Mexico

Piden reforma para obligar a consultar a pueblos indígenas sobre proyectos mineros

«La diputada del PRD, Hilda Miranda, indicó que tan solo en nueve meses las autoridades concedieron 558 nuevos títulos de concesión a particulares en 1.1 millones de hectáreas, y se desconoce si para ello se consultó a los propietarios de tierras afectadas.»

La bancada del Partido de la Revolución Democrática (PRD) en la Cámara de Diputados, propuso reformas a la Ley Minera, a fin de establecer que los pueblos y comunidades indígenas deben ser consultados al momento de autorizar o negar la realización de proyecto mineros en sus territorios.

La diputada Hilda Miranda indicó que, de acuerdo al Registro Público de Minería, tan solo en nueve meses, de septiembre de 2015 a junio de 2016, las autoridades concedieron 558 nuevos títulos de concesión a particulares en 1.1 millones de hectáreas, y se desconoce si para ello se consultó a los propietarios de tierras afectadas. 

Miranda Miranda enfatizó que la autorización para explotar minas en México va en aumento, pero las comunidades donde se realizará ese tipo de actividad no han sido consultadas, lo que ha generado conflictos entre los pobladores y los concesionarios.

Refirió que México reporta 34 conflictos de tipo minero, tan solo detrás de Chile y Perú que tienen 35 cada uno.

Afirmó que México está adscrito al Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que prevé la consulta a pueblos indígenas sobre proyectos de desarrollo que los puedan afectar, pero esa norma no se cumple.

Añadió que en la entrega de concesiones mineras participan en gran medida empresas trasnacionales, es decir, que el beneficio de la explotación en esa rama es para inversionistas extranjeros.

A ello se suma el alto grado de contaminación que genera esa industria extractiva y de explotación, ya que se tiene conocimiento de que existen en México al menos 635 sitios contaminados por el mal manejo de residuos generados por actividad minera, conforme al Sistema de Sitios Contaminados de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

Por ello, solicitó aprobar la reforma que instruye a la Secretaría de Economía (SE) a dar información fidedigna, suficiente, oportuna y objetiva a las comunidades indígenas, sobre las ventajas y desventajas del desarrollo de proyectos mineros, a fin de que emitan opinión.

Propuso que el Ejecutivo Federal no podrá dar concesiones sobre tierras o territorios indígenas sin que los habitantes no lo autoricen.

Planteó que la consulta y sus resultados se anularán, si los concesionarios influyeron de manera dolosa e irregular u ofrecieron pagos o entrega de recursos económicos, en las poblaciones objetivo.

Los términos y condiciones de las actividades de exploración y explotación minera autorizadas, se pactarán en conjunto con los pueblos indígenas y con el Estado.

Las concesiones contemplarán medidas para evitar o remediar la contaminación o destrucción de las tierras; territorios; recursos naturales; sitios sagrados, culturales o espirituales de los sitios donde se realizarán los proyectos.

Asimismo se podrá establecer que los habitantes del lugar tendrán la opción de establecer sociedad con las empresas concesionarias.

La propuesta añade, dijo la legisladora, que las concesiones se podrán cancelar si provocan la migración y abandono de los territorios y tierras involucrados; si afecta las fuentes de obtención de alimentos; provoca daño a la salud y bienestar de los propietarios; afecta la disponibilidad de agua; y si generan impacto negativo en zonas culturales, sagradas o espirituales.

Fuente:http://www.mvsnoticias.com/#!/noticias/piden-reforma-para-obligar-a-consultar-a-pueblos-indigenas-sobre-proyectos-mineros-975

Chile

Jun 2018 Tribunal Ambiental confirmó sanción de $2.798 millones contra Minera Candelaria por infracciones ambientales

El Tribunal Ambiental de Santiago, por dos votos contra uno, rechazó la reclamación de Minera Candelaria en contra de la resolución sancionatoria de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) que la multó con 5.049 UTA, unos $2.798 millones, por diversas infracciones a las resoluciones de calificación ambiental del complejo minero ubicado en la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama.

“Se resuelve rechazar la reclamación interpuesta en contra de la Resolución Exenta N° 1.111, de 30 de noviembre de 2016, de la Superintendencia del Medio Ambiente, conforme a lo señalado en los considerandos respectivos de esta sentencia”, dice la sentencia.

