Internacional

Resistencias frente a los megaproyectos

Captura de nuevos mercados, internacionalización, innovación, competitividad, atracción de inversiones. Este es el mantra que repiten empresas e instituciones como receta compartida para enfrentar la crisis actual. Cuanto mejor le vaya a «nuestras empresas», cuanto más implantadas estén a escala global, más resilientes serán y mejor nos irá a todos y todas, vía recuperación de la inversión y el empleo.

El conjunto de políticas se pone al servicio de este relato: generar territorios atractivos para invertir, por un lado, hacer causa común con las empresas en su esfuerzo de internacionalización, por el otro, se convierten en las grandes prioridades.

Cueste lo que cueste, se encumbra al poder corporativo al estatus de protagonista principal, no solo en el ámbito económico, sino también en el político y en el cultural. La competencia, de este modo, se extrema, tratando de hacerse con un trozo de la tarta de un crecimiento económico menguante, así como con los recursos físicos necesarios para operar, en un contexto de cambio climático y de agotamiento de fuentes de energía y materiales.

No obstante, este relato no cuadra. No hay ninguna evidencia de que la manida «teoría del derrame» sea cierta, y que por tanto las ganancias empresariales se trasladen en última instancia a las mayorías sociales. Al contrario, tras décadas de aplicación de este mantra, asistimos a una agudización de las desigualdades, así como a un menor peso de la masa salarial respecto a los beneficios corporativos –a lo que habría que sumar la mayor precarización e invisibilización de los trabajos de cuidado–. A su vez, el énfasis en el crecimiento, la privatización y los mercados globales frente a cualquier otra consideración, acelera un más que evidente desmantelamiento público y democrático, nos condena a un panorama de guerra económica, y nos sitúa ante un colapso ecológico sin precedentes.

Los megaproyectos, esto es, los grandes proyectos destinados fundamentalmente a los mercados globales –no a las necesidades de la población donde se desarrollan–, se han convertido en una de las principales herramientas de este funesto mantra de la internacionalización. Monocultivos agroindustriales, desiertos verdes, minería a cielo abierto, acaparamiento de tierras, puertos, canales, fracking, incineradoras, licitaciones petroleras y gasísticas, infraestructuras, plantas de distribución y logística, etc., son, de este modo, seña de identidad del capitalismo actual. Una identidad que se extiende a lo largo y ancho del mundo, en el Sur y en el Norte Global, por supuesto también en Euskal Herria. Ningún lugar escapa a un fenómeno sistemáticamente denunciado por impactos laborales, ecológicos y económicos negativos, así como por su vínculo con lógicas de corrupción e incluso violencia.

La ofensiva capitalista global y la internacionalización empresarial toman tierra por tanto en los territorios vía megaproyectos, donde se dirime el carácter público/comunitario o corporativo de la alimentación y la agricultura, los bienes naturales, el urbanismo, los servicios, la compra pública, etc.

Una cuestión estratégica, por tanto, que abordaremos en las jornadas “Internacionalización empresarial, megaproyectos y resistencias populares”, que celebraremos en Bilbo los próximos 7 y 8 de noviembre. Activistas y académicas de Colombia, Perú, México, Brasil, Estado español y Euskal Herria debatiremos sobre cómo enfrentar los megaproyectos, cómo entender sus patrones de actuación para, finalmente, afinar las agendas populares para resistir a los mismos.

Porque, aquí y allá, otro mundo es posible, y en el mismo los megaproyectos no tienen razón de ser.

 

Fuente:http://omal.info/spip.php?article8976&fbclid=IwAR1_G3PBRaRDvCao6k7HJa3cSj-cnCxZ3KGwTBGQByEegmMvyNzqk1nX158

Venezuela

Minería en el Cerro La Vieja. El Capital contra los Derechos Humanos del Pueblo de Simón Planas

El Cerro “La Vieja” está ubicado al frente de Sarare, Municipio Simón Planas del Edo. Lara. Tiene una superficie 524 hectáreas y 683 m2, de gran valor histórico, cultural, agrícola y ecoturístico. Del cerro se alimentan, en sus bordes, el Río Sarare y la Quebrada La Cimarrona. Ha vivido varios intentos de explotación minera (el primero de ellos, en los 90), que han sido derrotados por la movilización popular. En la actualidad, el cerro está viviendo un nuevo intento de explotación por una alianza Estado-Capital Privado, impulsada por la Gobernación del Estado Lara; con un grave impacto para los  derechos humanos de la población del municipio.

  1. Violación de los derechos a la información, a la consulta previa y al protagonismo popular

Nosotros mandamos obedeciendo al pueblo, no mandar mandando, no mandar triturando a los pueblos; así es que mandan los capitalistas, así es que mandan los tiranos” (Hugo Chávez[1])

El artículo 164 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) señala que es “…de la competencia exclusiva de los estados: … 5. El régimen y aprovechamiento de minerales no metálicos, no reservados al Poder Nacional…”. La Gobernación del Estado Lara cuenta con un “Plan Estratégico para el Desarrollo Minero No Metálico del Estado Lara”[2], que implica una asociación Estado-Capital Privado, en el que se enmarca la explotación de piedra caliza en el Cerro La Vieja. Cuenta la Gobernación, además, con la “Empresa de Minerales No Metálicos Jacinto Lara”, que se define como “ente rector del manejo de los minerales no metálicos del estado”[3]. La misma es presidida por el Médico Veterinario Yoel Morales. Hasta ahí la información disponible.

La CRBV señala, en su artículo 128, que “El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio […] que incluya la información, consulta y participación ciudadana”.

El pueblo de Simón Planas no ha sido ni informado ni consultado por la Gobernación sobre el actual proceso de explotación minera, del que se sabe informalmente que existe una licencia entregada; se han escuchado detonaciones y se pueden constatar la construcción de una carretera, la deforestación de un sector a las faldas del cerro y el movimiento de maquinaria del Estado (de las empresas CAVIM y Pedro Camejo). También se sabe, que en nombre de esa empresa actúa un abogado de nombre Jorge Alberto Rodríguez Morán, que ha dirigido agresiones y amenazas contra campesinos del sector y que ha sido imputado de varios delitos, incluyendo la estafa y la violencia de género.

El pueblo de Simón Planas desconoce el nombre de la empresa que avanza la explotación, el alcance temporal y espacial de la licencia o si pretende explotar otros minerales distintos a la caliza. Ese mismo pueblo que no ha sido ni informado ni consultado, se ha movilizado expresamente, tanto en el pasado como en la actualidad, para condenar la explotación de su cerro. A mediados de la década pasada, una movilización popular logró que el Municipio declarara al Cerro como «Parque Municipal y Patrimonio Ambiental y Ecológico del Municipio Simón Planas«[4]. El Decreto, en su artículo 2, “prohíbe…el aprovechamiento de la piedra caliza; ya que las explosiones en las cuevas del Cerro La Vieja, pueden ocasionar derrumbes y destruyen el patrimonio natural y ambiental del Municipio”[5].

En un reciente foro, realizado el 16.05.19, en Barquisimeto, por la Empresa de Minerales No Metálicos Jacinto Lara, su presidente, Yoel Morales, atribuyó el malestar del pueblo de Simón Planas, a “disputas políticas internas” del Municipio. Sin embargo, en la marcha que ocurrió el sábado 18.05.19 desde Sarare hasta el Cerro La Vieja, se observó un interesantísimo espíritu de unidad en la diversidad en torno a la defensa del Cerro. Aunque el sector del PSUV que dirige la Alcaldía  guarda silencio sobre la explotación minera en el cerro, tampoco ha salido a defenderla, lo que sugiere que está obedeciendo una línea “de arriba” con la que no tiene pleno acuerdo. Por su parte, el chavismo de base y militantes de todos los partidos del GPP están abiertamente en contra de la explotación del cerro. Resulta muy interesante, además, que esa lucha mueve un pluralismo de la sociedad civil plebeya. A ella se han sumado escaladores deportivos que usan el cerro de manera permanente, pequeños productores que se benefician de sus aguas, comuneros de El Maizal, sectores religiosos que usan sus cuevas para celebrar cultos espiritistas, sectores de la iglesia católica local y muchos pobladores no organizados, que tienen un vínculo físico y cultural muy fuerte con su cerro y que acudieron al llamado del “Comité Pro Defensa del Parque Municipal Cerro La Vieja”.

