Colombia

Colombia: los miedos que genera la delimitación del páramo de Pisba

  • El afán por delimitar los complejos de páramos dejó un problema social en Pisba. No se consultó a la población y mucha gente quedó dentro de los límites. Entre los campesinos persiste la incertidumbre sobre su futuro.
  • Este páramo es uno de los más poblados de Colombia. Cerca de 6500 personas viven y desarrollan actividades de agricultura, ganadería y minería en él. El reto para el gobierno colombiano es garantizar su protección sin perjudicar las condiciones de vida de las personas que viven ahí.

No es la niebla. Desde hace un tiempo el panorama es borroso en el complejo de páramos de Pisba, ubicado en la frontera entre los departamentos de Casanare y Boyacá, en el oriente de Colombia. Sus habitantes sienten que el gobierno nacional los puso en una gran disyuntiva: escoger entre su sustento o el agua. La intención de preservar y conservar el recurso hídrico llevó a que en 2015 se prohibieran las actividades mineras y la mayoría de prácticas agropecuarias en zona de páramo. La sensación para ellos es que eso significará, de facto, la obligación de abandonar sus tierras ancestrales.

La delimitación de Pisba, la única que falta de los 36 complejos de páramos colombianos, determinará en qué zona los pobladores pueden seguir trabajando normalmente. Anteriormente, hubo un proyecto de delimitación que cobijó a cerca de 6500 campesinos —y convirtió a Pisba en el páramo más habitado del país—, pero quedó aplazado por una acción de tutela que falló el Tribunal Administrativo de Boyacá el 9 de agosto de 2018. Ahora, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mads) tiene un año para definir nuevamente el área que será objeto de protección.

La línea invisible

Todo empezó hace poco más de un año, cuando unos contratistas del Ministerio de Ambiente llegaron a “socializar” el proyecto sobre la delimitación del páramo que estaba elaborando la entidad. José Lisandro Rojas, un líder de la comunidad del municipio de Tasco, los ayudó a convocar a los campesinos de la zona y a organizar diversos talleres. No llegaron a consultar, sino a comunicar: “Tal es la ‘nueva’ zona de páramo y, por ley, ahí no pueden volver a explotar la tierra”. “Nadie verificó dónde estábamos, dónde había potrero o ecosistema virgen; solo trazaron la frontera desde un escritorio”, cuenta José Lisandro, con el tono seco y tajante propio de esa región de Boyacá.

Básicamente les dijeron que montaña adentro de la carretera de la vereda Calle Arriba es páramo y que allá no podían dedicarse a ninguna actividad. No hay una línea natural geográfica de donde empieza el páramo. En algunas zonas el páramo está arriba de los 2900, en otras, sobre los 3100. En otros casos, la delimitación sigue la línea de una carretera. Una división aparentemente aleatoria que, como podría esperarse, tiene muy molestos a los oriundos de los 12 municipios que comparten este complejo de páramos: Chita, Gámeza, Jericó, Labranzagrande, Mongua, Pisba, Socotá, Socha y Tasco, en Boyacá, y La Salina, Sácama y Támara, en Casanare.

A José Lisandro le parece absurdo que consideren que su parcela hace parte del páramo. En sus dos hectáreas de tierra no hay frailejones, ni paja blanca, ni musgo, ni ninguna característica típica de este ecosistema. Su terreno, en la vereda Calle Arriba, se ve exactamente igual que el de sus vecinos al otro lado de la carretera: una parcela de pasto, otra de tierra negra revuelta por la papa recién cosechada y la vegetación propia de un bosque altoandino. Ellos pueden seguir cultivando sin problemas, pero él no.

Esta es la situación generalizada de muchos de los 6234 habitantes del páramo de Pisba. Allá llegaron sus ancestros hace más de 200 años a colonizar los valles de las quebradas que bajan de las montañas entre los 3000 y 3500 metros, cuenta Freddy Acevedo, otro poblador de la región. Desde entonces se vive de la minería de carbón, la ganadería y el cultivo de papa, amapola, maíz, habas, trigo y cebada.

Freddy, por ejemplo, ha pasado sus 33 años cultivando papa en su parcela, a unos 3100 metros de altura, en el municipio de Gámeza, Boyacá. Con este trabajo sostiene a su esposa y sus dos hijos, pero ahora teme que el gobierno lo obligue a irse. “No nos corrió la guerrilla, que estaba por todos estos lados —hubo dos tomas del municipio en 1995 y 2000—. Y ahora es el gobierno el que nos va a sacar corriendo”.

A pesar de ese miedo, el desplazamiento de las personas no está contemplado en la norma. La reciente Ley de Páramos es clara en que las únicas prohibiciones sobre la zona protegida serán las actividades de minería, la construcción de infraestructura, la quema y disposición final de residuos, la fumigación y el uso de maquinaria para actividades agropecuarias. La pequeña agricultura será posible, pero dependerá del Plan de Manejo Ambiental que expidan las corporaciones autónomas regionales (CAR) sobre la zona. En este caso Corpoboyacá y Corporinoquia.

Pero, de todas formas, el rumor que corre entre los pobladores del páramo es que los van a desalojar, de una manera u otra. El mismo alcalde de Gámeza, Édgar Cruz, lo asegura: “Sí va a haber expropiaciones porque si la gente no va a poder cultivar, cuidar un animal o explotar la parte minera, ¿de qué va a subsistir? Este tipo de resoluciones, obviamente, va a obligar a que la gente abandone sus parcelas. En Bogotá, el senador ponente del proyecto, Luciano Grisales, lo que nos dice es que la delimitación se hace porque se hace. ‘Así nos toque meter el Esmad’ (grupo especial de la Policía colombiana que opera en manifestaciones, protestas y disturbios)”, asegura.

Ahora, la preocupación del alcalde Cruz es que las autoridades ambientales no aprovechen los 11 meses extra que les dio el Tribunal Administrativo de Boyacá para consultar la delimitación con los habitantes. Ya ha transcurrido un mes y aún no ha tenido contactos con el ministerio. En teoría, el 10 de septiembre la cartera terminó el cronograma de actividades para la nueva delimitación, y así lo presentó a los medios de comunicación. Pero aún no se conocen los detalles y el alcalde Cruz niega haberlos recibido. Semana Sostenible y Mongabay Latam contactaron al Ministerio de Ambiente para conocer más detalles sobre el proceso, pero no hubo respuesta.