A lo largo de la sentencia, el Tribunal analizó cada una de las infracciones sancionadas por la SMA, concluyendo que la configuración de las mismas, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 35 letra a) de la Losma; su clasificación, según lo establecido en el artículo 36 del mismo cuerpo legal; y la aplicación de las circunstancias del artículo 40 para la determinación de las sanciones para cada caso, estuvieron suficientemente motivadas y conforme a derecho. Por estas razones desestimó una a una las alegaciones Minera Candelaria.

El Tribunal recordó que el artículo 36 de la Losma, establece una serie de requisitos, cuya ocurrencia le permite a la SMA clasificar la infracción como gravísima, grave o leve. Una vez hecha esta categorización, el ente fiscalizador puede visualizar (según los artículos 38 y 39 de la misma Ley) las sanciones posibles. “La sanción especifica será finalmente escogida, una vez aplicados los criterios de modulación del artículo 40 de la LOSMA, y en caso que ésta sea graduable -como la multa- su quantum deberá determinarse tomando en consideración los criterios del citado artículo”.

La lógica recién descrita, junto a consideraciones establecidas por la Corte Suprema al respecto, guiaron el estándar de revisión del Tribunal en la presente reclamación, en la cual la empresa minera alegó respecto de la configuración, clasificación y determinación de las sanciones y su monto, llevada a cabo por la SMA en el procedimiento sancionatorio.

“Que, en definitiva, analizadas pormenorizadamente todas las alegaciones relativas a la configuración, clasificación y aplicación de los criterios de modulación del artículo 40 de la LOSMA, a juicio del Tribunal la  motivación esgrimida por la SMA en la resolución impugnada es adecuada, por lo que no existe una vulneración a los principios de proporcionalidad, racionalidad/razonabilidad, imparcialidad, preexistencia del tribunal o proscripción de las comisiones especiales, prescriptibilidad, buena fe administrativa, presunción de inocencia, congruencia y derecho a defensa, y pro imputado.”, afirma la sentencia.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Rafael Asenjo, Ximena Insunza y Juan Escudero. La sentencia fue redactada por la Ministra Insunza, mientras que el voto en contra, por el Ministro Escudero, quien estuvo por acoger la reclamación solo en cuanto a la falta de motivación relativa a los cargos N°s 5 (realizar las explosiones en seco) y 7 (no conservar la ruta C-397, constatándose en la inspección ambiental, el deterioro general de la carpeta y grietas), ambos clasificados como leves.