Todo parece indicar que la opacidad en la información y la falta de consulta, apuntan, a desconocer y a obstaculizar la expresión del protagonismo del pueblo de Simón Planas, que desde hace más de dos décadas se está oponiendo a la destrucción de su cerro. A la Gobernadora Carmen Meléndez le tocará evaluar, entonces, si revierte su decisión actual para “mandar obedeciendo” o si ratifica su alianza con el capital para explotar el cerro y entonces “mandar triturando”, que es como “mandan los capitalistas […] los tiranos”, como recordaba Chávez.

  1. Violación de derechos culturales

Todas las manifestaciones culturales contenidas en este Catálogo…son poseedoras de valores tales –sean históricos, culturales, plásticos o ambientales– que el Instituto del Patrimonio Cultural las declara Bien de Interés Cultural, según la Resolución Nº 003-05 de fecha 20 de febrero del 2005” (Catálogo del Patrimonio Cultural Venezolano[6])

La Cueva de La Vieja, que está dentro del Cerro, forma parte del Catálogo citado, con lo cual es oficialmente un Bien de Interés Cultural objeto de protección. El Catálogo cita hallazgos arqueológicos como lozas con jeroglíficos, piezas de cerámicas, cocos labrados, vasijas gigantes, osamentas y huesos sueltos, que sugieren una densa historia de uso del cerro y que explican su rol en la generación de la cultura local. “Existe la creencia –señala el Catálogo- que esta cueva se comunica con las Minas de Buría y que fue allí donde el Negro Miguel escondió el famoso tesoro que nunca apareció”[7]. La rebelión del Negro Miguel contra la opresión española y su paso por el cerro, es motivo de orgullo de los pobladores de Simón Planas. Otra de las Cuevas del Cerro se llama Estefanía, en honor a una de las hijas del Negro Miguel. Esa cueva es lugar de culto del espiritismo venezolano o Marialoncero y en su interior se pueden observar más de 500 objetos de culto de las distintas Cortes de esta religión venezolana; además de impresionantes estalagmitas y estalactitas, de hasta 5 metros.

Pero además de los usos religiosos o el valor histórico, es muy fácil constatar el vínculo de los pobladores de Simón Planas con su cerro. El cerro es una presencia visual hermosa desde todos los puntos de Sarare. La gente mira al cerro y sabe si lloverá, porque es una muralla a los vientos húmedos del sur que facilita la acumulación de nubes. Los colegios y liceos organizan frecuentemente excursiones al cerro, por lo que la inmensa mayoría de los/as Sarareños/as lo han visitado y disfrutado. Gente de otras partes del país viene al municipio a conocerlo o a usar sus paredes para la práctica deportiva de la escalada en roca o a realizar observación de aves, convirtiendo al cerro en un lugar ecoturístico que produce gran orgullo local.

La explotación minera, realizada con explosivos, volvería insegura las cuevas. Generaría derrumbes (de hecho ya hay deslizamientos en la Cueva La Vieja) e imposibilitaría el uso religioso, ecoturístico, recreacional, deportivo o científico del cerro. Un señor que participó de la marcha convocada por el “Comité Pro Defensa del parque Municipal Cerro La Vieja”, confiaba en que “Los Naturales” (especies de duendes que habitan el cerro) impedirían que eso ocurriera: “Ya antes volvieron locos a los trabajadores de la empresa que intentó explotar el cerro”.

  1. Violación al derecho al ambiente sano y ecológicamente equilibrado

No le importa al capitalismo acabar los bosques, acabar las aguas y acabar la vida […] El capitalismo es un modelo que destroza la vida. El capitalismo destroza […] tanto a la naturaleza como al hombre que es parte de la naturaleza

(Hugo Chávez[8])

El artículo 129 de la CRBV, señala que “Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y sociocultural”. No se ha realizado ningún estudio previo a la explotación en curso en el cerro La Vieja. La sola inexistencia de estos estudios implica la ilegalidad de la explotación, hace nula la licencia entregada por la Gobernación y obliga al Estado (al Poder ejecutivo municipal, estadal y nacional; al Poder Judicial o a la Defensoría del Pueblo si alguien acciona ante ella) a corregir de inmediato la vulneración en curso. De hecho, los funcionarios que entregaron las autorizaciones sin el estudio de impacto ambiental deben ser sancionados “…con arresto de tres meses a un año [e] inhabilitación para el ejercicio de funciones o empleos públicos hasta por dos años después de cumplida la pena principal”, según señala el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente.

Aunque por la falta del estudio de ley se desconoce con rigurosidad científica el daño ambiental que generaría la explotación del cerro, hay datos que permiten sugerir posibles daños; así como hechos concretos actuales que ya configuran delitos ambientales.

El cerro absorbe como una esponja la humedad de los vientos del sur que vienen a chocar contra el principio de los Andes. Además de alimentar al Río Sarare y a la Quebrada La Cimarrona, drena hacia un sistema natural de agua subterránea que beneficia a la producción agrícola de todo el Municipio. El uso de pozos es una de las principales fuentes de acceso al agua en la zona, según explican los pequeños productores del municipio. Es posible suponer que la explotación del cerro disminuiría el acceso al agua y, con ello, la productividad agrícola de la zona.

Por otra parte, la empresa modificó el curso del Río Sarare y construyó una carretera a menos de 20 metros del Río, pese a que la Ley de Aguas señala explícitamente, en su artículo 54, que son “…zonas protectoras de cuerpos de agua: …1.- La superficie definida por la circunferencia de trescientos metros de radio en proyección horizontal con centro en la naciente de cualquier cuerpo de agua. 2.- La superficie definida por una franja de trescientos metros a ambas márgenes de los ríos…”. Esta acción de la empresa, realizada con maquinaria estatal, constituye además un delito ambiental, tipificado en la Ley Penal del Ambiente (artículo 56) y sancionado “…con prisión de uno a cinco años…”.

La lucha en contra de la explotación del cerro La Vieja condensa una de las contradicciones centrales de nuestro tiempo. De un lado se encuentra la apuesta rentista, con su promesa de extraer minerales para ser convertidos en una riqueza que se supone será distribuida. El “bien” que generaría esta operación (la distribución de la riqueza) justificaría los daños inevitables (vulneración de derechos) en el ambiente, la cultura, la producción agrícola y la vida de la población. De ese lado está la Gobernación de Lara y empresarios que tienen formalmente el 49% de las acciones del proyecto, pero que utilizan a las instituciones (cuerpos de seguridad, gobernación, INTI, Fiscalía) como extensiones de sí mismos. Del otro lado hay una apuesta productiva agrícola, que incluye formas comuneras junto a decenas de pequeños productores que trabajan en las faldas del cerro para producir alimentos (en momentos en los que el bloqueo de EEUU amenaza con generar una hambruna en el país); así como una diversidad de actores que defienden su cerro, liderados por movimientos del chavismo de base y popular, que han aprendido en 20 años de Revolución Bolivariana a movilizarse para la defensa y exigibilidad de sus derechos. Es un pueblo que sabe que “… El capitalismo es un modelo que destroza la vida” (Hugo Chávez) y que no duda en plantar cara a quienes hablando en nombre de la Revolución se convierten en meros instrumentos del Capital.

