Ecuador

Megaproyectos chinos se convirtieron en un peligro para los indígenas y la Amazonía de Ecuador

  • Las Naciones Unidas acogieron las recomendaciones de los pueblos indígenas amazónicos que se quejan por la violación a los derechos humanos por parte de multinacionales chinas.
  • Pueblos indígenas de Ecuador han sido despojados y desplazados por grandes megaproyectos mineros y de hidrocarburos que además causan un grave daño ambiental a la selva amazónica ecuatoriana. Los proyectos Mirador y San Carlos Panantza son dos de los casos más representativos.

Cada año que pasa las inversiones chinas alrededor del mundo se expanden con rapidez. América Latina, y en especial los países amazónicos, han visto como cada vez más las multinacionales de este país asiático llegan a las selvas tropicales de la Amazonía a financiar y ejecutar grandes proyectos mineros y de hidrocarburos.

La preocupación por la forma en que las empresas chinas manejan el tema medioambiental y de derechos humanos es tal que recientemente la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas recogió las recomendaciones de la Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA) para evaluar el respeto de los derechos humanos por parte del Gobierno chino. De hecho, el próximo 6 de noviembre la República Popular China será evaluada en Ginebra en el marco de la Evaluación Periódica Universal de Derechos Humanos (EPU).

Las recomendaciones de la COICA se encuentran detalladas en el informe ‘Vulneraciones a los derechos de los pueblos indígenas en la cuenca amazónica por inversiones chinas’, en el cual manifiestan que se encuentran vulnerados el derecho a la vida, que implica la protección del derecho a un medio ambiente sano y equilibrado; y el derecho a la No discriminación.

Entre los casos que se destacan se encuentran el Arco Minero del Orinoco en Venezuela, el Bloque Petrolero El Nogal en Colombia, Lote 58 en Perú, Represas Teles Pires y Sao Manoel en Brasil y el proyecto Cóndor Mirador en Ecuador.

Además de esto, la ONU destacó que las empresas mineras chinas, en particular las que participaban en los proyectos Mirador y San Carlos Panantza en el Ecuador, habían incurrido en prácticas irregulares de adquisición de tierras, como la compra irregular sin consulta previa, la reclamación arbitraria de derechos de explotación minera y la interposición de demandas civiles contra familias sin títulos de propiedad. “Por medio de estas prácticas y con el apoyo de las fuerzas de seguridad, estas empresas habían provocado el desalojo forzoso y el desplazamiento involuntario de un total de 42 familias indígenas”, relata el documento.

Las inversiones chinas en Ecuador se han incrementado exponencialmente. Otro informe, titulado: ‘Impactos de empresas chinas en los Derechos Humanos y el Ambiente en América Latina’ y elaborado por la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y el Colectivo sobre Financiamiento e Inversiones Chinas, Derechos Humanos y Ambiente (CICDHA) asegura que China es el primer prestamista y contratista del Ecuador, especialmente, para los sectores de hidrocarburos, minería, infraestructuras, obras hidráulicas, comunicaciones y finanzas. Desde que el primer préstamo chino llegó a Ecuador en el 2009 se han otorgado créditos por un total de 12 490 millones de dólares, más de lo que prestaron todos los bancos multilaterales juntos durante el mismo período (10 165 millones de dólares).

“Este resultado, no solo involucra una mayor dependencia política y económica con China, sino también que las empresas chinas acaparan el mayor número de contratos públicos de obras de gran tamaño”, se lee en el reporte.

Inversiones chinas: San Carlos Panantza

 

El proyecto minero San Carlos Panantza en la Provincia de Morona Santiago representa una de las inversiones chinas más grandes en Ecuador. Fue concesionado a la empresa Explorcobres S.A. (EXSA), para la explotación de yacimientos mineros de cobre y otros materiales. Desde mayo de 2010, EXSA pertenece a la compañía china CRCC Tongguan Investment CO, la cual suscribió un contrato de exploración y explotación con el Gobierno ecuatoriano con una vigencia aproximada de 25 años. Actualmente, se están gestionando las actividades para el reinicio del proyecto, que se encuentra en su fase de exploración inicial.

Se trata de 13 bloques mineros que abarcan una superficie de alrededor de 41 000 hectáreas, de las cuales 15 000 son del Pueblo Indígena Shuar Arutam. El proyecto ha estado lleno de conflictos desde su inicio, incluso los indígenas quemaron un campamento hace ya varios años. “La conflictividad tomó un giro drástico el 11 de agosto de 2016, ya que por pedido de la empresa se procedió a desalojar a una de las comunidades Shuar”, comenta Carlos Mazabanda de Amazon Watch a Mongabay Latam.

Todo ese problema con los predios se dio porque en las décadas de los 80 y de los 90 la institución gubernamental encargada de la titulación de la tierra fue dando títulos a campesinos en esta zona que era tradicionalmente territorio Shuar. Los indígenas no tenían problema con que campesinos se asentaran en su muy amplio territorio, pero cuando llegó la empresa y les empezaron a vender los títulos de propiedad, los Shuar decidieron posesionarse nuevamente de sus predios para impedir la afectación ambiental de sus tierras.

Según Mazabanda, la estrategia de la compañía ahora es aliarse con un representante indígena, que tiene el liderazgo de muchos de los Shuar de la provincia de Morona Santiago. La empresa, el líder ─y quienes lo apoyan─ firmaron un convenio para hacer la socialización del proyecto. “Eso ha sido bastante cuestionado porque no es posible que la misma comunidad sea la que le haga la socialización a la empresa, además, ha generado conflictos internos y divisiones entre los Shuar”.

Los impactos sociales y ambientales de este megaproyecto serán muy altos para la Amazonía sur de Ecuador. “Prevé el tratamiento de 90 000 toneladas de roca por día para extraer cobre. Constituiría el megaproyecto minero más importante del Ecuador. Los desechos contaminantes generados por esta mina estarían acumulados en una relavera al coste del río Zamora y podrían alcanzar un volumen de más de 700 millones de m3”, asegura William Sacher, profesor e investigador de la Universidad Andina Simón Bolívar y autor del libro ‘Ofensiva Megaminera China en los Andes’.

Pero eso no es todo. Sacher considera que si a todo lo anterior se agrega que la zona es altamente pluviosa y sísmica, serían muy altos los riesgos de accidentes como el que ocurrió en Samarco (Brasil) en 2015. Además, la puesta en marcha de una gran mina de esta índole requiere de abastecimiento masivo de energía. “Ejemplo del vínculo megaminería-proyectos hidroeléctricos es la megarepresa hidroeléctrica que está en proyecto aguas abajo, en el río Santiago”, le dice Sacher a Mongabay Latam.

El investigador tiene una larga lista de los efectos negativos que traería este proyecto y en general la megaminería. En términos ambientales están: destrucción de ecosistemas, reducción de la biodiversidad, contaminación de las aguas superficiales y subterráneas y contaminación de los suelos. En términos sociales, entre las afectaciones para las poblaciones están: expropiaciones violentas; violencias físicas y simbólicas; impactos profundizados para ciertos sectores de la población como las mujeres y los niños; explotación e inseguridad laboral; militarización y consolidación del patriarcado; distorsión de la economía, la vida comunitaria y política en función de los intereses de los capitales megamineros; corrupción; criminalización y asesinatos; pérdida de soberanía política y alimentaria; proletarianización; aculturación, etc. “En breve, lo peor de la modernidad capitalista”, asegura.

 

Inversiones chinas: Cóndor Mirador

 

Mirador es un proyecto minero a cielo abierto que se realiza entre las provincias de Morona Santiago y Zamora Chinchipe, en Ecuador. Es el más avanzado de todos los que se están proyectando en el país y está a cargo de la empresa de capital chino Ecuacorriente SA (ECSA). Actualmente se encuentra en etapa de construcción y busca extraer concentrado de cobre durante un periodo de 30 años, para luego exportarlo a China y ser procesado en el país asiático.

La mina a cielo abierto también pretende extraer en menor medida metales como plata y oro. Se prevé la extracción de 19 440 000 toneladas de roca al año y abarca una superficie de 9928 hectáreas en 11 bloques. Al momento se ha firmado contrato para la explotación de dos de estas áreas.

Hace unos meses el proyecto Monitoring of the Andean Amazon Project (MAAP) reveló un análisis con bases en imágenes satelitales donde se muestra como durante la etapa de construcción de vías de acceso para la mina, entre 2009 y 2017,  ya se han deforestado 1307 hectáreas de bosque. Carlos Mazabanda, coordinador para Ecuador de Amazon Watch, le dijo a Mongabay Latam que lo que ha llamado la atención es cómo este proyecto ha transformado la vida de las personas en la zona de influencia, en la parroquia Tundayme. “Preocupan los desalojos y la contaminación ambiental que ya es visible en un proyecto que está recién en la etapa de construcción”, dice.