Antecedentes

  • Las instalaciones del complejo cuprífero Candelaria, ubicado en la Región de Atacama, comprenden yacimientos rajo abierto y subterráneos, un concentrador, una planta de trituración, depósitos de estériles y relaves, una desalinizadora, el puerto Punta Padrones y el acueducto Chamonate-Candelaria, entre otras instalaciones.
  • El proyecto minero, inaugurado en marzo de 1995, cuenta con al menos 12 resoluciones de calificación ambiental (RCAs) que regulan sus actividades de explotación, concentración de mineral, línea de trasmisión eléctrica, acueducto y planta desalinizadora.
  1. Proyecto Candelaria fase I, RCA Nº 000/1994.
  2.  Proyecto Candelaria fase II, RCA Nº 001/1997.
  3. Proyecto recepción y almacenamiento de relaves de Compañía Contractual Minera Ojos del Salado en tranque de relaves de CCMC, RCA Nº44/1997.
  4. Proyecto transporte de concentrado de cobre a nuevos destinos, RCA Nº 26/2000.
  5. Proyecto rampa de exploración Candelaria Norte, RCA Nº 84/2001.
  6. Proyecto minero subterráneo Candelaria Norte, RCA Nº 94/2003.
  7. Proyecto recepción y beneficio de minerales Mina Alcaparrosa, RCA Nº 12/2005.
  8. Proyecto expansión minera subterránea Candelaria Norte, RCA Nº 175/2007.
  9. Proyecto acueducto Chamonate-Candelaria, RCA Nº 273/2008.
  10. Proyecto planta desalinizadora Minera Candelaria, RCA N° 129/2011”.
  11. Proyecto peraltamiento muros depósito de relaves La Candelaria, RCA N° 74/2012.
  12. Proyecto Candelaria 2030 – Continuidad Operacional, RCA N° 133/2015, modificada por la Res. Ex. N° 1056, del Director Ejecutivo del SEA (que plasma acuerdo del Comité de Ministros).
  • Todas las RCA fueron dictadas por la Comisión Regional del Medio Ambiente de Atacama, menos las tres últimas que las dictó la Comisión de Evaluación de la Región de Atacama.
  • Junio de 2013, la SMA encabezó actividades de fiscalización ambiental en diversas instalaciones del complejo (DFZ-2013-623-III-RCA-IA).
  • 26 de mayo de 2015, la SMA abrió un procedimiento sancionatorio contra la minera, formulando 16 cargos en su contra (D-018-2015)
  • 19 de junio de 2015, la empresa presentó un Programa de Cumplimiento, el que fue rechazado el 17 de agosto (Res. Ex. N°5/2015). Candelaria presentó sus descargos, los que fueron desestimados por la SMA.
  • 30 de noviembre de 2016, la SMA resolvió el procedimiento administrativo sancionatorio (confirmando 8 cargos, modificando en 4 casos su clasificación y estableciendo como no configurados 4), multando a la empresa con 5.049 UTA –$2.798 millones-, por diversas infracciones a las RCAs del complejo minero (Res. Ex. N° 1.111/2016).
  1. Cargo 1, “Disponer residuos líquidos en forma no autorizada, en zona de playa”. Grave. Multa de 19 UTA
  2. Cargo 2, “Instalación de flujómetro del tramo de impulsión entre Bodega y Candelaria, en un lugar distinto al autorizado por la RCA”. Leve. Multa de 6 UTA
  3. Cargo 3, “Recepción no autorizada de relaves de Minera Ojos del Salado, en cantidades no especificadas, toda vez que dicha operación no cuenta con mecanismos que permitan cuantificar los relaves dispuestos en el tranque. Leve. Multa de 3 UTA.
  4. Cargo 4, “Incumplimiento de las medidas de riego para evitar dispersión de material particulado, en las áreas de descarga de material en la pila de estéril, en los frentes activos y en las rutas de uso público utilizadas en el transporte de concentrado”. Modificado de grave a leve. Multa de 18 UTA
  5. Cargo 5, “Realizar las explosiones en seco”. Modificado de grave a leve. Multa de 13 UTA.
  6. Cargo 6, “No aplicar bischofita, ni en el coronamiento de los muros, ni en los caminos”. No configurado.
  7. Cargo 7, “No conservar la ruta C-397, constatándose en la inspección ambiental, el deterioro general de la carpeta y grietas”. Modificado de grave a leve. Multa de 11 UTA.
  8. Cargo 8, “Disponer neumáticos dados de baja, en un lugar no permitido en su autorización ambiental”. Leve. Multa de 12 UTA.
  9. Cargo 9, “No haber instalado una baliza en el sector del empalme de la vía C-397 con ruta 5”. Leve. Multa de 14 UTA.
  10. Cargo 10, “No realizar mediciones caracterización de S [azufre] y Al [aluminio] en el Material Particulado Sedimentable, de acuerdo a lo establecido en la RCA Nº 1/1997”. Leve. Multa de 34 UTA.
  11. Cargo 11, “No contar con el Permiso para la caza o captura de ejemplares de animales de especies protegidas”. No configurado.
  12. Cargo 12, “El último talud del Depósito de Estériles Norte no cumple con el mínimo de distancia de la pared del cementerio, de acuerdo a lo dispuesto en la RCA Nº 1/1997”. No configurado.
  13. Cargo 13, “Construir el Acueducto Chamonate Candelaria, según un trazado distinto al autorizado por la RCA Nº 273/2008”. Modificado de grave a leve. Multa de 17 UTA.
  14. Cargo 14, “No rebajar consumos de agua fresca, en virtud de la creciente recirculación de aguas provenientes del depósito de relaves y de la inserción de aguas tratadas y desalinizadas al sistema”. Grave. Multa de 4.176 UTA.
  15. Cargo 15. “Construir la línea de transmisión eléctrica, de acuerdo a un trazado distinto al autorizado”. No configurado.
  16. Cargo 16, “Utilizar para las faenas del proyecto, una superficie mayor a la autorizada, en los sectores rajo y botadero de estériles Nantoco”. Leve. Multa de 726 UTA.
  • 23 de diciembre de 2016, Minera Candelaria interpuso ante el Tribunal Ambiental de Santiago reclamación contra la resolución sancionatoria, especfícamente en relación a 10 infracciones vinculadas a los cargos números 1, 2, 3, 4, 5, 7, 9, 10, 14 y 16. Esta fue admitida a trámite con el rol R-140-2016.
  • 15 de junio de 2017, se realizó la audiencia de la causa, alegando los abogados Javier Vergara F., en representación Compañía Contractual Minera Candelaria y Emanuel Ibarra S., por la SMA.