  1. Violación del derecho a la tierra, del derecho a la integridad personal y a la libertad de la población campesina

“»Hay que poner orden a la propiedad de la tierra, tierra para los campesinos, para el que la trabaje» (Hugo Chávez)

Existen denuncias que señalan a Jorge Alberto Rodríguez Morón (C.I. 7.358.624), operador local de la alianza Estado-Capital, como responsable de violencia contra los campesinos de las zonas aledañas al cerro. Ejercida tanto de manera directa como en alianza con cuerpos de seguridad y el INTI.  El objetivo sería desalojar a los campesinos de las faldas del cerro para garantizar protección a la explotación. Según cuentan voceros del “Comité Pro Defensa del parque Municipal Cerro La Vieja”, el INTI revirtió al menos un título de tierras; el CONAS de la GNB, sembró armas y abrió procesos penales contra un grupo de campesinos que se oponen a la explotación (que estuvieron arbitrariamente detenidos y actualmente están bajo régimen de presentación) y el propio Rodríguez amenazó directamente junto a hombres armados a varios productores, mientras que a otros ofrecía comprarle las tierras. Las denuncias de estos hechos han sido presentadas a las instituciones, sin haber obtenido justicia. Se trata, claramente, de una lógica de despojo y criminalización de sectores populares, que revierte avances de la Revolución Bolivariana.

  1. Movilización popular y alianza amplia para la reinvención del campo popular

Este caso es apenas uno de los 17 proyectos que la Gobernación pretende desarrollar en el Municipio y uno de los 130 que pretende desarrollar en el estado[9]. El eslogan con el que acompaña el Plan es: “Un Plan de Desarrollo Estratégico Productivo Post-rentista”. Es difícil comprender como puede presentarse la apuesta minera como “postrentista”, pero fácil evidenciar que la alianza Estado-Capital Privado está atentando contra los derechos humanos de la población del Municipio Simón Planas.

Una alianza amplia se conformó dentro del Municipio para enfrentar este nuevo intento de explotación. Rápidamente se fueron movilizando otros sectores del estado y del país para acompañarla y apoyarla. Y es que la lucha digna que impulsan los pobladores de Simón Planas se emparenta con los diagnósticos, sentimientos y líneas de acción de militantes populares de todo el país: hay que desvelar las alianzas entre el Estado y el Capital; hay que denunciar a quienes tienen la indignidad de hablar en nombre del pueblo y actuar en función de sus propios interese; hay que interpelar el cortoplacismo e inviabilidad de la lógica rentista. Y hay que hacerlo desde la experiencia vivida en estos años, de una alianza entre el Estado y el Poder Popular; desde el protagonismo popular que nos ha garantizado tantos logros en materia de inclusión, justicia social y disfrute de derechos y; desde un modelo de producción comunalizado que ahí en donde es fuerte, ha demostrado eficacia a la hora de garantizar dignamente la vida material y espiritual de la población.

Esta lucha es, a un tiempo, enormemente importante en lo local y en lo nacional. Permite potenciar debates estratégicos que apunten a la reinvención y fortalecimiento del campo popular, a través del recurso que más logros nos ha dado: la movilización por nuestros derechos.

 

Fuente:http://www.ecopoliticavenezuela.org/2019/05/26/mineria-cerro-la-vieja-capital-los-derechos-humanos-del-pueblo-simon-planas/?fbclid=IwAR26fyKoqgoO1LIpF2qBz4XTD5tsQzBB5fjKKBNT78hFmRK6TAY1aBH7AeE

Perú

“Cerro de Pasco, el agua que no llega” por Pavel Aguilar Dueñas

El Perú es uno de los 20 países más ricos en agua dulce del mundo y al mismo tiempo el tercer país con mayor vulnerabilidad frente al cambio climático. Se expresa, entonces, las dos caras de uno de los principales retos del gobierno frente al bicentenario, en lo referente a  garantizar el pleno acceso al agua a nivel nacional en 2021.

Una meta realmente ambiciosa considerando la discutible actuación del Estado en los no pocos conflictos socioambientales relacionados con el uso de las fuentes primarias de agua, entre los que destacan los proyectos de Tía María y Conga.

No obstante, el Estado peruano ha venido impulsando durante las últimas décadas un conjunto de reformas institucionales orientadas a garantizar tanto la provisión de los servicios de agua potable, como la sostenibilidad de los sistemas de operación y mantenimiento, especialmente en las regiones con menores índices de desarrollo. En esta línea ha adoptado enfoques como el de la Gestión Integrada de Recursos Hídricos (GIRH) y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que se supone debieran traducir   una nueva institucionalidad hídrica que corresponde desarrollen organismos como la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y la Organización Técnica de la Administración de Servicios de Saneamiento (OTASS).

Pero lo cierto es que la provisión efectiva de los servicios básicos de agua y saneamiento  desborda esta nueva institucionalidad ya que depende en gran medida de una compleja red de actores, y de problemas tales como la infraestructura de transporte, la calidad de la burocracia, las actividades productivas circundantes a las cuencas, la intervención de los Gobiernos Regionales y el ciclo de vida de los proyectos de inversión pública. Las condiciones mencionadas, a pesar de las reformas institucionales en curso, aun inciden en el persistente déficit de cobertura de agua apta para al consumo humano.

La ciudad de Pasco es una singular muestra de ello, ya que por su historia extractiva múltiples actores e intereses han disputado a través de los años temas  como la visión del desarrollo, la gestión de riesgos y la creación del valor público. En efecto, la ciudad se fue produciendo no solo como extensión del enclave, sino además como resultado de las grandes brechas entre la urbe predominantemente industrial y las periferias rurales. Estas brechas, al fin, determinaron a través de disputas sobre la propiedad y el ejercicio de la violencia asuntos cruciales como la distribución del agua, las condiciones laborales y el derecho a la ciudad.

Y es que Pasco a lo largo de su historia y a pesar de sus momentos de bonanza ha mantenido la constante problemática de no contar con un sistema adecuado de provisión de agua como condición básica de salubridad.[1] De manera que, a través del desecado de lagunas y la expulsión de humos tóxicos ha constituido y hasta naturalizado un paisaje en donde está en juego  y en condiciones extremas, la salud de sus habitantes.

Sobre la provisión del agua, diversos informes han reportado que existe contaminación grave del recurso hídrico. El mismo sistema de provisión es un factor de riesgo ya que fue diseñado para el suministro del campamento minero y no para el abastecimiento de la ciudad, pues en él se hallaron cantidades considerables de minerales que superan los estándares aceptados.

De manera que, desde 2007 un conjunto de actores institucionales como los gobiernos subnacionales y la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento (EPS), plantearon la necesidad de un proyecto de agua potable. Como resultado de estas gestiones en 2008 se declaró su viabilidad pero, ante un presupuesto austero y frente a las escasas capacidades locales, el proyecto fue relegado hasta 2014, cuando es asumido por el Gobierno Regional y financiado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. En la ficha técnica que se diseña se señala que el agua proveniente de la laguna Acucocha será potabilizada y luego suministrada a los distritos de la ciudad.

Cabe agregar que este impulso por ejecutar el proyecto guardó una estrecha relación con las declaratorias de emergencia ambiental por parte del Ministerio de Salud en la provincia y región de Simón Bolívar. Desde 2012 se habían hecho llegar las denuncias de contaminación por la presencia de metales pesados en la sangre de su población vulnerable.

Las obras fueron iniciadas por el Consorcio Pasco en 2015, sin embargo, la intervención errática de la unidad ejecutora, sobre todo, en los territorios de las comunidades campesinas, ocasionaron las constantes paralizaciones que terminarían por interrumpir las labores por casi dos años.

Y es que, el tan ansiado proyecto generó percepciones contrapuestas en las mencionadas comunidades ya que sus inmediaciones estaban siendo intervenidas sin su consentimiento y, peor aún, sin que ellas resulten beneficiadas.

Correspondería a la nueva gestión del Gobierno Regional lidiar con esta difícil situación, lo que efectivamente hizo a través de la firma de convenios con las cinco comunidades afectadas, contando además con el respaldo de la EPS. Sin embargo, lejos de mejorar el escenario, éste se agravó aún más pues la mayoría de los convenios incluían compromisos controversiales como la construcción de estadios, la electrificación de anexos, la contratación de “empresarios locales”, entre otros problemas.