Ante la falta de claridad, los rumores en la zona vuelan. “A este ritmo, va a haber una explosión social”, dice José Lisandro.

¿Por qué no consultaron?

 

El 26 de mayo, el Mads publicó el proyecto de resolución con el que delimitaba el páramo de Pisba, apegándose en su totalidad a la línea que trazó en 2013 el Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander von Humboldt a escala 1:100.000. Pero, Carlos Sarmiento, exinvestigador del instituto y quien coordinó la recolección de estos insumos, explica que se pensó como una sugerencia para el gobierno, no algo definitivo.

“Para el Humboldt, la delimitación era una decisión más política que técnica, ya que se puede hacer por diferentes variables: se podría reconocer lo que queda de vegetación de páramo, y posiblemente limitar su capacidad de recuperación y de abastecimiento de agua, o delimitar lo que debería ser páramo, y terminar afectando a un montón de gente”, señala Sarmiento.

El instituto optó por esta última opción, consciente de que en 2002 el ministerio había emitido una resolución en la que reconocía como zona de páramo todo lo que alguna vez lo fue, incluyendo el terreno transformado. Además, según Carlos Sarmiento, el proyecto ‘Insumos para la delimitación de ecosistemas estratégicos: páramos y humedales’ que reportaron al gobierno debían ser solo una guía. En otras palabras, la intención era delegarle al ministerio la decisión política de integrar o no los factores sociales.

Ahora bien, el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 dejó escrito que se debían seguir los criterios del Humboldt y que cualquier cambio de rumbo en la línea debía estar plenamente sustentada científicamente. “En la práctica, le dijeron al ministerio que se limitara a los insumos que ya había trazado el Instituto”, explica Sarmiento. De ahí que la delimitación pase actualmente por muchos lugares a 2900 metros de altura, en zona de bosque altoandino y por predios como los de Freddy y José Lisandro.

Arriba en el páramo

 

Mientras tanto, entre los 3400 y 3600 msnm, donde se empiezan a ver las primeras muestras de páramo virgen y algunos frailejones de hasta 90 centímetros de altura, se sigue apreciando una degradación del ecosistema.

Esto sucede, en parte, porque la delimitación quedó en veremos. El fallo de la acción de tutela alargó un año más la prohibición de la minería. No por nada fueron los empleados de una gran minera multinacional, Bulk Trading, quienes presentaron la tutela ─mecanismo legal que busca proteger los derechos fundamentales de los colombianos—. Hoy, muchas mineras siguen operando en la vereda El Mortiño del municipio de Socha, “arrojando todas las aguas residuales a la quebrada El Tirque”, dice Campo Elías Rodríguez, profesor de la vereda y activista ambiental.

En 2017, Rodríguez presentó por medio de la Defensoría del Pueblo una acción popular que logró cerrar una mina de la empresa Carbones Andinos y con la que el Tribunal Administrativo de Boyacá exhortó al Mads a delimitar el páramo en escala de 1:25.000 (más detallada que la actual 1:100.000) para diciembre del año pasado. Pero el ministerio no cumplió con esa fecha, y ahora, “por las acciones de las empresas mineras, que han engañado a la gente diciendo que los van a sacar, reversaron ese mandato”, cuenta.

Mientras tanto, Rodríguez asegura que empresas mineras siguen explotando carbón a solo un par de metros de la laguna de Socha y echando su aguas residuales a la quebrada El Tirque. Hernando Bello, socio de Agrocoal, una de ellas, se defiende diciendo que “la gente es envidiosa. Muchos dicen que estamos pinchando acuíferos y contaminando el agua, pero nada que ver, acá el agua que se infiltra es muy poca”.

Como sea, las aguas de El Tirque, de las que se surte el acueducto del municipio de Socha, muestra el Índice de Riesgo de la Calidad del Agua para Consumo Humano más alto de la zona y el segundo más alto de Boyacá, según datos de 2016.

Malos manejos

Muchos campesinos que viven en lo más alto de Pisba siguen sacando su ganado a pastar en zonas de páramo virgen. Son pocos los que, como Carlos Márquez, tienen la opción de poner sus 400 hectáreas a la venta e irse a trabajar debajo de la línea de páramo —aunque no hay cómo, ya que ante la eventualidad de una delimitación, nadie quiere comprarlas. Él espera, al menos, tres millones por hectárea, pero la venta no sale ni por ese precio—.

Márquez sabe que la única opción es que las compre el Estado. Esto es, de hecho, lo que piden muchos de los dueños de páramo virgen. Si no se puede tocar la tierra, que el municipio se encargue de ella y les reconozcan su valor.

“Uno no entiende, si no se podía vivir acá, para qué pusieron escuelas en el páramo (hay dos), y para qué nos pusieron luz, y sin que lo pidiéramos siquiera”, cuenta Camilo Cruz, otro habitante de la vereda de Santa Bárbara, en Tasco.

Una vez degradado el ecosistema de páramo, este puede tardar mucho en recuperarse. Depende de la zona, la intensidad y el tipo de explotación, dice Carlos Sarmiento, pero, en general, “allá los tiempos de recuperación son muy diferentes. La actividad minera en el páramo de Chingaza finalizó en los años setenta, y hasta hoy la recuperación de la zona es apenas un paquetico de musgo pequeño. Nada que ver con lo que era. Y eso es poco; en algunos casos, el daño es irreversible”.

Educar más que prohibir

Lo extraño es que la mayoría de campesinos entienden que la delimitación sí se debe hacer, pero insisten en que debe hacerse con la comunidad. “Acá ha cambiado la cultura. Antes la gente llegaba y tumbaba frailejones para hacer potrero. Ya no. Uno quizás no es el más consciente, pero sí entiende un poquito, y sabe que si cuida la fuente de agua eso lo va a beneficiar”, dice Martín Salamanca, administrador de una finca en la vereda Daita, en Gámeza.