Para tomar posesión del territorio concesionado, la empresa ECSA inició la negociación y compra de predios campesinos. Sin embargo, no todos los titulares estuvieron de acuerdo con las negociaciones por lo que la empresa realizó servidumbres ─la empresa a través de una orden judicial compra o toma en préstamo el terreno por un valor determinado por las autoridades─, y posteriormente solicitó al Estado que realizara el desalojo de las propiedades de aproximadamente 32 familias, ya que ambos mecanismos están contemplados en la actual Ley de Minería de Ecuador. La situación se agrava ya que, según Mazabanda, no se realizaron consultas previas en las comunidades afectadas por Mirador.

Para William Sacher, tanto Mirador como San Carlos Panantza son igual de problemáticos, aunque posiblemente San Carlos Panantza lo sea aún más porque se prevén minas más grandes. “Las empresas chinas escogieron desarrollar primero Mirador probablemente porque encontraban en la zona de este proyecto menos resistencia que en los territorios afectados por el proyecto San Carlos Panantza”, asegura.

Para el profesor e investigador ya se generaron una serie de profundos impactos sociales, ambientales y psicosociales. Entre estos, los desalojos de decenas de familias en el año 2015 y todo un largo proceso de acaparamiento de tierras. “Si los dos megaproyectos llegan a la fase de extracción estaríamos en el inicio de un distrito megaminero en la zona, lo cual implicaría una transformación política, económica, social y ambiental profunda, para nada a favor de la mayoría de la gente y de los pueblos que viven en estos territorios”.

La Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA) entregó sus recomendaciones a la ONU y espera que estas sean tenidas en cuenta por el gobierno chino. Entre las sugerencias se encuentran: modificar o suscribir adendas a los tratados de libre comercio suscritos, que incluyan una cláusula de cumplimiento de los derechos humanos de los pueblos indígenas y una cláusula de no debilitamiento o modificación de la normativa socio ambiental de cada país en el que operan los proyectos de capitales chino y/o financiamiento chino; mejorar las políticas de acceso a la información y transparencia de las empresas y de la República Popular China en proyectos relacionados a temas socioambientales y económicos, desde el diseño hasta su implementación; y elaborar y ejecutar protocolos de monitoreo y fiscalización hacia empresas financiadas por China.

El caso de Ecuador es particularmente preocupante pues es uno de los países amazónicos donde existe mayor participación china y donde recientemente se están desarrollando muchos más proyectos mineros y de hidrocarburos, donde Mirador y San Carlos Panantza son solo dos ejemplos de la crisis ambiental y social que puede seguir sucediendo en la Amazonía del país.

Fuente:https://es.mongabay.com/2018/11/inversiones-chinas-peligro-indigenas-y-amazonia-ecuador/

Chile

Cierre definitivo de Pascua Lama evidenciará independencia y poder de institucionalidad ambiental en Chile

No solo esta en juego el proyecto Pascua Lama sino como la Institucionalidad sancionadora y fiscalizadora tiene poder e independencia para enfrentar este tipo de proyectos.

 A pesar de ser rechazada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), por la comunidad local y organizaciones sociales, el proyecto minero Pascua Lama que intenta extraer oro debajo de los glaciares andinos, sigue presionando para poder operar en Chile.

Este martes (06.11.2012), el Primer Tribunal Ambiental, con sede en Antofagasta, realizó la audiencia de las reclamaciones presentadas por la Compañía Minera Nevada SPA, titular de Pascua Lama, propiedad de Barrick Gold, en contra de la (SMA), que en octubre pasado exigió clausura definitiva de las faenas del proyecto minero por 5 sanciones en su proceso de construcción.

La SMA alegó en el tribunal de Antofagasta que este es el “el primer caso, el primer infractor y el primer proyecto que recién en su etapa de construcción, ha sido objeto de cinco sancionatorios ambientales, referida al cumplimiento parcial del compromiso de monitorear los glaciares y glaciaretes emplazados en el área de influencia del proyecto.

El abogado de la SMA, Emanuel Ibarra, afirmó que además “los máximos tribunales de justicia calificaron el actuar de Pascua Lama como contumaz, además de dos procesos sancionatorios de la SMA en los que se determinó un daño ambiental en el ecosistema andino, afectando la flora y fauna, la calidad de las aguas y puesto en riesgo la salud de la comunidad”.

La Superintendencia argumentó que Nevada SPA recibió la multa más grande contemplada en el ordenamiento jurídico chileno, sin embargo siguió con faltas a sus planes declarados y omisión de entrega de información. Por lo tanto, esa sanción no tuvo efectos “disuasivos” en el actuar de la minera, informó radio cooperativa.cl.

Barrick contra la Institucionalidad Ambiental

El abogado Alvaro Toro que representa a las comunidades locales defiende las decisiones de la Superintendencia de Medio Ambiente, pues señala que no solo está en juego este multimillonario y contaminante proyecto minero, sino que además la institucionalidad ambiental esta en la mira de la ciudadanía nacional e internacional.

La unica sanción aceptable para un proyecto tan invasivo y contaminante como es Pascua Lama es la clausura total y definitiva, tal como lo señala la SMA, dijo el abogado Toro a radiodelmar.cl:

– ¿Porque barrick sigue reclamando e intenta operar…?

– Barrick logro que 4 de las 5 sanciones establecidas por la SMA fueran anuladas y ayer se discutió la reclamación de esta empresa sobre esta última reclamación. La SMA defendió su decisión respecto a que están acordes a la gravedad, reiteración y magnitud de las faltas.-

– Y que quiere Barrick, seguir pagando multas?

– Pagar la multa más grande es un costo insignificante en relación a todos los beneficios que obtienen al no cumplir sus obligaciones ambientales. Sin embargo, aunque el Tribunal Ambiental apoye a la SMA, creemos que Barrick recurrirá a la Corte Suprema porque ahí piensa que con sus contactos y sus influencias podría lograr un fallo a su favor. Pero si este Tribunal ratifica su decisión, creemos que es muy difícil que la Corte Suprema cambie esta decisión.

¿Cuál fue la estrategia de Barrick en esta discusión en Antofagasta?
– La empresa trata de victimizarse. Intenta falsamente hacer ver que la decisión de la SMA, sería una muerte civil para Barrick, pero eso es ridículo e impresentable. Ellos solo quieren multas económicas, son multas elevadas para la gente, pero para una empresa que invirtió 10 mil millones de dólares, es irrelevante.

– ¿Y qué pasa si el Tribunal acepta el criterio de Barrick?
– Si eso ocurre, quiere decir que nuestra Institucional Ambiental no sirve. Podrá servir para defender una plaza de un pequeño proyecto inmobiliario, pero para defender el Medio Ambiente en casos como este, de este tipo de inversiones , no va a servir. Entonces no solo esta en juego el proyecto Pascua Lama sino como la Institucionalidad sancionadora y fiscalizadora del Estado tiene poder e independencia para enfrentar este tipo de proyectos.

Fuente:http://www.radiodelmar.cl/2018/11/cierre-definitivo-de-pascua-lama-evidenciara-independencia-y-poder-de-institucionalidad-ambiental-en-chile/?fbclid=IwAR3RYFQw4NZlIk7NN9e6aJCbVA_ctSVYGriULVNpaIYKREsfi-YbUYpQPoc

Perú

Consulta en minería y petróleo se ha vuelto una «cáscara vacía»

Informe balance concluye en que la consulta previa en el Perú ha sido desnaturalizada y vaciada de contenido. En su implementación se le quitaron los dientes. Se ha convertido en un mero trámite. En un requisito burocrático, en parte de la tramitología que debe observarse para impulsar proyectos extractivos o de infraestructura pública. En definitiva, la consulta se ha convertido en una cascara vacía, sin capacidad de cumplir con los objetivos que impulsaron su reconocimiento y aprobación.

 Contundente. La consulta previa en el Perú se ha convertido en una cáscara vacía, en un mero trámite burocrático que deben cumplir los proyectos extractivos o de infraestructura pública para su implementación.

A tales conclusiones arribaron dos abogados expertos en derechos indígenas luego de analizar las actas de los 24 procesos de consulta en materia de minería e hidrocarburos, los cuales han contado con el aval del Viceministerio de Interculturalidad.

Juan Carlos Ruiz Molleda del Instituto de Defensa Legal (IDL) y Julio César Mejía Tapia de IDECA-Perú son los autores del estudio que desmenuza la naturaleza de los procesos de consulta implementados en el país.

Entre los hallazgos concluyentes del estudio destaca que la consulta en el Perú ha rebajado los estándares internacionales de este derecho y el Estado peruano no tiene una real voluntad de recoger la opinión y las preocupaciones de los pueblos indígenas.

A ello se agrega que predomina el afán por cumplir con un requisito burocrático, por lo que no se percibe interés de efectuar un diálogo legítimo, «sino la imposición del lado más fuerte, que es el Estado frente a comunidades pequeñas».

Por ese motivo las consultas han sido «culturalmente inadecuadas» y se desarrollaron de forma asimétrica, sin información idónea, con poco tiempo para la discusión interna y sin acuerdos sobre las necesidades básicas.

De esta manera resulta que los acuerdos no respetan los derechos de los pueblos indígenas. De los 24 procesos finalizados analizados, sólo en un proceso se llega a un verdadero acuerdo sobre el derecho a compartir beneficios de las actividades que se consultaron.