De modo que a mediados de 2017 el Gobierno Regional asume la administración directa del proyecto y entra en escena el Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR) l destinado a la elaboración y ejecución de obras para la dotación del agua en las comunidades afectadas. Se configura de esta forma un escenario de colaboración heterogéneo e inestable agravado, además, por condiciones geográficas complejas.

Lo que sigue, es la fragmentación institucional debido a que la lentitud en las obras, así como en los convenios, produjeron una serie de conflictos en los diferentes frentes de trabajo retrasando aún más las labores. Y es que el pliego presupuestal para los convenios requirió de prácticas grises en materia de gestión pública.

Pese a todo, el 7 diciembre de 2018 se inauguró el componente 1 del proyecto correspondiente a la línea central de distribución. No obstante, solo unos días después el flujo se detuvo abruptamente provocando la sorpresa y la indignación colectiva. La prensa informó que solo fue un leve problema técnico, pero con el pasar de los días el problema adquirió proporciones mayores.

Las hipótesis fueron varias: sabotaje, fallas técnicas, estudios de pre factibilidad mal formulados, entre otras. Lo cierto es que los actores políticos involucrados se encuentran afrontando denuncias por corrupción y crimen organizado, y mientras tanto Pasco se sigue muriendo lentamente de sed.

 

Fuente:https://iep.org.pe/noticias/cerro-de-pasco-el-agua-que-no-llega-por-pavel-aguilar-duenas/?fbclid=IwAR052KNiG5EfXYDBTsUoRDV56wwkhS_zvANbfFRNCBPW9gj4ltjb3vRLsmQ

Perú

Cotabambas: inicia paro preventivo contra minera en Haquira

Este miércoles 7 de noviembre, las comunidades del distrito de Haquira, provincia de Cotabambas (Apurímac) iniciaron un paro preventivo contra la minera Anabi SAC por el retiro de la planta de lixivación y la unidad minera Utunsa. Las comunidades residentes del distrito denuncian la presencia de contaminación en el agua a raíz de la construcción de la planta en la cabecera del afluente local.

Alrededor del mediodía, entre 800 y 900 personas se movilizaron contra la unidad minera Utunsa. Las comunidades del distrito, la Federación Campesina y el Sindicato de Construcción del distrito, convocaron a un paro preventivo de 48 horas en las inmediaciones de la unidad minera. Los manifestantes advierten que la medida preventiva podría derivar en protestas radicales y extenderse a otros distritos de la provincia de no atenderse las demandas sobre contaminación que han presentado.

Al respecto en 2018, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ordenó el retiro inmediato de la planta tras identificar un peligro inminente de contaminación y a la vida. Esta medida quedó sin efecto en una resolución posterior. Sin embargo, pese a los descargos y compromisos de la empresa, las comunidades evidencian la presencia de contaminantes en el agua de consumo humano y exigen el retiro definitivo de la planta de la zona.

 

Fuente:http://conflictosmineros.org.pe/2019/11/07/cotabambas-inicia-paro-preventivo-contra-minera-en-haquira/?fbclid=IwAR1eQdbUw278KZVaYUrRepLWc7JX1Wisa7qQVn0l_msrtUXqFOJh1sBwylw

Perú

Quellaveco: Minem insiste en diálogo, agricultores hablan de huelga

Pese a la invocación al diálogo del Gobierno, agricultores del sector de Tumilaca, en Moquegua, sostienen su posición sobre el proyecto Quellaveco: no quieren que se realice.

Ayer, un comité técnico liderado por el ingeniero Jhon Zeballos, representante de la oficina de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas (Minem), llegó a la ciudad de Moquegua con el objetivo de instalar una mesa de diálogo, la cual tenía por finalidad “solucionar la problemática socio-ambiental entre la población y la mina”.

Sin embargo, los agricultores de Tumilaca, sector que se ubica a dos horas del proyecto minero y que se oponen, no asistieron.

Un día antes, los representantes del Frente Unitario Regional por la Defensa del Agua y la Vida, Miguel Vizcarra y Juan Madueño, indicaron que no quieren más diálogo «sino la cancelación del proyecto», operado por Anglo American.

«Quien ha incumplido es el Gobierno. No nos han entregado toda la documentación (del proyecto), falta el informe de la Oficina de las Naciones Unidas para el Servicio de Proyectos (UNOPS) sobre el tajo de mina. Además, la empresa ha solicitado autorización para hacer estudios de agua subterránea ante la Autoridad Nacional del Agua (ANA), pero no nos han entregado el informe ni han solicitado opinión a la Junta de Usuarios de Riego», señalan.

Buscan clima de paz

«Nosotros podemos garantizar que no contaminamos. Quellaveco es un proyecto de clase mundial», asegura Claudia Vivanco, gerenta de comunicación corporativa de Anglo American.

Desde la empresa esperan que la población y el Estado logren el diálogo ante el anuncio de huelga para el 5 de noviembre, aunque precisan que ello no afectaría la continuidad de la construcción de la mina que tiene un avance del 30%.

Consultada por este medio sobre la inquietud de la población, Vivanco indicó que se ha solicitado autorización a la ANA para el uso de agua que aflore del río Tumilaca, pero no para perforar pozos. «Está prohibido el uso de aguas frescas, a menos que sea del Titire o de un saldo de la presa Vizcachas», anota.

Cabe indicar que la mina en su fase de operación necesitaría 22 millones de metros cúbicos de agua: 18 millones provendrían del Titire y 4 millones de la presa. El resto que pudieran necesitar saldría de un sistema de «recirculación» de agua.

Nuevo diálogo

Tras la fallida instalación de una mesa de diálogo, representantes del Minem y de la Presidencia del Consejo de Ministros volvieron a citar a los agricultores a una reunión para el miércoles 6 de noviembre. Por el momento han descartado llegar hasta la zona que se opone al proyecto. Sin embargo, señalan que el «Gobierno busca ser transparente y quieren resolver todas las inquietudes».

“Toda la información técnica ya fue transmitida, pero estamos aquí para hacerla pública”, indicó Zeballos. Los agricultores junto con otras organizaciones civiles confirmaron que la medida de fuerza se mantiene y empezará este martes, y duraría ocho días. Reclaman que se investiguen las multas que tendría la minera ante la ANA y el OEFA.

Datos

  • Inversión. Proyecto minero está estimado en US$ 5.300 millones. Su periodo de explotación sería de 30 años.
  • Historia. 25 años tiene Anglo American en Moquegua. Tres veces modificaron el Estudio de Impacto Ambiental.

Fuente:https://larepublica.pe/economia/2019/11/01/quellaveco-minem-insiste-en-dialogo-agricultores-hablan-de-huelga/

Perú

Moquegua: Empresa Aruntani se resiste al cierre de la mina Tucari

El cierre de la unidad minera Tucari-Florencia de la empresa Aruntani es incierto. El funcionario de la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, Herminio Morales, confirmó que la empresa ha recurrido al Consejo de Minería para frenar la aplicación de una carta fianza.

En septiembre pasado, el sector dispuso, a través de una resolución ministerial, la ejecución de la garantía por un monto de US$ 8 millones. Esto, porque el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental corroboró en sus visitas inopinadas de evaluación que las filtraciones ácidas, provenientes de los desmontes de la mina, han venido afectando las quebradas Margaritani y Apostoloni. Estos dos afluentes forman el Coralaque.

Los habitantes del centro poblado de Pachas, en el distrito de Chojata (Sánchez Cerro), captan el agua de este tributario para el consumo y sus cultivos. Ellos siempre denunciaron el cambio de coloración del agua.