Ir al expediente de la causa R-140-2016

Fuente:https://www.tribunalambiental.cl/tribunal-ambiental-confirmo-sancion-de-2-798-millones-contra-minera-candelaria-por-infracciones-ambientales/

Internacional

Desestimada la demanda de la minera Quantum contra la Plataforma Sí a la Tierra Viva

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Villanueva de los Infantes (Ciudad Real) ha desestimado la demanda de la empresa Quantum Minería contra el presidente de la Plataforma Sí a la Tierra Viva, Luis Manuel Ginés, por el supuesto daño producido en su nombre e imagen. Precisamente, el pasado martes este colectivo recibió uno de los galardones de los Premio de Medio Ambiente de Castilla-La Mancha.

En la sentencia el juzgado absuelve al presidente de esta asociación de los daños de los que le acusaba la empresa promotora de los proyectos de minería de tierras raras en la comarca ciudadrealeña del Campo de Montiel, y que fueron rechazados tras una amplia ofensiva de la Plataforma, vinculada a esta comarca y contraria a este proyecto extractivo de elementos químicos. No se han impuesto costas a ninguna de las partes.

Quantum presentó la demanda en enero de 2017 después de que la plataforma solicitara un año antes la colaboración del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) para dirimir  si se había incumplido la legalidad vigente en las calicatas que varias empresas mineras habían realizado dentro de la Red Natura 2000 sin tener licencia municipal de obras. De hecho, el colectivo ciudadano también denunció entonces que se estaban manipulando minerales de tierras raras en un corral dentro del casco urbano de Torrenueva, actividades que fueron clausuradas con posterioridad por el Ayuntamiento de la localidad ya que Quantum carecía de licencia, por lo que fue sancionada con 2.700 euros.

Tras la sentencia que exime a Sí a la Tierra Viva de ningún tipo de daños a la minera, la plataforma explica que entendió la presentación de esta demanda como un intento de hostigar a su presidente, eligiéndolo como «cabeza de turco», al dirigirla contra él a título personal y no en su calidad de representante del colectivo. Interpreta además que con esta sentencia se avala la postura de defensa expuesta por la abogada de la plataforma, María del Carmen Morallón Hidalgo, quien desde el inicio manifestó que la denuncia ante el Seprona se circunscribía en el ámbito de la acción penal pública que corresponde a cualquier ciudadano en defensa de un bien jurídico general como es el medio ambiente.

«Afianza la acción de cualquier ciudadano que tenga conocimiento de un presunto delito sobre bienes jurídicos públicos, para que pueda denunciar con la tranquilidad de obrar conforme a derecho», concluye.
Fuente:https://www.eldiario.es/clm/Desestimada-demanda-promotora-Tierra-Viva_0_779722136.html
Mexico

Resolverán Protección Civil y Minería Federal caso de mina Río Tinto

Chihuahua.- El Secretario General de Gobierno, César Jáuregui Robles informó que no se tenían reportes ni denuncias sobre los materiales y químicos que utilizaba la mina Río Tinto para su operación, los cuales al parecer fueron los que ocasionaron el derrame en aquella zona.

«No hay una determinación ni observación en el área de desarrollo económico, ni por parte de la Comisión Estatal de Pueblos Indígenas, ni en desarrollo municipal, parece ser que fue el error humano lo que condicionó el accidente de la mina Río Tinto», expresó el secretario de Gobierno.

Quién además explicó que será el área de protección civil y minería federal quienes determinarán las posibles causas que dieron origen al accidente ocurrido; también serán ellos quienes informarán si la mina contaba con los permisos para operar sin que hubiera daños a la naturaleza.

