agosto de 2013. Desempeñó en esta empresa los cargos de subgerente legal (1991-1999), gerente corporativo legal (1999-2005), gerente de asuntos corporativos (2005-2013), gerente general interino (2010-2011) y gerente general adjunto (2012-2013).

Entre 2008 y 2013, tiempo en el que Ísmodes fungía el cargo de gerente de asuntos corporativos, el OEFA abrió diez expedientes sancionadores a la minera Milpo. Nueve de ellos derivaron en una sanción económica contra la compañía: sumadas en conjunto, el monto total al que ascendió la multa fue de 1 millón 341 mil 761 soles.

Entre estas infracciones cometidas, figuraba la falta más reiterada en el sector: el exceso de límites máximos permitidos legalmente de agentes tóxicos, lo cual termina impactando el medio ambiente.

Precisamente, según la Resolución 067-2013-OEFA/TFA, de marzo de 2013, el órgano de fiscalización ambiental impuso una multa de 102 UIT (377 mil 400 soles) a la minera Milpo. En ese tiempo, Ísmodes Mezzano también se desempeñaba como gerente general adjunto de la compañía. La respectiva supervisión realizada en la unidad ambiental Milpo N° 1, ubicada en el distrito de Yanacancha (Pasco), determinó que los puntos efluentes del complejo minero, que desembocaban en el río Huallaga, reportaban niveles de zinc superiores a los permitidos. El pago por esta infracción representó el 28% del total que la minera pagó por sanciones ambientales.

 

DOC

Resolución que impone una multa de 102 UIT a la minera Milpo. Francisco Ísmodes trabajaba como gerente general adjunto de la compañía.

 

En otra de las sanciones que se le impuso a Milpo, la empresa se vio beneficiada por la aplicación del artículo 19 de la Ley 30230. Pagó 9 mil 690 soles menos, esto es, un 10% menos que la suma original que debía haber pagado. En la Resolución N° 025-2014-OEFA/TFA-SEP1, la minera recibió una reducción de la multa que le correspondía por cometer tres infracciones debido al incumplimiento en lo estipulado en el Estudio de Impacto Ambiental de la Planta Desaladora Cerro Lindo, en Ica. En un primer momento, OEFA pedía que se le impusiera como monto a pagar el de 25 UIT (95 mil 418 soles), pero luego de que la minera apelase el fallo, se le redujo a 22 UIT (85 mil 728 soles).

 

doc

La compañía minera Milpo se vio beneficiada por la aplicación del artículo 19 de la Ley 30230. Imagen de la Resolución N° 25-2014-020.

 

Consultado al respecto por Convoca.pe, el ministro Francisco Ísmodes sostuvo que el trabajo que cumplió en la minera estuvo ligado a las relaciones con las comunidades y el desarrollo sostenible en las zonas donde operaba la compañía.

«Las labores que realicé en Milpo siempre fueron promover buenas relaciones con las comunidades y proyectos de desarrollo sostenible”, respondió por correo electrónico.

Y tras negar la posibilidad de un posible conflicto de interés por su trayectoria en el sector minero privado, apuntó: “La honestidad y ética con las que me he desempeñado toda mi vida, continuarán en el sector público”.

 

Millonaria condonación

En relación a Gold Fields La Cima S.A., donde laboró el viceministro Luis Miguel Inchaústegui durante diez años, esta minera se salvó de una gran multa por la aplicación de la llamada ‘Ley del paquetazo ambiental’. En Cajamarca, del 24 al 28 de octubre de 2011, OEFA realizó la supervisión regular de la unidad minera Cerro Corona, dónde se detectó 13 infracciones tipificadas con diferentes multas.

El proceso sancionador se resolvió en 2014, cuando Incháustegui ejercía el cargo de vicepresidente de asuntos corporativos y desarrollo sostenible, función que desempeñó entre abril de 2012 y setiembre de 2017.

La primera vez que estuvo en Gold Fields La Cima S.A., llevó las riendas de la Gerencia Legal y Relaciones Institucionales, entre noviembre de 2004 y enero de 2009.