El organismo fiscalizador incluso verificó y aplicó sanciones. También constató que los trabajos de cierre, que realizaba la compañía, no eran los más apropiados. Por eso, el Estado decidió actuar de manera directa, pero no podrá disponer de ese dinero para intervenir, mientras no se pronuncie el órgano de minería. Esto explicó Morales en la última reunión con las autoridades locales y representantes de la sociedad civil en Omate. El alcalde de Sánchez Cerro, Luis Concha, consideró que, pese a que Aruntani tiene un historial de malos comportamientos ambientales, se niega a que el Gobierno haga el trabajo.

 

Fuente:https://larepublica.pe/sociedad/2019/11/01/aruntani-se-resiste-al-cierre-de-la-mina-tucari-lrsd/

Mexico

Acechan 10 mineras a Veracruz

Explicó que incluso hay una empresa que busca asentarse en el municipio de Chiconquiaco, muy cerca de Xalapa

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) otorgó permisos a 10 empresas mineras para que buscan explorar suelo veracruzano; sin embargo, aún no cuentan con los permisos ni estatales ni municipales.

Esto fue confirmado por el subprocurador de Medio Ambiente en el estado, Ernesto Cuevas Hernández, que indicó que han hecho un llamado a los alcaldes para evitar que las empresas puedan realizar actividades de minería a cielo abierto tal como pretenden.

«Aunque tengan los permisos de cambio de uso de suelo, requieren el Manifiesto de Impacto Ambiental, y todavía no cuentan con ellos, además la población está en contra de estos proyectos»

Explicó que incluso hay una empresa que busca asentarse en el municipio de Chiconquiaco, muy cerca de Xalapa, la capital del estado, y que según dijo comprometería el ambiente y el suministro de agua en toda la zona.

«Es una minería a cielo abierto, ya están haciendo los estudios, vamos a seguir en ese tema y no vamos a permitir que vengan a realizar toda esta devastación».

Insistió en que la PMA está en contra de que se les permita trabajar porque los daños que generará son muchos mayores a los trabajos que pueden crear.

«Estuvimos platicando con los presidentes municipales para comentarlas las afectaciones que pueden generar, porque las mineras usan millones y millones de litros de agua, la devastación que harían sería de alto impacto, todas las congregaciones de Juchique de Ferrer, Chiconquiaco y Yecuatla se verían afectadas por el suministro de agua».

 

Fuente:https://veracruz.lasillarota.com/estados/acechan-10-mineras-a-veracruz-mineras-ambiente-semarnat-veracruz/332703?fbclid=IwAR2bjVCcEAcEY5ZKU-tKKdrInizA4h9knnQ3uXYExsyTSXN1foRJJaF7Qk8

 

Mexico

Conflictos con comunidades y más regulaciones aumentan riesgos para mineras en México: Moody’s

Conflicto con las comunidades locales y los intentos del Gobierno federal por aumentar las regulaciones, representan el mayor riesgo para las empresas mineras en México, consideró la calificadora Moody’s.

En un estudio sobre el sector en América Latina, consideró que estos elementos constituyen un riesgo para las mineras que deseen invertir en el país.

“La consideraciones ambientales y sociales aumentan los riesgos regulatorios en México”, detalló la calificadora.

En este sentido, aseguró que la falta de un marco regulatorio coherente, podría generar un aumento en las cargas a la industria, como el impuesto ecológico que los estados tienen derecho a imponer.

Moody’s agregó que las mineras enfrentan posibilidades de conflicto con las comunidades cercanas a las áreas de exploración, sobre todo luego de los intentos por realizar consultas a los pueblos afectados.

“Un intento del Gobierno federal a finales de 2018 para exigir que se realicen consultas a los integrantes de las comunidades, junto con los derechos de los estados para imponer sus propios impuestos ecológicos, sugieren que la carga regulatoria de las empresas mineras podría aumentar en los próximos años”, apuntó el estudio.

De acuerdo con una investigación de dos académicas de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso) y de la Montfort University, en México existen 879 conflictos sociambientales.

Gisela Zaremberg (de Flacso) y Valeria Guarneros-Meza (de la inglesa Montfort University)  hallaron un total de 879 conflictos: 374 por minería; 188 por hidroeléctricas; 127 por campos petroleros; 116 por eólicas; y 74 por gasoductos.
Los estados con más hechos violentos asociados a la minería son Chiapas, Oaxaca, Guerrero, Zacatecas, Puebla, Coahuila, Sonora, Durango y Michoacán.

El documento detalla que en los conflictos derivados por proyectos de minerías, las empresas más involucradas son: Grupo México (con 30 casos registrados); Ternium (con 25); Goldcorp Inc (con 22); Grupo Frisco (con 18); Almaden Minerals Ltd (con 17); Minera Autlán (con 13); First Majestic Silver Corp (con 12); y Escellon Resources Inc (con 10).

Las académicas hallaron también que en 28 conflictos por minería, que involucraron a 14 proyectos diferentes, estuvo involucrado el crimen organizado. Los casos se registraron en Colima, Guerrero, Jalisco, Michoacán, Puebla, Veracruz, Sonora y Chihuahua.

Para revisar los conflictos por este tipo de proyectos, las académicas revisaron 463 notas periodísticas sobre el tema. Y de los 374 reportes de conflictos hallados, se involucra a un total de 134 proyectos.

Mientras las mineras anunciaron que para el cierre de 2019 invertirán 5 mil 260 millones de dólares que “contribuirán” al fortalecimiento de la economía mexicana.

 

El monto de inversiones previstas para este año, es superior a los 4 mil 897 millones de dólares realizada el año pasado, indicó la Cámara Minera de México (Camimex) en un boletín.

Entre el monto total de las inversiones previstas para el 2019, la cámara resaltó la realización de 18 proyectos que representan una inversión de 3 mil 324 millones de dólares en siete estados del país: Sonora, Chihuahua, Coahuila, Zacatecas, Durango, Guerrero y Jalisco.

Aunque hay actividad minera en 25 de las 32 entidades de la República Mexicana, el 90 por ciento se centra en diez estados: Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Coahuila, Durango, Zacatecas, San Luis Potosí, Colima, Guerrero y Michoacán.

Sonora, en el noroeste del país, concentra el 30 por ciento de la actividad del diez estados señalados, seguido por Zacatecas con un 19 por ciento, Chihuahua con un 12 por ciento, indicó la Cámara.

Durango con el 8 por ciento, Coahuila con el 7 por ciento, Michoacán con el 4 por ciento, San Luis Potosí y Baja California Sur, con el 3 por ciento cada uno y Colima y Guerrero, con un 2 por ciento cada uno, completan las mayor actividad minera del país, señaló.

 

Fuente:https://www.sinembargo.mx/04-11-2019/3673199

Mexico

Gobierno de Peña borró pueblos indígenas para favorecer a una mina canadiense. INPI ya los halló

Ciudad de México, .- El 28 de septiembre de 2018 la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) indicó en un oficio “la no presencia de población indígena” en la zona de construcción del proyecto minero Ixtaca; sin embargo, el 11 de octubre el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas (INPI) localizó 71 localidades en el municipio de Ixtacamaxtitlán en el estado de Puebla.

Las comunidades exigieron la cancelación de las concesiones a la minera Almaden y recordaron que el 22 de octubre más de 40 comunidades de la Unión de Ejidos y Comunidades en Defensa de la Tierra, el Agua y la Vida Atcolhua y de la cuenca del río Apulco entregaron al Secretario Víctor Toledo Manzur tres mil 500 firmas con las que rechazaban el proyecto de mina a cielo abierto.

El INPI realizó la investigación debido a que un grupo de representantes legales de la Comunidad Nahua de Tecoltemi solicitaron un amparo contra las concesiones mineras a la empresa canadiense Almaden.

Además solicitaron se aclarara el oficio CGPE/2018/OF/0802 que en septiembre de 2018 Sergio Alberto Ortiz Rosales, Coordinador General de Planeación y Evaluación de la CDI, emitió.

En el documento citado, el titular de la dependencia desconoció la existencia de los grupos indígenas de la zona con lo que se permitía a Almaden Minerals explotar un yacimiento de oro y plata a cielo abierto.