A continuación el balance elaborado por Ruiz Molleda y Mejía Tapia:

Balance de los procesos de consulta en minería y petróleo en el Perú: De un mecanismo para armonizar y compatibilizar intereses a un “mero trámite” burocrático(1).

Por Juan Carlos Ruiz Molleda de IDL y Julio César Mejía Tapia de IDECA – Perú*

7 de noviembre, 2018.- La consulta previa es un derecho que tiene como finalidad promover el diálogo entre los pueblos indígenas y el Estado, con el objetivo no solo de generar espacios de participación de los pueblos indígenas en las decisiones del Estado, sino, sobre todo, un diálogo fructífero que permita armonizar y compatibilizar, de un lado los derechos de los pueblos indígenas y la protección del medio ambiente, y  de otro lado, las políticas energéticas o de infraestructura impulsadas por el Estado y las actividades extractivas de empresas privadas.

No obstante, en la realidad, esto no ha ocurrido. La consulta se ha convertido en el Perú en un trámite burocrático formal, donde los pueblos indígenas se ven compelidos a dialogar, sin asesoría y apoyo técnico, sin información sustancial, veraz y objetiva sobre los impactos de las medidas que se proponen, en plazos muy cortos de tiempo. Es evidente que esta ausencia de condiciones de diálogo convierte a estos procesos en monólogos del Estado, que esconden la imposición del Estado de proyectos extractivos o de infraestructura sobre pueblos indígenas, en contextos de evidente e inocultable asimetría(4).

La conclusión a la que hemos arribado es que la consulta previa ha sido desnaturalizada, ha sido vaciada de contenido. En su implementación se le quitaron los dientes. Se ha convertido en un mero trámite. En un requisito burocrático, en parte de la tramitología que debe observarse para impulsar proyectos extractivos o de infraestructura pública. En definitiva, la consulta se ha convertido en una cascara vacía, sin capacidad de cumplir con los objetivos que impulsaron su reconocimiento y aprobación.

I. ¿Cómo diferenciar una consulta en serio de una consulta bamba?

A continuación, analizamos 24 procesos de consulta previa finalizados para actividades extractivas petroleras y mineras, a partir de ocho criterios, los cuales, consideramos recogen los principales estándares establecidos en el derecho internacional de los derechos humanos. Son, en definitiva, requisitos mínimos que deberían tener las consultas previas en serio.

Solo analizamos la consulta de actividades extractivas petroleras y mineras, pues consideramos que son las que más impacto generan sobre los territorios de los pueblos indígenas, afectando sus derechos y muchas veces poniendo en peligro su subsistencia, cuando se afectan los recursos naturales de estos.

1. Asesoría técnica independiente. ¿Los pueblos consultados contaron con asesoría técnica independiente?

2. Participación de organizaciones indígenas representativas. ¿Participaron las instituciones representativas y/o alguna organización indígena?

3. Acompañamiento por organizaciones de la sociedad civil. ¿Contaron con la participación y el apoyo de organizaciones de la sociedad civil?

4. Acceso a información suficiente sobre impactos. ¿Contaron con información suficiente, accesible y oportuna durante el proceso de consulta? ¿Qué información se les entregó? ¿Cuántos talleres informativos se realizaron con las comunidades directamente afectadas con las medidas consultadas?

5. Evaluación interna. ¿Tuvieron la oportunidad los afectados de realizar una evaluación interna, sin la intervención del Estado y de la empresa involucrada?

6. Espacio de dialogo. ¿Se llegó a la etapa de diálogo o se aplicó el artículo 19.3 del reglamento de la Ley de consulta? ¿Cuánto tiempo duró el proceso de diálogo?

7. Beneficios para los pueblos indígenas afectados. ¿Se acordó en el acta de consulta previa el derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de las actividades extractivas en sus territorios?

8. Contenido mínimo de las actas de consulta. ¿Las actas de consulta previa cumplen con los requisitos mínimos para adoptar acuerdos entre el Estado y los pueblos consultados?

II. Evaluación de los procesos de consulta previa 

A continuación, desarrollaremos este examen con el apoyo de cuadros sobre la base de las actas que están en la página web del Viceministerio de Interculturalidad. En el cuadro N° 1 respondemos las interrogantes del 1 al 5 y en el cuadro N° 2, las interrogantes 6,7 y 8.

III. Hallazgos encontrados

1. Asesoría técnica independiente

De los 24 procesos en análisis, nueve (9) de estos procesos contaron con asesores, especialmente en el caso de lotes petroleros. Sin embargo, solo algunas comunidades involucradas accedieron a la asesoría.

2. Participación de organizaciones indígenas

Muchas de estas organizaciones “representativas” se crearon ocasionalmente, como el caso de la consulta para el Lote 192. Estas organizaciones, sin embargo, no participaron en todas las etapas del proceso de consulta previa.

3. Participación de organizaciones de la sociedad civil

En la mayoría de los casos de consultas para lotes participó la Defensoría del Pueblo, en calidad de observador. Solo en tres (3) consultas participó la cooperación alemana GIZ, como observadora. Para la consulta en minería, ningún proceso contó con asesores, organizaciones indígenas y mucho menos con organizaciones de derechos humanos. En suma, en todos los procesos, las comunidades se encontraron frente a todo el aparato estatal, verificándose así la asimetría entre las partes en perjuicio para los pueblos indígenas.

4. Acceso a información oportuna y suficiente

De los 24 procesos de consulta previa que analizamos, ningún pueblo indígena obtuvo la información conforme a los estándares, lo que ha ocasionado que los pueblos consultados arriben a decisiones apresuradas y por desconocimiento, lo que convierte en los hechos a la consulta en un “mero trámite”. Señalamos en la mayoría de casos la falta de información idónea. En definitiva, en estos procesos se incumple con la garantía de otorgar información plena, puesto que la información no tuvo como objetivo dar a conocer la naturaleza y envergadura de cada proyecto, la delimitación de las zonas afectadas conforme a los territorios indígenas donde estarán ubicados estos proyectos y la duración de los mismos. Sin información adecuada, se obliga a las comunidades a decidir, prescindiendo de la etapa de diálogo, como sucede en la mayoría de las consultas para actividades mineras. En las consultas para actividades extractivas, se puede constatar la falta de voluntad estatal de poner en conocimiento de los pueblos los efectos que traen consigo estas actividades.

5. Evaluación interna

En la etapa de evaluación interna, la consulta del Lote 169 duró 14 días, las demás duraron dos (2), y en el caso de minería solo un (1) día. La consulta se realiza en plazos muy ajustados, desconociendo el principio de flexibilidad. El TC señala en la sentencia N° 0022-2009-PI/TC (FJ 31, 32) que, debido a la diversidad de los pueblos indígenas existentes y la diversidad de sus costumbres, inclusive entre unos y otros, es importante que en el proceso de consulta sean tomadas en cuenta estas diferencias. De igual forma, y como ya se ha indicado, las medidas a consultar tienen diversos alcances, siendo por ello pertinente ajustar a cada proceso de consulta el tipo de medida, sea administrativa o legislativa, que se pretende consultar. Es por ello que en el artículo 6 del Convenio se establece que las consultas deben ser llevadas a cabo de una “manera apropiada a las circunstancias”. No puede ser posible que todas las consultas tengan la misma intensidad de afectación y que todos los pueblos consultados sean homogéneos.

6. Etapa del diálogo

En la mayoría de las consultas en el caso de hidrocarburos se realizó la etapa de diálogo. La consulta del Lote 169 duró ocho (8) días, y las demás fluctúan entre 2 a 3 días, lo que significa que para hidrocarburos sí hubo diálogo, aunque por escaso tiempo. En minería hubo un retroceso notable, pues solo en dos (2) procesos dialogaron. En otros casos, como la consulta del proyecto Anama y Apumayo I, los pueblos originarios rechazaron la medida administrativa consultada. En otras, como por ejemplo en Llactín, no asistieron, y el resto de los procesos finalizaron en la evaluación interna, en aplicación del artículo 19 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa. Lo que significa que para la minería no hubo diálogo. En los procesos de consulta previa que examinamos, prescinde de temas fundamentales para los pueblos consultados, como lo son sus necesidades básicas, denominándolos como puntos de diálogo que no tienen nada que ver con la medida consultada, es decir los intereses de los pueblos no es materia de la consulta.

7. Sobre el derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de las actividades en su territorio(32)

De los 24 procesos finalizados analizados, sólo en un proceso se llega a un verdadero acuerdo sobre este derecho – nos referimos al proceso de consulta del lote 192. Fuera de este caso donde se logra un beneficio porque lo exigieron las comunidades, en ningún proceso de consulta previa se ha respetado este derecho. En el caso del Lote 195, si bien se hace mención expresa del derecho a compartir los beneficios, se acordó que dicho pedio se trasladaría a la PCM y al Ministerio de Economía. Para las consultas de los Lotes 164, 175, 191 y 165, el acuerdo fue recibir directamente el “canon petrolero”. Dicho pedido se trasladaría al ejecutivo. Finalmente, en el caso de las consultas para minería, no se registró ningún acuerdo sobre el derecho a compartir beneficios. Lo que nos permite concluir que las comunidades consultadas no reciben beneficios de las actividades extractivas en sus territorios.

