Chile

“Los que aprobaron Dominga deberían estar presos”: Diputados de oposición buscan tipificar el delito de Ecocidio

La iniciativa busca modificar el Código Penal, para castigar con cárcel al autor, cómplice o encubridor de daños graves que sean extensos o duraderos al medio ambiente
Diario Uchile
12/08/2021
FOTO PROY ECOCIDIO
Tras el lapidario informe publicado por un Grupo Intergubernamental de expertos sobre el Cambio Climático (IPCC), el diputado PPD Raúl Soto, presentó, junto a un grupo de parlamentarios de oposición, un proyecto de ley que modifica el Código Penal y tipifica el nuevo delito de “Ecocidio”, que permitirá castigar con cárcel a quienes sean autores, cómplices o encubridores de daños al medio ambiente.

Cabe señalar que el concepto de ecocidio es definido internacionalmente como omisión o acto ilícito o arbitrario, perpetrado a sabiendas de que existe una probabilidad sustancial de que cause daños graves o extensos al medio ambiente.

“Con esta iniciativa, proponemos penas de cárcel, que van desde presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado medio, es decir, personas que cometan delitos de Ecocidio, tendrán privación de libertad hasta 15 años, además de multas altísimas que llegan a mil 9 mil UTM, cerca de 460 millones de pesos, porque obviamente hay proyectos millonarios que terminan afectando el medio ambiente”, explicó Raúl Soto.

Asimismo, agregó que “si no tomamos conciencia y actuamos de forma rápida y drástica para adecuar y cambiar nuestras conductas como Estado y como sociedad y, también, para robustecer e introducir a nuestras legislaciones, mecanismos que permitan desincentivar el daño de los ecosistemas, la contaminación y afectación al medio ambiente, probablemente esta aceleración del cambio climático va a continuar y lo que está en juego es el planeta, la especie humana y lo que estamos haciendo es generar conciencia y permitir los cambios que se requieren con respecto al medio ambiente”.

Por su parte, su compañera de partido y coautora de la iniciativa, Cristina Girardi, señaló que “estamos ante una situación dramática desde el punto de vista ambiental. No hay vueltas atrás y debemos actuar ahora. Espero que este proyecto no solo persiga a personas que dañan al medio ambiente sino también a aquellos que son cómplices”.

“Hoy todos los que aprobaron Dominga, desde mi perspectiva, deberían terminar presos. Ese proyecto generará un daño ambiental brutal, más en este contexto de cambio climático que estamos. Cero conciencia de los agentes del Estado que cometen errores como estos, son cómplices tanto de la empresa que daña como de las personas que son responsables de los ecocidios. El ecocidio es una mortandad masiva y eso es lo que está provocando proyectos como Dominga”.

En tanto, el Presidente de la Comisión de Medioambiente, Ricardo Celis, señaló que “aquí el gobierno tiene una responsabilidad importantísima en la aprobación del Proyecto Dominga. Si estuviera esta figura penal, probablemente nosotros hubiésemos recurrido contra las autoridades por la brutalidad que acaban de hacer, porque finalmente las personas que dieron su aprobación son representantes por vía de los seremi los representantes del Ejecutivo. Habiendo conocido recién el informe del IPCC, el gobierno no ha entendido absolutamente nada, y va con sus amigos a aprobar proyectos de destrucción medioambiental”.

La iniciativa fue apoyada y firmada además por los diputados Patricia Rubio (PPD), Andrea Parra (PPD), Karim Bianchi (IND) y Felix González (PEV).

“Los que aprobaron Dominga deberían estar presos”: Diputados de oposición buscan tipificar el delito de Ecocidio

Chile

“Mal por Chile”: rechazo transversal del mundo ambientalista a aprobación del polémico proyecto Dominga y acusan que Gobierno “alineó a sus funcionarios”

El Mostrador 11/08/2021
Crédito: Oceana Chile
El único voto en contra de este controvertido proyecto de Andes Iron -ligado a Carlos Alberto Delano, amigo del Presidente Sebastián Piñera- fue del Delegado Presidencial y presidente de la COEVA, Pablo Herman. La instancia se desarrolló mientras un grupo de personas manifestaba su desacuerdo con la instalación del polémico proyecto de Andes Iron, bajo la consigna «no a Dominga». Su aprobación no implica la construcción del proyecto, pues el próximo paso es la discusión en el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. El director ejecutivo de la ONG Fima, Ezio Costa manifestó que «es lamentable el mal uso del derecho por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental, para favorecer intereses privados y en contra del interés público». La directora de Oceana, Liesbeth van der Meer dijo que «la conclusión es que técnicamente se rechaza y políticamente se aprueba, esta es la 5ta oportunidad a un proyecto que debió haber sido rechazado tempranamente desde sus inicios, pero simplemente sigue flotando porque en Chile el cuidado del medio ambiente no es la prioridad». El senador Guido Girardi (PPD) criticó la decisión de la COEVA la construcción de un megapuerto en uno de los ecosistemas de mayor biodiversidad marina del mundo, lo que es «criminal y provocará un daño irreparable». En ese sentido, anunció acciones penales y advierte al Comité de Ministros que de ratificar la resolución de los seremis podrían ser acusados de notable abandono de deberes.

La Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Coquimbo aprobó con condiciones con 11 votos a favor y uno en contra, el proyecto Dominga de la minera Andes Iron, ligada a la familia de Carlos Alberto «Choclo» Délano, amigo del Presidente Sebastián Piñera, a pesar de que aún existen recursos judiciales pendientes en la Corte Suprema.

El único voto en contra de este controvertido proyecto fue del Delegado Presidencial y presidente de la COEVA, Pablo Herman.

Al principio de la sesión, la COEVA rechazó el recurso de reposición que interpuso la ONG Oceana, con la que se buscaba dejar sin efecto para votar la calificación del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto Dominga.

La instancia se desarrolló mientras un grupo de personas manifestaba su desacuerdo con la instalación del polémico proyecto de Andes Iron, bajo la consigna «no a Dominga».

Esta votación de la COEVA se da cuando el proyecto Dominga se encuentra judicializado en la Corte Suprema. «Nunca antes un proyecto que estaba judicializado se decidía votar y pasar por encima de la Corte Suprema, esta es la primera vez», dijo a El Mostrador Liesbeth van der Meer, directora ejecutiva de Oceana, en referencia a los recursos de casación pendientes ante el máximo tribunal del país.

Sin embargo, su aprobación no implica la construcción del proyecto, pues el próximo paso es la discusión en el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

El proyecto «Dominga» fue rechazado en el 2017 por dos organismos: la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo y el Comité de Ministros del Servicio de Evaluación Ambiental. La razón: los riesgos que implicaba para el ecosistema marino de la zona.

Pero en mayo de este año, se presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema para invalidar la sentencia del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, que ordenó una nueva votación del proyecto.

Fuentes de la zona han señalado que la convocatoria de la Comisión fue posible tras presiones de la minera y la Municipalidad de La Higuera, liderada por Yerko Galleguillos (UDI), que resultó reelecto estrechamente en los últimos comicios tras vencer a la socialista Uberlinda Aquea.

Esta estrategia tendría como propósito que la siguiente etapa, en el Consejo de Ministros, alcanzara a llevarse a cabo durante el actual Gobierno, considerando que el próximo Gobierno no sería amigable con este proyecto.

Desde la Alianza Humboldt acusaron que el Gobierno logró «alinear» a sus funcionarios, considerando que 11 de los 12 miembros de la comisión -conformada por el Delegado Presidencial, la directora regional del SEIA y 10 seremis- votaron favorablemente este proyecto.
Reacciones

El director ejecutivo de la ONG Fima, Ezio Costa manifestó que «es lamentable el mal uso del derecho por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental, para favorecer intereses privados y en contra del interés público».

El abogado agrega que «mientras sabemos que vamos por un camino de no retorno por la crisis climática y ecológica, se aprueba un proyecto muy dañino. Mal por Chile, pero seguimos esperando que resuelva la Corte Suprema en derecho y anule esta votación, junto con el fallo del Tribunal Ambiental».

La directora de Oceana, Liesbeth van der Meer dijo que «la conclusión es que técnicamente se rechaza y políticamente se aprueba, esta es la 5ta oportunidad a un proyecto que debió haber sido rechazado tempranamente desde sus inicios, pero simplemente sigue flotando porque en Chile el cuidado del medio ambiente no es la prioridad».