“La información del INPI desmiente las aseveraciones que la Minera ha realizado de manera sistemática, que niegan la existencia de población indígena en el lugar”, citaron las organizaciones.

El oficio de 2018 afirmó que al revisar los documentos de habilitación de la minera se determinó “la no presencia de población indígena en la zona de dicho proyecto en su área de influencia, de acuerdo con la Evaluación de Impacto Social y el estudio de Impacto Ambiental”

Sin embargo, la indagatoria la realizó la propia minera.

“Esta preocupante afirmación había sido difundida públicamente por parte de Minera Gorrión, filial de Almaden, a pesar de que el Catálogo de la CDI establece que sí hay comunidades indígenas en el municipio y en el área de influencia directa del proyecto”, destacó el documento.

Ante la petición de los grupos indígenas, el INPI “identificó población indígena o personas indígenas náhuatl tanto en el municipio como en el área de interés del proyecto (…) en el municipio de Ixtacamaxtitlán del estado de Puebla, la población indígena estimada sumó seis mil 210 y cuatro mil 841 personas, en 2010 y 2015, respectivamente”

Los datos recabados por el INPI significaron un 24 y 19.7 por ciento de la población y en 2015, la población indígena por autoadscripción sumó siete mil 608 personas, es decir el 31 por ciento del total de la población del municipio.

Además, los datos del Censo de Población y Vivienda 2010 en la localidad de Ixtacamaxtitlán ubicó 71 localidades con presencia de población indígena. De estas, Santa María Zotoltepez, Zacatepec, Loma Larga, Almonamique, La Vega, Tuligtic (San Miguel), Ahuateno, Cruz de Ocote e Ixtacamaxtitlán (San Francisco) se localizan dentro del área del proyecto.

La investigación también arrojó que el impacto ambiental no sólo sería a las nueve poblaciones directamente afectadas, si no que a todas las cercanas al Río Apulco.

“Las organizaciones reconocemos la labor del INPI en esta nueva revisión para aclarar la información y reconocer a las poblaciones indígenas de la zona”, agradecieron en el documento.

También expusieron el “incumplimiento” del Estado mexicano de sus obligaciones en materia de protección de Derechos Humanos y de los pueblos indígenas que ha beneficiado a empresas, como la minera canadiense.

“Desde la emisión de las concesiones mineras que otorgaban derecho a explorar y explotar, debió contarse con el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades indígenas”, recalcaron.

Las organizaciones y comunidades pidieron la cancelación inmediata de las concesiones mineras y la negativa a la Manifestación de Impacto Ambiental presentada en febrero por la empresa ante la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

 

Fuente:https://www.sinembargo.mx/05-11-2019/3673613?fbclid=IwAR2yZrF5AP3a49Tpo6juSff68fuVmHN0xFNv4BQsMdduwD7KSM4cEGqKdNY

Costa Rica

Caso de la mina Crucitas ante el CIADI (Infinito Gold vs. Costa Rica): breves noticias

El pasado 20 de setiembre, según se desprende de la ficha técnica relativa a la controversia sometida en febrero del 2014 contra Costa Rica por parte de la empresa minera canadiense, Infinito Gold, se indica que:

«September 20, 2019 Each party files a statement of costs» (véase ficha técnica oficial de este arbitraje, en la sección «Procedural Details«).

La observación de la práctica del Centro Internacional de Arreglo de Disputas entre Inversionistas Extranjeros y Estado (más conocido por sus siglas en español CIADI o ICSID en inglés – véase sitio oficial) señala lo siguiente: la fijación, por parte de cada una de las Partes, de sus respectivos costos constituye la última etapa procesal de previo al laudo arbitral. Se trata de un indicador de cierta relevancia, ya que esta controversia planteada por Infinito Gold contra Costa Rica se ha extendido por mucho más tiempo de lo usual, tal y como lo veremos a continuación.

Como bien se sabe, el CIADI es un mecanismo auspiciado por el Banco Mundial, que buscar resolver las disputas entre inversionistas extranjeros y un Estado receptor de la inversión, mediante el establecimiento de una terna arbitral destinada, luego de escuchar a ambas partes, a resolver la disputa. En los últimos decenios, el arbitraje de inversiones ha sido fuertemente cuestionado por varios Estados y sectores sociales así como académicos, debido a la falta de transparencia de este mecanismo y el sesgo de muchas de sus decisiones (Nota 1). Al momento de redactar esta breve nota (30 de octubre del 2019), es de notar que, según el registro oficial llevado por el CIADI, Venezuela acumula 17 demandas presentadas en su contra por inversionistas pendientes de resolución, seguida por Perú (10), Colombia (9), Argentina (8), Panamá (4), Costa Rica (2), Guatemala (2), Uruguay (2) al tiempo que Bolivia, Chile, Ecuador, Honduras y República Dominicana registran una sola.

Recuento de la controversia entre Infinito Gold y Costa Rica ante el CIADI

Como bien se recordará, esta demanda fue interpuesta ante CIADI contra Costa Rica por parte de la empresa minera canadiense Infinito Gold, a raíz de su fracasado proyecto minero ubicado en la localidad de Las Crucitas: este último, declarado de «conveniencia nacional» en octubre del 2008 por las autoridades costarricenses de manera inconsulta y sorpresiva, generó una gran polémica en Costa Rica. El proyecto minero fue finalmente declarado ilegal por la justicia costarricense en el 2010 (véase texto completo de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo – TCA). En el 2011, la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión del tribunal administrativo del 2010 en todos sus extremos (véase texto completo de la sentencia 01469-2011 del 30.11.2011).

No se cuenta aún con algún estudio pormenorizado (monografía o tesis) sobre los diferentes aspectos de este polémico proyecto, que llevaron a los tres jueces del TCA a referirse en su fallo del 2010, por vez primera en la historia judicial costarricense, a una verdadera «orquestación de voluntades» (Nota 2). Sobre este término, nos permitímos acuñar en una nota publicada en octubre del 2014 en el Semanario Universidad (véase texto completo) que:

«Cuando se habla de “orquestación de voluntades” por parte de un tribunal de la República, como el Tribunal Contencioso Administrativo, hay varios elementos a tomar en cuenta: la noción de orquestación incluye una partitura musical escrita, un tempo acordado para su ejecución, unos cuantos personeros visibles actuando de primeros violines, otros no tan visibles para el público pero ejecutando otras partes de la partitura y por supuesto, un director”.

Cabe también recordar que justo antes del fallo de la Sala Primera en el 2011, una situación totalmente anómala fue dada a conocer por quién fungía hasta ese momento como … vocero de la misma empresa minera: la «filtración» a los abogados de la empresa canadiense de un borrador de sentencia de esta misma Sala, un hecho insólito, sin precedentes en la historia de Costa Rica, y que a la fecha persiste … sin que nadie haya sido sancionado por ello.

Más allá de estos y otros llamativos detalles (que algunos expertos legales han denominado «cortocircuitos«) y de las dificultades del aparato penal costarricense para enjuiciar y sancionar debidamente a los responsables de «orquestar voluntades«, lo esencial es que la justicia costarricense declaró totalmente ilegal el proyecto en el 2011.

Un Estado obligado a acatar lo que dictaminan sus tribunales de justicia sobre el carácter ilegal de un proyecto minero ¿llevado tres años después ante una instancia internacional por la misma empresa minera promotora del proyecto? Es efectivamente lo que ocurrió, y que arroja serias dudas sobre la conveniencia de permitir demandas de este tipo, mediante la suscripción de algunos tratados internacionales por parte de Costa Rica que contienen cláusulas extremadamente favorables para el inversionista extranjero.

La presentación del caso que figura en el sitio oficial del CIADI ofrece algunos (pocos) detalles del proceso seguido desde febrero del 2014 contra Costa Rica.

