Panamá

Estado de derecho, seguridad jurídica y caso Minera Petaquilla

El reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia que declaró inconstitucional la Ley No. 9 de 1997, por la cual se aprueba el contrato celebrado entre el Estado y la sociedad Minera Petaquilla, S.A., ha dado mucho de qué hablar en los últimos días. Como era de esperarse, la Cámara Minera de Panamá y la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura han salido a la palestra pública señalando que la ley es inconstitucional, más no el contrato. Eso no nos sorprende en lo absoluto, pues dichos gremios tienen como norte la promoción de los negocios y la inversión. Sin embargo, tenemos al ministro de Comercio e Industrias que velozmente se reúne a puerta cerrada con el sector minero y publica un comunicado mediante el cual señala que el fallo solamente afecta la ley declarada inconstitucional, más no el contrato, resaltando que es prioritario defender la seguridad jurídica de la inversión. Con igual opinión y rápidamente se manifestó el ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, desconociendo con ello su deber básico e irrenunciable como servidores públicos de cumplir y hacer cumplir la ley.

Se entiende por Estado de derecho a la forma de organización política en la que se encuentra sujeta la vida social, que por medio de un marco jurídico ejecuta un conjunto de reglamentos a fin de garantizar el principio de legalidad y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

No existe Estado de derecho cuando el Órgano Legislativo actúa desde una posición partidista o cuando el Órgano Ejecutivo actúa desde una perspectiva personal, violando la legislación, desconociendo los dictámenes de la Corte Suprema de Justicia y generando disconformidad en la ciudadanía. Todas las personas debemos cumplir las leyes vigentes, incluidas las autoridades, por muy alto que sea su cargo. Ambos ministros parecen haber olvidado que la seguridad jurídica de la inversión que defienden a ultranza nunca puede ir por encima de la Constitución. Existe un principio elemental en el derecho, que por encima de los contratos, e incluso por encima de la propia ley, está la Constitución Política, al grado de que ningún contrato puede celebrarse contraviniendo sus preceptos y aunque no suela hablarse del control de constitucionalidad de los contratos, esta es una consecuencia inevitable del principio de supremacía de la Constitución. Estamos conscientes de que la decisión de la Corte Suprema de Justicia trae aparejada una secuela compleja de efectos jurídicos y situaciones que merecen un profundo análisis y que deben ser resueltas sabiamente, pero en ningún momento debemos ignorar que tenemos la obligación de ser respetuosos del Estado de derecho y la Constitución.

Urge modernizar nuestro Código Minero de 1963, especialmente en lo concerniente a la garantía en los planes de cierre de la mina y el establecimiento de áreas que deben ser cerradas a la minería, como las áreas protegidas y zonas de recarga acuífera. El caso de Minera Petaquilla es un ejemplo de lo que nunca más debe volver a repetirse en nuestro país.

Fuente:https://www.prensa.com/opinion/derecho-seguridad-juridica-Minera-Petaquilla_0_5135486472.html

Mexico

Logran pueblos frenar proyectos de mineras

Indígenas nahuas de la Sierra Norte de Puebla ganaron un amparo que ordena el alto de actividades por parte de tres concesiones mineras ubicadas en los municipios de Tlatlauquitepec, Yahonoahua y Cuetzalan, resolución que, además, sienta un precedente para otras causas similares en el territorio poblano, según información confiada por indígenas consultados.

A través de un comunicado difundido por el Centro Nacional de Comunicación Social AC (Cencos) la noche del pasado domingo, los promotores de esta causa señalaron que el pasado 26 de septiembre, integrantes del pueblo maseual obtuvieron un amparo y protección de la justicia, en contra de las concesiones mineras.

De esta forma, las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, ya no tienen efecto e los tres municipios ya mencionados, luego de la resolución del juzgado quinto de distrito en materia de amparo civil, administrativa y de trabajo y de juicios federales en el estado de Puebla, que concedió el amparo y protección de la justicia al pueblo maseual.