El senador Guido Girardi (PPD) criticó la decisión de la COEVA la construcción de un megapuerto en uno de los ecosistemas de mayor biodiversidad marina del mundo, lo que es «criminal y provocará un daño irreparable». En ese sentido, anunció acciones penales y advierte al Comité de Ministros que de ratificar la resolución de los seremis podrían ser acusados de notable abandono de deberes.

Max Bello, asesor de políticas públicas oceánicas de Mission Blue, dijo que «es impresentable que en un momento de crisis global, con todos los cuestionamientos científicos, sociales y éticos a este proyecto, aún se siga aprobando y que el gobierno de la presidencia de la COP de cambio climático se presente a este show».

Por su parte, el diputado Diego Ibáñez expresó que «lamentablemente el Gobierno y delegado presidencial han seguido al lobby de Carlos Délano, de la minera Dominga, de este proyecto minero portuario que es brutal para los ecosistemas del Archipiélago de Humboldt».

«Hoy el desarrollo ya no puede ser a costa de los ecosistemas, del patrimonio natural, ambiental y cultural. Tiene que ser un desarrollo, sostenible, que sea equitativo, que dialogue con la crisis climática y con los informes de la IPCC que aseguran que la preservación de la biodiversidad es clave para combatir la crisis climática», agregó.

En tanto, Matías Asún de Greenpeace sostuvo que la aprobación del proyecto Dominga es «escandaloso. No solo este proyecto enfrenta múltiples fallos, no solo se trata de un proyecto cuyo signo común de denominación ha sido los escándalos de corrupción».

«Se trata de un proyecto nefasto también en términos ambientales, que se va a emplazar en una zona que debiese estar protegida a nivel planetario, que ha sido identificada por el mundo científico como uno de los lugares más importantes de biodiversidad del planeta, que alberga a buena parte de la población de pingüinos de Humboldt», aseguró.

Marcelo Mena: «Es inaceptable la aprobación del proyecto»

El ex ministro del Medioambiente, Marcelo Mena sostuvo que «este proyecto está judicializado, tenemos un Seremi subrogante que termina votando porque el Seremi titular del Ministerio de Medio Ambiente renuncia, tenemos un Seremi de Agricultura que vota en contra del informe lapidario de Conaf que insta al rechazo del proyecto, porque no se hace cargo del impacto negativo a los pingüinos de Humboldt o los recursos hidrobiológicos».

«Es inaceptable e irregular la aprobación del proyecto portuario minero Dominga contraviniendo lo que es la institucionalidad ambiental», agregó.

«Lamentablemente el proyecto está siendo aprobado por intereses particulares y no va en la línea del desarrollo sustentable. No queremos otra zona de sacrificio. La aprobación es una vergüenza. No a Dominga», concluyó.
Jennifer Mella: «Este ecocidio se tiene que detener»

Por otra parte, la convencional de Apruebo Dignidad, Jennifer Mella sostuvo que «este ecocidio se tiene que detener. Este proyecto es inviable absolutamente, así ha sido declarado por el máximo tribunal del país y no en una, sino en varias oportunidades, y lo volverá a hacer».

«Estamos ad portas de lo que va a suceder, sin duda, reclamos administrativos y judiciales van a venir para impedir que mataría al ecosistema frágil del Archipiélago de Humboldt y además provocaría un impacto en la zona norte de nuestra región, ocurra», complementó.

Finalmente señaló que «nos vamos a poner de acuerdo porque estamos desarrollando en este lugar, transformaciones profundas al modelo de desarrollo de nuestro país, en el cual el ecosistema y la protección al medio ambiente sano tienen un rol fundamental».
https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2021/08/11/mal-por-chile-rechazo-transversal-del-mundo-ambientalista-a-aprobacion-del-polemico-proyecto-dominga-y-acusan-que-gobierno-alineo-a-sus-funcionarios/

Chile

Funcionarios de Conaf denuncian que seremi de Agricultura votó a favor de Dominga pese a los informes internos que hicieron ver las “graves falencias” del proyecto

El Mostrador 12/08/2021
Crédito: ATON
A través de una declaración, un grupo de profesionales de la Corporación Nacional Forestal refutó la postura adoptada por el seremi de Agricultura en la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Coquimbo a favor de la empresa Andes Iron, controlada por la familia de Carlos Délano, amigo cercano del Presidente Sebastián Piñera. “Sus argumentos jamás estuvieron avalados por el cuerpo de profesionales de la institución”, quienes “en todo momento hicieron ver las graves falencias detectadas en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Dominga y que fueron plasmadas, en sendas comunicaciones internas y en todos los pronunciamientos institucionales disponibles en la carpeta digital de evaluación del proyecto», señalaron. Es más, añadieron que “las medidas del proponente, no se hacen cargo de los efectos, características y circunstancias, en todas sus fases y partes, por lo que su ejecución, atenta contra la subsistencia de uno de los ecosistemas más diversos del mundo, como lo es el sistema integrado Reserva Nacional Pingüino de Humboldt – Reserva Marina Isla Choros Damas”.

La aprobación por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental (COEVA) de Coquimbo -por 11 votos a favor y uno en contra- al proyecto minero portuario Dominga, ha generado un amplio rechazo en la ciudadanía, en la política y en el mundo ambientalista.

En ese contexto, un grupo de 13 profesionales de la Corporación Nacional Forestal (Conaf) manifestó mediante un comunicado que «fieles al mandato institucional de protección y resguardo del Patrimonio Ambiental de la Región, NUNCA nos hemos manifestado a favor de este proyecto, puesto que los antecedentes presentados no permiten asegurar su sustentabilidad ambiental».

En la declaración los funcionarios argumentan que «las medidas del proponente, no se hacen cargo de los efectos, características y circunstancias, en todas sus fases y partes, por lo que su ejecución, atenta contra la subsistencia de uno de los ecosistemas más diversos del mundo, como lo es el sistema integrado Reserva Nacional Pingüino de Humboldt – Reserva Marina Isla Choros Damas, que alberga al 80% de la población mundial de Pingüinos de Humboldt, al 90% de la población mundial de Yuncos, además de otras especies, como ballenas, delfines, chungungos y aves costeras, así como formaciones vegetales relevantes como bosques nativos de preservación y el hábitat de cactáceas endémicas en peligro de extinción crítico».

También rechazaron los argumentos de la seremi de Agricultura, Rodrigo Órdenes Reyes, para aprobar el proyecto condicionándolo «a medidas no evaluadas dentro del proceso, a objeto de “otorgarle sustentabilidad ambiental” y en donde indica la participación de CONAF dentro de un sistema de Gobernanza, así como también a incrementar el conocimiento sobre tópicos específicos que debieran haber sido incorporados por el titular dentro del proceso de evaluación, consideramos que tales elementos son totalmente improcedentes y manifiestan un reconocimiento implícito a que el proyecto en cuestión, NO es precisamente ambientalmente sustentable y, por el contrario, impacta irreversiblemente la viabilidad de las especies y ecosistemas en régimen de conservación ya que además, ninguna de las medidas condicionantes propuestas, son equivalentes a la pérdida de diversidad biológica de la zona».

En esa línea, sostienen que los argumentos de la Seremi de Agricultura «jamás estuvieron avalados por el cuerpo de profesionales de la institución, quienes en todo momento hicieron ver las graves falencias detectadas en el Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Dominga y que fueron plasmadas, en sendas comunicaciones internas y en todos los pronunciamientos institucionales disponibles en la carpeta digital de evaluación del Proyecto».

El proyecto Dominga fue rechazado en el 2017 por dos organismos: la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo y el Comité de Ministros del Servicio de Evaluación Ambiental. La razón: los riesgos que implicaba para el ecosistema marino de la zona. Pero en mayo de este año, se presentó un recurso de casación ante la Corte Suprema para invalidar la sentencia del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, que ordenó una nueva votación del proyecto.

Sin embargo, la aprobación por parte de la COEVA no implica la construcción del proyecto, pues el próximo paso es la discusión en el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad.

Con todo esto, las reacciones en contra de la decisión de la COEVA no han sido pocas, desde organizaciones ambientalistas y convencionales, hasta parlamentarios y candidatos presidenciales han dado a conocer su rechazo a este polémico proyecto de la empresa Andes Iron, ligada al empresario Carlos Delano, amigo del Presidente Sebastián Piñera y condenado por delitos tributarios en el marco del Caso Penta.