En el municipio de Tasco, por ejemplo, los grupos ambientalistas montaron hace dos años un paro en la vía para sacar a la minera Hunza Coal por explotar en el páramo. Mauricio Reyes, uno de los manifestantes y hoy concejal del municipio, cuenta que lograron, “a punta de quejas a Corpoboyacá y visitas a medios, que las autoridades al fin se atravesaran”. Y en Socha está el caso del profesor Campo Elías Hernández como muestra de que en la zona cada vez hay mayor conciencia medioambiental.

Para Carlos Sarmiento, las cosas van por buen camino: la Ley de Páramos, como el fallo del Tribunal Administrativo de Boyacá, sugiere la necesidad de ayudar a cambiar poco a poco el modo de vida de los campesinos. Eso sí, “el manejo tiene que ser diferencial. Debe haber una zonificación que reconozca unas áreas de conservación estricta, pero otras de uso sostenible”.

En ese sentido, el concejal Mauricio Reyes asegura que “se puede hacer un cambio de actividad productiva, lo que no se puede es que sea de un día para otro. Tiene que ser con apoyo técnico del Estado”. Reyes está a la espera de ver “qué se inventa el gobierno”. Eso sí, para él, la cosa no se logra mientras el Estado quiera solucionar el problema detrás de un escritorio, sin meterse la mano al bolsillo para apoyar la reconversión productiva de los campesinos y sin meterse los pies en las botas, para recorrer la región de principio a fin.

Fuente:https://es.mongabay.com/2018/09/paramo-de-pisba-problema-social-colombia/

 

Perú

Por decisión del ANA, tierras de comunidades terminarían inundadas con aguas contaminadas con metales

Más de 100 comuneros y representantes de 11 comunidades campesinas de las regiones de Pasco y Junín se movilizaron ayer   frente a las oficinas de la Autoridad Nacional del agua ANA. Exigen que se anule una resolución que trae como consecuencia la inundación de sus tierras con aguas contaminadas con metales tóxicos provenientes del Lago Chinchaycocha en Junín.

El ANA al emitir la Resolución No 369-2018-ANA-AAAX MANTARO, sin tomar en cuenta la opinión de las comunidades, ha aprobado un programa de descargas de la represa que se encuentra cerca al Lago Chinchaycocha. Los pobladores afirman que se hecho de manera arbitraria, sin considerar el volumen almacenado ni los impactos para las tierras de las comunidades que se usa para la ganadería en época de verano. Esta resolución aprueba una cota Máxima, o límite de embalse de la represa, de 4,081.5 msnm que las comunidades señalan no es sustentable.

Hermogenes Solórzano Bermúdez, fiscal del comité de vigilancia ambiental comunal Chinchaycocha, afirmó que por más de 80 años las comunidades circundantes al Lago Chinchaycocha son inundadas sus tierras anualmente por las aguas provenientes es del rio San Juan desde Pasco, aguas que contienen metales pesados, de pasivos mineros de Pasco. Esta situación se agravaría con la decisión del ANA. Así se estaría contaminando miles de hectárea de tierras productivas para la ganadería, así como ponen en riesgo el habitad de miles de especies de aves, y otras especies alto andinas que anidan en el lago.

Solórzano aseguró que en los alrededores del Lago Chinchaycocha hay pasivos ambientales mineros que pertenecen a la empresa estatal Activos Mineros y que estaban en proceso de remediación. Con el aumento de descargas se cubriría con agua los pasivos mineros, y los trabajos de remediación no se culminarían.

Los funcionarios del ANA recibieron a un comité de representantes. Solorzano aseveró que se espera que la Institución realice los estudios técnicos pertinentes y no los perjudique. También pide que se investigue a la empresa Electro Perú, hidroeléctrica que opera en la zona y a la que culpan de constantes inundaciones y desviaciones de cauce del río San Juan.

Fuente:http://www.muqui.org/comunicaciones/noticias/item/792-por-decision-del-ana-tierras-de-comunidades-terminarian-inundadas-con-aguas-contaminadas-con-metales

Perú

Los datos del canon minero y los desafíos del desarrollo regional

En julio se presentaron las cifras del canon minero distribuido para el año 2018[1]. Las transferencias de canon mostraron una mejoría respecto al año anterior, lo cual es una buena noticia para las regiones. Así, en el 2017 se transfirieron a los gobiernos sub nacionales (regionales y locales) por este concepto S/.1,862 millones, mientras que en el 2018 las transferencias llegaron a S/.3,157 millones.

A pesar de esta mejora, el canon sigue mostrando una alta volatilidad y aún se encuentra por debajo de los niveles pico que alcanzó en el 2007 o 2012. Por ejemplo, en el 2012 Arequipa recibió S/.781 millones y en el 2018 S/.531 millones, en el 2012 La libertad recibió S/.547 millones y en el 2018 S/.254 millones, en el 2012 Cusco recibió S/.357 millones y en el 2018 S/.211 millones, tendencia que se repite en las demás regiones. Sólo en Ancash las transferencias de canon en el 2012 y 2018 han sido similares, alcanzado S/.1,003 y S/.1,085 millones, respectivamente. En la mayoría de regiones con actividad minera el nivel más bajo de transferencia de canon se produjo el 2016 debido a la caída de los precios de los minerales.

Luego de 25 años de expansión minera, cabe preguntarse, si el canon minero está siendo efectivo para sentar las bases del desarrollo regional. Además de la volatilidad ya expuesta, su actual diseño presenta varios cuestionamientos.

Uno de las principales críticas es que genera una fuerte desigualdad entre jurisdicciones distritales, provinciales y regionales. Los ratios de distribución de la empresa Las Bambas en Apurímac, que actualmente ya paga regalías, orientan el 25% de los recursos transferidos de la minería hacia el distrito de Challhuahuacho y el 20% a los otros cinco distritos de la provincia de Cotabambas. Por su parte, el resto de distritos, provincias, gobierno regional y universidades en Apurímac recibirán el 55% restante. Generar este tipo de desarrollo desigual no ha sido positivo para mejorar las condiciones de vida y dinamizar la economía en espacios territoriales ampliados como el nivel provincial o regional y, más bien, han favorecido las lógicas de “enclave”. Ciertamente, la propuesta del canon comunal, planteada en el Congreso, que concentraría el 30% de los recursos que recibe el gobierno distrital en las comunidades de influencia directa agravaría esta situación[2].