La sentencia ordena a la Secretaría de Economía dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería; también ordena llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y, por último, emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.

En la sentencia, el juzgado reconoció el ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo de la comunidad de la Sierra Norte de Puebla.

Asimismo, con base en el peritaje en impacto ambiental, la jueza reconoció que la actividad minera “conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación (sic) de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje”.

Desde marzo del 2015 el pueblo maseual interpuso esta demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

«Este fallo judicial deja en claro que el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado y modificados, pues es imprescindible que: se garantice la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables y no se interfiera con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”, destacó la fuente.

Fuente:https://www.elpopular.mx/2018/10/01/municipios/logran-pueblos-frenar-proyectos-de-mineras-190713

 

Mexico

Mineras aprovecharían transición para obtener permisos de SEMARNAT

La empresa minera Candelaria Mining Group podría aprovechar el “vacío de poder” para buscar el permiso que le permita la explotación minera en Veracruz, denunció el integrante de La Asamblea Veracruzana de Iniciativa y Defensa Ambiental (La Vida), Guillermo Rodríguez Curiel.

El activista ambiental Guillermo Rodriguez señaló que la empresa canadiense aprovecharía el tiempo del cambio de administración para que su trámite pase desapercibido y no sea suspendido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

La empresa realizó una solicitud – mediante una de sus filiales- para la barrendación y búsqueda de este mineral

“Ingresas la solicitud y corre la ley a partir de eso, y en ese tránsito es que se puede dar un albazo y que nos levantemos con la sorpresa de que el actual secretario de SEMARNAT firme para entregar todos los bienes como lo hizo Peña Nieto con los decretos del agua”, aseguró.

Esto luego de conocerse que la empresa Roca Verde Exploración de México SA de CV, filial de Gold Group, solicitó a SEMARNAT un permiso para la barrendación en búsqueda de oro en el municipio de Las Minas.

Además recordó que en dos ocasiones la sociedad civil, científicos, académicos e incluso la iglesia católica han mostrado que Veracruz no es viable para los trabajos de minería, pues en la zona que se pretende instalar existe una biodiversidad de 350 especies de flora y fauna.

El cabildo de Alto Lucero mencionó que tampoco darán facilidades para la explotación con fines de lucro de agua

Aunado a ello 17 municipios veracruzanos se han pronunciado libres de minería tóxica, además se está en espera que otros tres ayuntamientos se sumen a esta causa.

En el mismo sentido, mencionó que el próximo 4 de octubre se reunirán con el gobernador electo, Cuitláhuac García Jiménez para solicitarle que toda la entidad se pronuncie libre de minería tóxica.

Una de las voces que se han declarado en contra de la explotación minera es el escritor y periodista Juan Villoro, quien criticó a los gobiernos locales, quienes aseguró, son cómplices de las empresas norteamericanas al permitir su establecimiento en zonas que dañan a la naturaleza a cambio de ganancias a corto plazo, pero «terribles para el futuro».

Fuente:http://www.e-veracruz.mx/nota/2018-09-30/ecologia/mineras-aprovecharian-transicion-para-obtener-permisos-de-semarnat

Mexico

Amparan a comunidades indígenas de la Sierra Nororiental de Puebla contra mineras

La sentencia sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas

Integrantes del Pueblo Maseual (nahua) de la Sierra Nororiental de Puebla obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que inciden principalmente sobre los municipios de Tlatlauquietepec, Yahonoahua y Cuetzalan.

El Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla concedió el pasado 26 de septiembre la protección de la justicia a las comunidades de esa región, lo cual sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas.

En marzo del 2015, el Pueblo Maseual interpuso dicha demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva y por mandato de la Asamblea, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo, fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

Después de varios años de litigio, el pueblo maseual obtuvo una sentencia favorable donde se le ordena a la Secretaría de Economía: (I) dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería; (II) llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y (III) emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.