Respecto a las víctimas, indicó que aún se continúan con las estrategias de rescate para su localización.

Además mencionó que se analiza la posibilidad de brindar indemnizaciones a los familiares de las víctimas de este accidente, pero esto se realizará mediante empresa encargada de la operación de la mina, no por parte del Gobierno.

«El Gobierno del Estado por el momento solo participa en los apoyos logísticos de rescate».

Por último comentó que ya se iniciaron los trabajos por parte de obras públicas y comunicaciones para examinar la construcción de un muro de contención en caso de ser necesario.

Fuente:http://netnoticias.mx/2018-06-07-6125e8e7/resolveran-proteccion-civil-y-mineria-federal-caso-de-mina-rio-tinto/

Perú

Junín: Supervisan impacto ambiental de actividad minera en Carhuamayo

Un equipo técnico de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional Junín supervisó el 23 y 24 de mayo el estudio de monitoreo ambiental realizado por la empresa SGS del Perú, realizado en las zonas de Capilla y Laguna Shalipaico, distrito de Carhuamayo, provincia y región Junín.

La zona forma parte del territorio que es ámbito de influencia del proyecto minero “Shalipaico” de la empresa Milpo. En la zona se constató los procedimientos para el recojo de las diversas muestras de agua e hidrobiológico, se informó a INFOREGIÓN.

El equipo estuvo liderado por la Ing. María Mendoza. Se hizo recojo de muestras de aguas superficiales entre ellos demanda bioquímica de oxigeno (DBO), sólidos totales, metales disueltos totales, coliformes totales, coliformes fecales, aceites y grasas, cianuro. También se recolectó muestras hidrobiológicas como macro eventos, fitoplancton, zooplancton, perofiton. Finalmente se visitó la instalación que realiza el estudio de aire donde se realiza la medición de PM10, PM 2.5, hidróxido de azufre, dióxido de azufre, monóxido de carbono y ozono.

La especialista indicó que se espera obtener los resultados de estos estudios para verificar que se cumplan todas las normativas a fin de no perjudicar el medio ambiente. Esta zona es mayormente ganadera, con miles de cabeza de ovino, alpacas y reses, también en esta zona proliferan los humedales y lagunas  y por ello alberga diversidad de fauna y flora.

El gerente regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, Fredy Valencia, dijo que su gestión vela por la conservación y uso sostenible de los recursos naturales, especialmente por el agua.

Indicó que toda actividad económica como la minería irresponsable genera impactos, por ello se deben cumplir estrictamente los protocolos a fin de no perjudicar los ecosistemas y el ambiente de vida. Citó que se trabaja con diferentes instituciones a fin de hacer cumplir la ley vigente y se participará en los procedimientos de diversas empresas mineras, con ello se busca disminuir los conflictos ambientales.

Fuente:http://www.inforegion.pe/251121/junin-supervisan-impacto-ambiental-de-actividad-minera-en-carhuamayo/

Perú

La minería está fuera del debate político en Santiago de Chuco

A pocos meses de las elecciones regionales municipales y regionales en la provincia liberteña de Santiago de Chuco la minería es tema tabú para los candidatos. Estrategia política, asegura nuestro invitado. En esta entrevista, nos comenta lo que es un panorama sombrío para la minería formal, mientras que expresa una especial preocupación por lo que pasa en Quiruvilca en cuanto al manejo dado a la minería informal.

La minería no existe en la agenda proselitista

Actualmente, los candidatos municipales están proponiendo mejorar proyectos de riego, mejorar asuntos vinculados a la educación o la salud, pues consideran que la población está más pendiente de esos temas sociales que del tema minero. Es por eso es que no están tocando el tema minero en sus presentaciones, asegura Mendez.

“Los candidatos no formulan una propuesta minera porque no les conviene, porque es perder gente, ya que no tienen una propuesta en concreto. Se trata de los candidatos de Alianza para el Progreso, de la espiga (Restauración Nacional) y del APRA”, acotó. Remarcó, además, que las autoridades locales actuales o las que están por venir no pueden hacer mucho en este tema pues sólo les competen asuntos de la pequeña minería. En proyectos mineros de alcance nacional el efecto que puedan tener sus acciones es limitado, resaltó.