IV. Algunas preguntas

1. ¿Puede haber consulta previa sin información objetiva, suficiente y veraz?

Este es uno de los principales hallazgos del análisis de los procesos de consulta previa en materia de minería y petróleo. Se obliga a los pueblos indígenas a decidir y a pronunciarse sobre proyectos extractivos que nunca conocen. En otras palabras, estas siendo obligados a decidir ciegamente, en clara violación del principio de buena fe, principio sustantivo de los procesos de consulta previa, como lo ha señalado el TC en el fundamento 27 de la STC No 00022-2009-PI.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ha señalado que el Estado debe asegurarse de que los pueblos “tengan conocimiento de los posibles riesgos, incluido los riesgos ambientales y de salubridad, a fin de que acepten el plan de desarrollo o inversión propuesto con conocimiento y de forma voluntaria”[33]. Según el Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas(34), la información que debe entregárseles a las comunidades consultadas debe versar sobre:

“a. La naturaleza, envergadura, ritmo, reversibilidad y alcance de cualquier proyecto o actividad propuesto; b. Las razones o el objeto del proyecto y/o actividad; c. La duración del proyecto y/o actividad; d. Los lugares de las zonas que se verán afectados; e. Una evaluación preliminar del probable impacto económico, social, cultural y ambiental, incluido los posibles riesgos y una distribución de beneficios justa y equitativa en un contexto que respete el principio de precaución; f. El personal que probablemente intervenga en la ejecución del proyecto propuesto (incluidos los pueblos indígenas, el personal del sector privado, instituciones de investigación, empleados gubernamentales y demás personas); y g. Procedimientos que puede entrañar el proyecto”(35).

2. ¿Puede haber consulta previa si el EIA, donde se debe identificar los impactos ambientales, es realizado por empresas que carecen de independencia?

Pero, además, ¿puede haber consulta previa, si la única información de que disponen los pueblos originarios está contenida en un EIA, elaborado por una consultora ambiental que carece de independencia e imparcialidad en relación con la empresa minera o petrolera? Es decir, estamos ante un EIA pagado por la misma empresa extractiva. Todo esto no hace otra cosa que poner en cuestión la veracidad y la objetividad de la información que contienen ellas.

Esta realidad resulta incompatible con la regla de la Corte IDH que exige que la consultora que elaborará el EIA sea independiente y técnicamente capaz. La consultora que elaborará los EIA de los proyectos extractivos debe ser independiente, como lo exige la Corte IDH. Esto no ocurre en el Perú, pues los EIA son elaborados por consultoras pagadas por las empresas extractivas. Esto se aprecia si se revisa el artículo 10.2 de la Ley 27446.

“Artículo 10º.- Contenido de los Estudios de Impacto Ambiental

(…)

10.2 El estudio de impacto ambiental deberá ser elaborado por entidades autorizadas que cuenten con equipos de profesionales de diferentes especialidades con experiencia en aspectos de manejo ambiental, cuya elección es de exclusiva responsabilidad del titular o proponente de la acción, quien asumirá el costo de su elaboración y tramitación”.

No puede haber una independencia si la elaboración de los EIA lo hacen consultoras pagadas por las mismas empresas extractivas. Según la Corte IDH, el Estado debe “garantizar que no se emitirá ninguna concesión dentro del territorio de una comunidad indígena a menos y hasta que entidades independientes y técnicamente capaces, bajo la supervisión del Estado, realicen un estudio previo de impacto social y ambiental”. (Corte IDH, Caso Sarayacu, párr. 205). En relación con la independencia de la consultora que elabora el EIA, la Corte IDH cuestiona que el EIA “fue realizado por una entidad privada subcontratada por la empresa petrolera, sin que conste que el mismo fue sometido a un control estricto posterior por parte de órganos estatales de fiscalización”. (Corte IDH, Caso Sarayacu, párr. 207). En nuestro país, quien paga el EIA es la empresa minera o petrolera interesada. Con esas condiciones no podemos contar con EIA que contengan información objetiva independiente e imparcial(36).

3. ¿Cuál es el contenido básico que deben tener los acuerdos en los procesos de consulta?

Si se revisa el párrafo 54 y el 72 del informe “La situación de los derechos de los pueblos indígenas en Perú, en relación con las industrias extractivas”, elaborado por el ex Relator de Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, se podrá encontrar cuál debería ser el contenido de los acuerdos en los procesos de consulta, a propósito del proceso de consulta previa del Lote 169 realizado por el Gobierno(37).

“Existen elementos positivos dentro del procedimiento de consulta relacionado con el Lote 169, incluyendo el desarrollo conjunto de un plan y metodología de consulta. Sin embargo, en juicio del Relator Especial, los acuerdos alcanzados son inadecuados por varias razones. No contienen los elementos esenciales para ser considerados como acuerdos equitativos centrados en los derechos de los pueblos indígenas, tales como la mitigación de los impactos y la participación efectiva de los pueblos indígenas en el desarrollo del proyecto y en los beneficios que eventualmente genere (…). Tampoco queda garantizado que las comunidades afectadas puedan revisar o participar en la negociación del acuerdo a firmarse entre el Gobierno y la contratista para la explotación y exploración de petróleo o gas, aunque fue una preocupación identificada por los representantes indígenas. En este sentido, sólo se acordó que ‘Perupetro brindará información periódica (cada 4 meses) sobre las actividades que se realicen como parte de los proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos’. Además, los acuerdos logrados no parecen ofrecer una protección adecuada a los derechos sustantivos de las comunidades indígenas afectadas, especialmente durante la futura explotación de hidrocarburos en el lote”. (Párrafo 51) (Subrayado y resaltado nuestro)

Añadiendo el Relator que se debe: “asegurar que los acuerdos derivados de la consulta sean justos y encaminados a promover el goce de los pueblos indígenas de sus derechos fundamentales. Los acuerdos deberían incluir, entre otras, disposiciones sobre medidas de salvaguarda y mitigación, compensaciones, la participación en beneficios y mecanismos para la resolución de disputas”. (Párrafo 72) (Resaltado nuestro)

De la lectura de ambos textos podemos concluir que los temas que no pueden faltar en un acuerdo de un proceso de consulta previa a organizaciones indígenas es:

1. Mitigación de los impactos de la actividad extractiva;

2. Participación efectiva de los pueblos indígenas en el desarrollo del proyecto;

3. Participación efectiva en los beneficios que eventualmente genere;

4. Garantizar que las comunidades afectadas puedan revisar o participar en la negociación del acuerdo a firmarse entre el Gobierno y la contratista para la explotación y exploración de petróleo o gas;

5. Garantizar una protección adecuada a los derechos sustantivos de las comunidades indígenas afectadas, especialmente durante la futura explotación de hidrocarburos en el lote;

6. Mecanismos para la resolución de las disputas;

7. Compensación de los daños.

Salvo en el caso de beneficios para el lote 192, y más allá de algún ofrecimiento retorico, las actas de consulta no contienen el mínimo de información que deben tener las actas de consulta, a juicio del ex Relator de las Naciones Unidas.

V. Conclusión general

Luego de analizar las actas de los 24 procesos de consulta en materia de minería e hidrocarburos, los cuales han contado con el aval del Viceministerio de Interculturalidad, podemos concluir que:

  1. En 9 de los 24 procesos de consulta, los pueblos indígenas contaron con asesores.
  2. En la mayoría de las consultas no participaron las organizaciones indígenas.
  3. Las organizaciones de la sociedad civil -organizaciones de derechos humanos- no han participado en estos procesos.
  4. Las comunidades fueron obligadas a decidir sin contar con información suficiente, objetiva y veraz sobre el impacto de los proyectos en sus territorios.
  5. En la gran mayoría de los casos, las comunidades contaron con plazos muy ajustados, a pesar de la diversidad de los pueblos y de las medidas a consultarse. En minería hubo un retroceso notable, pues de 12 procesos solo en 2 hubo diálogo, la mayoría de consultas en minería concluyeron en la etapa de la evaluación interna.
  6. Las consultas llevadas para minería e hidrocarburos no son culturalmente adecuadas. Esto se puede visualizar en la información entregada (se entregó mucha información en castellano, sin ser procesada, altamente técnica y varios casos se suministró presentaciones de powerpoint). Asimismo, en la mayoría de consultas, la etapa de dialogo se realizaron fueron de las comunidades, en hoteles.
  7. De los 24 procesos finalizados analizados, sólo en un proceso se llega a un verdadero acuerdo sobre el derecho a compartir beneficios de las actividades que se consultaron.