En septiembre de 2014, tres mil indígenas maseual reunidos en asamblea en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, ejercieron su derecho a la autonomía y encomendaron al Consejo Maseual Altepetajpianij llevar a cabo las acciones necesarias para la defensa del territorio.

Con la asesoría del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se presentó la demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de los derechos del pueblo maseual a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras referidas.

En la sentencia, el Juzgado reconoció tal ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo del Pueblo Maseual.

Con base en el peritaje en impacto ambiental, la Jueza reconoció que la actividad minera:

«conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje».

Fuente:https://megalopolismx.com/noticia/44970/amparan-a-comunidades-indigenas-de-la-sierra-nororiental-de-puebla-contra-mineras

Perú

“Río Blanco debe respetar normas legales y ambientales”

Piura. El proyecto minero Río Blanco, ubicado en Ayabaca y Huancabamba, se encuentra nuevamente sobre el tapete, generando reacciones favorables y adversas por considerarse un tema bastante delicado en su tratamiento.

El presidente de la Cámara de Comercio (Camco) de Piura, Ricardo Álvarez Elías, sostuvo que si respetan las normas legales, técnicas y ambientales como todo proyecto de inversión, debe ser bienvenido.

Sin embargo, señaló que para tener éxito en su ejecución es necesario hacer un buen trabajo de información con las comunidades, ciudadanía, así como efectuar mesas de concertación y talleres.

“Nadie en su sano juicio va a permitir que un proyecto minero pueda llevarse adelante si se afecta la salud y vida de las personas. Nadie en su sano juicio va a aprobar esto”, sentenció el representante de los empresarios.

Consideró que toda inversión puede ser viable si se trabaja de manera eficiente, eficaz y adecuadamente. Aseveró que el proyecto no solo es la empresa o el Estado, quien debe tener no solo una presencia muy poderosa, sino también es la ciudadanía o las comunidades que viven alrededor de este plan minero.

Por ese motivo afirmó que ellos necesitan saber en qué consiste esta obra, cómo se va a desarrollar y si los va a favorecer cuando la actividad culmine. Álvarez opinó que debe haber un proyecto de sostenibilidad en el lugar donde se desarrolla.

Para trabajar bien todo esto, indicó que es necesaria una buena disposición y voluntad de las partes involucradas como el inversionista, el minero, el Estado, las comunidades por medio de las mesas de concertación y los talleres.

El presidente de la Camco señaló que si se logran acuerdos mancomunados se podrá contar con la licencia social. Agregó que el proyecto minero Río Blanco debe involucrar a todos los sectores y el permiso social estaría dándose de manera automática.

Puntualizó que el proyecto minero podría salir adelante si la población o las comunidades están de acuerdo, así como también se respete el medio ambiente o se minimicen los daños ambientales, sino no sería viable.

Fuente:https://larepublica.pe/sociedad/1328238-rio-blanco-debe-respetar-normas-legales-ambientales?ref=linkcuerpo

Perú

Agricultores acusan a minera por envenenarlos con agua contaminada

La Libertad. Comuneros de Shiracmaca y Caserío Toro piden apoyo para que empresa Los Andes Perú Gold SAC limpie el agua que viene contaminando con el derrame de lama de la minera.

“A nuestros niños los contaminamos con estos alimentos. Mi mamá está postrada en una cama por culpa de la minería. Hacen meses que está el agua igual, se han muerto 3 vacas y nadie hace nada“, denunció una ciudadana en un vídeo publicado en Facebook.

La minera Los Andes Perú Gold SAC viene trabajando en la zona desde hace un año, desde entonces, los comuneros de Shiracmaca y el Caserío Toro, en La Libertad, se ven afectados por la contaminación que propina la empresa.

“Que se comprometan a limpiarnos nuestra agua, porque es esta la que abastece para nuestros alimentos. Se ve amarilla el agua por causa de la contaminación.”, añade la mujer.