Dominga contempla una inversión de US$3.200 millones y consiste en la instalación de un proyecto portuario para la extracción y exportación de hierro y cobre, con la creación de 10 mil puestos de trabajos directos y 25 mil adicionales.
https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2021/08/12/funcionarios-de-conaf-denuncian-que-seremi-de-agricultura-voto-a-favor-de-dominga-pese-a-los-informes-internos-que-hicieron-ver-las-graves-falencias-del-proyecto/

Brasil

Tribunal brasileño ordena rechazar solicitudes de minería en tierras indígenas

08/08/2021
Un tribunal ordenó al regulador minero brasileño, ANM, a rechazar todas las solicitudes relacionadas con actividad minera en territorios indígenas en el estado de Amazonas. El dictamen favoreció a los fiscales, que exigían que la ANM congelara las autorizaciones mientras no se apruebe la legislación.

La minería en tierras indígenas está prohibida, pero el Congreso enfrenta crecientes presiones para legalizarla.

Los fiscales mencionaron datos recopilados por WWF Brasil en 2018 con la ANM, la fundación indígena Funai y el Ministerio de Medio Ambiente, los cuales consignan la presentación de 4.073 solicitudes de títulos mineros en tierras indígenas en Amazonas.

La ANM suspendió 3.114 hasta que se aclare el marco regulatorio.

“En estas áreas protegidas, la presión es mayor para la actividad de minería de oro y tantalita por los títulos solicitados por personas jurídicas y particulares, incluidas cooperativas”, señaló la Fiscalía.

El gobierno busca la aprobación del Congreso y asegura que la legalización de la minería en áreas protegidas impulsará el desarrollo económico y contribuirá a la conservación al combatir la minería ilegal. Los partidarios también señalan que ayudaría a diversificar la matriz minera nacional, todavía demasiado concentrada en el mineral de hierro. Sin embargo, la minería en territorio indígena también exacerba las preocupaciones por la deforestación, lo cual desalienta a muchas empresas ante la creciente exigencia de los inversionistas de cumplir con las mejores prácticas ambientales, sociales y de gobernanza (ESG).

El Proyecto de Ley

El Proyecto de Ley 490/2007, elaborado por la bancada ruralista de diputados, propone que la demarcación de las tierras indígenas se haga mediante leyes. Además, prevé la apertura de tierras indígenas a la minería clandestina, que destruye cada vez más la Amazonía brasileña.

El artículo 231 de la Constitución reconoce que “las tierras tradicionalmente ocupadas por los indígenas están destinadas a su posesión permanente, y son responsables del uso exclusivo de las riquezas de los suelos, ríos y lagos existentes en ellas”.

Durante una conferencia de prensa con líderes indígenas del estado de Roraima, que se encuentran en Brasilia para manifestarse contra este ataque antindígena, la diputada federal y coordinadora del Frente Parlamentario Indígena, Joenia Wapichana, recordó que los derechos indígenas sobre sus tierras son una cláusula permanente de la Constitución. y que, por tanto, no pueden ser modificados por intereses individuales.

“El proyecto de ley traerá un cambio significativo en términos de demarcación de tierras indígenas. No solo el texto original del proyecto, sino también el texto substitutivo que presentó el relator Arthur Oliveira Maia (DEM-BA)”, explicó.

Según la parlamentaria, el nuevo texto trae una serie de nuevos temas, como las condiciones del caso de Raposa Serra do Sol y el llamado “Marco Temporal”, una demanda en el Supremo Tribunal Federal (STF) que argumenta que los pueblos indígenas solo pueden reclamar tierras donde ya estaban el 5 de octubre de 1988 (año en que fue promulgada la Constitución).

“El mismo texto del PL 490 ya incluye el texto del Marco Temporal que se está discutiendo en el Supremo Tribunal Federal. Yo diría que sí, hoy es prioritario rechazar este PL 490 que está en trámite”.

El texto presentado por el relator puede considerarse inconstitucional, ya que pretende modificar la Constitución en lo que respecta al derecho de usufructo exclusivo de la tierra en relación con los pueblos indígenas.

Proyecto paraguas

El PL 490 cubre varios puntos considerados un retroceso para las poblaciones indígenas, como el Marco Temporal y el intento de regularizar la minería clandestina.

“Cuando se somete a votación el proyecto de ley y se considera el texto substitutivo que presenta el relator, que lo cambia por completo, también se someten a votación los textos que se adjuntan, los anexos, que muchas veces no se analizan y tratan de materias totalmente inconstitucionales, como el tema de la posesión y el usufructo”, explicó la diputada federal.

Se adjuntan más de 20 proyectos diferentes dentro del PL 490. Para la parlamentaria, el riesgo es que “se apruebe todo como un combo”.

¿Por qué ahora?

“¿Por qué el apuro? ¿Quién tiene prisa? ¿Quién quiere poner en marcha un proyecto para quitar derechos de los pueblos indígenas en un momento de pandemia? ¿A quién le sirve esto?”, preguntó la diputada.

“A los pueblos indígenas no nos sirve esto. Nos sirve completar la demarcación de tierras indígenas, nos sirve la seguridad, la fiscalización, nos sirve sacar a los mineros, invasores y madereros que continuamente están atacando las tierras indígenas ”, concluyó.

“Estamos aquí porque ya no tenemos otra opción”

Cerca de 450 líderes indígenas, de 25 pueblos de todas las regiones del país, se encuentran en Brasilia para saber qué va a pasar con esta política que involucra sus derechos conquistados con tanto esfuerzo en los últimos años.

En el acampe “Levante pela Terra”, la consigna es de resistencia. Las manifestaciones diarias por el fin de la agenda antindígena en el Congreso denuncian el genocidio de los indígenas.

Kretã Kaingang, coordinador ejecutivo de la Articulación de Pueblos Indígenas de Brasil (APIB), advierte sobre los riesgos que traerá el PL 490 a esta población.

“El proyecto permite al gobierno quitarles áreas que han sido oficializadas durante décadas a los pueblos indígenas, abre las tierras indígenas a emprendimientos depredadores, como la minería clandestina, y, en la práctica, hará inviables las demarcaciones, que fueron totalmente paralizadas por el gobierno de Bolsonaro”.

“Dijimos que volveríamos con vida o que daríamos la vida por nuestra gente. ¡Y hoy ha llegado ese día! Estamos aquí porque ya no tenemos otra opción”, dijo el coordinador de APIB.

Los indígenas se manifestaron pacíficamente frente al Ministerio de Justicia brasileño. Una delegación fue recibida por el equipo ministerial para una audiencia, donde exigieron la demarcación de territorios y la remoción de invasores, y pidieron la renuncia del presidente de la Fundación Nacional Indígena (Funai), Marcelo Xavier.

El proyecto no se votó en la CCJC

El proyecto se debatió este martes 15 en la Comisión de Constitución y Justicia y de Ciudadanía (CCJC), pero no hubo votación.

La diputada federal Fernanda Melchionna (PSOL) estaba hablando cuando se cerró la sesión y se postergó para el miércoles 16.

“El proyecto de ley viola 15 legislaciones para garantizar que no haya más demarcaciones de tierras indígenas y que la Cámara de Diputados decida sobre algo que es parte de la Constitución Federal para volverlo inviable. Y, de hecho, propone legalizar la minería y la minería clandestina en tierras indígenas, que es un intento recurrente del gobierno del genocida Jair Bolsonaro”.
Fuentes: Banaméricas y Brasil de Fato

Tribunal brasileño ordena rechazar solicitudes de minería en tierras indígenas

Mexico

ONU pidió a empresa minera reparar el daño por derrame de tóxicos en los ríos Sonora y Bacanuchi

08/08/2021
La tragedia ambiental de 2014 dejó a más de 22 mil habitantes afectados.

La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) en México reiteró este viernes su llamado a la reparación integral de las víctimas tras el fatídico derrame de tóxicos en en ríos del municipio Arizpe, Coahuila.

Por el séptimo aniversario del accidente, el organismo emitió un comunicado en el que pidió fortalecer los procesos de reparación integral para las víctimas y el emprendimiento de acciones concretas para la recuperación del medio ambiente.