A partir de esta información podemos deducir lo siguiente:

  1. En los hechos, los procesos de consulta se han convertido en “un mero trámite”.
  2. Se han rebajado los estándares internacionales.
  3. No hay voluntad de parte del Estado de realmente recoger la opinión y las preocupaciones de los pueblos indígenas, sino de cumplir con un requisito burocrático.
  4. Se han realizado consultas culturalmente inadecuadas.
  5. No se constata un diálogo legítimo, sino la imposición del lado más fuerte, que es el Estado frente a comunidades pequeñas.
  6. Las consultas fueron desarrolladas en asimetría, sin información idónea, con poco tiempo para discusión interna y sin llegar a acuerdos sobre las necesidades básicas que los pueblos indígenas históricamente han reclamado, por ello las consultas fueron un” mero trámite”.
  7. Los acuerdos no respetan los derechos de los pueblos indígenas.
  8. Al momento de la implementación de la consulta previa, se ha vaciado de contenido   este derecho.

Notas:

(1) Ver: Problemas Jurídicos en la Implementación de la Consulta Previa en el Perú: o los «Pretextos Jurídicos» del Gobierno para Incumplirla. Disponible en http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoysociedad/article/viewFile/… y, La implementación del derecho a la consulta previa de los pueblos indígenas. Una mirada constitucional, disponible en: https://www.idl.org.pe/sites/default/files/publicaciones/pdfs/JC_Implement%20consulta_mirada%20constituc_IDL2011.pdf

(2) Abogado por la PUCP, coordinador del área de litigo constitucional y pueblos indígenas del IDL.

(3) Investigador en derechos fundamentales, integrante del área legal de IDECA-Perú. (Instituto de Estudios de las Culturas Andinas).

(4) Ver más en: https://consultape.com/2018/02/26/detras-de-una-consulta-no-hay-un-dialogo-legitimo-sino-la-imposicion-del-lado-mas-fuerte/

(5) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2014/09/ACTA-DE-…

(6) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2014/11/ACTA-DE-…

(7) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2014/10/ACTA-DE-…

(8) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2014/10/ACTA-DE-….

(9) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2014/09/Acta-Di-….

(10) Ver acta de consulta previa en:  http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/07/Acta-de-….

(11) Lote 192: La desnaturalización de la finalidad de la consulta previa, Juan Carlos Ruiz Molleda, disponible en: https://www.servindi.org/actualidad/138753

(12) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/02/Acta-de-…

(13) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/02/ACTA-DE-….

(14) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/02/Acta-de-….

(15) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/02/Acta-de-…

(16) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/02/Acta-de-….

(17) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/09/Acta-de-….

(18) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2015/11/Acta-de-… .

(19) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/01/Acta-de-….

(20) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/05/Acta-de-….

(21) No se llevó a cabo ni la etapa de evaluación interna ni la de diálogo. El MINEM como entidad promotora del proyecto minero “Anama” ha dado por concluido el proceso de consulta previa. Aún a la espera de la decisión final.

(22) La comunidad campesina de Llacllín no participó. La comunidad campesina de Huacyon señaló en la etapa de evaluación interna, a través del acta del 25 de setiembre de 2016, estar de acuerdo con la medida propuesta por la entidad promotora. El acta de evaluación interna debe considerarse como acta de consulta, disponible en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/09/2-Acta-d…

(23) No llegaron a acuerdos con las comunidades. La comunidad campesina de Paras decidió no continuar el proceso de consulta previa  y la comunidad de Chaviñas señalo que no está de acuerdo con la actividad minera.  Acta de consulta disponible en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/09/Acta-de-…

(24) La comunidad campesina de Para desistió de participar en el proceso de consulta previa, la comunidad campesina de Sancos decidió en la etapa de evaluación interna estar de acuerdo con la medida propuesta por la entidad promotora y, de esa manera, con el inicio de actividades del proyecto de explotación Apumayo. Ver Acta en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/09/Evaluaci…

(25) La comunidad campesina de Sauricay señaló que el Acta de Asamblea General Extraordinaria (celebrada el 20 de diciembre de 2016) sea considerada como Acta de Consulta Previa. Disponible en:  http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/11/Puquiopa…

(26) Ver acta de consulta previa en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2016/11/Acta-de-…

(27)  La comunidad campesina de Cajamarca señaló que el Acta de Asamblea General Extraordinaria (celebrada el 10 de junio de 2017) sea considerada como Acta de Consulta Previa. Disponible en: http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2017/06/Panter–…

(28) La comunidad campesina de Orcopampa manifestó encontrarse informada sobre la medida administrativa consultada. Con ello, el Ministerio de Energía y Minas da por concluido este proceso de consulta previa, según lo establecido en el artículo 19.4 del Decreto Supremo N° 001-2012-MC, Reglamento de la Ley de Consulta Previa. Ver acta de evaluación interna en:

http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2018/04/Acta-de-…

(29)Las comunidades campesinas de Chacaconiza y Quelcaya señalaron, que el Acta de Asamblea General Extraordinaria (celebrada el 10 de junio de 2017) sea considerada como Acta de Consulta Previa. Con ello, el Ministerio de Energía y Minas da por concluido este proceso de consulta previa. Ver Actas en:

http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2018/04/1ACTA-DE…

http://consultaprevia.cultura.gob.pe/wp-content/uploads/2018/04/1ACTA-DE…

(30) Ver: http://unsr.jamesanaya.org/special-reports/la-situacion-de-los-derechos-….

(31) Ver más aquí: https://www.servindi.org/actualidad/139591

(32) Minem y Mincu violan sistemáticamente el derecho de los pueblos indígenas a beneficiarse de las actividades extractivas en sus territorios. Disponible en:  https://www.servindi.org/actualidad-opinion/28/07/2018/comunidades-no-se…

(33) Ibídem, Corte IDH. Caso del Pueblo Saramaka vs. Surinam. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 28 de noviembre de 2007, párr. 133.

(34) “Pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y recursos naturales: protección de derechos humanos en el contexto de actividades de extracción, explotación y desarrollo, párrafo 199.

(35) Véase: Extracto del Informe del Seminario Internacional sobre metodologías relativas al consentimiento

libre, previo e informado y los pueblos indígenas (E/C.19/2005/3), aprobado por el UNPFFII (Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas) en su Cuarta Sesión en

2005. Citado en: Grupo de las Naciones Unidas para el Desarrollo. Directrices sobre los asuntos de los pueblos indígenas. Febrero 2008, p. 32.

(36) Ver nuestro artículo “Razones para declarar inconstitucional la forma de aprobación de los EIA en el Perú” disponible en http://www.justiciaviva.org.pe/notihome/notihome01.php?noti=710.

(37) Ver:  La situación de los derechos de los pueblos indígenas en Perú, en relación con las industrias extractivas. Disponible: http://unsr.jamesanaya.org/special-reports/la-situacion-de-los-derechos-…

Fuente:https://www.servindi.org/actualidad-noticias/06/11/2018/balance-de-los-procesos-de-consulta-en-mineria-y-petroleo-en-el-peru
Colombia

“La defensa del territorio en Colombia se paga con la vida”

De poseedora de un territorio ancestral a ser considerada objetivo militar. La activista afrocolombiana Francia Márquez (Suárez, Colombia, 1981) nunca imaginó que defender el río en el que pescaba de pequeña le obligaría a huir de su casa para no volver nunca más. “En Colombia defender el territorio se paga con la vida”, señala a su paso por Bilbao dentro de una gira por toda Europa como referente internacional. En abril, recibió el Premio Goldman 2018, considerado el Nobel ambiental, por plantar cara a la minería ilegal y a la construcción de represas en su país. “Mi voz ya se oye por todo el mundo. Pero mi vida y la de mi comunidad siguen en peligro: presionen a sus empresas para que no saqueen más Colombia”.

Eran tan ingenuos los recuerdos de infancia en ese río que no comprendía por qué se los querían quitar. El Gobierno colombiano había proyectado desplazar el río hacia una presa. Márquez tenía 15 años y decidió unirse a las protestas. “Hasta ese momento sentía vergüenza por ser negra, por vivir en un entorno rural y descender de esclavos”. Comenzó a participar en las primeras charlas de una organización de comunidades negras en defensa de su cultura y territorios. Y cayó en la cuenta de que el color de su piel no era motivo de complejos. “Procedía de personas libres que fueron esclavizadas, que es muy distinto de lo que me habían contado en la escuela”. Y el río Ovejas pertenecía a esos mismos antepasados. Las protestas mantuvieron vivo el río.

El Gobierno entregó después en 2009 una licencia de explotación minera a una empresa trasnacional que obligaba a desplazar a las 6.000 personas que conformaban su comunidad. A sus recuerdos de pesca en el río Ovejas, ahora se le unían los de todos sus ancestros, familiares y vecinos. “Comenzamos a estudiar las leyes, a contactar con abogados, a recorrer Estados Unidos en busca de aliados”, relata Márquez con un acento cantarín, dos grandes ojos negros y el pelo lleno de trenzas. “En nombre del desarrollo nos esclavizaron y ahora en nombre del desarrollo nos expulsaban de nuestras tierras», dice.

Y consiguieron plantar cara a la multinacional: documentaron que la primera presencia de la comunidad databa de 1636 y que la Constitución reconocía el derecho de los pueblos indígenas, campesinos y afrodescendientes sobre sus territorios. Presentaron así una demanda contra el Gobierno “por violar sus derechos fundamentales”.