En el vídeo se puede observar que la poca agua que llega tiene un color muy oscuro, mostaza. Al parecer, ésta estaría siendo contaminada por la minera Los Andes Perú, quienes realizan trabajos algunos kilómetros arriba de los pueblos.

“Todo se está secando. La papá, la cebolla la yerba, todo se muere por el agua”, manifiesta un poblador.

Los agricultores piden apoyo a las autoridades y medios de comunicación para dar a conocer el caso y para que la situación en la que se encuentran mejore, ya que consideran que los están envenenando al tener que tomar esa agua.

Según la denunciante, esta no es la primera vez que se quejan por la contaminación que genera la empresa, sino que, en otro momento, los ingenieros han llegado al lugar para prometer que la situación cambiará, pero nunca limpian el agua.

La redacción intentó comunicarse con la empresa, pero no se encontró un número para poder contactarlos. Esperamos que puedan realizar su descargo a través de nuestra plataforma de WhatsApp 941 000 000.

Fuente:https://larepublica.pe/reportero-ciudadano/1328777-libertad-agricultores-acusan-minera-envenenarlos-agua-contaminada

Mexico

Ganan amparo contra tres concesiones mineras en Sierra Norte de Puebla

Integrantes del Pueblo Maseual (nahua) de la Sierra Nororiental de Puebla obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que inciden principalmente sobre los municipios de Tlatlauquietepec, Yahonoahua y Cuetzalan; informó Altepetajpianij Consejo Maseual.

El Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla concedió el pasado 26 de septiembre la protección de la justicia a las comunidades de esa región, lo cual sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas.

En marzo del 2015, el Pueblo Maseual interpuso dicha demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva y por mandato de la Asamblea, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo, fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

Después de varios años de litigio, el pueblo maseual obtuvo una sentencia favorable donde se le ordena a la Secretaría de Economía:

(I) dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería;

(II) llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y,

(III) emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.

En septiembre de 2014, tres mil indígenas maseual reunidos en asamblea en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, ejercieron su derecho a la autonomía y encomendaron al Consejo Maseual Altepetajpianij llevar a cabo las acciones necesarias para la defensa del territorio.

Con la asesoría del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se presentó la demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de los derechos del pueblo maseual a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras referidas.

En la sentencia, el Juzgado reconoció tal ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo del Pueblo Maseual.

Con base en el peritaje en impacto ambiental, la Jueza reconoció que la actividad minera:

“conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje”.

Para el Consejo Maseual “la sentencia sienta un precedente importante respecto a la minería en territorios indígenas”.

Los defensores de los pueblos indígenas  señalaron que “el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado para garantizar la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables y para no interferir con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”.

Subrayaron que este “fallo judicial deja en claro que el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado y revisado, pues es imprescindible que:

1.- Se garantice la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables;

2.-No se interfiera con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”.

Igualmente este fallo “se una a otras decisiones del Poder Judicial de la Federación, que han contribuido a la construcción del Estado pluricultural en México y que los poderes Legislativos y Ejecutivos están llamados a atender”; precisaron.

 

Fuente:https://regeneracion.mx/ganan-amparo-contra-mineras-en-sierra-norte-de-puebla/

Chile

Arica: Pueblos se movilizaron en defensa del territorio y contra la minería

Más de 150 personas de los pueblos originarios del territorio Arica y Parinacota, junto a organizaciones sociales, culturales, ambientales y personas de los valles y ciudadanía en general, participaron en la “Gran Movilización por la Defensa del Territorio y Aguas: No a la Minería”, que se realizó este 27 de septiembre en Arica.