Disconformidad con las empresas mineras

“La población tiene una total disconformidad con el tema minero por la razón que toda la bonanza de dinero que hubo con la minera Barrick, Santiago de Chuco no ha visto beneficio social. No se ha visto una mejora de la economía en este pueblo. Ellos se han orientado a favorecer más pueblos como Huamachuco, quizá Otuzco. Este pueblo ha sido olvidado”, acotó.

“En el tema minero, en la zona por donde nace el agua que toma Santiago de Chuco ha sido peor el descontento generado porque las autoridades que les toca autorizar estos proyectos consideran que la población de Santiago de Chuco no sufre de efecto directo por la contaminación directa por estar distante. No se dan cuenta que hay un canal de agua que une desde la pretensión del proyecto minero hasta la población de Santiago de Chuco”, advirtió.

En cuanto a nivel de entidades comunales, agregó nuestro invitado que son varios los dirigentes locales que van de casa en casa para que la oposición sea aún más fuerte ante las pretensiones de las empresas mineras que desean usar la cuenca de donde nace el agua que usa la población de la localidad.

En Quiruvilca la autoridad propicia la minería informal

Esta se da “en la parte alta donde hay algunos puntos, pero más es en Quiruvilca, donde el alcalde Walter Díaz Ramos (que postula a la alcaldía de Santiago de Chuco), se comenta que ha repartido en parcelas el territorio de Quiruvilca que fue abandonado por una empresa minera”, afirmó. Nuestro entrevistado alegó que de esa manera ha dado parcelas a cada minero propiciando la minería informal.

A raíz de recientes casos de desaparecidos o muertos por minería informal en Quiruvilca, se corroboró no solo que el alcalde local favorece la minería informal, sino que a diario mueren una o dos personas en la zona; pero como traen personal de la zona de Cajabamba es que hay poca repercusión de este asunto en la zona, reveló.

En general, para nuestro entrevistado el tema de la minería va por definir prioridad y un orden para cada cosa. Es decir, tener una perspectiva clara para definir zonas dedicadas a la agricultura, para las fuentes de agua, y también para la actividad minera.

Fuente:http://www.inforegion.pe/251440/la-mineria-esta-fuera-del-debate-politico-en-santiago-de-chuco/

Ecuador

Suspenden proyecto minero por perjudicar a comunidades

La actividad minera del proyecto de Río Blanco fue suspendida ante una solicitud de las comunidades.

Quito.- Un juez de Ecuador suspendió un proyecto minero en el sur del país, tras aceptar unos recursos de protección de comunidades asentadas en esas zonas, según informó hoy el presidente de la Cámara de Minería, Santiago Yépez.

Se trata del proyecto Río Blanco, situado en la provincia andina de Azuay, en la que se han registrado varios enfrentamientos entre sus pobladores y la operadora china encargada de la actividad minera.

Yépez recordó que esta acción judicial ha sido apelada por el Gobierno, por considerar que es un proyecto estratégico de alto impacto para la economía nacional y para la generación de empleo.

La actividad minera del proyecto de Río Blanco fue suspendida tras una sentencia por parte de Paúl Serrano, juez civil de Cuenca ante una solicitud de las comunidades.

El presidente de la Cámara se refirió también al proyecto Mirador, situado en la provincia amazónica de Zamora Chinchipe, sometida a una acción de protección por parte de la población indígena asentada en la zona.

La Comunidad Amazónica de Acción Social Cordillera del Cóndor Mirador (Cascomi) alega ser aborigen de la zona y exige que, por esa razón, debió existir una consulta previa sobre las actividades mineras.

Yépez indicó que el juez encargado de la causa solicitó un peritaje para determinar si esas comunidades son ancestrales, como establece la normativa sobre la consulta previa.
Además, afirmó que la Cámara de Minería presentará acciones legales para defender los proyectos extractivos, aunque recordó que «es el Estado quien debe liderar el proceso».

Los proyectos Río Blanco y Mirador, son dos de los cinco que han sido sometidos a acciones legales que, según la Cámara de Minería, son considerados de trascendental importancia para la economía nacional y para sus comunidades aledañas.

De su lado, el ministro de Hidrocarburos, Carlos Pérez, se refirió hoy a los proyectos mineros cuestionados y aseguró que ambos son «buenos» y que las empresas adjudicadas lo manejan de manera «responsable».