Otro de los problemas en el diseño del canon es que está determinado por ley básicamente a obras de infraestructura. En efecto, en los últimos años el canon ha sido utilizado principalmente para la construcción de carreteras, mantenimiento de infraestructura, infraestructura educativa, saneamiento, entre otros. Sin embargo, el cierre de las brechas de infraestructura sólo es una de los ejes que favorecen el desarrollo a largo plazo. Waldo Mendoza en su análisis sobre las barreras al crecimiento de Cajamarca identifica cuatro factores que deberían abordarse para sostener el desarrollo de esta región: a) reducción de déficits en infraestructura, y en educación y salud[3], b) complejidad económica y productividad, c) institucionalidad y d) planificación local y regional. Por ejemplo, se reclama constantemente la falta de capacidades en los niveles de sub nacionales de gobierno, sin embargo, los recursos del canon están vetados para el fortalecimiento de la institucionalidad local. Para que las regiones y el país den un siguiente paso en la senda de un desarrollo integral debe avanzar en cada uno de estos ejes de manera paralela y articulada, y los recursos del canon podrían ayudar en ello.

En setiembre de este año se aprobó la ley 30848 que permite ampliar los usos del canon dentro de las regiones para el financiamiento de programas de vivienda social impulsados por el gobierno nacional[4]. A pesar del impacto positivo en la población, lo cierto es que en el Perú se ha tendido a canalizar el aporte al desarrollo que podría tener la minería preferentemente a través del sector construcción –un común denominador de la mayoría de las propuestas recientes–. Este diseño refleja además un direccionamiento del canon hacia una lógica economicista pues este tipo de gasto conduce a aumentar el PBI regional y nacional en el corto plazo.

En la otra orilla, están retos no atendidos con este tipo de recursos como la lucha contra la anemia que presenta un alto índice en varias regiones con actividad minera. Como se sabe una respuesta a este problema requiere de una inversión menor en infraestructura y un mayor gasto corriente, siendo su abordaje clave y urgente para salvaguardar y fortalecer las capacidades humanas de corto y largo plazo de muchos compatriotas en situación de vulnerabilidad. Caminar en esta ruta, no obstante, requiere de un abordaje multidimensional e integral del desarrollo.

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[1] El canon se publica y se distribuye a las regiones en el mes de julio.

[2] Actualmente la mayoría de comunidades de zonas de influencia directa reciben ya un aporte social preferencial por parte de las empresas mineras, lo que ha generado importantes brechas de atención social respecto al resto de comunidades del mismo distrito y provincia.

[3] Incluye cobertura y calidad del servicio.

[4] Modificación del artículo 6 de la Ley del canon (Ley 27506):

6.2. […] También podrán ser utilizados para el financiamiento de Bonos Familiares Habitacionales (BFH) destinados a proyectos de vivienda del Programa Techo Propio y para el financiamiento del Programa Nacional de Vivienda Rural, mediante convenios con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento o el Fondo MIVIVIENDA, según corresponda. […]

Fuente:http://cooperaccion.org.pe/los-datos-del-canon-minero-y-los-desafios-del-desarrollo-regional/

Bolivia

Explotación sexual y minería

Además de destruir la naturaleza, la minería informal está creando zonas en las que impera la explotación sexual.

Según alerta un estudio presentado días atrás por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef), la minería no solamente está destruyendo la biodiversidad de varios municipios del norte de La Paz, Potosí y de Oruro; sino que además ha creado zonas donde impera la prostitución, la explotación infantil, la trata de personas y el contrabando.

En efecto, esta investigación, elaborada con el apoyo de la Embajada de Suecia, la organización holandesa de Cooperación Sudamericana ICCO y el movimiento Vuela Libre, logró identificar lenocinios en los que se explotan sexualmente a adolescentes e incluso a niñas provenientes de diferentes regiones del país en lugares en los que miles de cooperativistas se han asentado en busca de metales preciosos. En concreto, este fenómeno se habría arraigado en los municipios paceños de Caranavi, Guanay, Tipuani, Teoponte y Mapiri; en Uncía y Llallagua (Potosí); en la localidad orureña de Huanuni y en las ciudades capitales de Potosí y Oruro.

Si bien se conocen casos de mujeres que fueron forzadas para trasladarse de un lugar a otro, este estudio alerta que el principal gancho para atraer a las víctimas de este nefasto negocio sería la falsa promesa de un empleo bien remunerado en centros mineros. Promesa ofertada incluso por agencias de trabajo que termina convirtiéndose en una pesadilla cuando las adolescentes engañadas llegan a su lugar de destino.Este fue el caso por ejemplo de una muchacha beniana de 16 años que fue contactada para trabajar en una pensión en Guanay, pero que terminó siendo explotada sexualmente. De igual manera, una mujer de Beni denunció a la Defensoría del Pueblo que su hija de 13 años fue llevada hasta Teoponte por un minero para trabajar como cocinera, pero terminó convirtiéndose en una víctima más de la violencia sexual.

Hablamos de una terrible realidad que no es desconocida por las autoridades locales ni tampoco por las fuerzas del orden. Por caso, el Alcalde de Mapiri confirmó a este diario que existen “indicios” sobre la presencia de menores que estarían siendo explotadas sexual y laboralmente en ese municipio. Pero como la municipalidad no habría recibido denuncias al respecto, no han tomado cartas en el asunto. A su vez, el Director de la FELCC de La Paz confirmó que tienen información sobre la existencia de “lenocinios en centros auríferos, en la frontera entre Perú y Bolivia”, donde las mujeres bolivianas estarían siendo explotadas sexualmente.

Estos testimonios ponen en relieve la imperiosa urgencia de adoptar políticas de Estado encaminadas a poner un alto a la minería informal, tanto más importantes por cuanto se trata de una actividad que no solo destruye el patrimonio natural de todos los bolivianos sin aportar ni un solo centavo al erario público, sino que además, y peor aún, está creando zonas donde la explotación infantil, la trata de personas y el contrabando son moneda corriente, como bien alerta el informe que suscita este comentario.