La acción autoconvocada por los pueblos de Belén, Chapiquiña, Pachama, Copaquilla, Lupica, Saxamar, Tignamar, Guallatire, Livilcar, Zapahuira, Socoroma, Putre, Caquena, Timar, Pachica y el valle de Azapa, buscó visibilizar la oposición de los pueblos a la minería que amenaza las formas de vida tradicionales y afectación al medioambiente, exigiendo al gobierno que reconozca los territorios ancestrales y no los apropie como fiscales. Asimismo, cuestionaron el Plan Maestro de Repoblamiento para Parinacota que anunció el gobierno, estrategia que no cuenta con la participación de los pueblos.

Marcha

La movilización pacífica partió en la plaza Los Leones donde se dirigió hasta SERNAGEOMIN, organismo que recibe las solicitudes de exploraciones minera; luego las y los manifestantes llegaron a la CONAF institución pública a la que emplazaron a informar los daños de flora y fauna que están realizan los proyectos mineros que hoy están afectando a la Región. Por calle Juan Noé la marcha se detuvo en CONADI, Poder judicial y oficinas de enlace de las comunas de Camarones y Putre, ocasión donde se solicitó a las autoridades comunales que expresen públicamente su postura ante la minería y apoyen en esta lucha a los territorios.

Finalmente, la movilización llegó al frontis de la Intendencia Regional para hacer entrega de una carta donde se exige que: el Ministerio de Bienes Nacionales reconozca el derecho a la propiedad y a la posesión de los territorios que tradicionalmente han ocupado las comunidades indígenas territoriales en esta región, dando cumplimiento a la titulación de los territorios al amparo de la normativa internacional.

La reforma al Código de Agua reconozca la propiedad y el uso que ancestralmente hacen las comunidades indígenas territoriales de la región, respetando nuestra cosmovisión indígena.

La reforma al Código de Minería la cual otorga concesiones mineras en territorios indígenas, dañando irreparablemente nuestro patrimonio cultural y natural, vulnerando nuestro derecho a la consulta previa, libre e informada.

Y eliminar la minería como eje de desarrollo en la región de Arica y Parinacota y, en nuestros territorios, respetar nuestro derecho a decidir nuestro propio desarrollo.

Cabe destacar que la Gobernación Provincial no autorizó el recorrido solicitado, a pesar que la carta fue enviada hace más de 15 días de anticipación, hecho que los pueblos calificaron de arbitrario y discriminatorio. Según las y los organizadores, no descartan realizar las acciones pertinentes por vulneración de derecho a la libertad de expresión a los pueblos originarios.

 

COMUNICADO PUBLICO

 

Los pueblos precordilleranos y cordilleranos, comunidades indígenas aymaras y quechuas, y las organizaciones sociales, culturales, ambientales y de los valles de la región de Arica y Parinacota, autoconvocados en la ciudad de Arica, en el marco de la defensa de los DERECHOS TERRITORIALES establecidos en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la jurisprudencia desarrollada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, manifestamos lo siguiente:

Que el actual gobierno del Presidente Sr. Sebastián Piñera, tiene el deber de reconocer el derecho a la propiedad y a la posesión de los territorios que tradicionalmente han ocupado las comunidades indígenas territoriales en esta región, donde su fundamento no descansa en la existencia de un título o una inscripción en el Registro Público de Tierras Indígenas de la CONADI, sino, en la ocupación y el uso tradicional que de las tierras y territorios han hecho o hacen desde tiempos inmemoriales.

 

Que el gobierno tiene el deber de tomar las medidas que sean necesarias para regularizar la propiedad territorial, con el fin de garantizar su debida protección y dar solución a las legítimas reivindicaciones territoriales, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 del Convenio 169 de la OIT.

 

Que la titulación de territorios indígenas, ya tiene precedentes en los gobiernos anteriores, que mediante la acción del Ministerio de Bienes Nacionales y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena lograron titular territorios indígenas en la segunda región, situación que demuestra que solo se requiere de voluntad política del actual gobierno para delimitar los territorios de las comunidades indígenas territoriales de esta región.