Gold Fields La Cima S.A. fue inscrita  en la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) en diciembre de 2003, su actividad es la extracción de minerales entre ellos el concentrado de cobre que contienen partículas de oro. Cerro Corona en Cajamarca es su principal proyecto de extracción a tajo abierto cuya producción se descarga  a unos 380 kilómetros en el puerto de Salaverry, en La Libertad, y es enviado en barcos de carga a fundiciones de Asia y Europa.

 

Según la Resolución Directoral N° 654-2014-OEFA/DFSAI, las multas van desde el incumplimiento de supervisión como separar cilindros de aceites usados de los cilindros nuevos con multas de 2 UIT, pasando por el lavado de camiones en terrenos sin impermeabilización, que equivalen unas 50 UIT, hasta la más grave que es implementar un almacén temporal de chatarra de mantenimiento mecánicos y residuos sólidos industriales que tendrán una eventual sanción de 50 a 100 UIT.

Sin embargo, el 3 de noviembre de 2014, cuando Luis Miguel Incháustegui ocupaba la vicepresidencia de asuntos corporativos y desarrollo sostenible de Gold Fields La Cima S.A., el OEFA dispuso la suspensión del proceso sancionador. Es decir, se condonó el pago de la multa de al menos 264 UIT (1 millón 3 mil 200 soles) por las 13 infracciones debido a que en ese entonces estaba vigente la Ley 30230.

 

Directivo en periodo de infracciones

En la base de datos de OEFA sobre empresas infractoras, Convoca.pe también halló unos 13 procedimientos sancionadores contra Gold Fields La Cima S.A. iniciados cuando Luis Miguel Incháustegui ocupaba puestos directivos en la compañía minera.

De estos procesos, hay dos expedientes con infracciones ambientales denunciadas por OEFA cuando Incháustegui Zevallos se desempeñaba como gerente legal y de relaciones institucionales en la minera, funciones que cumplió entre enero de 2004 y diciembre de 2009.

En ese periodo, en Cajamarca, durante una labor de supervisión realizada del 22 al 24 de julio de 2006 se encontró en las instalaciones de la Sociedad Minera Corona —perteneciente a Gold Fields— filtraciones de la relavera “La Jalca”, que discurrían en río Tingo contaminándolo. El OEFA sancionó este hecho con 10 UIT (38 mil soles).

Cuatro años después, dos efluentes de las relaveras antiguas N° 1 y 2 volvieron a lanzar sus descargas al río Tingo. En este caso, el Tribunal Sancionador de la OEFA sancionó con una multa de 50 UIT (180 mil soles), pero al final se terminó desestimando esta última y la multa solo quedó en 10 UIT. La multa se hizo efectiva en 2014, cuando Incháustegui Zevallos ejercía la vicepresidencia de Asuntos Corporativos y Desarrollo Sostenible de Gold Field La Cima S.A.C.

Asimismo, del 25 al 30 de mayo de 2008, OEFA realizó una supervisión sobre el monitoreo ambiental de efluentes mineros en Cerro Corona, en Cajamarca.

Según la Resolución N° 280 del Tribunal de Sanciones, la empresa descargó efluentes de la poza de sedimentación en la Quebrada Corona y en la Quebrada Meza de Plata que acumulan una multa de 100 UIT (365 mil soles). Cuando esta sanción se ratificó en segunda instancia en 2012, el ahora viceministro era vicepresidente de Asuntos Corporativos y Desarrollo Sostenible.

Voceros de Gold Fields La Cima S.A.C confirmaron que el último vicepresidente de asuntos corporativos y desarrollo sostenible fue el actual viceministro Incháustegui hace un año. Se indicó que sus funciones estaban circunscritas a la creación de proyectos sociales y que a pesar de su cargo directivo «no tenía potestad ejecutiva». No precisaron si su puesto tenía relación con temas ambientales.

Más sanciones

El viceministro Incháustegui  también trabajó para  la minera Lumina Copper S.A.C., entre enero de 2009 y marzo de 2012, donde desempeñó el cargo de vicepresidente de Asuntos de Gobierno y adjunto a la Gerencia General antes de ingresar al sector público en el Ministerio de Energía y Minas, hace unos meses.