Además, dijo que próximamente dialogará con el presidente del país, Lenín Moreno, para determinar cuáles son las áreas en las que se puede realizar la explotación minera, sin afectar el cuidado del ambiente y recursos como el agua, la naturaleza y las comunidades.

El Ministerio indicó que los cinco proyectos, enfocados en la exploración y explotación, se asientan en las provincias de Azuay, Zamora Chinchipe y su vecina de Morona Santiago, los cuales tienen una vigencia de hasta 27 años.

El Ministerio de Minería ha informado recientemente que ese sector podría aportar al país unos 10.000 millones de dólares en los próximos tres años.

Sin embargo, grupos ambientalistas han manifestado su rechazo a la explotación y extracción minera en el país y censuran que pese a las promesas del Gobierno de suspender las concesiones, éstas se siguen dando sin respetar zonas de especial interés ecológico.

Fuente:https://www.debate.com.mx/mundo/suspenden-mina-en-ecuador-ante-problemas-con-comunidades-20180607-0177.html

Mexico

Cabildo declara a Actopan libre de minería tóxica

Serían negados permisos solicitados por las mineras para el cambio de uso de suelo o construcción.

Después de varios meses de cabildeo, la Unión Veracruzana de Pueblos Libres de Minería Tóxica y la Asamblea Veracruzana de Iniciativas y Defensa Ambiental (Lavida), lograron la firma del cabildo que declara a Actopan libre de minería tóxica y se compromete a no otorgar permisos de construcción ni de cambio de uso de suelo a mineras.

En la región de Actopan hay al menos ocho concesiones mineras por 50 años cada una, para la empresa minera Gavilán y Alondra, filial de la canadiense canadiense Almadén Minerals Ltd.

A este proyecto se suman la minera Caballo Blanco, filial de la canadiense Candelaria Mining quien tiene once concesiones en Alto Lucero para la instalación del proyecto minero de oro a cielo abierto La Paila, pero también tiene concesiones en Actopan donde realiza trabajos de exploración para la instalación de otros proyectos.

En respuesta a una mega manifestación de ciudadanos contra la minería en el municipio el pasado 25 de mayo, en sesión extraordinaria de cabildo de este jueves, los regidores informaron que hasta el momento no hay solicitud formal de las mineras para el cambio de uso de suelo o construcción, pero de llegar a solicitarlos, serán negados.

El acta de nueve páginas, también señalan que solicitaran formalmente a la Semarnat información sobre los proyectos mineros de la región, de existir pedirán que se tome en cuenta la opinión del ayuntamiento De existir los ciudadanos, los grupos ecológicas y los párrocos de la región quieren se escuchados y exponer el gran daño ambiental que significaría la explotación de minería.

También se pronunciaron por una consulta pública libre e informada sobre los proyectos mineros que se realizan en la región, el acta fue firmada por el alcalde Paulino Domínguez Sánchez, seis regidores y el secretario del ayuntamiento.

Los activistas anunciaron que el próximo 18 de junio, el municipio de Alto Lucero donde está el proyecto minero de extracción de oro a cielo abierto, La Paila, también se declarará libre de Minería toxica.

Fuente:https://www.eldictamen.mx/2018/06/veracruz/estatal/cabildo-declara-a-actopan-libre-de-mineria-toxica/

Perú

Cajamarca: Delegaciones de ronderos inspeccionaron las lagunas de CONGA

Las delegaciones de ronderos de diferentes provincias de la región, realizaron un pago al agua en la laguna el perol, así como saludaron la organización de los pueblos de Cajamarca y Amazonas, que se concentran hoy en Bagua, para recordar el lamentable caso de la curva del diablo, donde murieron varias personas como en Conga, posterior a ello realizaron una reunión, donde trataron temas relacionados al rechazo del mega proyecto Conga y otros en la región Cajamarca.

Actos similares se realizan en la provincia de Cajabamba y en las lagunas de Alto Perú, donde cientos de lugareños también acudieron a rendir homenaje a la madre tierra por el día mundial del medio ambiente.

En este día, reafirmamos nuestra resistencia en rechazo al megaproyecto CONGA, no vamos a permitir que el estado y la empresa minera nos impongan un proyecto que destruirá nuestra cabecera de cuenca, que abastecen a cientos de comunidades de las provincias de Celendín, Hualgayoc Bambamarca y Cajamarca, señalo Walter Castañeda Consejero regional.