 

Las comunidades indígenas rechazamos la doctrina de la negación que realiza el Gobierno en materia territorial, al establecer que nuestro sistema jurídico no reconoce el “dominio por preexistencia o ancestralidad”, desconociendo la dimensión colectiva y espiritual; relación especial que poseen nuestras comunidades indígenas territoriales. Asimismo, condenamos la separación de la tierra y el agua, establecida en el Código de Aguas, pues la correspondencia de ambas es necesaria para la supervivencia, desarrollo y continuidad de nuestras formas de vida.

 

Exigimos la derogación del Decreto Exento Nº215 emitido por el Ministerio de Bienes Nacionales que destina aproximadamente 9.000 hectáreas al Ministerio de Defensa para la instrucción y entrenamiento militar de la VI División del Ejército, territorios que le pertenecen histórica y ancestralmente a la Comunidad de Socoroma.

 

La comunidades indígenas territoriales rechazamos como eje de desarrollo la minería en nuestros territorios, ya que se contrapone a nuestra visión de desarrollo basada en la agricultura, ganadería y el turismo patrimonial, decisión que se toma bajo el amparo de los derechos a la autonomía territorial y la libre determinación, establecido en la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

 

En consecuencia, rechazamos la exploración minera de la empresa transnacional Rio Tinto Mining and Exploration Ltda., en territorio de la comunidad territorial de Belén, debido a que afecta su forma tradicional de vida, provoca un daño irreparable al patrimonio cultural y natural existente en su territorio y genera división en su comunidad.

 

Por lo tanto, exigimos al gobierno, a través su representante en la región, la Intendenta Sra. María Loreto Letelier Salsilli, lo siguiente:

  1. a) Que el Ministerio de Bienes Nacionales reconozca el derecho a la propiedad y a la posesión de los territorios que tradicionalmente han ocupado las comunidades indígenas territoriales en esta región, dando cumplimiento a la titulación de los territorios al amparo de la normativa internacional.
  2. b) Que la reforma al Código de Agua reconozca la propiedad y el uso que ancestralmente hacen las comunidades indígenas territoriales de la región, respetando nuestra cosmovisión indígena.
  3. c) La reforma al Código de Minería la cual otorga concesiones mineras en territorios indígenas, dañando irreparablemente nuestro patrimonio cultural y natural, vulnerando nuestro derecho a la consulta previa, libre e informada.
  4. d) Eliminar la minería como eje de desarrollo en la región de Arica y Parinacota y, en nuestros territorios, respetar nuestro derecho a decidir nuestro propio desarrollo.

 

Los pueblos precordilleranos y cordilleranos, comunidades indígenas aymaras y quechuas, y las organizaciones sociales, culturales, ambientales y de los valles de la región de Arica y Parinacota, continuaremos con el proceso de defensa y protección de nuestros territorios y aguas, no cederemos ante la arremetida de proyectos mineros y no descansaremos hasta que el Estado elimine la minería como eje de desarrollo en nuestros territorios y reconozca jurídicamente nuestros derechos territoriales ancestrales.

 

Colombia

El regreso de las consultas populares

Durante el 2017 se celebraron siete consultas populares todas alcanzaron el umbral y las votaciones contra el extractivismo vencieron la opción favorable por más del 95% en todos los casos.

Las Consultas Populares contra la minería y el petróleo han descubierto una ciudadanía crítica y propositiva que demanda escenarios de participación para tomar decisiones sobre su territorio, especialmente sobre la protección del agua y la naturaleza. También se han convertido en un instrumento de reafirmación identitaria alrededor de la tradición campesina y agraria de la región andina y llanera.

Los resultados son incontrovertibles, de nueve consultas realizadas, nueve han resultado victoriosas. Todas alcanzaron el umbral y las votaciones contra el extractivismo vencieron la opción favorable por más del 95% en todos los casos, e incluso superaron la votación de los alcaldes electos en 8 de los 9 municipios, exceptuando Tauramena. De las 9 consultas adelantadas, 7 se celebraron sólo en el año 2017; una bola de nieve de autonomía y democracia directa que se cierne sobre las locomotoras del “desarrollo” extractivista.