Esta empresa también registra sanciones impuestas por OEFA. La infracción se sustenta en una supervisión efectuada del 28 al 29 de diciembre de 2011, cuando se detectó 13 irregularidades en el funcionamiento y extracción de minerales en el proyecto El Galeno de Cajamarca. De estas infracciones imputadas, diez fueron archivadas y solo en tres casos se estableció responsabilidades. Pero, al estar en vigencia la ‘Ley del paquetazo ambiental’, a la compañíano se le pudo imponer la multa de 55 UIT (217 mil 250 soles).

Entre las 13 infracciones referidas destacan las faltas medioambientales como la de no acreditar el registro y resultados de monitoreos como calidad de agua o revegetación, que podrían ser sancionados con el pago de hasta 150 UIT: o no impermeabilizar la base ni las paredes de la operación del relleno sanitario, que sería multado con un monto entre 51 a 100 UIT.

En respuesta a Convoca.pe sobre estas situaciones, el viceministro Luis Miguel Incháustegui aseguró que no ha tomado decisiones sobre el cumplimiento de las normas ambientales de la empresa Gold Fields La Cima S.A. y Lumina Copper S.A.C. Sin embargo, añadió que sí tenía conocimiento de la política de estas empresas en temas ambientales y de las decisiones que se acordaban (por parte del gerente de Medio Ambiente y gerente general) debido a que era parte del Comité Ejecutivo de la compañías.

«Mi labor siempre la he desempeñado en estricto cumplimiento del marco legal vigente y las normas éticas que rigen mi conducta», señaló al responder sobre un potencial conflicto de interés.

 

Otros casos

En febrero de 2017, durante el gobierno del entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski,  Óscar Rodríguez fue designado como director general de minería del Ministerio de Energía y Minas (Minem). Rodríguez se había desempeñado anteriormente en la institución como asesor (1993-1994), director de fiscalización minera (2004-2006) y luego lo hizo como director general de asuntos ambientales mineros (2006-2007).

Entre 2007 y 2009 su función fue la de director general de minería, y era el “responsable de la gestión administrativa de dichas direcciones y de los procedimientos a cargo como las autorizaciones para el desarrollo de la actividad minera, la promoción de la actividad minera y las certificaciones ambientales correspondientes”, según declara en su hoja de vida.

Su experiencia laboral incluye su paso por la compañía minera Raura, Cosapi, y las consultoras Klohn Crippen y SVS Ingenieros. Según se muestra en su declaración de intereses, de julio de 1999 a setiembre de 2000 trabajó en esta última empresa, a la cual retornó en 2009. No obstante, la compañía referida contaba con otra denominación, SRK Consulting Perú. Laboró allí hasta febrero de 2018.
Esta consultora ha realizado trabajos para las mineras Volcan, Sociedad Minera Corona y Ares, tres de las más sancionadas según el análisis realizado por Convoca.pe.

Convoca.pe trató de contactarse con el director general de minería, pero al cierre de esta nota no fue posible encontrarlo.

Intereses en La Granja

Una situación similar se presenta con el economista Ricardo Labó Fossa, exviceministro de Minas (2017-2018) durante el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski. Laboró trabajó entre 2006 y 2014 para la empresa minera Río Tinto, compañía de capitales ingleses y australianos que opera el proyecto minero La Granja en Cajamarca. Además de su designación como viceministro, en enero de 2018 fue nombrado presidente del directorio de Activos Mineros. La compañía estatal, entre sus actividades, también tiene a cargo la supervisión de la ampliación del proyecto La Granja, el mismo para el que antes laboró.

A comienzos de este año, como doble funcionario público también participó en una operación que favoreció de manera directa a la compañía minera Chinalco, a cargo del proyecto Toromocho, al transferir la propiedad de un terreno público de 34 hectáreas de la Municipalidad de Morococha a esta empresa extractiva. La comunidad de este distrito ya ha interpuesto una demanda de amparo con la finalidad de anular la venta del terreno sobre el que aún habitan más de 60 familias.

Convoca.pe trató de contactarse vía telefónica con el exviceministro. Al cierre de esta nota no fue posible encontrarlo.

 

Captura del Estado

En agosto de este año se publicó un decreto supremo que exige a los funcionarios del Ejecutivo que asumen puestos de decisión que transparenten su trayectoria a través de declaraciones juradas de intereses. Samuel Rotta Castilla, director adjunto de Proética, advierte que para evitar mejor los “conflictos de interés” debe extenderse este mecanismo y adoptarse otros nuevos -como lineamientos, consultas a superiores o inhibiciones- en todos los poderes y niveles del Estado.