Al año, les daban la razón. Ordenaron que se respetaran los títulos de tierra, se paralizaran los desplazamientos y se realizara una consulta previa para otorgar nuevas licencias de explotación minera. Sus recuerdos quedaban salvados, la comunidad fortalecida y ella fue nombrada máxima autoridad local.

El río Ovejas seguía atravesando La Toma, en el departamento de Cauca. Sin embargo, la minería ilegal comenzaba a sitiar la región con maquinaria pesada. “En 2010 llegaron las primeras retroexcavadoras y con ellas las primeras enfermedades por el aumento de los niveles de mercurio en el agua”. Estima que los mineros de oro ilegales vierten más de 30 toneladas de mercurio en los ríos y lagos de la región al año, envenenando a los peces y la gente que habita sus orillas.

En los siguientes cuatro años más de 2.000 máquinas perforarían el río en busca de oro. La guerrilla y los paramilitares también se habían fijado en el valor de los recursos que bañaba el río Ovejas. “Tocaba actuar antes de que nos mataran las balas o el mercurio”.

Márquez volvió a repasar las leyes y a consultar a organizaciones internacionales. Hasta que de nuevo, decidió actuar. En 2014 inició junto a otras 18 mujeres la “Movilización de Mujeres Negras por el cuidado de la vida y de los territorios ancestrales”, rebautizada después como la “Marcha de los Turbantes”. Caminaron desde su territorio hasta la capital y visitaron por el camino a otras comunidades amenazadas. En 10 días recorrieron 350 kilómetros y llegaron a Bogotá con el apoyo total de 150 mujeres. “Nos recibían las instituciones pero nadie mostraba un compromiso real por cambiar nuestra situación”. Así que decidieron acampar en “asamblea permanente” frente al Ministerio de Interior y la Presidencia del Estado.

El Gobierno les acusó de “amenaza contra la seguridad nacional”. Pero ya nadie se atrevía a tocarlas. Los medios nacionales e internacionales seguían al detalle su marcha y sus protestas. Al Gobierno no le quedó otra que sentarse y dialogar. “Así mandaron destruir toda la maquinaría que perforaba la región y hacerlo de manera pública”. En 2015 recibió el Premio Nacional como Defensora del Año de Colombia y fue invitada a participar en el proceso de paz que se desarrollaba en La Habana.

A pesar de toda su trayectoria de lucha, la voz de Márquez no transmite euforia. Desde que su nombre apareciera en la firma de la denuncia contra el Gobierno en 2010, no ha dejado de recibir amenazas. “Al principio, lo ignoras. Después, te incomodas. Hasta que un día te avisan de que tienes que salir corriendo porque hay hombres con armas preguntando por tu casa”. Y así vive ahora: luchando por la defensa de un territorio al que no puede regresar.

El pasado mes de abril recibió en París el Nobel del medioambiente, el Goldman Environmental Prize 2018. Pero conoce el desenlace de otras mujeres que recibieron el mismo premio en reconocimiento a los mismos méritos. “Berta Cáceres también lo recibió. Ahora está muerta. Aquí no hay premio que te ponga a salvo”. Durante los días que ha visitado Bilbao ha participado en el Curso Internacional sobre Economía Popular que imparte la ONGD Paz con Dignidad. “Los privilegios de Europa se sostienen en los saqueos a otros países. Os pedimos que pongáis vuestro desarrollo al servicio de la vida de nuestras comunidades. Nos están matando, es un genocidio”, denunció.

En breve saldrá hacia Barcelona y después continuará de gira por Europa hasta regresar a su nueva casa donde seguirá luchando por la defensa del río Ovejas, el mismo en el que pescaba de pequeña junto a su madre y al que nunca más podrá regresar.

“NO NOS INTERESA LA COOPERACIÓN QUE BUSCA LIMPIAR LA CARA A LAS EMPRESAS QUE NOS MATAN”

La coordinadora de ONGD de Euskadi cumple 30 años y el pasado 27 de septiembre, más de 400 personas aprovecharon para celebrar su aniversario. Durante la gala, premiaron a Francia Márquez en “representación de la lucha de los pueblos del Sur” a los que han acompañado durante todos estos años.

Márquez aprovechó su turno de micrófono para denunciar la muerte de los defensores de derechos humanos en su país. “No nos interesan las ONG que limpian la cara a las empresas que nos están matando. La cooperación no es dar limosna. Recordad que los privilegios de Europa proceden del saqueo de nuestros territorios. Seguid impulsando un desarrollo que garantice la vida y no la muerte”, enfatizó la activista colombiana y ya de ruta por Europa.

Fuente:https://elpais.com/elpais/2018/10/25/planeta_futuro/1540468269_209574.html?id_externo_rsoc=whatsapp&fbclid=IwAR1hsl8rvmKXEv8emJoMWtCrxd3mnaXz7SIuhVUjpKEdnLqLSYBnOIFQu_Y

 

Chile

Mineras podrían transformar a Aysén en la primera “Zona de Sacrificio” en La Patagonia

Muchas son las empresas interesadas en los minerales de Aysén. Especialmente son compañía de origen canadienses y Australianas las que se allegan a la región, porque en nuestro territorio pueden hacer todo lo que no pueden hacer en sus países, sin las respectivas y adecuadas fiscalizaciones que Sernageomin hace caso omiso de hacer ante la presión de La Moneda.

Según las estadísticas del Servicio Nacional de Geología y Minas (Sernageomin) indican que existen 635.802 hectáreas entregadas a la minería en la actualidad y que son miles las concesiones mineras que están entregadas a un grupo reducido de particulares, que no buscan explotar esos derechos, sino que transarlos a otros interesados.

El tema de las concesiones mineras ha entrado al escenario regional y se transformo en un par de semanas en la gran problemática ambiental del momento, como lo fue en su momento HidroAysén y Energía Austral, que pretendían represar los ríos más emblemáticos de la región, como el Baker y el Pascua en el sur y el Cuervo y el Blanco en el centro costero y destruir la calidad escénica y ambiental de la región como un todo.

Estas mismas transnacionales energéticas, fueron las que solicitaron concesiones mineras en el tendido eléctrico para transportar la energía al norte del país como parte del proyecto y lo solicitaron bajo cuerda como medida de defensa y inversión futura y que sabían les otorgaría grandes dividendos económicos estas concesiones mineras del subsuelo, que abarca todo el tendido eléctrico que pasaría por Aysén si se hubieran concretado los proyectos energéticos. Tema que en su momento tuvo muy preocupados a los habitantes de la superficie y que era un tema que entendian sobre la problemática minera que se venía a la región y se estudiaba como llegado el momento se podría enfrentar de manera profesional a estas grandes empresas transnacionales mineras, por el posible uso indiscriminado del subsuelo, que le provocaría en un futuro no tan distante, un daño invaluable al patrimonio ambiental y social y de paso afectando la proyección de las comunidades involucradas, que se sustentan en la calidad ambiental y escénica que se desarrolla en la superficie, en las actividades agrícolas, ganaderas y turísticas.

Las explicaciones entregadas por las transnacionales a los pobladores en algunas reuniones que se han realizado no han sido satisfactorias y más que nada todo se ha posicionado al lobby descarado y descarado que ha realizado el senador UDI por Aysén, David Sandoval Plaza, que esta vez se ha sacado la careta totalmente y se ha transformado en el representante de las transnacionales mineras y salmoneras en la región y por lógica a futuro de las forestales no tengo duda alguna. Segun fuentes de Sernageomin, han prometido liberar algunas concesiones que rigen el subsuelo regional en la actualidad, pero los dichos no han sido confirmados en forma oficial y sin ningún documento que avale la intención y dado el escenario actual lo dudo mucho.

La situación es complicada para la región porque se entiende -y en esto estamos claros-, que existen una gran cantidad de empresas transnacionales mineras que tienen como objetivo intervenir el subsuelo de la región a como dé lugar para extraer sus recursos naturales, sin tomar en cuenta a los pobladores, las comunidades y sus emprendimientos y que además cuentan con un poderoso aliado como lo es el gobierno y un senador UDI para ir por el subsuelo regional.

Esta realidad significa en la práctica, que si algún emprendedor turístico, agrícola o ganadero que está hace décadas estaba trabajando y sustentándose en sus respectivas actividades, pretendiera emprender un nuevo proyecto o aumentar el que tiene, tendría que amoldarse a las concesiones mineras y no a la inversa, simplemente porque la ley no lo permitirá, al poner los intereses del subsuelo antes que el de las actividades que se realizan en la superficie.

De acuerdo con las prioridades actuales bajo el marco jurídico que nos rige, las comunidades y los emprendedores tienen todas las de perder ante el poder de las mineras y se transforma en una tremenda injusticia en una región como Aysén, que vive y se proyecta históricamente de lo que se realiza en la superficie y que depende de la calidad escénica y ambiental del territorio regional.