El 6 de agosto de 2014, la falla en una válvula de una mina de Grupo México generó el derrame de 40,000 metros cúbicos de una solución cargada de cobre y otros metales procesados con ácido sulfúrico que contaminaron los ríos Sonora y Bacanuchi, dejando sin agua para consumo humano y actividades productivas a más de 22,000 habitantes de siete municipios.

Jesús Peña Palacios, representante adjunto de la ONU-DH México, recordó que ante la llegada de una nueva administración en el norteño estado de Sonora “la responsabilidad del Estado, a nivel estatal y federal, incluye asegurar medidas transparentes, participativas y accesibles para todas las comunidades afectadas, en línea con los estándares internacionales en la materia”.

Asimismo, expresó que la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos “no depende de la capacidad o la voluntad del Estado” y señaló que ellas también están obligadas a observar “una debida diligencia en sus procesos y remediar sus errores”.

Reiteró que es fundamental lograr una reparación adecuada y asegurar la no repetición “para garantizar efectivamente los derechos a las víctimas.”

Según un reciente boletín de la ONG Poder, a pesar del desastre ambiental, Grupo México ha argumentado que “ya cumplió” con el resarcimiento de los daños a las víctimas por el derrame, mientras los damnificados piden al actual Gobierno de Andrés Manuel López Obrador que tome medidas al respecto.

El año pasado, el Gobierno mexicano reconoció oficialmente que “pozos que abastecen de agua a miles de personas contienen metales en cantidades peligrosas para la salud” y estableció un plazo para tener un “diagnóstico ambiental”, el cual concluye el próximo 4 de octubre.

Fuente: Infobae

ONU pidió a empresa minera reparar el daño por derrame de tóxicos en los ríos Sonora y Bacanuchi

Chile

En acuerdo queda reclamación por archivo de denuncia efectuada por eventuales incumplimientos de Minera Los Pelambres

Reclamación de los hermanos Ventura se enmarca en lo que ellos califican como un incumplimiento de los deberes de la SMA, ya que no prosperó la denuncia que efectuaron en 2013 por infracciones ambientales de la minera, al no asegurar los caudales del estero Pupío el que se localiza aguas abajo del tranque El Mauro.
09/08/2021
Minería Chilena
El Primer Tribunal Ambiental dejó en acuerdo la reclamación efectuada por los hermanos Ventura Svigilsky, de la comuna de Los Vilos, en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA), por el archivo que el organismo realizó de la denuncia por eventuales incumplimientos ambientales de Minera Los Pelambres.

La decisión fue tomada por los ministros Mauricio Oviedo (presidente), Cristián López y Eric Sepúlveda luego de la audiencia de alegatos que se efectuó la semana pasada.

La sala del órgano jurisdiccional escuchó los fundamentos de las partes sobre los puntos en controversia que tienen que ver con el mérito de la denuncia efectuada ante la SMA en lo que atañe al cumplimiento de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) por parte de la minera en relación a la disminución de las aguas del Estero Pupío y el archivo que el organismo hizo de ella.

Respecto a los alegatos expuestos por Ezio Costa, abogado de los hermanos Ventura Svigilsky como reclamantes de la causa, se basaron en establecer la disminución del caudal y la imposibilidad de ejercer los Derechos de Agua, y lo que sería un incumplimiento de los deberes del organismo fiscalizador al no perseverar en la investigación.

Para Costa Cordella, la SMA cometió un error al archivar la denuncia presentada hace más de 7 años y en la interpretación que hace el organismo sobre cuál es la obligación de Minera Los Pelambres en relación con los derechos de aguas de sus representados en el Estero Pupío.

“Tanto la Superintendencia y la empresa se escudan en una interpretación errónea de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) para dar la impresión que se está cumpliendo cuando es evidente que no se está cumpliendo”, dijo y recordó que “la medida de compensación estableció que se considerará la restitución de los caudales históricos, que asegurará la preservación de derechos ecológicos, de terceros y de usos históricos y que no se alterarán los derechos de terceros”.

Costa también dijo que sus representados están a solo 28 kilómetros de la minera y que no reciben agua, adujo, además, que si bien no se puede obviar que producto de la sequía hay menor disponibilidad de agua, existe una influencia de parte de la minera que está claramente establecida en la propia RCA, por lo que se le obliga a una medida de compensación que se está incumpliendo.
Defensa de la SMA y la empresa

Dichos argumentos fueron refutados por la Superintendencia de Medio Ambiente y por la empresa. En primer lugar, la abogada de la SMA Pamela Torres explicó que la Superintendencia para archivar la denuncia consideró las fiscalizaciones realizadas en 2013, 2014 y 2015 en las cuales se verificaron las instalaciones del proyecto que tienen relación con obras de intervención, manejo y entrega de agua superficial.

La abogada explicó que, la obligación a la empresa de restitución del caudal comprometido, está dada por la aprobación efectuada por la Dirección General de Aguas (DGA) para el diseño y construcción de las obras del relave, lo que además, quedó condicionado a la obligación de restituir las aguas, lo que se determina año a año en relación a las precipitaciones. En ese mismo sentido aclaró que la SMA “no ha señalado que Minera Los Pelambres no tenga esa obligación”, y enfatizó en que el organismo continuó fiscalizando a la empresa y que el archivo de la denuncia se funda en que no se verificaron incumplimientos en las fiscalizaciones del 2014 y 2015.

También, Torres fue enfática al decir que “el archivo de la denuncia dice relación única y exclusivamente para el tiempo en que fueron presentadas, razón por la cual si la Superintendencia llegara a contar con nuevos antecedentes producto de actividades de fiscalización como las que ya están en marcha o denuncias nuevas, estas pueden ser consideradas en el proceso de investigación de fiscalización y de sanción, por lo tanto tampoco existe un perjuicio respecto del archivo de la denuncia de esa época (…) si hoy están teniendo un problema pueden denunciar a la Superintendencia”.

En tanto, Javier Vergara Fisher, abogado de la empresa, detalló lo comprometido por la empresa en la evaluación ambiental y exhibió un mapa del relave, canales de contorno y embalse de cola (para almacenamiento de agua). “Las únicas aguas que utiliza la mina son las aguas claras del relave. Que las aguas del embalse de cola tienen por objeto restituirse al estero Pupío”, afirmó. Se refirió asimismo a la escasez de agua y sequía extrema de la zona.

Vergara Fisher aseguró que “lo que están pidiendo es que construyamos un acueducto, pero no dice relación con las obligaciones de mi representada (empresa Minera Los Pelambres) (…) Somos una empresa extraordinariamente fiscalizada por la SMA y debo decir que respecto a obligación de restitución no encontró ningún elemento y no formuló cargos”.

Luego de dejar en acuerdo la causa, se determinó que será el ministro Mauricio Oviedo quien estará a cargo de la redacción del fallo.
Reclamación

La reclamación de los hermanos Ventura se enmarca en lo que ellos califican como un incumplimiento de los deberes de la SMA, ya que no prosperó la denuncia que efectuaron en 2013 por infracciones ambientales de Minera Los Pelambres al no asegurar los caudales del estero Pupío el que se localiza aguas abajo del tranque El Mauro.
https://www.mch.cl/2021/08/09/en-acuerdo-queda-reclamacion-por-archivo-de-denuncia-efectuada-por-eventuales-incumplimientos-de-minera-los-pelambres/

Argentina

Desafíos de la actividad minera

La minería puede generar encadenamientos productivos en el territorio y valor agregado y no solo organizarse en función de la demanda interna y las prioridades que imponen las multinacionales. El riesgo ambiental.
Por Roberto Adaro, Lucrecia Wagner y Mariana Walter
08/08/2021
Producción: Javier Lewkowicz
La tercera posición
Por Roberto Adaro (*)
Asistimos por estos días a un nuevo capítulo del debate alrededor de la actividad minera. La novedad es que funcionarios nacionales, académicos y referentes de raigambre heterodoxa se sumaron al contrapunto. Los recién arribados tienen el mérito de aportar a la discusión su perspectiva en relación a la restricción externa y el desarrollo. La mirada de la minería como sector exportador actualiza sutilmente el debate respecto de la promoción minera en Argentina de los ‘90.