“Si el Estado necesita expertos en temas técnicos, ¿de dónde los saca? Los tiene que sacar del sector privado, no hay otra [alternativa], y tendría que aplicar políticas de control sobre los conflictos de interés muy estricta y que se cumplan”, señala.

No es fácil lograrlo en todo el aparato estatal. Por ejemplo, la comisión de Constitución del Congreso retiró del proyecto de bicameralidad la obligación de que los parlamentarios declararán de manera pública sus intereses y su patrimonio. En este sentido, la transparencia está muy limitada “porque el riesgo de la captura regulatoria pasa fuertemente por el Congreso de la República en buena medida”, explica Rotta.

 

Fuente:http://convoca.pe/investigacion/ministro-y-viceministro-de-minas-trabajaron-para-mineras-infractoras-beneficiadas-con?fbclid=IwAR1s6R0m_w5NYANWyPX_FNqy8QdO62Q_8t2J_pmfq44vuatOwbzZn2mZHyA

 

Perú

¿Qué ha sucedido en el Perú tras 15 años de expansión minera?

No ha crecido el empleo, la minería nos ha colocado en una situación vulnerable, afirmó el especialista Juan Aste en el Congreso. Presentó el Balance 15 años de minería en el Perú, en el marco del aniversario por la creación de la RED MUQUI. Se conversó, también, sobre el desafío de construir propuestas desde y para las comunidades y poblaciones afectadas por la minería.

El informe fue elaborado por el ingeniero economista Juan Aste con insumos de la Red Muqui. En el documento se explica como la minería en el Perú se ha considerado como sector eje desde los años cincuenta del siglo XX por lado de los gobiernos. Hoy en día la economía peruana se está concentrando aún más en el sector extractivo. Consecuencias de este proceso son, por ejemplo, el crecimiento del sector informal y la economía ilegal, incrementando la violencia y la inseguridad, igualmente se van fortaleciendo los espacios de la corrupción en todos los niveles.

El especialista, Juan Aste hizo mencionó en la conferencia que durante el gobierno de Alan Garcia crea toda la institucionalidad ambiental para permitir concesiones, durante el gobierno de Ollanta, se criminaliza la protesta y estallan una serie de conflictos. “Pedro Pablo Kuczynski ha hecho una cosa gravísima, solo hay que ver bajo qué condiciones gana la licitación Southern, se permite mediante el nuevo reglamento, realizar exploración en áreas protegidas a 50 metros de una laguna” agregó.

En el Balance, también, se hace mención a la política de los gobiernos pasados, comenzando desde el 2001 que gobernó Toledo, hasta el actual de Vizcarra, reafirma una política económica neoliberal del llamado Consenso de Washington. Entre las medidas principales de aquella política figuran garantizar las libertades financieras y comerciales, promover la apertura a la inversión extranjera, desregular el mercado. El fracaso de esta política se ve en el caso de Argentina del 2001. Las consecuencias graves en el Perú son la consolidación de capital extranjero como inversiones en las industrias extractivas, acentuando la desindustrialización del país, el centralismo y las economías informales e ilegales. No se han establecido medidas suficientes ni hacia la equidad, la conservación y protección ambiental, ni hacia una diversificación de la producción desde las regiones a fin de generar más empleo e ingresos.

Por su parte, Aste, enfatizó que reforzar a la minería como eje del modelo económico en el Perú no solo significa mayor dependencia sino vulnerabilidad respecto a los problemas de la economía internacional. Eso se refleja en la crisis financiera y económica profunda en del 2007 y en una desaceleración de la economía mundial para 2010-2018.

Cabe mencionar, que la minería en el Perú tiene presencia transnacional desde inicios del siglo XX con la Cerro Corporation de EEUU. Llegaron después otros capitales como de Australia, Canadá, Suiza y China. Entre el 2010 y el 2016 la inversión china, principalmente estatal, destinada a América Latina creció 260%, pasando de 31,720 a 113,662 millones de dólares, siendo Brasil, Perú y Argentina los principales receptores.