La ley de concesiones mineras es abusiva en todo sentido, dando prioridad a sus procesos en una fase previa de exploración de muy alto rango, para después utilizar los recursos. Amparadas en la ley minera, estas empresas transnacionales tienen la facultad de congelar un sin número de proyectos que puedan tener los dueños del terreno en la superficie en cuestión y por consiguiente y dado el espíritu regional que no se entrega ante las arbitrariedades que tengan que ver con el territorio; el choque de intereses es de relevancia, si consideramos que la minería destruye y contamina todo lo que toca, en una región como Aysén, habitados por pobladores que aman su región por sobre todas las cosas.

Hace unos años hablábamos de desarrollar la capacidad de anticipar el movimiento de las transnacionales mineras para proteger la superficie regional de los innumerables emprendimientos que se desarrollarían las mineras y que obstaculizarian a los habitantes del mundo rural; pero como sucede siempre en estos casos, fue solo una conversación luego de la gran batalla ganada en contra de HidroAysén y todo pasó al olvido y de sopetón nos encontramos con la triste realidad, que este gobierno quiere transformar la región y la cuenca del lago General Carrera, en una Zona de Sacrificio minero y eso en si mismo es una aberración.

El código minero actual tiene un peso legal muy fuerte y le entrega mucha prioridad, que no duda en utilizar todo su poder para aplastar a las comunidades que se interponen en sus intereses y utiliza a senadores como Sandoval Plaza que son afines a sus intereses para lograr sus objetivos a como de lugar. Basta con ver el tema del agua y el desarrollo minero en el norte del país y sus nefastas implicancias para esas comunidades y lo que realizan estas empresas mineras para asegurar determinados emprendimientos y que cuentan con la capacidad de frenar proyectos que no se relacionen con sus intereses.

El ex-senador por Aysén Antonio Horvath Kiss (RN) al final de su mandato, estaba muy consciente y preocupado por el choque que se desataría en Aysén ante los intereses de las comunidades por la llegada de las transnacionales mineras y ni corto ni perezoso, presentó en el Congreso nacional una reforma a la ley del código minero, para proteger las zonas turísticas, ganaderas y agrícolas que caracterizan a Aysén de norte a sur y de cordillera a mar. Entendiendo que las zonas mineras no solo abarcan el norte del país como lo fue en el pasado histórico de Chile y que en la actualidad esos intereses han llegado a los territorios australes como Aysén y Magallanes ante la destrucción y la contaminación del norte de Chile por esta industria y se hacía urgente mejorar la ley, para hacerla armónica y sustentable con la realidad regional y su proceso de desarrollo.

Muchas son las empresas interesadas en los minerales de Aysén. Especialmente son empresas de origen canadienses y Australianas las que se allegan a la región, porque en nuestro territorio pueden hacer todo lo que no pueden hacer en sus países, sin las respectivas y adecuadas fiscalizaciones que Sernageomin hace caso omiso de hacer ante la presión de La Moneda. En la actualidad tenemos a la empresa Gold Corporation, que tiene una concesión de 21 mil hectáreas en las comunas del sur de Aysén, Chile-Chico y Cochrane. La Anglo-Canadiense Patagonia Gold, que explora desde el año 2006 20.500 hectáreas cerca de la capital regional Coyhaique, en el sector del lago Pólux, Castor y Thompson; tenemos a la empresa Red Hill que compró la Mina El Toqui y que explora 5 mil hectáreas en el río Ibáñez en la cuenca del lago Carrera, sumándose a la Compañía de aceros del Pacifico (CAP), que cuenta en la actualidad con más de 60 mil hectáreas para explotar hierro en sectores cercanos al litoral aysenino.

Fuente:http://www.radiodelmar.cl/2018/10/mineras-podrian-transformar-a-aysen-en-la-primera-zona-de-sacrificio-en-la-patagonia/?fbclid=IwAR1rzcs0QL6VxikB6-XCi6a5Q9ZZ1yklpj16-f4gYlbkR74UmDJ7KzC_kQI

Ecuador

Unidad Popular piden consulta sobre minería en Azuay

Miembros del movimiento Unidad Popular (UP), antes Movimiento Popular Democrático (MPD), ayer entregaron en la Gobernación del Azuay un pedido de consulta popular sobre la minería en la provincia de Azuay.

Daniel Carbo, director de esta agrupación política en la provincia de Azuay, propone que en las elecciones seccionales del 24 de marzo de 2019 se incluya una papeleta para Azuay con una pregunta.

Esta es: ¿Está de acuerdo con prohibir la minería metálica en el territorio de la provincia de Azuay, sus páramos, ecosistemas, áreas de protección, conservación ambiental y fuentes hídricas?.

De acuerdo con Carbo, Lenín Moreno, presidente del Ecuador, puede hacer el llamado para consultar a la población dado que se trata de un tema de interés general.

Citó el artículo 61 de la Constitución del Ecuador que en cuanto a los derechos de participación garantiza que la ciudadanía pueda presentar proyectos de iniciativa popular normativa.

Actualmente en Cuenca hay tres proyectos de minería metálica, y uno de estos es Río Blanco, que está en fase de explotación. Está ubicado en territorio de las parroquias Molleturo y Chaucha. (CSM)-(I)

Fuente:https://ww2.elmercurio.com.ec/2018/11/07/unidad-popular-piden-consulta-sobre-mineria-en-azuay/

Internacional

Presentadas alegaciones a la explotación minera El Rodeo en Sierra de Gata

Ecologistas en Acción, junto a la recién creada Plataforma Sierra de Gata Viva, ha presentado alegaciones al proyecto de explotación minera a cielo abierto “El Rodeo” que la empresa OSTROM ASC 21 S.A pretende implantar en las localidades de Perales del Puerto, Villasbuenas de Gata y Gata (Cáceres).

Este es un proyecto más dentro del actual boom minero que se extiende por todo el Estado y que está obligando a la sociedad civil a organizarse para hacer frente a la creciente amenaza de las multinacionales mineras (y a la connivencia de las administraciones públicas con estas) en su intento de abrir explotaciones a cielo abierto en todo el territorio.

El proyecto de explotación minera “El Rodeo” pretende ocupar una superficie de 2194,5 hectáreas, que afectará de manera irreversible a varios hábitats y especies protegidas por figuras de conservación a nivel regional, estatal y comunitario. Además afectará de manera indirecta a dos Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) cercanas.

En este aspecto, el proyecto carece de la obligatoria Evaluación de Impacto Ambiental exigible por la afección tanto de las especies y hábitats como de las dos ZEPA, así como también carece de plan de restauración.

A nivel administrativo, se han detectado numerosas irregularidades en la tramitación que la Junta de Extremadura ha hecho de la solicitud, incumpliendo las normas de difusión de la documentación sometida a consulta, las relativas al alcance de información pública y las relativas a la notificación personal a las personas interesadas.

Ecologistas en Acción de Extremadura advierte de las graves consecuencias que de la implantación de esta minería se derivarían para el futuro económico de las localidades de la zona y de la comarca en general. Teniendo en cuenta la fuerte importancia del sector turístico en la zona, la apertura de un proyecto minero haría peligrar el atractivo de la zona, además de las implicaciones ambientales que afectarían al sector agroganadero, muy importante también en la región.

Así todo, si la Junta de Extremadura aprobara este proyecto, entraría en contradicción con su propia Estrategia 2030 de Economía Verde y Circular que tanto se esfuerza en promocionar.

Ecologistas en Acción alerta del ‘boom’ especulativo de la minería en España, diseñado para lograr un crecimiento financiarizado y ficticio del sector, sustentado por gobiernos de todo tipo y por la creación de deuda. El proyecto de la Sierra de Gata es uno de los muchos proyectos de minería a cielo abierto que han sido solicitados en el territorio español por multinacionales mineras.

Con ello denuncia que la causa de esta concesión sistémica de licencias mineras es la confluencia de una ley de minas pre-democrática que incentiva la compra-venta de derechos, proyectos y autorizaciones con el servilismo administrativo de los gobiernos autonómicos y el activismo especulador de especialistas internacionales, mientras que, al final, son las comunidades locales, la economía rural y el entorno natural los grandes damnificados de esta nueva minería.

Fuente:https://www.ecologistasenaccion.org/?p=108981

 

Argentina

Chubut: se movilizan contra el intento del Gobierno de entregar el 70 % del territorio a la megaminería

La Asamblea en Defensa del Territorio convocó para hoy a una marcha a la Legislatura Provincial contra la iniciativa del gobernador Mariano Arcioni. El jueves concentrarán en la Casa de Chubut (CABA).

La Asamblea en Defensa del Territorio convocó para hoy desde las 18 horas a una marcha a la Legislatura Provincial en Rawson contra la iniciativa del gobernador Mariano Arcioni de entregar el 70 % de la superficie a la minería a cielo abierto. La acción incluirá una vigilia hasta la sesión de la Legislatura de este jueves. Ese mismo día concentrarán en la Casa de Chubut (CABA) desde las 12 horas.