Durante aquellos años comenzaron a desarrollarse en el país los primeros proyectos de explotación minera a gran escala, a partir de inversiones extranjeras. Dichas inversiones fueron facilitadas y promovidas a partir de diversas modificaciones en el marco regulatorio que rige la actividad. Las nuevas regulaciones a favor del capital trasnacional brindaron una serie de garantías diferenciales, como limitaciones severas a la injerencia del Estado, estabilidad fiscal por 30 años, concesiones ilimitadas, tope al cobro de regalías y exenciones impositivas varias. Ninguna de ellas atadas a indicadores de productividad, empleo, inversión o estabilidad macroeconómica. No había detrás una lógica productiva, sino más bien contable y financiera.

De acuerdo a datos del Ministerio de Economía, la minería metalífera representa el 0,5 por ciento del Valor Bruto de la Producción Nacional, el 0,7 por ciento del Valor Agregado Bruto nacional, el 4,3 por ciento de las exportaciones y sólo el 0,2 por ciento del empleo nacional.

Esto no niega la importancia relativa que tiene la actividad minera en el contexto regional de algunas economías provinciales o bien el alto nivel de salarios y de formalidad en el empleo ni las regalías que aporta. De todos modos, el sector no ha logrado superar la figura de enclave, generando pocas vinculaciones y encadenamientos productivos con el entramado local. Vale recordar que la refinación de los metales, el proceso de que más valor agrega y que convierte al mineral en insumo para la industria, sigue realizándose en el exterior.

Aun coincidiendo en la necesidad de exportar más y con mayor valor agregado, vale la pena preguntarse si esta es la única vía para atacar el problema de la restricción externa. La Formación Externa de Activos, la fuga de capitales en lenguaje coloquial, sigue capturando buena parte de los dólares que logramos conseguir. Mientras no cortemos esa sangría, no habrá exportaciones que alcancen, sea de minerales soja o salmones.

En este punto suele recurrirse a comparaciones con países con mejor grado de desarrollo relativo a partir de la exploración de sus recursos naturales, tales como Noruega y Australia. Bien valen aquí las conclusiones del trabajo publicado por Cassini, García Zanotti y Schorr en la Revista de la CEPAL, donde explican cómo éstos países lograron su condición a partir de la planificación pública, una fuerte intervención del Estado en pos de agregar valor localmente a los producido y vincularlo con encadenamientos productivos a nivel local, así como también fuertes regulaciones al capital extranjero en términos de transferencia tecnológica. Este sendero marca diferencias importantes respecto de la realidad argentina.

Las posturas liberal-conservadoras y algunas de la heterodoxia parecen llegar a conclusiones similares sobre la actividad minera. Esta falta de respuestas alternativas quizás se deba a que formulamos mal la pregunta. No se trata de minería sí o no. La humanidad no ha logrado aún producir materia, con lo cuál la minería resulta aún una actividad necesaria. Sin embargo vale la pena debatir cómo hacemos minería y para qué.

¿Qué minería queremos y necesitamos? ¿Una minería que abastezca la industria nacional y genere encadenamientos en el territorio y valor agregado en él, o una minería en función de la demanda externa? ¿Cómo y dónde haremos minería? ¿Lo decidirá el capital según su conveniencia o el ordenamiento y la planificación será pública a través del Estado? ¿Cómo se distribuirán los beneficios y los costos? ¿Los protagonistas excluyentes seguirán siendo empresas trasnacionales o podrán intervenir el Estado y las empresas nacionales? ¿Quién se hará cargo de los pasivos? En las respuestas que sepamos construir se juegan las oportunidades de un nuevo modelo de desarrollo, una tercera posición que recupere la mejor tradición nacional.

(*) Investigador del Centro Cultural de la Cooperación y UNICEN.

——————————————————————————————————————————–
Un caso único

Por Lucrecia Wagner (**) y Mariana Walter (***)

Argentina presenta una creciente conflictividad socioambiental asociada a proyectos de minería a gran escala, principalmente de minería metalífera (oro, cobre) y de litio. En una reciente investigación analizamos 38 conflictos que registran procesos de movilización social visible entre 1997 y 2018, encontrando que el 53 por ciento de los proyectos cuestionados fueron detenidos. Este análisis fue realizado en colaboración con el Atlas de Justicia Ambiental (https://ejatlas.org/), un proyecto de mapeo global de conflictos ambientales que registra actualmente 3496 casos, en los que la minería es la actividad más conflictiva. Nuestra investigación se encuentra publicada en la revista científica “Extractive industries and society” (2021), y en el libro “Cartografías del conflicto ambiental en Argentina 3” de Gabriela Merlinsky (2020).

La detención de proyectos resultante de esta movilización es un caso único en la región (comparado con el 15 por ciento de los proyectos detenidos en Bolivia, 28 por ciento en Chile, 14 por ciento en Ecuador, 9 por ciento en México y 30 por ciento en Perú) y representa el doble del promedio global de proyectos detenidos en conflictos ambientales. Si bien hay varios factores en juego para la detención de un proyecto minero, el caso argentino sigue siendo destacable cuando se compara con la región y las tendencias globales, sometidas a similares factores externos.

Algunas claves. En el marco de estos conflictos se han conformado asambleas de vecinos autoconvocados y diversas organizaciones cuyo accionar ha impulsado cambios institucionales y sociales. Estas movilizaciones son socioambientales porque combinan demandas de carácter ambiental, como la preocupación por el agua y por los impactos ambientales de los proyectos mineros, con demandas de carácter social y político, como la necesidad de democratizar la toma de decisiones, la desconfianza en el control gubernamental sobre los proyectos mineros, y la falta de información y transparencia, entre otras.

En el 61 por ciento de los casos las movilizaciones sociales fueron de carácter preventivo (previas a la explotación minera) y articularon diversas estrategias y actores. Los protagonistas de estas movilizaciones son principalmente las poblaciones locales. Participan científicos y profesionales, que integran estas asambleas y/o aportan conocimiento para su difusión en las comunidades y para nutrir los debates sobre las evaluaciones de impacto ambiental y otros temas clave. Intervienen actores gubernamentales, partidos políticos, grupos religiosos e indígenas y campesinos, cuya subsistencia puede ser directamente afectada.

Entre las estrategias desplegadas por estos actores se destaca la movilización pública, que logra colocar el tema en el debate público, y la conformación de redes y alianzas con otros actores que les permiten superar contextos locales y provinciales adversos para sus demandas. Sumado a ello, han generado acciones por vías institucionales, participando de procesos de evaluación ambiental y llevando los conflictos al ámbito judicial. Así, estas movilizaciones sociales han potenciado cambios institucionales y normativos, como las leyes existentes en 7 de las 23 provincias argentinas, que restringen la minería a cielo abierto. Los cambios institucionales registrados en Argentina destacan sobre las tendencias globales.

Sin embargo, entre los resultados de esta conflictividad alertamos también sobre la creciente violencia hacia los integrantes de estos movimientos, como pudo observarse recientemente en Andalgalá, Catamarca, con el hostigamiento y la detención violenta de miembros de la asamblea El Algarrobo.

Estamos ante un proceso social que nos deja enseñanzas y reflexiones, ya que trasciende las preocupaciones sobre la minería a gran escala y amplía los debates sobre la necesidad de cambios sociales e institucionales, y sobre la justicia, la democracia y las vías de desarrollo posibles.

(**) Investigador CONICET.

(***) ICTA-UAB.
https://www.pagina12.com.ar/360258-desafios-de-la-actividad-minera

Perú

Empresas mineras abiertas a “conversar” sobre contratos de estabilidad tributaria

06/08/2021
Foto: Antamina.
El presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía y Petróleo (SNMPE), Raúl Jacob, que también es CFO de Southern Copper Corp, dijo ayer (jueves 05 de agosto) que el sector está abierto a discutir y revisar los contratos de estabilidad tributaria con el nuevo gobierno izquierdista, aunque resaltó que está en juego la “competitividad” del país.

Perú, el segundo mayor productor mundial de cobre, tiene actualmente acuerdos que han congelado impuestos en seis grandes proyectos, pero la gestión del presidente Pedro Castillo, que asumió a fines de julio, planea revisar los contratos en busca de más fondos fiscales para financiar programas sociales.

El país andino ha suscrito desde la década de 1990 hasta 25 contratos de estabilidad tributaria, destinados a proteger a los inversores de la agitación política o económica. Los expertos afirman que estos acuerdos han permitido un buen escenario para el desarrollo de las minas más grandes en Perú.

