Perú

Nuevas paralizaciones en el sector minero de Perú amenazan al Gobierno de Pedro Castillo

En diciembre las comunidades bloquearon la vía hacia la mina Las Bambas
08/01/2022
El presidente de Perú, Pedro Castillo. Europa Press
La primera ministra de Perú, Mirtha Vásquez, viajará el próximo viernes a una zona de frecuentes protestas contra la mina de cobre Las Bambas, que está nuevamente bajo la presión de comunidades que podrían frenar otra vez sus operaciones.

El viaje a la provincia de Chumbivilcas fue anunciado el viernes por la propia Vásquez y sería su tercera visita a la zona desde que fue nombrada en octubre como jefa del gabinete de ministros del presidente izquierdista Pedro Castillo, tras repetidos bloqueos de carreteras que pararon las operaciones de Las Bambas, de propiedad de la china MMG Ltd.

Perú es el segundo productor mundial de cobre y la minería es una fuente clave de ingresos fiscales para el país andino.

En diciembre, manifestantes de Chumbivilcas bloquearon durante más de un mes una vía que utiliza Las Bambas, lo que obligó a suspender operaciones y provocó un grave problema para la administración de Castillo, quien ha prometido priorizar las demandas de las comunidades marginadas.

Las Bambas reinició la producción a inicios del año después de que Vásquez viajara a la zona de conflicto y negoció en el lugar un acuerdo para evitar nuevos bloqueos.

Pero algunas comunidades de Chumbivilcas han dicho desde entonces que rechazan ese acuerdo y pidieron a Vásquez que prosiga las negociaciones, según el acta de la reunión a la que tuvo acceso Reuters con fecha del 6 de enero.

«Habiendo analizado los acuerdos y en mérito que los mismos no recogen las propuestas de las comunidades (…) en ese sentido dichos acuerdos no son el clamor del pueblo», decía el acta de la reunión de las comunidades, que llamó a Vásquez y Castillo a reunirse con ellos, en persona el próximo viernes. No está claro si Castillo asistirá a la reunión. Por lo general, le ha encomendado a la primera ministra que se encargue de los asuntos relacionados con Las Bambas.

«Las masas en general opinan de que si no llega el señor Presidente de la República, no se llevará a cabo el diálogo y en consecuencia nos levantaremos en medida de lucha», dijo el documento de los comuneros.

Nuevas paralizaciones en el sector minero de Perú amenazan al Gobierno de Pedro Castillo

Chile

Vecinos se toman ingreso a tranque del grupo Luksic: «No toman en serio el conflicto»

Por: Edgar Pfennings de la Vega | 06/01/2022
Vecinos se toman ingreso a tranque del grupo Luksic: «No toman en serio el conflicto» Corte de ruta hacia el tranque El Mauro / Twitter @daniel_nunez_a

La comunidad acusa que la empresa dejó de asistir a una mesa de diálogo en que los vecinos estaban acordando una compensación con la minera para reparar el daño causado en la zona producto de la contaminación ambiental que está provocando el tranque «El Mauro», proyecto que fue instalado sin un proceso de participación ciudadana.

Un gran grupo de vecinos de la localidad de Caimanes desde este miércoles se han tomado el camino de ingreso al tranque de relave «El Mauro» de la Minera Los Pelambres, que es propiedad del grupo Luksic.

El motivo de la protesta es el quiebre en una mesa de diálogo que desde hace dos meses estaba sosteniendo la empresa con la comunidad, quienes reclaman que la compañía no se está haciendo cargo del importante daño ambiental que está generando en la zona.
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«En las últimas semanas hemos tenido conversaciones con la empresa para ver si podemos ponernos de acuerdo entre la comunidad y la minera para resolver el conflicto que nos afecta desde hace muchos años«, comenzó explicando a El Desconcierto el vocero de las comunidades cercanas a Caimanes, Cristian Flores Tapia.