“Convocamos a defender nuestro territorio el agua, el aire y sobre todo los derechos humanos, esencialmente el derecho a la salud, la vida, el sistema ecológico y medioambiental, porque así lo expresa como un deber constitucional de cada ciudadano la propia Constitución Provincial, reformada en el 94”, señaló Lucas Fossati, integrante de la Asamblea Rawson Playa, en diálogo con Radio 3.

En Chubut se quiere avanzar en rezonificar más del 70 % de la provincia para destinarlo a la minería a cielo abierto, con el consiguiente uso de sustancias tóxicas y dejando a más de 140 mil personas expuestas a la escasez de agua y a la contaminación de las cuencas subterráneas que hoy abastecen y permiten la producción agrícola y ganadera, entre otras actividades económicas.

“Marcharemos en contra de la minería a cielo abierto que las corporaciones y gobiernos pretenden imponer en toda la provincia en desmedro de la salud y el derecho a decidir de las comunidades que habitan el territorio”, señaló la Asamblea en Defensa del Territorio, quien desde hace casi 20 años viene denunciando la contaminación que esta actividad genera.

“Desde el año 2002 afirmamos con argumentos No es No. Contamos con evidencias latinoamericanas y argentinas que constatan que la minería a cielo abierto contamina naturaleza, cuerpos y sociedades. Por ello exigimos a nuestros legisladores que no traicionen al pueblo. Decimos NO a la actividad minera en Chubut y decimos NO a la zonificación que consideran imponer mediante escabrosas maniobras legislativas”.

Por el contrario, adhieren y respaldan el desarrollo de una economía regional agrícola-ganadera de pequeña escala, al desarrollo turístico rural, arqueológico y paleontológico.

Gobiernos mineros

Desde su asunción Macri está profundizando la apertura iniciada por el kirchnerismo hacia el extractivismo minero, intentando barrer con las distintas leyes provinciales que impiden su avance a lo largo del país. El Gobernador Mariano Arcioni sigue dando su aval político.

La marcha pasará junto a Casa de Gobierno, al Concejo Deliberante, la zona de Oficinas Judiciales, al Ministerio de Educación y finalmente a la Legislatura, para concluir entre la sede legislativa y la plaza central de Rawson, en donde habrá números artísticos y una vigilia hasta la sesión de este jueves.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires esta acción será acompañada por otra en la Casa del Chubut, Sarmiento al 1100, a realizarse este jueves 08 desde las 12 horas, para luego a las 15 horas sumarse a la tradicional Ronda de las Madres de Plaza de Mayo en la emblemática plaza.

Fuente:http://www.laizquierdadiario.com/Chubut-se-movilizan-contra-el-intento-del-Gobierno-de-entregar-el-70-del-territorio-a-la-megamineria

Guatemala

Encuentro M4: La manipulación de la consulta y consentimiento a favor del extractivismo. Retos y desafíos de los pueblos

El origen del encuentro a realizar en Ciudad Guatemala del 15 al 17 de noviembre de este año, se gesta a partir de una añeja discusión que en toda la región Latinoamérica, así como en el Norte del continente, los pueblos originarios, tribales, afrodescendientes, campesinos y los pueblos equiparables han estado realizando para defender y reclamar el derecho a participar en todas aquellas leyes, proyectos, estrategias u obras que “afecten” sus territorios y sus vidas, misma que ha tomado dimensiones no previstas, a partir de que el modelo extractivo entró en una fase de expansión por todo el mundo.

Son varios los años en que esta discusión ha sido refrendada por los pueblos, sobre todo a partir de las definiciones establecidas tanto en El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), como en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, dos de los documentos de referencia para las luchas de los pueblos, que han sido validados/firmados por la gran mayoría de las naciones en las que se desenvuelve el M4.

Una síntesis al respecto, pero que de alguna manera nos permite mirar parte de la problemática que enfrentamos actualmente, se observa en la cita –hoy ambigua y por ende inacabada-, realizada por el ex-relator especial de los pueblos indígenas de la organización de las naciones unidas, el Sr. James Anaya, en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (2011).

“Los pueblos indígenas deben poder determinar sus propios destinos en pie de igualdad con los demás, participar en la toma de las decisiones que les afectan, y estar seguros en sus derechos individuales y colectivos. Todo esto implica la necesidad de mecanismos efectivos de consulta a los pueblos indígenas en los procesos de decisión que puedan afectarles en el goce de sus derechos.”

Un análisis rápido sobre esta declaratoria realizada en el contexto del sistema capitalista que hoy, y bajo el “patrocinio” de la globalización, ha modificado totalmente el anterior rol del estado/nación, hasta posicionarlo como la nación/corporativa que opera en todo el mundo, hace impensable siquiera tener esperanzas, ilusiones o acciones con alguna perspectiva de participación en igualdad y equidad de condiciones, debido a la gran asimetría que existe entre la población, los gobernantes y las políticas empresariales. Es decir, bajo la fuerza que muestra el sistema capitalista, la creación de mecanismos efectivos de o para la consulta con los pueblos, aún sin que ello haya sucedido en la mayoría de las naciones, estos mecanismos ya se encuentran cuestionados, diezmados y otros, incluso en algunos países a pesar de estar agotados, se han impuesto como norma.

En este encuentro, se propone una revisión profunda de los efectos, ventajas y desventajas que hemos tenido en cada nación, tomando en cuenta la “diversidad” de formas en la implementación de procesos de consulta o de consentimiento que, de una u otra manera, hemos asumido en cada lucha dentro del contexto de quienes integramos el M4.

Objetivos

  •  Intercambiar experiencias e identificar los retos y desafíos que se presentan en el ejercicio del derecho a la consulta, el consentimiento libre, previo e informado por parte de los pueblos que luchan en contra del Modelo Extractivo Minero en la región
  • Construir estrategias colectivas en función al ejercicio y respeto a los derechos fundamentales de los pueblos que luchan por la defensa de la vida y el territorio.

 

Fuente:http://movimientom4.org/2018/11/encuentro-m4-la-manipulacion-de-la-consulta-y-consentimiento-a-favor-del-extractivismo-retos-y-desafios-de-los-pueblos/

Argentina

Imputan al ministro Bergman por la acumulación de mercurio en Veladero

El abogado ambientalista Enrique Viale informó en su cuenta de Twitter que la fiscal Alejandra Mángano solicitó la instrucción del Secretario de Ambiente de la Nación, Sergio Bergman, en la causa iniciada por la acumulación de 400 toneladas de mercurio en la mina Veladero, explotada por la multinacional Barrick Gold. El juez hizo lugar a la solicitud.

En el programa de ADN Federal emitido el 23 de septiembre pasado, se informó que la Barrick Gold “ha generado y almacena” 400 toneladas de mercurio cerca de ríos de donde toman agua potable varias personas.

El informe recordó las gravísimas consecuencias de un derrame de mercurio en la localidad de Choropampa, Perú. El hecho ocurrió el 2 de junio de 2000, cuando un camión que transportaba ese material volcó, derramando 150 kilos de mercurio.

En el sitio del Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina (OCMAL), recuerdan que la empresa responsable de la explotación minera, Yanachocha, pagó a los pobladores de Choropampa entre 100 y 300 nuevos soles a los pobladores por cada Kg. de mineral recuperado; una semana después, cientos de pobladores asistieron a los centros de salud exhibiendo síntomas similares: ronchas en la piel, malestar del cuerpo, náuseas, vómitos, diarreas. El Ministerio de Salud peruano consignó en un informe que fueron 1.600 personas las que se expusieron al derrame de mercurio. Entre los habitantes que sufrieron los efectos de la interacción con el metal, algunos han sufrido lesiones cerebrales irreversibles, daños renales, pérdida de la visión, entre otras consecuencias graves.

Viale explicó que el mercurio surge del proceso de separación de minerales propio de la actividad extractiva, quedando como residuo. Luego exhibió documentación de la propia empresa en la que constan las cantidades de ese elemento que se generaban en las operaciones diarias.

El abogado señaló que la acumulación de una sustancia contaminante en zona periglaciar está prohibida por la Ley de Glaciares (Ley 26.639), por lo que consideró que la situación no sólo es peligrosa para el ambiente, sino que también es ilegal.

Viale advirtió que la ubicación donde se encuentra almacenado el mercurio es cercana a la naciente de ríos que van hacia la cuenca Desaguadero-Salado-Chedileuvú-Curacó, que desemboca en el Atlántico; el lugar, además, está en una zona altamente sísmica, lo que constituye otro factor de riesgo.

Veladero dejó de vender el mercurio desde el año 2014, debido a su escaso valor internacional. Este año, el Subsecretario de Fiscalización y Recomposición de la Secretaría que conduce Bergman, Juan Andrés Trebino, había prometido para el segundo semestre el inicio de la operación de traslado del material.

Ese proceso acarreará riesgos en todo el trayecto, por la cantidad de Mercurio en juego y la alta peligrosidad del material.

Fuente:http://www.eldedoenlallaga.com.ar/notas/imputan-al-ministro-bergman-por-la-acumulacion-de-mercurio-en-veladero_4310/?fbclid=IwAR0xXM1wwg4rXGJlkEtTY5GVIsrLn7imsSQBs4pSlIsUgLGfEvELWUdDbXQ