Por su parte, el secretario ejecutivo de Red Muqui, Javier Jahncke, comentó que dicha organización ha trabajado durante 15 años para que se escuche a las comunidades, el modelo de vida que ellas consideran adecuado para su desarrollo. Agregó que la Red es una organización de 29 instituciones que acompaña procesos significativos de comunidades como el caso emblemático de La Oroya fomentando la participación y propuestas de políticas públicas de las comunidades.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/804-que-ha-sucedido-en-el-peru-tras-15-anos-de-expansion-minera

Perú

¿El Estado peruano cumple los derechos de los pueblos originarios?

Presentación del Informe alternativo de seguimiento al Convenio sobre Pueblos Indígenas 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)

El Informe alternativo de seguimiento al Convenio sobre Pueblos Indígenas N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) explica la situación actual de los pueblos indígenas en el Perú y el nivel de cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Convenio 169 por el Estado peruano.

El informe se presentó a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones de la OIT (CEACR) ante la obligación del Estado peruano de entregar este año la memoria regular sobre la implementación del Convenio 169 en el país.

El informe es elaborado por el Grupo de Trabajo de Pueblos Indígenas de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos y se presenta junto a las organizaciones indígenas que reúne el Pacto de Unidad de Organizaciones Indígenas, la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (Aidesep) y la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP).

Aspectos relevantes

Deficiente censo indígena. El diseño e implementación del censo poblacional realizado el 2017 tuvo serias deficiencias. Por esta razón, el Estado debe ser cuidadoso en el uso de la información generada y consultar otras fuentes y estudios para intervenir en territorios indígenas y orientar mejor las políticas públicas.

Salud. Existen nuevas causas de enfermedad y muerte vinculadas a la contaminación de ríos y fuentes de agua en la Amazonía. Muchas personas indígenas afectadas en su salud por metales tóxicos no cuentan con establecimientos médicos cercanos, especializados o abastecidos de medicamentos, insumos y equipamiento para una atención adecuada. Los pasivos ambientales de antiguas y actuales operaciones mineras e hidrocarburíferas son fuente central de contaminación para la salud.

El Estado ha reconocido el derecho al agua limpia y potable como derecho constitucional; pero, no ha realizado acciones concretas que garanticen agua de calidad para las comunidades afectadas por metales tóxicos ni ha priorizado su utilización.

Entre los principales casos está Chiriaco, donde el 2016 se produjo la fuga de tres mil barriles de petróleo afectando a niños y niñas negligentemente contratados para labores de limpieza. Luego, se identificó a 243 personas expuestas a petróleo sin protección. Otro caso es Cuninico, en donde el 2014 hubo un derrame de casi tres mil barriles de petróleo. El caso emblemático refiere a las cuatro cuencas de los ríos Pastaza, Marañón, Tigre y Corrientes expuestas a sustancias tóxicas producto de derrames por más de 40 años de explotación.

De otro lado, la implementación del Plan Sectorial de Salud Intercultural es lenta y poco efectiva. Las organizaciones indígenas no perciben voluntad política para implementarlo.

Educación. Una de las principales afectaciones al derecho a la educación bilingüe e intercultural (EIB) es la drástica reducción del presupuesto destinado al Programa de Educación Intercultural Bilingüe en más del 50% para el 2018. Como señaló la Defensoría del Pueblo, esta situación inicia un debilitamiento en la implementación de la política pública educativa para los pueblos indígenas, cuyos avances fueron significativos en años anteriores.

Debilitamiento de derechos territoriales. Desde el 2013 se han aprobado normas para promover las inversiones que debilitan la protección de los derechos indígenas, como la Ley 30230, el Decreto Supremo 001-2015-EM, la Ley 30327, los decretos legislativos 1192, 1210 y 1333, Ley 30723 entre otras que afectan derechos territoriales de los pueblos indígenas.

Pueblos en aislamiento. El cambio de reservas territoriales a reservas indígenas debilita la protección a los pueblos en aislamiento y contacto inicial (PIACI) al perder su intangibilidad, favoreciendo la colonización, el ingreso de agentes extraños a los pueblos y la actividad económica (legal e ilegal).