Flores agregó que «en ese sentido la minera tenía que llegar antes de ayer a la mesa que se estaba sosteniendo, pero no llegó. Por eso la comunidad tomó la decisión de tomarse los caminos hasta que vuelvan a retomar el diálogo, considerando que la minera no está tomando en serio el conflicto con la comunidad«.
Tranque de relave «El Mauro»

El tranque de relave «El Mauro» ha generado desde que comenzó sus trabajos de instalación episodios generalizados de contaminación del agua y el aire, que han sido numerosas veces denunciados por los vecinos, quienes también aseguran que informes de la Brigadas Investigadoras de Delitos Contra el Medio Ambiente (Bidema) de la Policía de Investigaciones (PDI) los respaldan.

«Los que no tienen plata para comprar en bidones o en supermercados, lo están haciendo desde las llaves, asumiendo las consecuencias de que el agua está contaminada. Hoy día la comunidad se encuentra permanentemente respirando el polvo que emana el tranque de relave. Hemos tenido las pruebas de que en algunos momentos es mucho más fuerte y en otros es menor», sostiene Flores.

Es por este motivo, junto con que no se realizaron instancias de participación ciudadano para autorizar el proyecto, que un grupo de vecinos judicializaron el caso, causa que llegó hasta la Corte Suprema y finalmente concluyó con un acuerdo con la minera de entregar a estos miembros de la comunidad $32 millones a modo de compensación.
Vecinos fuera del acuerdo

Sin embargo, los vecinos que no fueron parte de este acuerdo por no tener información del proyecto reclaman a través de la nueva mesa de negociación que merecen recibir el mismo trato. Pero la minera respondió públicamente este jueves que «de acuerdo a los permisos y normativa vigente, esta exigencia no corresponde».

El dirigente de la comunidad opina que «ya hay una jurisprudencia, que significa que lo que se opta para grupos en las comunidades que tengan la misma tendencia obviamente tiene que ser para toda la comunidad. Eso es lo que está alegando hoy día toda la comunidad. Pero es una sentencia de tribunales, no es que nosotros hayamos querido llegar a un acuerdo en términos económicos, sino que simplemente hay una sentencia que tiene que socializarla con toda la comunidad».

Hasta la noche de este jueves el bloqueo del camino por parte de los vecinos continuaba y la empresa ha dispuesto de un «puente aéreo» para que algunos trabajadores puedan llegar al tranque de relave.
https://www.eldesconcierto.cl/bienes-comunes/2022/01/06/vecinos-se-toman-ingreso-a-tranque-de-los-pelambres-no-toman-en-serio-el-conflicto.html

Ecuador

Desmontando el discurso minero de la seguridad jurídica: Ecos de una histórica sentencia constitucional

Es frecuente el reclamo por la falta de seguridad jurídica y de certezas en el convivir empresarial. Los empresarios recurren a ese discurso una y otra vez. Pero en el ámbito minero es casi la norma. En esta ocasión, reaccionando ante la mencionada resolución de la Corte Constitucional, la dirigencia de la Cámara de la Minería, contando con el masivo eco de los grandes medios de comunicación, protesta.

Alberto Acosta1

“Esta sentencia rompe con la concepción instrumentista de considerar a la naturaleza como un simple objeto material de apropiación y explotación reducida a un mero recurso natural para dar paso a la concepción de la valoración intrínseca de la naturaleza y por lo tanto el reconocimiento de sus propios derechos, independientemente de la utilidad que la naturaleza pueda tener para el ser humano que no es el único sujeto de derechos, ni el centro de la protección ambiental, sino que, reconociendo las especificidades y diferencias, se plantea la complementariedad entre los seres humanos y otras especies naturales en tanto integran sistemas interrelacionados de vida comunes, tal y como se refiere en la sentencia.”

Carlos Castro Riera2

Se les movió el piso a los representantes de los intereses mineros. Mareados reaccionan con furia.3 Aunque lo siguen defendiendo de forma desesperada, su discurso empotrado en la seguridad jurídica se desmorona. Y no es para menos. La Corte Constitucional, con una resolución histórica4, ha determinado que la actividad minera afecta gravemente la seguridad jurídica. Se entiende la seguridad jurídica integral.