El gobierno, sin más recursos legales, optó por una salida: el presupuesto. En una interpretación sui generis que contradecía la propia conducta del Ministerio de Hacienda y de la Registraduría en las consultas populares celebradas con anterioridad, el gobierno alegó que las consultas de los niveles locales y departamentales debían ser financiadas por los propios entes territoriales. En la práctica, esta decisión política ataba el derecho fundamental a la participación a la disponibilidad presupuestal de los municipios.

 

Pero su jugada fue más audaz. Al presentarlo como un conflicto de competencia inhibió a los municipios de financiar a muto propio las consultas hasta tanto este conflicto no fuera dirimido, decisión que continúa pendiente en el Consejo de Estado. La Registraduría, no tuvo otra opción que solicitar a los alcaldes abstenerse de fijar fecha para celebrar las consultas populares que ya habían agotado todo el proceso que atraviesa las diferentes ramas del poder público: alcaldía, concejo municipal, tribunal administrativo. En la provincia del Sumapaz quedaron en vilo las consultas de San Bernardo, Pasca y Fusagasugá, y al menos otras 10 se encuentran pendientes a nivel nacional.

Ante esta situación, Territorios de Paz (TERREPAZ) una articulación de profesionales y colectivos de investigación, en coordinación con líderes y lideresas comunitarias de San Bernardo y Fusagasugá, elaboraron 2 acciones de tutela, una para cada municipio, que alegaron la violación del derecho a la participación y a la igualdad.

La primera en ser fallada favorablemente fue la de San Bernardo. En sentencia de segunda instancia del 15 de junio de 2018, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca rechazó la interpretación hecha por el Gobierno del artículo 33 de la ley 1757 de 2015 según la cual esta norma le asignaría una responsabilidad fiscal a los municipios de financiar las consultas promovidas desde el nivel local.

El Tribunal concluyó que el factor económico no puede ser una traba para el ejercicio de los derechos ciudadanos, especialmente los que involucran el ejercicio de la soberanía  popular, y que la interpretación del Gobierno hace un “análisis sesgado  y restrictivo de las normas” que constituiría una limitante para el ejercicio de la democracia participativa, especialmente para municipios débiles económicamente, trasladando la decisión de la consulta popular de la autoridad pública al ordenador del gasto.

 

Sobre esas consideraciones, el Tribunal le otorgó 15 días a la Registraduría para solicitar al Ministerio de Hacienda los recursos para la consulta popular de San Bernardo. Y una vez hecha la solicitud, el Ministerio contaría con 10 días para girarlos.

El 15 de julio de 2018 el Juzgado 53 Administrativo de Bogotá llegó a la misma conclusión en relación con Fusagasugá y adoptó idéntica orden. El juez reafirmó que existiendo una tensión entre el derecho fundamental a la participación ciudadana y el principio de legalidad del gasto, en la ponderación el segundo debe ceder ante el primero.

No obstante, sólo hasta el 13 de agosto la Registraduría recibió una respuesta positiva del Director General del Presupuesto Público Nacional, aprobando los recursos necesarios para realizar las consultas populares de Fusagasugá y San Bernardo, y también la revocatoria de mandato del Alcalde de La Calera. Aunque la consulta popular del municipio de Pasca se encontrara en la misma situación que la de sus vecinos sólo que sin fallo de tutela, el Ministerio de Hacienda no le ha asignado recursos.

Los alcaldes de los 2 municipios sumapaceños, en acuerdo con las organizaciones promotoras, decidieron convocar a la ciudadanía para el próximo domingo 21 de octubre. Ese día, tras haber sido congeladas por más de un año a voluntad del gobierno, los habitantes de Fusagasugá y San Bernardo harán historia nuevamente y se darán cita para aprobar o reprobar las actividades de exploración/explotación petrolera y minera en sus territorios.