Criminalización. Bajo el supuesto de lucha contra la criminalidad organizada, se han efectuados cambios en la ley penal y procesal penal que vulneran derechos fundamentales como la libertad personal, integridad personal y libertad de expresión. Es el caso de los decretos legislativos 1244, 1245, 1267, 1298, 1307 y la Ley 30558 que criminalizan la protesta social.

Entre 1995 y 2018 se suscribieron 145 convenios de servicio policial extraordinario entre la Policía Nacional del Perú y empresas extractivas (minería e hidrocarburos) para proteger intereses corporativos.

En 2017 y hasta junio de 2018 se han declarado o prorrogado 20 estados de emergencia por supuestas causas de conflictividad social en el marco de una estrategia represiva para responder a la conflictividad social, en vez de elegir mecanismos de diálogo.

Registro y reconocimiento. No existe una adecuada coordinación para actualizar el registro de pueblos indígenas y comunidades y existe información deficiente. El Decreto Legislativo 1360 atribuye competencia exclusiva al Viceministerio de Interculturalidad para reconocer a los pueblos indígenas lo que resulta restrictivo considerando, que las comunidades campesinas y nativas tienen derecho a que se reconozca su personería jurídica como una de las formas de organización de los pueblos originarios.

Consulta previa. Después de siete años de vigencia de la Ley 29785 (Ley de Consulta Previa) han quedado fuera del ámbito de consulta decisiones relevantes como las regulaciones sobre normas que afectan derechos de pueblos indígenas: propiedad y posesión de la tierra, programas de saneamiento físico legal. También han quedado fuera programas sociales que, desde una lógica asistencialista, se brindan a comunidades campesinas y nativas. Persiste la asimetría de información y conocimiento entre pueblos indígenas y el Estado. Además, es casi nula la implementación de los acuerdos adoptados en los procesos de consulta.

Institucionalidad. La actual gestión insiste en fortalecer el Grupo de Trabajo de Políticas Indígenas (GTPI) sin replantear su diseño institucional a pesar de sus serias limitaciones para propiciar cambios estructurales y propuestas de políticas públicas para los pueblos indígenas.

Justicia. Aun no se ha promulgado la ley sobre coordinación de justicia intercultural. En el 2016 se presentó un proyecto de ley, pero el Congreso aún no debate la propuesta legislativa.

Participación política. El régimen electoral propicia el abandono de las formas tradicionales de organización porque exige a los pueblos incorporarse a los partidos. Esta asimilación es controversial, debido a que los partidos políticos no son una forma de organización propia de los pueblos indígenas. Además, se debe tomar en cuenta que la estructura de los partidos políticos peruanos se encuentra en una crisis de credibilidad.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/el-estado-peruano-cumple-los-derechos-de-los-pueblos-originarios/

Perú

​Suspenden labores escolares en valle de Tambo por paro contra Quellaveco

Debido al paro de 48 horas que empezará este martes en el valle de Tambo contra el proyecto minero Quellaveco, la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) Islay suspendió las labores escolares.

Con el fin de salvaguardar la integridad de física de los escolares las labores se suspenderán en los distritos de Mejía, Deán Valdivia, Cocachacra y Punta de Bombón.

El director de la Ugel, Juan Luque Chipana informó que está en riesgo la Evaluación Censal de Estudiantes (ECE)-2018 a cargo del INEI programada para este 23 de octubre en los colegios de nivel secundario de todo el valle de Tambo.

Los directores deben reprogramar las fechas para recuperar las labores peridodas.

Los integrantes de las tres juntas de usuarios temen quedarse sin agua, porque el proyecto minero hará uso del líquido de la cuenca de Tambo.

Fuente:https://diariocorreo.pe/edicion/arequipa/suspenden-labores-escolares-en-valle-de-tambo-por-paro-contra-quellaveco-849336/

Perú

A propósito del proyecto de ley de Canon Comunal

En medio del debate sobre la reforma política y el sistema de justicia, el referéndum y las elecciones municipales y regionales, no se debe perder de vista que la elaboración de nuevas leyes ha continuado en el Congreso. En anteriores ediciones hemos abordado el tema de la ley de hidrocarburos, varios iniciativas vinculadas a temas ambientales, entre otras.