Fuente:http://www.remamx.org/2018/09/explotacion-sexual-y-mineria/

Colombia

Avalan Consulta Popular contra la minería y las represas en Timaná

La Registraduría Municipal del Estado Civil, notificó a los promotores de la iniciativa que las firmas y demás trámites realizados desde hace varios meses para impulsar una elección que permita a la ciudadanía decidir si se implementan o no represas y proyectos de minería, se ajusta a la Ley.

Mediante la Resolución No. 025 de 2018, la Registraduría certificó el cumplimiento de los requisitos que el Comité Impulsor de la Consulta Popular que un grupo de ciudadanos timanenses conformó para preguntarle a la comunidad si aceptan o no la implementación de proyectos minero energéticos y la construcción de represas para generación eléctrica.

El escrito, avaló las firmas necesarias para impulsar el llamado a urnas establecido en la legislación y que permitirá a la ciudadanía manifestarse conforme al mecanismo de participación ciudadana.

Pedro Nel Jiménez Sterling, impulsor de la iniciativa indicó que desde el pasado mes de diciembre se realizaron en varios sectores de Timaná una serie de actividades informativas tendientes a concientizar a la comunidad sobre el peligro que pueden implicar para el territorio la incursión de proyectos de ese tipo, por lo que se dieron a la tarea de recolectar las firmas necesarias para convocar la figura de participación.

Tras recaudar los apoyos y presentarlos a la Registraduría Municipal del Estado Civil, ésta analizó cada una de las etapas del trámite y certificó que este se ajusta a lo dispuesto en la normatividad certificando que la Consulta Popular podrá ser convocada.

De las 5.337 firmas recolectadas, 3.037 son válidas y dado que solo se requieren 1.553 para lograr que el tramite siga su curso, el registrador Luis Eduardo González Pama notificó la decisión de legalidad del proceso.

Ahora será el Concejo Municipal de Timaná quien en sesiones extraordinarias ratifique la consulta para lo cual deberán mediante un Acuerdo Municipal solicitar al Tribunal Administrativo del Huila que certifique el llamado a elecciones mediante el estudio del proceso ciudadano.

Así las cosas, indico Jiménez Sterling, una vez el cabildo timanense defina en 20 días hábiles y el Tribunal Administrativo del Huila haga lo propio luego de otros 15 días, serán notificados el gobierno nacional y las autoridades electorales junto con el alcalde municipal para que se haga la elección popular en la que los habitantes de Timaná respondan SI o NO a la pregunta: “ESTÁ USTED DE ACUERDO CON QUE EN EL MUNICIPIO DE TIMANÁ HUILA SE EJECUTEN PROYECTOS DE EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS, DE GENERACIÓN HIDROELECTRICA A MEDIANA Y GRAN ESCALA?”.

“La Consulta Popular, de ser avalada por las instancias subsiguientes, podría realizarse entre enero y febrero de 2019, y constituiría un hito en la implementación de los mecanismos de participación ciudadana establecidos en la Constitución Política de Colombia”, finalizó el dirigente social.

Fuente:http://lavozdelaregion.co/avalan-consulta-popular-contra-la-mineria-y-las-represas-en-timana/

Chile

Gobierno ordena paralización de faenas en empresas del Barrio Industrial Quintero Puchuncaví

Con la aprobación del Decreto Supremo que permite establecer la Alerta Sanitaria para la zona de Quintero Puchuncaví, se informa la implementación de las siguientes medidas para la reducción de fuentes emisoras contaminantes, las que entran en vigencia a partir de las 00:00 horas de este jueves 27 de septiembre:

1. Paralización de las principales fuentes emisoras de dióxido de Azufre:

– Codelco Ventanas deberá detener 3 de los 9 ciclos de operación diaria, reduciendo así en un tercio sus emisiones.

– AES Gener deberá detener completamente su unidad generadora Número 1, la más antigua y contaminante del complejo.

2. Paralización total de operaciones generadoras de compuestos orgánicos volátiles en las empresas del sector hidrocarburos.

Las empresas Oxiquim, Copec, Gasmar, ENAP Quintero, Enex y GNL Quintero, deberán paralizar las siguientes fuentes o actividades:

– Tratamiento de RILES con hidrocarburos que no cuenten con sistemas de cubrimiento que eviten atmósferas explosivas.
– Emisiones fugitivas por almacenamiento y movimiento de productos volátiles en estanques de techo fijo.
– “Venteos” de gases COV’s por parte de las embarcaciones en la bahía Quintero Puchuncaví.
– Carga de camiones en islas que no estén dotadas de sistemas de control de emisiones evaporativas.
– Ejecución de mantenciones de estanques y sistemas de tratamiento.
– Adicionalmente, se establece la exigencia de operar en forma óptima las antorchas, es decir, a máximo flujo y con encendido automático.

Estas medidas deberán hacerse efectivas de manera inmediata a partir de las 00:00 horas de este jueves 27 de septiembre, con la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo que establece la Alerta Sanitaria en la zona y estarán vigentes al menos por 48 horas, y hasta que las empresas presentes en el barrio industrial Quintero Puchuncaví entreguen sus respectivos Planes Operacionales, que serán solicitados por la SEREMI de Salud de la V Región y que permitirán establecer las nuevas medidas sanitarias cada vez que la situación así lo requiera.

Adicionalmente, y con los recursos propios de la alerta Sanitara, se reforzarán los planes de fiscalización del cumplimiento de todas estas medidas en las empresas señaladas porque, tal como lo ha señalado el Presidente Sebastián Piñera, la salud de las personas es lo primero.

Fuente:http://www.minsal.cl/gobierno-ordena-paralizacion-de-faenas-en-empresas-del-barrio-industrial-quintero-puchuncavi/

Argentina

Obsesionados con la zonificación

En Chubut, algunos funcionarios están tan obsesionados con la zonificación como las empresas. Siguen sin comprender que la gente no quiere minería. O tal vez lo comprendan pero no les importe.