Recién se conformaron los comités de impulso que harán campaña por el “No”, su consigna es una apuesta ciudadana por la vida, la defensa del territorio y la vocación campesina, más allá de cualquier distingo político. El gobierno responde con la inclusión de un “mico” en el proyecto de Presupuesto Nacional 2019 que le daría piso legal a su posición frente al presupuesto de las consultas populares.

Impulsadas por los colectivos que han abanderado la defensa de la ecorregión del Sumapaz como Nuestro Páramo, Guacaná, Gusta Guchipas, Veeduría Ambiental y Tierra Libre, se esperan jornadas intensas de pedagogía en barrios y veredas, y los acostumbrados cierres culturales que envíen el mensaje de que cuando es el pueblo quien decide, el pueblo se alegra, canta, baila y hace fiesta. Las consultas son apenas un peldaño de una tarea más profunda, el ordenamiento comunitario del territorio es allí donde los conocimientos campesinos se ponen a prueba con las decisiones colectivas.

En el siglo de la democracia participativa, será un 21 de octubre cuando la gente del común le vuelva a decir a sus gobernantes: nunca más sin nosotras, nunca más sin nosotros ¡Agua sí, Petróleo No!

Fuente:https://www.elespectador.com/noticias/judicial/el-regreso-de-las-consultas-populares-articulo-814187

Honduras

Construir nuestro propio modelo de desarrollo

En Honduras se ha vuelto casi una normalidad el hecho que las comunidades se levanten en protesta contra la instalación de una minera, de una hidroeléctrica o de un proyecto turístico. La razón es simple: estos proyectos representa la expulsión de la misma comunidad, la privatización de los ríos y la contaminación del ambiente. Oponerse es defender la vida, así lo han entendido las comunidades.

Los inversionistas, nacionales y extranjeros, van y se instalan sin importar la opinión de los habitantes que siempre han vivido en esa comunidad. El reclamo es que esos proyectos invaden, no son consultados con sus pobladores. Es así como la resistencia se ha expandido por casi todos los departamentos del país, principalmente los departamentos de Copán, Santa Bárbara, Intibucá, Atlántida, Colón, Choluteca, Valle.

Ya El Salvador nos ha dado luces de la ruta que se debe seguir para buscar prohibir en el país los proyectos que buscan generar jugosas ganancias para unos pocos y la muerte para muchos. En El Salvador desmontaron todas las mentiras que la industria habla. Se venden como el centro del desarrollo del país. Generan empleos y riquezas a los estados. Datos que son refutados incluso por el propio Instituto Nacional de Estadísticas que señala que la minería no genera siquiera los 12 mil empleos directos, y si se le sumarán los empleos indirectos de toda la industria minera, éstos llegan ni siquiera a 20 mil empleos en un país de desempleados.

El gran mito del modelo extractivista es que generan riqueza económica sin embargo en las comunidades donde se instalan se respira pobreza, no generan empleos ni los ingresos justos en los pagos de impuestos e incluso muchas de esas empresas están exoneradas del pago de tributos.

Honduras está avanzando a momentos críticos y muy peligrosos donde la protesta social se criminaliza y se persigue a los rostros visibles del descontento nacional. Pero esta difícil situación de conflictividad, donde los mineros y los hidroeléctricos ponen a pelear a los hondureños contra los propios hondureños, es la oportunidad para construir nuestra propia visión desde el desarrollo tomando en cuenta la protección y conexión directa con los bienes comunes.

Según los números y el análisis que realiza el Foro Social de la Deuda Externa y Desarrollo de Honduras, Fosdeh, Honduras se puede dar el lujo de rechazar el modelo extractivo porque no genera riqueza más bien provoca más pobreza. Ésta es la oportunidad.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/09/construir-nuestro-propio-modelo-de-desarrollo/