“En realidad siempre se puede conversar, más aún cuando la autoridad lo pide”, dijo el presidente de la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía y Petróleo (SNMPE), Raúl Jacob, que también es CFO de Southern Copper Corp.

“Pero hay que tener presente que las compañías han hecho inversiones sobre la base de un acuerdo”, refirió en una entrevista con Reuters.

En el vecino Chile, el mayor productor mundial de cobre, legisladores de izquierda también buscan aumentar los impuestos a los mineros, en momentos en que los altos precios han impulsado las ganancias de las firmas mineras y también los ingresos fiscales.

Una revisión de contratos de estabilidad tributaria en Perú pondría en terreno difícil, entre otras, a las chinas MMG Ltd, que opera la mina Las Bambas; y a Aluminum Corp de Chinalco, que opera la mina Toromocho. Los contratos con estas firmas vencen entre el 2028 y 2030.

También afectaría a la gigante Anglo American, que desarrolla la mina Quellaveco y que comenzaría a producir recién desde el 2022. Su convenio de estabilidad termina el 2037.

“Siempre hay espacio, pero uno debe ser consciente de que lo que está en juego es la competitividad del país”, afirmó Jacob. “En los próximos cinco años hay proyectos por alrededor de US$ 20.000 millones, eso no hay que dejarlo, no deberían irse a otros países“, agregó el ejecutivo.
Fuente: Reuters

Perú: Empresas mineras abiertas a “conversar” sobre contratos de estabilidad tributaria

Chile, Litio

SQM y el litio: nulidad de todo lo obrado

por Roberto Mayorga 10/08/2021
El litio es un elemento para producir tritio, combustible de futuras fusiones nucleares, de uso no solo pacífico sino que también bélico y, estando este recurso administrado por una empresa no confiable, acusada de corrupción, como lo es Soquimich, se compromete seriamente tanto la seguridad nacional como internacional.

Detrás de la impunidad en que el Ministerio Público y el SII han dejado recientemente a una treintena de personajes que habrían recibido dineros ilícitos de SQM, se oculta un trasfondo de graves irregularidades, mucho más allá de infracciones tributarias, y que se refieren a la vulneración del orden público, la moral, la seguridad nacional y al medio ambiente, y que implican la nulidad absoluta del acuerdo por medio del cual Corfo extendió el control del litio a SQM hasta el año 2030.

En su art. 19 ,“La Constitución asegura a todas las personas”, N. 21, “El derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la moral, al orden público o a la seguridad nacional, respetando las normas legales que la regulan”.

En los próximos párrafos describiremos cómo se ha violado esta norma y la sanción de nulidad absoluta e imprescriptible que acarrea dicha violación.

Partamos primero por constatar que el hechor activo que ideó y ejecutó los ilícitos es Soquimich (SQM), al proporcionar dineros ilegalmente a los referidos personajes, hechores pasivos. ¿Con qué propósito SQM entregó esas prebendas? Supuestamente para neutralizar la voluntad de un abanico de individuos y entidades de carácter público y hacerse irregularmente del control del litio chileno.

Es explicable que los medios y la opinión pública concentren la atención en los hechores pasivos por ser figuras políticas que, por cierto, deben ser condenadas, sin embargo, lamentablemente se olvidan y dejan prácticamente en las penumbras al hechor activo, SQM, que hace tres años quedó en la más absoluta impunidad.

Entre Pascua y Año Nuevo del año 2017, el entonces Fiscal Regional Pablo Gómez, bajo la permisividad e indiferencia del Fiscal Nacional Jorge Abbott, concedió a SQM la impunidad –incluso sin concluir una prolija investigación–, a cambio del pago de una incipiente multa de US$3 millones de dólares, habida consideración de que el control del litio podría proporcionar ingresos por alrededor de $800 millones de dólares anuales.

El Consejo de Defensa del Estado (CDE), oponiéndose a dicha impunidad, expresó literalmente ante el Juez de Garantía Luis Avilés y frente a la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago: “La empresa SQM paga coimas a políticos para obtener ventajas. Y, ¿cómo soluciona sus problemas? De la misma manera, pagando”.

El caso Soquimich no es, por tanto, un tema meramente tributario, de boletas falsas, que involucra a una treintena de personajes, sino de alta política de Estado que envuelve aspectos de la más grave índole.
Vulneración del orden público

La Constitución en su art. 19, N. 24, incisos 7 y 10, señala que el litio no es concesible y que su exploración, explotación o beneficio solo podrán ejecutarse por el Estado o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación fijados por decreto supremo del Presidente de la República. El acuerdo Corfo-SQM no solo incumplió esos requerimientos sino que también involucró a una empresa públicamente criminalizada. El Estado no puede ni debe, legal ni moralmente, contratar con entidades criminalizadas. En dichas circunstancias, el referido acuerdo, al transgredir la Constitución, adolece de nulidad absoluta.

La criminalización de Soquimich consistió en haber proporcionado dineros ilícitos a un abanico de funcionarios del Estado supuestamente para neutralizarlos en la libertad de oponerse o denunciar actuaciones irregulares relacionadas con el litio.

Art. 19, N.15, inciso cuarto, en concordancia con el numeral 21 antes transcrito, señala: “Prohíbanse las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado”. La Constitución no se refiere a qué tipos de asociaciones, pudiendo estas ser de cualquier carácter, políticas, comerciales o no comerciales.

¿Transgredió Soquimich el orden público constitucional, violando las disposiciones constitucionales citadas? ¡Evidentemente que sí!

Cuando en la materia llegó a imputarse y/o formalizarse a más de 160 individuos por financiamiento ilícito y/o cohecho, vinculados directa o indirectamente al Congreso Nacional o al Gobierno, esto es, por delitos que implican conductas contrarias a sus deberes y responsabilidades constitucionales y legales, evidentemente se ha vulnerado el referido orden público.

Recordemos que el concepto de orden público nos ilustra que este está conformado por el “conjunto de normas, reglas y principios que regulan el armónico funcionamiento de la sociedad”. ¿No es más que obvio que, al comprarse la conciencia de altos personeros del Congreso y del Ejecutivo, para servir a intereses particulares y no los intereses del Estado, amén de la inmoralidad, se ha trastrocado el mencionado “armónico funcionamiento de la sociedad”, esto es, el orden público?

¿No ha sido ello, sin duda alguna, una de las causas más importantes del descrédito generalizado de la política, que ha afectado dramáticamente a nuestro sistema democrático?

¿Cómo se gestó esta ilicitud? ¿Quiénes al interior de Soquimich lo tramaron? ¿Lo sabían sus diferentes órganos, socios y accionistas, y, al saberlo, lo aceptaron o encubrieron, lo denunciaron o se opusieron? Pues bien, todo ello quedó en las penumbras al suspender la Fiscalía las investigaciones y dejar en la impunidad tanto a Soquimich como a quienes recibieron ilícitamente prebendas.

¿No era un deber del juez de Garantía Luis Avilés y de la Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago haber rechazado de plano la insólita petición del Ministerio Público, que dejó sin investigar hechos que han violado gravemente la Constitución?
Vulneraciones a la seguridad nacional

El litio es un elemento para producir tritio, combustible de futuras fusiones nucleares, de uso no solo pacífico sino también bélico y, estando este recurso administrado por una empresa no confiable, acusada de corrupción, como lo es Soquimich, se compromete seriamente tanto la seguridad nacional como internacional.

En un artículo publicado en los medios, los prestigiosos científicos Gonzalo Gutiérrez, doctor en Física, y José Zagal, doctor en Química, señalan que “son tres las nuevas aplicaciones (del litio), y que abren inmensas oportunidades de investigación y desarrollo. Primero, el litio se utiliza para almacenamiento de energía, a través de su uso en baterías eléctricas y acumuladores termosolares. Segundo, contribuye a la eficiencia energética, empleándose en aleaciones de aluminio-litio en aviones, barcos y rodados. Tercero, el litio es el elemento del cual se produce el tritio, que es el combustible de la futura fusión nuclear”.