La Corte eligió el caso de Los Cedros, un bosque protector reconocido jurídicamente como tal desde 1994, por ser un caso que se destaca por su relevancia, gravedad y novedad para sentar jurisprudencia, así como por la inexistencia de un precedente judicial. Y vaya que lo logró. Hay más de 500 bosques protectores, en donde luego de su reconocimiento como tales, se han instaurado concesiones mineras, que caen en el ámbito de esta resolución. Cabe anotar que la Corte Constitucional rechazó el pedido de ampliación / aclaración presentado por los representantes del sector minero, a través de una decisión del 21 de diciembre del 2021; de esta manera se acepta que la sentencia de la Corte tiene efectos vinculantes, es decir se crea jurisprudencia para casos análogos. En realidad, los Derechos de la Naturaleza van más allá de esos bosques protectores, pues no engloban exclusivamente a áreas protegidas o especies amenazadas, sino al conjunto de la Madre Tierra.

En su sentencia la Corte reconoció que los derechos de ese ecosistema y de las comunidades están siendo vulnerados. Desde una perspectiva jurídica, como bien anota el jurisconsulto Carlos Castro Riera, esta sentencia “constituye un paradigma de interpretación y aplicación de la Constitución” y, en palabras del biólogo Juan Manuel Guayasamin, se trata de “un caso icónico”, para proteger la biodiversidad.5

En concreto, la minería atropella los Derechos de la Naturaleza. Conforme la Constitución (ver en especial los artículos 71 a 74), pues “la naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.” Estableciendo una clara diferencia con dichas afectaciones, la Corte también anotó las violaciones al derecho a un ambiente sano que tienen los seres humanos, es decir, en este caso, las comunidades que habitan en la zona (artículos 14 y 15, en particular). Además, en su análisis indicó que “las autorizaciones administrativas emitidas por la autoridad no contaron con estudios ni evidencia científica necesaria para evitar y mitigar daños graves e irreversibles para las especies y ecosistemas, y, por tanto, a los derechos de la naturaleza, al agua y a un ambiente sano y equilibrado”.

Complementando lo anterior, la Corte constató la no aplicación del principio precautorio (artículo 73), sobre todo en relación con el derecho al agua. Concluyó que dadas las características hídricas del ecosistema del Bosque Protector Los Cedros y el uso del agua para las comunidades aledañas, no se debió permitir que se realice actividad minera alguna. En este punto la Corte fue muy clara al diferenciar el derecho humano al agua (artículo 12) y el derecho del agua a que se garantice su ciclo vital (artículo 318).6

Y esta resolución se completó con el reconocimiento de las violaciones a la consulta ambiental previa libre e informada (artículo 398), que es un derecho para toda la ciudadanía, no solo para los pueblos originarios (artículo 57,7). Esta cuestión es de suma importancia.

La contundencia de esta resolución de la Corte repercute ya en el mundo, no solo en Ecuador.7 Constituye un paso fundamental para el desarrollo y aplicación de los Derechos de la Naturaleza. Un esfuerzo que se expande cual círculos concéntricos por el mundo luego de la Asamblea Constituyente de Montecristi. De acuerdo con las Naciones Unidas, ya son 36 países los que han incorporado de alguna manera esta discusión a nivel oficial e institucional. Incluso hay varias propuestas para llegar a aceptar constitucionalmente a la Naturaleza como sujeto de derechos; iniciativas que surgen desde México, el Estado Libre de Baviera, en Alemania, o el Tirol del Sur en el norte de Italia, a más de las potentes discusiones constitucionales en Chile8.

Es innegable. El tránsito de objeto a sujeto de la Naturaleza está en marcha.

Entender este punto demanda un giro copernicano en el ámbito, jurídico, económico, social y político. Con un alcance global, a todas luces.

Las costuras del discurso minero

Es frecuente el reclamo por la falta de seguridad jurídica y de certezas en el convivir empresarial. Los empresarios recurren a ese discurso una y otra vez. Pero en el ámbito minero es casi la norma. En esta ocasión, reaccionando ante la mencionada resolución de la Corte Constitucional, la dirigencia de la Cámara de la Minería, contando con el masivo eco de los grandes medios de comunicación, protesta.