La zonificación minera «es una decisión que pasa por la cabeza del Gobernador, que está estudiando y escuchando a los sectores» dijo Martín Cerdá, titular del área de Hidrocarburos del Chubut, a FM del Viento de Puerto Madryn. Agregó que se avanzó en conversaciones con los directivos de la minera Pan American Silver, que “el Gobernador va a tomar la mejor decisión para los chubutenses. Y para tomar esa decisión para que no haya errores, no haya equivocaciones, se necesita tener mucha información, los consensos sociales, tener claras cuestiones de regulación impositiva» y que «esto se llevará al ámbito de la Legislatura para que los diputados puedan tratar el cambio o no de esta ley que hoy tenemos».

Al parecer, Cerdá tiene serios inconvenientes para comprender la realidad. Y la legalidad. Pero desborda de un optimismo tal que roza la soberbia. O el desprecio hacia la gente.

Los gobernantes y funcionarios deben escuchar al pueblo. La realidad demuestra que la gran mayoría de los chubutenses que habitan la meseta rechazan el Proyecto Navidad y que, al igual que la inmensa mayoría de las ciudades costeras, son conscientes de que la minería en la provincia agotaría un bien escaso como es el agua, indispensable para la vida misma.  Es curioso que la “realidad” de Cerdá sea la misma que las de las empresas extractivas.

En cuanto a la “legalidad”, resulta increíble que a 15 años de la sanción de la Ley 5001, actual Ley 68, Cerdá desconozca el art. 2 de la norma que reza, textualmente: “El Consejo Provincial del Ambiente (COPRAM) creado por la LEY XI Nº 35 (Antes Ley 5439), determinará en el plazo de CIENTO VEINTE (120) días corridos, a partir de la sanción de la presente Ley”.

Ciento veinte días son cuatro meses Cerdá. Y aunque ud. vea a Navidad como «un proyecto serio, sumamente responsable y sustentable.” Y sostenga que «Ninguna empresa que desarrolle la actividad minera quiere tener un problema con el medio ambiente porque eso impacta directamente en los que invierten en la actividad, porque las empresas cotizan en bolsa. Y ante un mínimo error se pueden ver perjudicadas sus acciones. Entonces nadie quiere meter la pata, nadie quiere no tener recaudos en el medio ambiente»  creemos necesario sugerirle que se remita a los repetidos y tristes incidentes ocurridos en Veladero o a los  hechos recientemente conocidos ocurridos en Santa Cruz . La seguridad del pueblo de Chubut no está al resguardo de su soberbia Sr. Cerdá. Tampoco de las prácticas puramente acumulativas de las empresas mineras.

 Asamblea de Vecinos por el NO A LA MINA- Esquel

Fuente:https://noalamina.org/argentina/chubut/item/42006-obsesionados-con-la-zonificacion

Perú

PERÚ: MÁS DEL 70% DE CONFLICTOS EN LA MACRO REGIÓN CENTRAL SON SOCIO AMBIENTALES ASOCIADOS A LA MINERÍA

De los 32 conflictos que registró la Defensoría del Pueblo en la macro región centro, en el primer semestre del año, 23 son socio ambientalesasociados a la minería.

En el informe desarrollado por la Defensoría del Pueblo, se precisa que el 66.1% de conflictos socio ambientales son causados por la actividad de la minería, seguida del 13.4% a causa de los hidrocarburos y 9% por la energía.

En el caso de la macro región central, Ayacucho encabeza la lista con 11 conflictos de los cuales 10 son socio ambiental, 6 de ellos latentes y 4 activos. A esta le sigue la región Junín con 6 conflictos, 2 latentes y 4 activos. Asimismo, Pasco presenta 5 conflictos socio ambientales, 4 de ellos activo y 1 latente. Finalmente, Huánuco con 4 conflictos divididos equitativamente entre 2 latentes y 2 activos.

En general en todo el país los conflictos socio ambientales equivalen al 64.1%.  Las regiones en las que se registra mayor incidencia son en la sierra y selva, donde hay presencia de actividad minera, sea legal e ilegal.

A diferencia del año anterior la presencia de conflictos socio ambientales en la macro región centro ha crecido en un porcentaje de 8%, equivalente a 3 conflictos más que en el año pasado. Para agosto del 2017 la Defensoría registró a nivel nacional 121 conflictos socio ambientales, pero este año la cantidad se incrementó a 127 casos.

A pesar de este incremento existen regiones como Ayacucho y Pasco donde aún no se ha establecido dialogo entre la población y las empresas o entidades con la que se genera el conflicto lo cual puede generar que se activen y se conviertan en movilizaciones.

Fuente:http://www.grufides.org/blog/m-s-del-70-de-conflictos-en-la-macro-regi-n-central-son-socio-ambientales-asociados-la-miner

Mexico

Alertan abogados estrategias de privatización de tierras colectivas en México

México es una excepción en el mundo. Alrededor de 50% de su territorio nacional es compuesto por propiedad colectiva, o sea, tierras ejidales o comunales. “Esta proporción no se repite en ningún otro país del mundo. El país que más se acerca a México es Bolivia, que tiene 33% de propiedad social”, aclara para Avispa Midia la abogada Claudia Gómez Godoy, especialista en Derechos Humanos y Pueblos Indígena e integrante de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA).

“La función de los ejidos y comunidades no es solamente para la producción de alimentos sino como lugares de residencia y sustento de las poblaciones indígenas y campesinas, así como espacios de reproducción cultural, identitaria y de organización político-administrativa”, así describe el Informe llamado Jurisdicción Agraria y los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y Campesinos en México, que tiene como coautora a Godoy.

La figura de los ejidos y de las comunidades surgieron en México con el reparto agrario impulsado tras la lucha revolucionaria iniciada en 1910 y nacieron con el carácter inalienable, intrasmisible, imprescriptible, inembargable e indivisible.

La protección a la propiedad social empezó a vulnerarse en 1992, con la reforma del artículo 27 de la Constitución mexicana que rige los bienes y recursos de la nación, incluyendo la tierra, el subsuelo y las aguas. La reforma tuvo varios objetivos, entre ellos finalizar el reparto de tierras vía la reforma agraria iniciada en 1915 tras la revolución mexicana. La argumentación para la titulación parcelaria de las tierras se basó en ofrecer la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra.