Consultado al respecto, el Dr. Gutiérrez, expresidente de la Sociedad Chilena de Física, explica: “El litio posee propiedades físicas y químicas de carácter singular por su alto potencial electroquímico y su bajo peso específico, que lo han convertido en un elemento clave en numerosas aplicaciones energéticas de alto nivel tecnológico, como baterías eléctricas y aleaciones livianas. Pero tiene también gran importancia en la energía nuclear. De hecho, el tritio usado en la fusión nuclear se obtiene a partir del isótopo Li-6 de litio. A diferencia de la fisión nuclear, que consiste en la división de núcleos de elementos pesados y es el principio físico en el cual se fundamenta la bomba atómica y la energía nuclear controlada actualmente en uso, la fusión nuclear consiste en la unión de dos o más núcleos de elementos livianos para dar origen a un núcleo más pesado. La fusión nuclear es el principio en el cual se basa la bomba de hidrógeno…”.

Es evidente entonces que la extracción, explotación, industrialización, comercialización y exportación de litio a otras naciones, están directamente relacionadas con la seguridad nacional y la seguridad internacional, tanto por la importancia estratégica en energía como por el rol clave en la fabricación de armamento nuclear. El elevado riesgo de que mentes insensatas pudieran hacer uso de este tipo de armamento podría implicar una masiva destrucción de parte importante de la humanidad.

Chile se ha comprometido ante las naciones del mundo, como suscriptor del “Tratado de No Proliferación Nuclear” de 1968, a adoptar las salvaguardias allí señaladas para evitar en cualquier forma la construcción, proliferación y utilización de armas nucleares.

Es la explicación de que por mandato constitucional la ley declare al litio sustancia no concesible, salvo con autorización expresa, y a nuestro juicio indelegable, de la Presidencia de la República.

Pero la institucionalidad del país es aún más exigente al requerir la participación formal de la Comisión Chilena de Energía Nuclear (CCHEN) en todo lo relacionado con la extracción, explotación, industrialización, comercialización y exportaciones del litio. Efectivamente, ya el año 1976 el litio es incluido como sustancia de “interés nuclear” en la ley orgánica de la CCHEN, la cual, por tratarse de materias de seguridad nacional, está integrada por representantes de las tres ramas de las Fuerzas Armadas, rectores de universidades y otros altos personeros.

En relación con Soquimich, la potestad y responsabilidad de la Comisión Chilena de Energía Nuclear respecto del litio quedó consagrada en una resolución que dictó la propia CCHEN, el 10 de octubre de 1995. Allí se establece:

“Cualquier acto jurídico que celebre la sociedad (SQM) sobre el litio, sus concentrados, derivados o compuestos, deberá ser previamente autorizado por la CCHEN. Así, dicha sociedad deberá someter a esta comisión los contratos de venta y otros actos jurídicos sobre el litio extraído… Para esos efectos deberá comunicar anticipadamente los siguientes datos: volumen y características técnicas; precio de venta; comprador y uso final”.

La misma resolución estableció la facultad de “revocar la autorización en cualquier tiempo y sin responsabilidad alguna para el Estado de Chile, si a su juicio no se diera cumplimiento íntegro y oportuno a las condiciones bajo las cuales la autorización se ha acordado”. Ahora bien, desde que Corfo cedió el año 1995 a Soquimich la explotación y administración del litio, esta empresa se ha saltado la supervisión y autorizaciones de la CCHEN.

En una investigación efectuada por Ciper, publicada en marzo del 2016, sin que haya sido desmentida a la fecha, se señala: “SQM ha podido saltarse todos los controles que desde 1995 obligan a la minera a solicitar la autorización de la CCHEN para vender y exportar el litio, no reportando para ello el volumen, características técnicas, litio extraído, sus concentrados, derivados o compuestos, el comprador final y el uso que le dará este al mineral”.

El mencionado medio detectó que, en la mayoría de las autorizaciones de exportación que pidió SQM a la Comisión Chilena de Energía Nuclear, la minera tampoco especificó con claridad ni el destinatario final del litio, ni para qué se usaría. “Se consignaba algo general, que se usaría para batería, vidrio y generalmente para ‘usos industriales’, concepto que abarca prácticamente todo”.

Se agrega, en el mismo reporte periodístico, que “la principal tarea que le corresponde ejercer a la CCHEN es cautelar que el litio por razones de interés y de seguridad nacional no sea utilizado ‘para fines de fusión nuclear’. Para ello, resultaba imperativo no perder de vista la trazabilidad del litio. No fue así. Esa omisión se convierte en un grave problema si se considera que en la última década SQM ha vendido más de 6.500 partidas de litio a cerca de 30 países, entre ellos potencias nucleares como China, los Estados Unidos e incluso podría haber llegado a Corea del Norte».

Sabemos que Chile, Argentina y Bolivia en las fronteras del norte poseen las mayores reservas de litio que existen en la Tierra, lo que ha llevado a considerarlo como el triángulo virtuoso del litio. No obstante, y hasta la fecha, ninguno de sus tres gobiernos ha generado una mesa tripartita para una política común del litio ante el resto del mundo. Bolivia, velando por sus intereses patrios, lo mantiene bajo control del Estado, y en Argentina el Estado de Jujuy hace lo mismo, sin acudir al acomplejado argumento de inferioridad científica y profesional para su procesamiento. Chile, a través de Corfo, lo entrega a una empresa no confiable, cuestionada por sus acciones ilícitas, que vende el litio en bruto sin ningún tipo de procesamiento a potencias que pueden darle una nociva destinación para la humanidad. De hecho, menos de dos años atrás el 24% de las acciones de SQM fueron traspasadas a la empresa estatal China Tianqui, por la suma de 4 mil millones de dólares, que se transaron fuera del país.
Vulneraciones a la moral

Las transgresiones al orden público y a la seguridad nacional poseen un lastimoso trasfondo: una decadencia valórica y moral y una turbia motivación de los hechores involucrados activa y pasivamente en los ilícitos, así como de las entidades responsables del imperio del derecho y el cumplimiento y respeto a la Constitución y las leyes, entidades que han dejado en la impunidad a aquellos hechores. La motivación es lo que en Derecho Civil constituirá “causa ilícita”.

En otras palabras, una especie de descomposición moral colectiva: de una empresa que, pagando, neutraliza a personeros públicos; de estos que, al ser neutralizados, declinan de sus deberes ante el país; y de organismos del Estado que los dejan en la impunidad.

Ha existido así una claudicación ética que ha afectado gravemente la institucionalidad de la nación y la confianza de la ciudadanía, en medio de un velo de silenciamiento casi unánime de la clase política, incapaz de levantar la voz y oponerse con vigor a perniciosas conductas en perjuicio del país.
La nulidad de todo lo obrado

Los ya mencionados numerales 21 y 15, inciso cuarto del art. 19 de la Constitución, y que prohíben las asociaciones contrarias a la moral, al orden público y a la seguridad del Estado, han de interpretarse en armonía con las disposiciones sobre validez de los contratos establecidas en el Código Civil.

El art. 1443 del Código Civil, entre los requisitos para que un acto o contrato sean válidos, señala el que posean objeto y causa lícita.

El art. 1462 establece que hay objeto ilícito en todo lo que contraviene al derecho público chileno.

El art. 1466 agrega que hay asimismo objeto ilícito en todo contrato prohibido por las leyes.

El art. 1467 dispone que se entiende por causa el motivo que induce al acto o contrato, y por causa ilícita la prohibida por la ley, contraria a las buenas costumbres o al orden público.

El art. 1681 prescribe que es nulo todo acto o contrato que falte a algunos de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato.

El art. 1682 indica que la nulidad producida por un objeto o causa ilícita son nulidades absolutas.

Por tratarse de violaciones a la Constitución, al orden público, la moral y la seguridad nacional, esas nulidades absolutas son imprescriptibles, por lo que bastará en el futuro que un Gobierno con voluntad y poder político las impetre para que el control del litio retorne 100% a poder de Chile, al que, conforme a la misma Constitución, le pertenece irrevocablemente.

En efecto, sabemos que la Constitución en su art. 19, N.24, inciso 6, expresa que el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todos los minerales.

El art. 5 de la Carta Fundamental mandata al Estado a respetar y promover los derechos garantizados por la Constitución, así como por tratados internacionales ratificados por Chile.

Al respecto, tengan presentes el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Ambos tratados fueron ratificados y están vigentes en Chile. En el caso del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, su art. 1, inciso 2, dispone que “para el logro de sus fines, todos los pueblos pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales”, agregando que “en ningún caso podría privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia”.