Su argumento se basa en que la sentencia prohíbe las actividades extractivas en lugares donde el mismo Estado otorgó concesiones; de allí derivan su mentada seguridad jurídica. Adicionalmente se aferran a una interpretación antojadiza señalando que la Corte estaría ampliando arbitrariamente las zonas donde no se puede realizar este tipo de actividades y que constarían taxativamente enumeradas en el art. 407 de la Constitución; lo cual no solo que es absolutamente falso, sino que demuestra una ignorancia supina (o una mala intención). Y cierran sus alegatos con una doble amenaza, por un lado, esta decisión constitucional expondría al Estado a serias contingencias internacionales derivadas de las demandas internacionales, al tiempo que la no presencia de las empresas mineras “legales” abriría la puerta a la plaga de la minería informal o ilegal. El miedo y el terrorismo, quien lo duda, van de la mano.

Tal reclamo, surgido con fuerza desde el empresariado minero merece un análisis detenido, recordando que la seguridad jurídica está reconocida en el artículo 82 de la Constitución de Montecristi. Ante todo, la seguridad jurídica no es un fin en sí mismo sino un medio hacia objetivos específicos. Sin negar su importancia en las actividades económicas, el gran objetivo de la seguridad jurídica es el respeto irrestricto a los derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la participación democrática, por citar dos puntos clave. Es decir, la seguridad jurídica es un instrumento para cristalizar el mandato del artículo 1 de la Constitución de 2008: El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia.

Así, la seguridad jurídica no es un privilegio de un grupo de personas naturales y/o jurídicas, sino también un derecho de la ciudadanía, las comunidades, los pueblos y las nacionalidades indígenas, los gobiernos autónomos, el gobierno central, los emprendimientos privados, cooperativos, comunitarios, asociativos, y demás organizaciones sociales. Todos estos sujetos de derechos son parte del Estado. Es más, en tanto derecho, la seguridad jurídica incluye a la Naturaleza, que también es un sujeto de derechos según los artículos 10 y 71 de la Constitución, como lo dejamos sentado al inicio.

Además, para que exista el debido respeto a la seguridad jurídica de la Naturaleza, así como a los derechos individuales y colectivos, es preciso que se asegure siempre el derecho a la consulta previa libre e informada, que en el caso de los pueblos indígenas debe asegurar, además, su consentimiento vinculante como se deriva de las normas constitucionales relativas a los tratados y otros instrumentos internacionales de Derechos Humanos (artículos 84 y 417). En realidad, en una sociedad que busca construir un verdadero sistema de derecho, donde la participación democrática debe ser el camino para lograrlo, el consentimiento debe ser vinculante en todos los casos.

De facto, la respuesta de los representantes del sector minero, tratando de distorsionar el sentido de la sentencia de la Corte Constitucional, constituye una serie amenazas para la seguridad jurídica que tanto dicen defender. Situación, que, por lo demás se complica por la decisión del gobierno de Guillermo Lasso de retornar al sistema de arbitraje del CIADI, atropellando las Constitución, particularmente el artículo 422.9 A todas luces es evidente que este gobierno, como los anteriores, poco les importa la Constitución sobre todo cuando de favorecer a las empresas extractivistas se trata.

El orden público marca la seguridad jurídica

En concreto, el derecho a la seguridad jurídica de las empresas (al ser “personas jurídicas”, es decir, entes abstractos), jamás debería imponerse sacrificando los Derechos Humanos, individuales y colectivos, ni marginando los Derechos de la Naturaleza.

Por esa razón, aquí cabe como un punto fundamental: la importancia del orden público. Sostener proyectos en marcha e incluso concesiones entregadas irrespetando las normas constitucionales y legales por no afectar intereses particulares es una aberración, más aún si esas situaciones conllevan graves destrozos a las comunidades y a la Naturaleza. Aducir, por ejemplo, que el Estado ya entregó dichas concesiones y que habría que respetarlas, constituye una equivocación por decir lo menos, más aún si se sabe a ciencia cierta que las empresas, en este caso los representantes de las mineras y sus abogados, conocían perfectamente el marco constitucional y jurídico del Ecuador que debían respetar… incluso aún cuando los gobiernos no lo respeten y exijan.