La abogada especializada Godoy asume que las leyes y políticas del Estado mexicano, llevadas a cabo desde entonces, están promoviendo la privatización de las tierras.

“Cuando en 1992 se hace la reforma al artículo 27, se le quita la protección a una de estas formas de propiedad colectiva, la ejidal. Y se queda solamente con una protección especial la propiedad comunal”, explica Godoy.

La principal herramienta de la privatización, prevista por la Ley Agraria, son los programas de certificación de las tierras, del gobierno federal, inicialmente llamado Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (Procede).

Tanto Godoy como el abogado Armando Cruz Cortés de Tequio Jurídico AC en Oaxaca, afirman de forma separada para Avispa Midia, que estos programas de privatización de la tierra tienen un objetivo claro y amañado. “Se hace un censo de los ejidatarios. Se delimita la superficie general del ejido; se otorga un plan general; se hacen las parcelas y se le da a los ejidatarios su certificado de derecho parcelario; parcelan los solares y se entrega un titulo sobre el solar. Cuando ya se otorgó a todos un certificado de derecho parcelario, un titulo, es común que se provoque una asamblea para que la propia comunidad termine pidiendo que se les otorgue el dominio pleno”, explica Cruz.

El dominio pleno lo que hace es deshacer el ejido y fragmenta la parcela en una propiedad privada. “La cuestión es que percibimos mucha desinformación entre los ejidatarios sobre lo que de verdad significa declarar dominio pleno”, sostiene el abogado.

El objetivo del programa de certificación es facilitar la entrada en los territorios indígenas y campesinos a los proyectos extractivistas. “A estos proyectos les interesan negociar con individuos. No es lo mismo combatir una asamblea, que tiene una propiedad colectiva, a tener que hablar con un individuo que tiene propiedad privada, que puede vender su tierra fácilmente. La asamblea pierde su importancia”, señala el abogado Cruz.

Godoy aclara que el programa de certificación es voluntario, o sea, los ejidatarios no son obligados a hacerlo y, además, no necesariamente se tienen que ajustar a todos los recursos determinados por los diversos programas de regularización de la tierra. “Un ejemplo es que pueden delimitar las tierras del ejido en su conjunto para tener la limitación definida con comunidades vecinas, pero pueden decidir no parcelar las tierras internamente en el ejido. Otro ejemplo es que pueden parcelar la tierra, pero pueden decidir no declarar el dominio pleno”, dice Godoy.

Otorgar dominio pleno, explica el abogado, significa que el certificado que tienen registrado en el Registro Agrario Nacional (RAN) se cancela porque ya no es propiedad agraria y pasa a ser propiedad privada. Entonces la tierra que esta registrada en el registro publico de la propiedad pierde su carácter. “Así ya empiezan a cobrar impuestos sobre ella. Entonces ya se puede notoriar esta escritura. Ya no es un asunto agrario, pasa a ser propiedad privada”, explica. “Todo este proceso es hecho de forma voluntaria por los ejidatarios, que muchas veces no tienen plena conciencia de las consecuencias.

Una vez convertidas las tierras colectivas en propiedad privada, pierden competencia en los tribunales agrarios, que son los facultados para los temas de propiedad colectiva agraria. “Entonces, en caso de inconformidad, todo lo van a tener que resolver individualmente con un juez mixto de primera instancia o juez civil. Los indígenas y campesinos van a necesitar un abogado civilista, que cobra mucho y esto los pondrá en desventaja frente a los megaproyectos, porque ellos tienen un ejercito de abogados”.

 

Las comunidades

Las tierras comunales continúan con protección especial, o sea, no se puede vender o usar para prestamos. “La comunidad para llegar a un dominio pleno de la tierra comunal primero tendrán que convertirla en un ejido. Así lo plantea la Ley Agraria, como también plantea la posibilidad de que un ejido puede volverse comunidad”, explica Godoy.

 

Diferencia entre tierras comunales y tierras ejidales

Las formas de acceso a la tierra para grupos campesinos e indígenas en el marco de la reforma agraria (1915 y 1992), de acuerdo con el Informe, eran:

> Restitución, Reconocimiento y conformación de tierras: El derecho a las tierras comunales tiene su origen en la época colonial cuando por disposición de la Corona española, las poblaciones indígenas adquirieron derecho sobre las tierras donde se encontraban asentadas. El artículo 27 de la Constitución de 1917, promovió la restitución de tierras para aquellos que demostraran haber sido despojados de sus legítimos derechos. Para ello, debían presentar los títulos de propiedad otorgados durante el periodo colonial, así como demostrar su despojo durante el periodo de las Leyes de desamortización o “leyes Lerdo” (1857-1910). Esta vía fue un proceso complicado y de imposible cumplimiento para muchos pueblos. En 1934 se incorpora al Código agrario, la acción agraria de reconocimiento y confirmación de aquellas comunidades de hecho a fin de darles certeza jurídica sobre sus posesiones (la acción agraria se conoce como reconocimiento y titulación de bienes comunales). La forma legal de tenencia obtenida a través de la restitución y reconocimiento de tierras fue la de bienes comunales o comunidad.

>> La dotación de tierras: Es la acción mediante la cual se otorgaba tierras a los núcleos de población carentes de estas. Para la dotación de tierras era requisito formar un grupo de al menos 20 campesinos que cumplieran con los siguientes requisitos: para los hombres era necesario ser mayor de edad, mexicano y campesino, para las mujeres ser jefa de familia, mexicana y campesina. La gestión podía tardar varios años ya que la solicitud pasaba por distintas instancias gubernamentales y el Presidente de la República tenía que firmar la resolución definitiva. La forma legal de tenencia, es el ejido.

La vía de restitución fue un proceso complicado y de difícil cumplimiento, que en términos de control político no fue de interés para el Estado, de ahí que la mayoría de pueblos que iniciaron sus peticiones en términos de restitución, recibieron ejidos en dotación. “Por eso es que tenemos muchos pueblos indígenas en tierras privadas o ejidales”, explica Godoy.

Entre 1916 y 1980 solo el 17% de las solicitudes de restituciones fueron concedidas, lo cual contrasta con el 79% de solicitudes de dotación ejidal otorgadas, de acuerdo con el Informe.