 

Una primera etapa sobre jurisdicción en la que parte de los argumentos de Costa Rica es rechazada

Como es usual para el Estado demandado, en un primer momento Costa Rica presentó varias excepciones preliminares objetando la competencia del CIADI. En una decisión preliminar, dada a conocer en diciembre del 2017, el tribunal rechazó parte de los argumentos de Costa Rica al declarar en la parte dispositiva final que:

«Une a la fase de fondo las objeciones jurisdiccionales de la Demandada en virtud del Artículo XII(3)(c); en virtud de Anexo I, Sección III(1); y en virtud del Artículo IV del TBI; así como la determinación de si la inversión de la Demandante cumple con el Artículo I(g) del TBI. Rechaza las demás objeciones preliminares de la Demandada«. (véase texto completo de la decisión del tribunal arbitral, párrafo 364).

Nótese que a raíz de un razonamiento bastante peculiar (párrafos 287-298 de la precitada decisión, cuya lectura se recomienda) y que debiera interesar a varios juristas costarricenses, los tres árbitros llegaron a una posición contraria a la sostenida por Costa Rica. En el párrafo 287 se lee que:

287. La cuestión que debe dirimir el Tribunal es si las reclamaciones de Infinito están prohibidas en virtud del Artículo XII(3)(d) del TBI. En aras de la claridad, el Tribunal recuerda que la parte pertinente de la disposición reza lo siguiente: Un inversionista podrá someter una diferencia, según se indica en el párrafo (1), a arbitraje conforme a lo dispuesto en el párrafo (4) solamente si: […] (d) en los casos en que Costa Rica es parte de la diferencia, ningún tribunal costarricense haya emitido un fallo relativo a la medida que se alega contraviene este Acuerdo«.

En el párrafo 298 se lee textualmente que:

«298. Por lo tanto, el Tribunal concluye que las reclamaciones de la Demandante no están prohibidas por el Artículo XII(3)(d)«.

Tuvimos la oportunidad de analizar críticamente la forma bastante cuestionable con la que las autoridades de Costa Rica «anunciaron» el contenido de esta decisión al ser notificadas, refiriendo a una supuesta «posposición» y «complejidad» (términos inexistentes al tenor del texto del mismo laudo arbitral dado a conocer pocos días después del dicho «anuncio«) en diciembre del 2017: véase nuestra breve nota al respecto titulada «Crucitas: Costa Rica anuncia que tribunal del CIADI «pospondrá» su decisión sobre jurisdicción«.

En su demanda inicial presentada en febrero del 2014, la empresa minera reclamaba a Costa Rica el pago de 94 millones de US$ (véase texto completo de la demanda con fecha del 6/02/2014 publicado en un sitio privado, ya que el CIADI, a la fecha, no publica este tipo de documentos). En años posteriores, se supo que el monto original fue revisado a la alza por la empresa minera, exigiendo a Costa Rica el pago de 321 millones de US$ (véase nota de CRHoy del 7.04.2017).

Cabe recordar que en marzo de 2014, varios especialistas en derecho recomendaron que Costa Rica no aceptara someterse a un arbitraje internacional ante el CIADI en el caso del proyecto minero Crucitas, dado el inminente riesgo de verse perjudicada por la demanda planteada por esta empresa minera canadiense: véase nota de prensa de la Universidad de Costa Rica / UCR) y reportaje de Era Verde (Canal 15 UCR).

En aquella ocasión, varios de los oradores hicieron hincapié en que si bien demostrar la falta de buena fe del inversionista canadiense era muy sencillo (al haberla documentada y confirmada la misma justicia costarricense), emitieron muy serias reservas en que fuera COMEX el que asumiera la defensa legal de Costa Rica ante los árbitros del CIADI.

 

Un litigio objeto de interés por parte de terceros, uno de ellos «invitado»

La misma lectura de la precitada ficha técnica del CIADI, en la sección «Procedural Details» señala que, en setiembre del 2015, se recibió una solicitud de una «non-disputing party» (sin mencionarse su nombre), la cual fue favorablemente acogida por los integrantes del tribunal arbitral en junio del 2016: se trata en realidad de la ONG costarricense APREFLOFAS, cuya solicitud tuvimos la ocasión de analizar brevemente en en este mismo sitio a partir de documentos publicados en la prensa (véase nota titulada «Arbitraje ante el CIADI Infinito Gold vs Costa Rica: ONG obtiene calidad de «parte no contendiente» «).

Se lee en la precitada decisión sobre jurisdicción de diciembre del 2017 (disponible en este enlace) que Costa Rica difiere de algunos de los argumentos de APREFLOFAS:

«Costa Rica no considera que la prueba disponible hasta la fecha baste para sustentar una excepción tal, es decir, que toda la inversión de Infinito se logró mediante fraude, corrupción y otros ilícitos con lo cual no constituye una inversión de buena fe con arreglo al TBI y el Convenio del CIADI. Como lo demuestra el resumen aportado por APREFLOFAS, las diversas investigaciones de funcionarios públicos por corrupción y otros delitos en relación con el otorgamiento de la Concesión de 2008 o se encuentran en trámite o bien culminaron con un sobreseimiento» (párrafo 130).

En el mes agosto del 2018, se indicó en esta misma ficha técnica del caso, que otra entidad también solicitó intervenir como «non-disputing party«, sin tampoco mencionarse su nombre por parte del CIADI. Se trata ya no de una organización de la sociedad civil, sino de Canadá, según se confirmó a la prensa por parte de las autoridades costarricenses (véase nota de CRHoy). Al investigarse sobre el punto de saber a qué podría responder el repentino interés de las autoridades canadienses en este caso contra Costa Rica, planteado desde el 2014, un medio de prensa costarricense acudió a las autoridades costarricenses sin lograr una respuesta muy clara: véase nota de CRHoy titulada «Interés de Canadá en millonario arbitraje por Crucitas desata inquietudes» y esta otra titulada «Dudas en torno a participación en proceso de arbitraje con Infinito Gold«.

Finalmente, se le contestó formalmente a un congresista canadiense que la solicitud hecha a Canadá para intervenir provino oficialmente de … Costa Rica. Ello se desprende de la respuesta oficial con fecha del 24.1.2019 dada por las autoridades canadienses de comercio exterior a las preguntas formuladas por el diputado Peter Julian el 18.03.2018: véase texto en inglés y en francés de las preguntas formuladas y respuesta oficial brindada disponible en inglés en este enlace y en francés en este otro enlace.

Según la respuesta oficial de las autoridades canadienses, las gestiones de Costa Rica ante Canadá para que interviniera datan de abril del 2018. Es poco usual que un Estado demandado por una empresa con base en un Tratado Bilateral de Inversiones (más conocidos como TBI) pida el concurso del otro Estado Parte al TBI en un procedimiento ante el CIADI.

Usualmente, un caso ante el CIADI dura unos 4 años, y así lo confirman recientes controversias resueltas por tribunales arbitrales del CIADI que involucran a Costa Rica (Nota 3). ¿Porqué en febrero del 2019 se cumplieron 5 años y aún a estas alturas del año no se conoce la decisión del CIADI?

Es posible que estas dos solicitudes de terceros hayan retrasado significativamente la lectura del laudo arbitral en el caso planteado por Infinito Gold contra Costa Rica, en particular la segunda de ellas relativa a Canadá. Tuvimos la oportunidad de analizar el único incidente procesal que se dió en julio del 2015, al solicitar formalmente Costa Rica poner fin al procedimiento a los tres integrantes del tribunal arbitral, dado el atraso de la empresa minera en remitir sus alegatos según el cronograma acordado (Nota 4).

 

Los costos de un arbitraje ante el CIADI

Según un especialista costarricense en materia de arbitraje, independientemente del resultado final, los costos que deben asumir los Estados en su defensa legal durante un procedimiento ante el CIADI son de unos 8 millones de US$ (véase nota de CRHoy).