Igualmente, la cuestión de la consulta previa merece ser considerada con mucha responsabilidad. La Corte destaca su incumplimiento en este caso; lo que se registra por igual en todos los otros proyectos mineros. Que conste, esta disposición no emerge desde la Constitución del año 2008. Esta consulta está prevista en la Constitución del año 1998, artículos 84,5 y 88. Es decir que ni siquiera cabe aducir que hay que respetar concesiones entregadas con anterioridad a Montecristi, si éstas de facto no respetaron previamente el derecho a la consulta cumpliendo los parámetros existentes y reconocidos internacionalmente para su realización.

Acogerse al principio de seguridad jurídica particular, no integral, que atiende solo el lado de las empresas mineras, por ejemplo, sería como justificar el mantenimiento de la esclavitud para no afectar a los esclavistas… Bastaría recordar que cuando se liberó a los esclavos no faltaron quienes reclamaron por las “pérdidas” sufridas por sus “propietarios”, a quienes se les restringía “su libertad” para comercializaros, utilizarlos, explotarlos… puesto que habría sido un derecho reconocido por los estados con anterioridad. Algo similar pasó cuando se cuestionó el empleo de niños en Inglaterra a inicios del siglo XIX: “La polémica fue enorme”, nos recuerda el destacado economista Ha-Joon Chang: “Para los detractores de la propuesta (esta) socavaba la libertad de contratación y destruía los cimientos del libre mercado”.10

A la postre, en estos casos, como era obvio, primó el orden público y el sentido común. Sin duda que, desde una perspectiva de seguridad jurídica integral, lo que cuenta en todo momento es el bien común y no los intereses particulares, incluyendo, por cierto, la vigencia plena de los Derechos de la Naturaleza. Esta cuestión ha sido comprendida y aceptada por la Corte Constitucional. Y su reciente resolución en el caso Los Cedros se deriva una jurisprudencia que está causando mucho escozor entre las empresas mineras.

La inseguridad jurídica, norma de la actividad minera

Desde que el pueblo -por primera vez luego de una Asamblea Constituyente- aprobó en las urnas la Constitución en 2008, la disputa de las normas constitucionales ha sido una constante. En realidad, eso ha sucedido siempre. Así, en contra de lo dispuesto en la misma carta constitucional, el manejo de las actividades mineras exacerbó la inseguridad jurídica. Inseguridad que, por cierto, ha sido constante en épocas anteriores, cuando para atraer inversiones extranjeras se atropellaban derechos, tal como sucede actualmente…

Aunque el discurso oficial distingue entre minería legal e ilegal, en los hechos toda la minería realmente existente tiene inocultables bases de ilegalidad y de inconstitucionalidad, porque todos los proyectos han incumplido normas legales referidas a la consulta previa, libre e informada; una irregularidad que no puede ser subsanada expost y menos aún un acto administrativo. Además, se ha irrespetado la prohibición de minería en fuentes de agua, entre las que hay que incluir a los páramos, entre otras violaciones que empezaron con el atropello al Mandato Minero del 18 de abril del 2008.

Dicho Mandato, el número 6, extinguió, sin compensación económica, las concesiones que incurrían en las siguientes causales11:

– Incumplimiento de la ley respecto a inversiones y pago de patentes.

– Ausencia de consulta ambiental y de consulta a pueblos y nacionalidades.

– Afectación a fuentes y nacimientos de agua.

– Afectación al Sistema Nacional de áreas Protegidas, bosques protectores y sus zonas de amortiguamiento.

– Acaparamiento de tierras (se prohibió que una misma persona, empresa y sus subsidiarias tuviesen más de tres concesiones).

– Las concesiones entregadas a ex-funcionarios del Ministerio de Energía y Minas.

– Además, se suspendió la entrega de nuevas concesiones -moratoria minera- hasta expedir un nuevo marco normativo para la actividad.

Como señaló en su Amicus Curiae el destacado constitucionalista Julio César Trujillo, el incumplimiento del mandato 6 fue una clara violación constitucional. En otras palabras, la base jurídica para la actividad minera nació de una violación constitucional y, por tanto, irrespetando las bases mismas de la seguridad jurídica. Insistamos: casi todos los proyectos mineros incumplieron el mandato minero de abril de 2008. Hasta la Contraloría General del Estado anotó ese incumplimiento mencionando incluso el irrespeto de derechos de pueblos indígenas reconocidos por Naciones Unidas.