 

¿Cómo evoluciona el Procede?

La mayoría de los que entraron al Procede – lo que representa 92% de los núcleos agrarios del país – no llegaron al Dominio Pleno, no se volvieron propiedad privada.

“Entraron solamente para medir su perímetro y hacer el censo de ejidatarios. Muchos de los que entraron no parcelaron, se mantuvieron con la propiedad de uso común. Otros entraron al Procede a penas para delimitar la tierra con sus vecinos y al interior de la comunidad se quedo todo como uso común”, explica Godoy.

Según el Registro Agrario Nacional (RAN), afirma el abogado de Tequio Juridico, el porcentaje de dominio pleno apenas es el 1,2%. “Eso es alentador porque no han cumplido con el programa de certificación. Pero sí hay que quedarse alerta pues nada impide que todavía lleguen al dominio pleno, sobre eso van y no van a descansar hasta que todas las tierras colectivas pasen a ser privadas”.

El abogado alerta que el programa RRaja, implementado a través de la Procuraduría Agraria, está presionando muy fuertemente a las asambleas y a las comunidades para que acepten el programa. “Hay que hacer frente a la Procuraduría Agraria. Su función es de acompañamiento estrictamente social, es decir, de orientar, acompañar, asesorar el campesino. No de imponer un programa como ese, que va a poner en riesgo la integralidad de sus tierras”.

“Una opinión extendida entre comunidades, organizaciones de sociedad civil y usuarios en general, es que estas instituciones han dado un giro en cuanto a su propósito institucional hacia el impulso y protección de la propiedad privada de las nuevas inversiones nacionales o extranjeras sobre la tierra agraria en México”, corrobora el informe.

 

¿Voluntarias?

Numerosas organizaciones campesinas e indígenas denunciaron la implementación forzada del Procede. A pesar de que en su estatuto la participación en el Procede se presentaba como “libre y voluntaria”, en la realidad, el programa establecía cierta obligatoriedad al generar restricciones en el acceso a programas de desarrollo rural, en particular provenientes de la Secretaria de Agricultura Federal (Sagarpa), y de la Comisión Nacional Forestal (Conafor), dependiente de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

 

Efectos negativos

El Informe especifica una serie de efectos negativos con el Procede. “Estos efectos fueron identificados por múltiples académicos y activistas: conflictos, en ocasiones violentos entre ejidos y comunidades que surgieron al proponerse trazar los límites entre núcleos agrarios vecinos, sobre todo en los estados de Oaxaca, Chiapas y Guerrero; la parcelación de tierras de uso común con cubierta forestal y el consecuente proceso de deforestación; la fragmentación de la unidad de dotación que conllevó hacia un mayor minifundismo; la acumulación de tierras o formalización de la acumulación de estas por caciques o acaparadores locales y el debilitamiento de la asamblea ejidal como órgano de gobernanza local”.

Y más: “En ciertos contextos donde el valor de la tierra es alto, en particular en ejidos y comunidades idóneos para el desarrollo urbano y turístico, el Procede permitió la incorporación de empresarios que no eran residentes de los ejidos”.

La certificación individualizada de las tierras ejidales ha generado un “nuevo mercado de tierras ejidales en el que participan empresarios foráneos. Este mercado, aunque legalmente permitido, significa el despojo del patrimonio comunitario principalmente para las mujeres, jóvenes y niños residentes de los ejidos y comunidades que no tienen derecho a participar en la toma de decisiones sobre el destino de las tierras ejidales y comunales, que por lo general son poco beneficiados de los ingresos monetarios obtenidos con la venta de tierras”, señala el informe.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/09/alertan-abogados-estrategias-de-privatizacion-de-tierras-colectivas-en-mexico/

Panamá

Corte Suprema de Justicia de Panamá declara inconstitucional contrato con Minera Petaquilla

Luego de 20 años la Corte Suprema de Justicia de la República de Panamá (CSJ), en fallo del 21 de diciembre de 2017, declara inconstitucional la Ley 9 del 25 de febrero de 1997, que aprobaba un contrato entre el Estado panameño y la Sociedad Minera Petaquilla, S.A., otorgándole a esta última la concesión de los yacimientos de oro y cobre y otros minerales, en el área conocida como Cerro Petaquilla ubicado en la Provincia de Colón en el Distrito de Donoso. La Ley 9 de 1997 fue demanda de inconstitucional en el 2009 por la Abogada Susana Serracín en representación del Centro de Incidencia Ambiental (CIAM).

El Fallo contó con la aprobación de cinco de los nueve magistrados de la CSJ, entre los aspectos importantes que señala el fallo es que: reconoce que la actividad minera a cielo abierto es perjudicial para un ambiente sano, que la suscripción del contrato no representaba los mejores intereses del Estado, desatancando que la Asamblea Nacional debió rechazar la aprobación del contrato, puesto que contravenían preceptos constitucionales, y que el mismo no cumplía con las exigencias legales establecidas en el Decreto de Gabinete 267 del 21 de agosto de 1969 vigente a la fecha de otorgada la concesión, que establecía como requisito para otorgar una concesión minera, la convocatoria a una licitación pública con la participación de empresas estatales o mixtas..

La Contrato otorgó a la empresa Sociedad Minera Petaquilla, S.A., que concedía 13, 600 hectáreas de terreno para sus operaciones, fue obtenida durante la presidencia de Ernesto Pérez Balladares y obtuvo licencias de exportación durante la presidencia de Ricardo Martinelli Berrocal.

Este lunes 24 de Septiembre la Secretaria General de CSJ, publicó el edicto de notificación a las partes dentro del proceso para luego de cumplido este paso, dar trámite para su publicación en Gaceta Oficial, entre las consecuencias jurídicas que presenta el fallo, está la nulidad del contrato y el cese de actividades en la zona concesionada.

Escuchemos declaraciones de Susana Serracín, abogada ambientalista quien interpuso demanda de inconstitucionalidad contra el contrato otorgado a la Sociedad Minera Petaquilla, S.A.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/09/corte-suprema-de-justicia-de-panama-declara-inconstitucional-contrato-con-minera-petaquilla/