Otra iniciativa que no debe pasar desapercibida es el proyecto de Ley 1994/2017-CR que propone la creación del “Canon Comunal”, que ya ha pasado por la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, como primera comisión dictaminadora y posteriormente por la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado. El proyecto de Ley fue presentado el 12 de octubre de 2017 por el congresista Jorge Del Castillo y fue respaldado por el conjunto de la bancada aprista. Como se recuerda, la propuesta de canon comunal fue uno de los temas que planteó el candidato aprista en la pasada campaña  electoral del año 2016.

La hipótesis que está detrás de la propuesta

En la página 11 del dictamen de la Comisión de Descentralización se expone parte del argumento central de la propuesta: “son los gobiernos locales quienes reciben mayores recursos por canon, sin embargo, las poblaciones directamente impactadas por la ejecución de la actividad económica, no reciben -en su mayoría- una mejora sustantiva en su calidad de vida, lo cual se evidencia por los constantes reclamos que efectúan”.

Siguiendo el hilo conductor del argumento, todo indica que la hipótesis que está detrás de la propuesta de canon comunal es que si las poblaciones ven que el dinero va a llegar de manera directa a las propias comunidades, el rechazo y las resistencias a los proyectos extractivos, mineros o de hidrocarburos, disminuirán.

Sin embargo, la realidad es bastante más compleja. Si se revisa la propia evolución de los conflictos sociales en la base de datos de la Defensoría del Pueblo, se puede apreciar con claridad que el número de conflictos, sobre todo en zonas de influencia de actividades extractivas, se disparó precisamente en los años del súper ciclo de precios, período en el que las transferencias de dinero a las regiones (vía canon, regalías, aporte voluntario y otros), aumentaron considerablemente.

Lo cierto es que los conflictos vinculados a actividades extractivas y las causas que los originan, son multidimensionales (económicos, sociales, culturales y ambientales). Por lo tanto, no es cierto que una transferencia de dinero a las comunidades vaya a asegurar necesariamente que el rechazo a los proyectos y los conflictos sociales disminuyan. Esta es una realidad que no solamente se da en el Perú.

Ahora bien, ¿en qué consiste la propuesta del proyecto de Ley que crea el canon comunal? El núcleo de la propuesta gira alrededor del Artículo 6 de la Ley de Canon y tiene que ver con su utilización. La modificación plantea que los gobiernos locales “entregarán el treinta por ciento (30%) del total del canon que les fuera transferido a las comunidades donde se explota el recurso natural. Además, se precisa que la aplicación de tales recursos “tiene por finalidad la inversión productiva para el desarrollo sostenible y el mejoramiento de infraestructura de uso público. La entrega de recursos se realiza a través de un fondo concursable y se ejecutará bajo la modalidad de núcleo ejecutor de acuerdo a la normativa vigente”.

Cabe señalar que la propuesta ha recibido observaciones de varios ministerios. Por ejemplo, el Ministerio de  Economía y Finanzas (MEF), señala la ausencia de un análisis costo-beneficio; además que “la iniciativa legislativa no ha incorporado la determinación de la Entidad que será responsable de controlar y supervisar la ejecución de los recursos que serán transferidos”. Por otro lado, la Dirección  General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del propio MEF señala que “la propuesta constituye una medida poco eficiente porque atomiza la inversión y puede inmovilizar recursos escasos cuando estos son poco significativos”. Así también, señala que “esta propuesta resulta inviable en razón que las comunidades no constituyen unidades ejecutoras del Sector Público”.

Para el Ministerio de la Producción, el proyecto de Ley resulta improcedente mientras que para el Ministerio de Agricultura y Riego “es viable sin observaciones”. Finalmente, el Ministerio de Cultura (MINCUL) alude al tema de los núcleos ejecutores y su conformación y recomienda que “el proyecto de Ley contemple el concepto de intangibilidad destinado a que los recursos provenientes de canon distribuidos a las municipalidades de las zonas de extracción y que no puedan ser ejecutados en el año donde fueron programados, no pueden reprogramarse en otra actividad distinta a la de su criterio de distribución“. El MINCUL también indica que es la entidad que se encuentra a cargo de la administración de la Base de Datos Oficial sobre Pueblos Indígenas.

Otras consideraciones de fondo

Como ha sido mencionado, el proyecto de Ley plantea que los gobiernos locales de las zonas donde se explota el recurso natural transferirán el 3% del total percibido por canon a las comunidades bajo la modalidad de Núcleos Ejecutores.