En la inspección también llegaron para participar el actual alcalde de Bambamarca Edy Benavides Ruiz, el presidente provincial de rondas de Cajamarca, Segundo Alfredo Mendoza Vásquez, los presidentes provinciales de Bambamarca,  Celendín, Manuel Ramos Campos consejero por Hualgayoc Bambamarca, entre otros dirigentes sociales.

 Fuente:https://diarioperu.com.pe/medio-ambiente/cajamarca-delegaciones-de-ronderos-inspeccionaron-las-lagunas-de-conga
Perú

ALERTA, ALTO PERÚ, ¿PROPIEDAD DE YANACOCHA?

Una nueva denuncia mostraría el interés de la empresa minera Yanacocha por las Lagunas del Alto Perú, pese a que reiteradamente ha negado tener planes de exploración o explotación en la zona.

Según informa Wilder Sánchez, durante la visita realizada a la zona el pasado sábado 2 de junio para participar en la ceremonia de Culto al Agua y Homenaje a las Lagunas (IX Yacu Raymi), se constató que la empresa ha colocado un letrero cerca de una de las orillas de la laguna Elvión (llamada también Compuerta), que es la más grande de todas.  El letrero dice, tal como se aprecia en las fotografías: “Propiedad privada Yanacocha. Prohibido el ingreso a personas no autorizadas”. Según, explica Sánchez, hasta el año pasado no había ningún letrero en el sector de lagunas ubicadas en esa zona, en la margen derecha de la carretera Cajamarca – Bambamarca.  Es decir, en la parte que está más próxima al cerro Llagadén (también llamado San Cirilo), desde cuya cima se divisa la mayor cantidad de lagunas. Por lo menos hasta el 2017, Yanacocha únicamente tenía letreros de propiedad privada en el sector de lagunas ubicadas en la margen izquierda de la carretera Cajamarca – Bambamarca.

Además, Sánchez denuncia que se ha abierto una zanja en la ladera de un cerro y en el terreno llano, la misma que ha sido rellenada con cascajo de piedra de color claro, lo que sería un lindero de demarcación. Esta suerte de lindero atraviesa incluso las lagunas.

Como se recuerda, el año pasado el Tribunal Constitucional emitió una polémica sentencia en la cual deja desprotegido este ecosistema. En junio pasado, el TC resolvió por mayoría declarar fundada la demanda de amparo por la cual Minera Yanacocha solicitaba dejar sin efecto una ordenanza de la Municipalidad Provincial de San Pablo (Cajamarca) que creaba el Área de Protección Ambiental Municipal en el complejo hidrológico conocido como “Alto Perú”.

Por su importancia hídrica, ecológica y también turística, la Municipalidad Provincial de San Pablo creó en 2007 un Área de Protección Ambiental Municipal. Sin embargo, Yanacocha –que es propietaria de una parte de la superficie de la zona- interpuso esta demanda alegando que se afectaba “la libertad de empresa, de industria, de trabajo y propiedad privada”. La demanda fue declarada improcedente hasta en cuatro instancias en el Poder Judicial (el 2007, el 2008, el 2014 y el 2015). Sin embargo, la empresa apeló hasta llegar al Tribunal Constitucional, que con esta sentencia contradice todo lo actuado por el sistema de justicia y deja en la desprotección legal a este importante complejo hidrológico.

Las Lagunas de Alto Perú son un área de 2960 hectáreas que alberga 284 lagunas y 456 manatianles. Sus aguas alimentan tres cuencas hidrográficas: la del río Llaucano, que irriga Hualgayoc y Chota; la de los ríos Chilete y Jequetepeque, que llegan a la costa; y la del río Maschon, que alimenta a la propia Cajamarca.

Yanacocha alega que no existen planes para desarrollar algún proyecto minero de exploración o explotación, y que no ha gestionado permiso alguno para realizar actividad minera en la zona. Sin embargo, sus actos parecen contradecirla. Primero, invirtió recursos durante diez años para llevar adelante el proceso judicial. Y ahora, estaría delimitando físicamente esa propiedad ¿con qué objetivo?

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2018/06/07/alerta-alto-peru-propiedad-de-yanacocha/