Se trata de un monto que puede variar significativamente en virtud de incidentes procesales que pueden dilatar el proceso: en el caso que enfrentó otro Estado centroamericano (El Salvador) contra otra empresa minera canadiense (Pacific Rim), El Salvador indicó a los árbitros haber tenido que sufragar un total de casi 12 millones de US$ para asegurar su defensa (véase párrafo 1.14 del laudo arbitral de octubre del 2016 disponible en este enlace). En un laudo arbitral del CIADI condenando a Venezuela al pago de 1.386 millones de US$ a una empresa minera canadiense dado a conocer en el 2016, Venezuela indicó haber incurrido en el pago de más de 14 millones de US$ (véase texto del laudo, párrafo 950). En un reciente caso en el que el CIADI condenó a Pakistán a pagar una suma por más de 4.000 millones de US$, Pakistán alegó haber gastado más de 25 millones de US$ en gastos de defensa (véase párrafo 1831 del laudo arbitral emitido en julio del 2019).

En cambio, en el caso del consorcio minero Glencore contra Colombia tramitado de forma expedita en poco más de 3 años, Colombia adujo haber gastado 3.424.871 US$ (véase párrafo 1639 del laudo arbitral del 27 de agosto del año en curso, disponible en este enlace).

A modo de conclusión

No se sabrá a cuánto asciende el monto exacto proporcionado por Costa Rica al estimar los costos de su defensa en este caso contra Infinito Gold sino hasta el momento de la lectura final del laudo arbitral, el cual contiene siempre, en su parte final, la estimación de las dos Partes en cuanto a sus respectivos costos (Nota 5).

Si este y varios otros datos no ventilados por el CIADI pueden generar algún tipo de frustración en algunos de nuestros estimables lectores, ello les permite entender un poco mejor las críticas recurrentes que se le han hecho al CIADI en cuanto a la opacidad y a la falta de transparencia de su funcionamiento. Y comprender las razones por las cuales Bolivia (2007), Ecuador (2009) y Venezuela (2012) denunciaron la convención que crea el CIADI suscrita en 1965, al tiempo que Indonesia y Sudáfrica han renegociado todos su TBIs, en aras de limitar sustancialmente los riesgos de ser objeto de demandas abusivas por parte de inversionistas extranjeros (Nota 6).


Nota 1: Desde la perspectiva de los derechos humanos, un informe del 2015 del Relator Especial de Naciones Unidas sobre la Promoción de un Orden International Democrático y Equitativo (véase texto en español del documento A/70/285 del 5 de agosto del 2015) indica que: “La solución de controversias entre inversores y Estados es un mecanismo bastante reciente y arbitrario; es una forma privatizada de solucionar controversias que acompaña a muchos acuerdos internacionales de inversión. En lugar de litigar ante los tribunales locales o invocar la protección diplomática, los inversores recurren a tres árbitros que, en procedimientos confidenciales, deciden si sus derechos y la inversión han sido violados por un Estado. Los tribunales de solución de controversias entre inversores y Estados pueden entender en demandas de los inversores contra los Estados, pero no pueden hacerlo respecto de las demandas de los Estados contra los inversores, por ejemplo, cuando estos últimos violan leyes y reglamentos nacionales, contaminan el medio ambiente y el suministro de agua, introducen la utilización de organismos modificados genéticamente potencialmente peligrosos, etc”. En este informe de Naciones Unidas del año 2015 pocamente publicitado y divulgado en América Latina por parte de los aparatos estatales, pero también por parte de las escuelas de derecho, se lee también que: “Un defecto de nacimiento de una solución de controversia entre inversores y Estados es su calidad de “caballo de Troya”: se introdujo en los acuerdos internacionales de inversión sin revelar plenamente su aplicación potencialmente invasivas” (punto 21, p. 11).

Nota 2: En la sentencia del TCA del 2010 (véase texto) se lee que: «En relación con este punto, es necesario indicar que en el presente caso ocurre algo excepcional y es que las distintas ilegalidades detectadas y las nulidades declaradas, son todas coincidentes en el sentido de que tendían a la aprobación del proyecto minero Crucitas y varias de ellas se dictaron estando vigente un decreto ejecutivo de moratoria de la minería metálica de oro a cielo abierto, todo lo cual hace viable pensar como posible una eventual concurrencia u orquestación de voluntades para llevar adelante, de cualquier manera, este proyecto minero» (párrafo XL). Llama la atención el poco interés de investigadores, académicos, docentes de escuelas de derecho, para analizar en detalle en alguna monografía o tesis lo que algunos analistas denominaron en su momento en sus columnas el «affaire Crucitas«. En este reciente artículo publicado en el medio digital Delfino.cr (y cuya lectura completa se recomienda), se lee que: «Lo anterior es un resumen de solo una parte de las numerosas e importantes ilegalidades e inconsistencias del proyecto minero Crucitas, por lo que está muy lejos de ser exhaustivo» (véase FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ E., «Ilegalidades del proyecto Crucitas: más allá del decreto de conveniencia nacional«, Sección Teclado Abierto, Delfino.cr, edición del 21.01.2019).

Nota 3: Por ejemplo, en el caso Aven et alii contra Costa Rica resuelto a favor de Costa Rica en setiembre del 2018 (véase breve nota nuestra al respecto), la demanda fue planteada el 24 de enero del 2014 (véase texto completo del laudo). En el caso Cervin Investissements contra Costa Rica, la decisión dada a conocer por el CIADI en marzo del 2017 responde a una demanda planteada por este grupo de accionistas suizos de la empresa mexicana Gaz Z en marzo del 2013 (véase texto del laudo arbitral).

Nota 4: Remitimos a nuestros estimables lectores al artículo que elaboramos sobre este incidente pocamente analizado y anunciado en medios de prensa costarricense de manera bastante insólita en su momento: BOEGLIN N., «La solicitud de Costa Rica de poner término a la demanda de Infinito Gold ante el CIADI: breves reflexiones«, OPALC, Sciences Po Paris, julio del 2015, disponible en este enlace. En la decisión precitada sobre jurisdicción (véase enlace), el tribunal del CIADI detalla la situación acaecida en julio del 2015 debido a la renuncia de los directivos de Infinito Gold y la incertidumbre generada (pp. 11-13).

Nota 5: En el precitado caso Aven et alii contra Costa Rica (véase texto completo del laudo), Costa Rica señaló al tribunal haber incurrido en un gasto para asumir su defensa por concepto de 2.461.747 US$ (véase párrafo 750 de la precitada decisión). En el precitado caso de Cervin Investissements contra Costa Rica, Costa Rica indicó haber incurrido en gastos de defensa por 2.060.021 US$ (véase texto del laudo arbitral, párrafo 709)

Nota 6: Remitimos al lector a nuestra breve nota publicada en inglés en diciembre del 2013: BOEGLIN N., “ICSID and Latin America Criticism, withdrawal and the search for alternatives”, Bretton Woods Project. Texto disponible aquí. Sobre la revisión operada por Indonesia de más de 50 TBIs suscritos, véase HAMZAH LAMPUNG University , «Bilateral Investment Treaties (BITS) in Indonesia: a paradigm, shift, issued and challenges«, Journal of Legal, Ethical and Regulatory Issues Volume 21, Issue 1, 2018. Texto disponible aquí.

Documentos sobre la controversia entre Infinito Gold y Costa Rica disponibles en el sitio del CIADI:

– Ordenanza Núm. 2 del tribunal arbitral, de junio del 2016, acogiendo la solicitud de intervención de la ONG costarricense APREFLOFAS, disponible en inglés aquí

– Decisión sobre jurisdicción del tribunal arbitral, diciembre del 2017, disponible en español aquí

Fuente: Derecho Internacional CR. Este artículo fue redactado por Nicolas Boeglin, Profesor de Derecho Internacional Público, Facultad de Derecho, Universidad de Costa Rica.

 

Fuente:https://movimientom4.org/2019/11/caso-de-la-mina-crucitas-ante-el-ciadi-infinito-gold-vs-costa-rica-breves-noticias/?fbclid=IwAR0Mdk5U_rS90FzyFD6TJsJZwNtd52vIveDTG-MjZskDt7mGsLlI3GNZdSM