¿Cuál es la definición de Núcleo Ejecutor? Es aquella institución u organismo representativo de la sociedad organizada, reconocido legalmente, que recibe financiamiento del Estado por mandato legal, a través de los diversos niveles de gobierno. Los Núcleos Ejecutores están conformados por no menos de cien (100) personas que habitan en una determinada localidad rural o urbana y que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza. Así tenemos: comunidades campesinas y nativas; asentamientos humanos rurales y urbanos; rondas campesinas; comités de autodefensa y de gestión local; organizaciones de licenciados de las FFAA y policiales; otros. Sus representantes se estructuran de la siguiente manera: presidente; secretario; tesorero; veedor.

Existen diferentes experiencias de Núcleos Ejecutores y cabe preguntarse para este caso la pertinencia de los mismos y qué mecanismos de seguimiento se deberían dar, formas de organización, control y fiscalización. No hay que dejar de mencionar que en el texto sustitutorio del proyecto de Ley propuesto en la Comisión de Descentralización se plantea que “En el caso de los recurso entregados conforme al numeral 6.3 de la presente Ley, tanto las municipalidades como los núcleos ejecutores, son responsables civil y penalmente por la correcta utilización de los fondos asignados”.

Si bien nadie puede estar en desacuerdo con que las comunidades directamente impactadas por la ejecución de proyectos extractivos sean priorizadas y reciban los beneficios de la renta que se genera por proyectos de inversión (mineros, de hidrocarburos u otros), no se puede dejar de lado las condiciones adecuadas que se deben generar previamente para que esto ocurra y el objetivo propuesto se cumpla.

La experiencia de casi una década de transferencias importantes de recursos a las regiones -sobre todo en el período del súper ciclo de precios de los minerales-, ha mostrado situaciones diversas a nivel nacional y, en términos  generales, se plantea la necesidad de seguir construyendo una verdadera institucionalidad democrática que funcione de manera eficiente, con mecanismos de transparencia, de rendición de cuentas, experiencias validadas de control y fiscalización y por supuesto de ejecución óptima.

Sin plantearse claramente objetivos que apunten a fortalecer nuestras instituciones, se puede estar optando por el camino fácil de despertar expectativas en las poblaciones de transferencias de recursos económicos, atomizando recursos, sin que estén acompañados de procesos de fortalecimiento de sus propias institucionalidades. Lamentablemente, sobre este tema, el proyecto de Ley dice muy poco, por no decir casi nada.

Por otro lado, si el objetivo del proyecto de Ley es que con el canon comunal las poblaciones van a ver llegar los beneficios económicos y de esa manera se generará aceptación o licencia social para los proyectos de inversión -principalmente para los extractivos-, es fácil comprobar que ésta no es una ecuación tan sencilla. Hemos subrayado que la propuesta no considera que las resistencias a los proyectos de inversión son multidimensionales y el Perú es un buen ejemplo de ello.

Otro tema que no considera la propuesta es el de las brechas que se han generado en el país, sobre todo en las épocas de importantes transferencias. Brechas entre regiones productoras que se benefician del canon y las que no lo son, y por lo tanto no reciben ni un sol; brechas entre las poblaciones de influencia directa y las de influencia indirecta, etc. Una propuesta como la del canon comunal puede terminar ahondando estas brechas al ser un instrumento adicional que concentraría aún más la transferencia de recursos en las poblaciones de influencia directa, en desmedro, por ejemplo, de las de influencia indirecta y otras que también son afectadas.

El proyecto del “Canon Comunal” opta por la vía exclusiva y facilista de priorizar el tema del uso de los recursos del canon, sin tener en cuenta las diferentes aristas y sobre todo la experiencia previa, tanto en épocas de abundantes transferencias como en la de las “vacas flacas”. Por supuesto, sin perder de vista los intereses de las comunidades, es necesario abordar el tema del canon en su integralidad y sobre todo tomando en cuenta las implicancias que propuestas de este tipo puede tener en los propios territorios donde se desarrollan los proyectos de inversión que provocan múltiples impactos.

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/a-proposito-del-proyecto-de-ley-de-canon-comunal/