Por consiguiente y en mérito de lo expuesto, nos permitimos sostener que, conforme a las normas y disposiciones señaladas, existe un deber ineludible y actual del Estado de recuperar el control y administración del litio y destinar sus utilidades en beneficio de la población del país y de sus más urgentes y apremiantes necesidades.

Sin perjuicio de lo anterior y a mayor abundamiento, las citadas ilicitudes permiten privar a la entidad transgresora (SQM) de sus bienes societarios. El Art. 19, N. 7, letra g, de la Constitución dispone: “No podrá imponerse la pena de confiscación de bienes, sin perjuicio del comiso en los casos establecidos por las leyes; pero dicha pena será procedente respecto de las asociaciones ilícitas”.
Transgresiones al Medio Ambiente y a comunidades atacameñas

Finalmente, y de relevancia similar a lo anteriormente expuesto, deben tenerse presentes las transgresiones de SQM al medio ambiente, tanto de carácter ecológico como hacia los pueblos originarios que habitan en la región donde se explota el litio.

En una exhaustiva y reciente investigación de los académicos José Aylwin, Marcel Didier y Oriana Mora, bajo el título “Evaluación de impacto en derechos humanos de SQM en los derechos del pueblo indígena Lickanantay”, se señalan en la Introducción las razones y fines de este estudio: “La realización de este trabajo ha estado motivada por las múltiples denuncias que durante los últimos años han venido formulando tanto el Consejo de Pueblos Atacameños como las comunidades de la cuenca del Salar de Atacama por lo que consideran como graves afectaciones por parte de esta empresa a los derechos que les han sido reconocidos a los pueblos indígenas, tanto en el derecho nacional como internacional. Tales denuncias adquieren mayor gravedad teniendo presente que el año 2018 CORFO celebró con SQM nuevos contratos que le permitirán seguir desarrollando sus operaciones en el Salar de Atacama hasta el año 2030, aumentando significativamente el volumen de extracciones de litio y, por lo mismo, sus impactos en las comunidades atacameñas y en el ecosistema de dicho salar”.

En resumen, el caso SQM no es únicamente un tema tributario de boletas falsas sino también una cuestión de Política de Estado, en la que, a partir de un profundo quiebre moral y valórico, se ha lesionado gravemente el orden público, el interés nacional, la seguridad internacional y el medio ambiente humano y ecológico

Por consiguiente, es imprescindible que, con el apoyo de una amplia mayoría, transversal, más allá de diferencias político-partidistas, se intervenga Soquimich en conformidad con la Constitución, a fin de recuperar el control de este estratégico recurso natural y gestionarlo con estricto celo ecológico, respeto a las comunidades aledañas y en beneficio de las necesidades más esenciales y urgentes de todos los habitantes del país.
https://www.elmostrador.cl/destacado/2021/08/10/sqm-y-el-litio-nulidad-de-todo-lo-obrado/

Mexico

Minería a cielo abierto: crimen contra el medio ambiente en México

La actividad de las empresas mineras tiene consecuencias en su mayoría irreversibles, tales como severos daños a la salud, así como contaminación de agua y suelos. A la par, se incrementan los asesinatos de ambientalistas.
Antonio Vázquez
09/08/2021
Desde hace algunas décadas viene implementándose la llamada minería a cielo abierto, técnica que consiste en remover grandes cantidades de suelo y subsuelo que será procesado con materiales altamente tóxicos como cianuro o mercurio para obtener los minerales buscados.

Esto tiene consecuencias desastrosas no sólo en cuanto al deterioro del paisaje y la pérdida de la biodiversidad de la región, sino también por la contaminación de aire y agua que provoca enfermedades entre los habitantes de las zonas aledañas.
Por ejemplo, graves problemas dermatológicos, daños a la vista, caída del pelo, partos prematuros, malformaciones congénitas y abortos. Otra peligrosa secuela que se detectó fueron los niveles altísimos de metales pesados en la sangre de las personas.

En nuestro país se ha luchado desde hace décadas contra estas prácticas, pero con el decreto de la ley minera que reglamentó al artículo 27 constitucional, se multiplicaron las concesiones en favor de las grandes mineras, aumentando el despojo territorial y las violaciones a los derechos humanos de los pueblos originarios.

Un reciente mapa de conflictos mineros que elaboró el Observatorio de Conflictos Mineros de América Latina (OCMAL), registró 284 conflictos sociales por la megaminería vigentes en Latinoamérica durante 2020, 58 de los cuales se concentran en México, seguido por Chile con 49 y Perú con 46.

Ganancias a partir del saqueo

A esto hay que sumarle el paraíso fiscal que México representa para los inversionistas gracias a la reforma hacendaria aprobada en 2014, la cual permite que las empresas paguen por las concesiones mineras únicamente 1.18% de los recursos que extraen del territorio mexicano, sin importar el deterioro ambiental y social que provocan y la explotación laboral que conlleva.

Esto debido a que sólo aportan al fisco el pago de derechos por concesiones, como se establece en el artículo 27 de la ley en la materia. Lo anterior demuestra que la sed de ganancias de las trasnacionales mineras está por encima de la vida de las comunidades y de los trabajadores del sector.

Los dueños de las minas, agrupados en la Cámara Mexicana de la Industria Minera (Camimex), defienden su negocio, argumentando que generan unos 379 mil empleos en el país. Pero los costos que deja este modelo extractivo son inmensamente mayores que sus supuestos beneficios.
Daños irreparables y criminalización

Actualmente hay 13 minas principales operando a cielo abierto, de las cuales las mas relevantes son las de Cananea, en Sonora, con 2,100 millones de toneladas en reservas; y La Caridad de Nacozari, el complejo minero metalúrgico mas importante de México, de donde se extraen 120 mil toneladas al año de cobre.

Un caso escandaloso que ejemplifica las consecuencias de la minería a cielo abierto es el de Minera San Xavier, que operaba en el cerro de San Pedro, en San Luis Potosí. Actualmente éste ha desaparecido del paisaje, a un alto costo: el peligro de derrumbe de lo que queda del cerro que se cierne sobre la población, además de 32 millones de litros de agua contaminados con cianuro.

Otro gran desastre ocurrió en Sonora el 6 de agosto de 2014, cuando de la Mina Buena Vista del Cobre, perteneciente a Grupo México, se derramaron 40 mil metros cúbicos de ácido sulfúrico en los ríos Bacanuchi y Sonora, afectando con esto no sólo los ríos, sino también las cosechas, el ganado y con ello la vida de los habitantes del lugar.

En “retribución”, las agresiones y la criminalización contra defensores del medio ambiente incluyen todo tipo de violencias y abusos: amenazas de muerte, arrestos y acoso judicial, agresiones sexuales, persecuciones, secuestros o desaparición forzada, chantajes, represión de manifestaciones pacíficas, ocupación por la fuerza de territorios y asesinatos.

Tan solo en 2020, 18 ambientalistas fueron asesinados. Al presentar su informe sobre la situación de las personas defensoras de los derechos humanos ambientales en México, 2020, CEMDA dio a conocer que luego de ocho años de registro y documentación, en México prevalece una violencia estructural y generalizada en contra de quienes defienden el patrimonio natural, la tierra y el territorio. Las autoridades, al igual que en sexenios anteriores, con el actual gobierno de la 4T mantienen estos crímenes impunes.

A los grandes capitalistas, dueños de las mineras, no les importa arrasar con el suelo, el agua, el aire y las vidas del lugar; solo pretenden aumentar sus fortunas.
Los socialistas pensamos que la clase productora –los trabajadores– debemos luchar por la cancelación de las concesiones mineras, así como por la expropiación y nacionalización bajo control obrero, sin indemnización, de las minas, las industrias estratégicas y los servicios esenciales que han sido privatizados.

A través de nuestra autoorganización democrática, en alianza con las comunidades y los movimientos ambientalistas, se puede planificar la producción en función de las necesidades de las mayorías, acabar con la explotación indiscriminada de los recursos naturales y garantizar la preservación del medio ambiente. Es también luchando unidos como podrán lograrse mejores salarios, atención médica, seguridad en el empleo y plenos derechos, como han demandado los trabajadores mineros en diversas partes del país.
https://www.laizquierdadiario.com/Mineria-a-cielo-abierto-crimen-contra-el-medio-ambiente-en-Mexico