Para colmo, la ley de Minería -aprobada en enero de 2009- no solo que no asumió el mandato minero, sino que no dio paso a la consulta pre-legislativa, como ordena el artículo 57, numeral 17 de la Constitución. La propia Corte Constitucional de Transición reconoció tal violación a raíz de una demanda de inconstitucionalidad, anotando que tomaría en cuenta esta disposición constitucional para una próxima ley.

Desde entonces, se ha consolidado un proceso minero que ha violado permanente y sistemáticamente la Constitución y la ley. Y como van las cosas se puede anticipar más violaciones constitucionales, puesto que ningún proyecto minero cumple con la disposición del artículo 408 que señala: “El Estado participará en los beneficios del aprovechamiento de estos recursos, en un monto que no será inferior a los de la empresa que los explota.” Una cuestión que, en aras de la tan mentada seguridad jurídica, debería estar contractualmente garantizada, incluyendo garantías plenas para asegurar el cumplimiento de las disposiciones referidas a la reparación y restauración de Naturaleza.

Asimismo, con tanto favoritismo a las empresas mineras, se produce una distorsión en favor de empresas extranjeras que afecta el trato equilibrado y equitativo que debe darse a todo el aparato productivo nacional enmarcado en una economía social y solidaria (Artículo 283 de la Constitución).

La marcada inseguridad jurídica asociada a la minería se observa en el incumplimiento de varias sentencias de la Justicia, como del caso de Sinangoe, que demostró graves violaciones al derecho a la consulta previa, libre e informada, a los Derechos del Buen Vivir y a los Derechos de la Naturaleza. Además, son inocultables los permanentes atropellos a comunidades y Naturaleza en casi todos los proyectos mineros, ampliamente documentados, que agravan la inseguridad jurídica. La seguridad jurídica también es atropellada cuando no se respeta la voluntad del pueblo expresada en las urnas en el cantón Girón en marzo del 201912 y en el cantón Cuenca en febrero del 202113, cuando, a través de sendas consultas populares se prohibió la minería en esos cantones.

Inclusive si se argumenta a favor de dicha seguridad levantando el derecho a la propiedad, no se puede marginar que está -en cualquiera de sus formas- debe cumplir por igual una función ambiental y social, como dispone la Constitución en su artículo 321.

La mega-estafa económica de la minería

Este somero análisis se puede completar desnudando las supuestas ventajas económicas con las que se promueve la minería. Una lectura del festín minero del siglo XXI14 nos permite incluso señalar que la minería en términos económicos configura una gran estafa.

Por ejemplo, de la información oficial disponible para siete proyectos megamineros llamados “estratégicos” y de “segunda generación” (Mirador, Fruta del Norte, Loma Larga Kimsacocha, Río Blanco, Cascabel, Cangrejos, El Domo/Curipamba), se estima que de un total de $US 132 432 millones en ingresos-exportaciones totales que se obtendrían entre 11 y más de 50 años, al Estado ecuatoriano le llegarían solo $US 27 486 millones (por impuestos, regalías y demás); es decir, tendría una participación del 20,8% (aquí incluso cabría analizar posibles inconstitucionalidades si no se llega a cubrir el 50% de los beneficios totales que le corresponden al Estado). De hecho, considerando un año de máxima actividad megaminera en donde los siete proyectos analizados se encuentren operando, el ingreso promedio anual que llegaría al Estado sumari?a unos $US 876 millones, monto inferior a lo que se destinó en promedio en 2019 al pago mensual de salarios de los servidores públicos.

A esto se añadiría -entre otros pasivos ambientales- miles de millones de toneladas de lodos contaminados (relaves) y de desechos sólidos acumulados en escombreras generadoras de drenaje ácido de mina, cuya reparación y menos aún su restauración no se considera adecuadamente en los cálculos oficiales. Las cifras son contundentes. El volumen de exportación mencionado demanda movilizar material por más de 5 mil millones de toneladas. Teniendo en cuenta esta realidad el asunto se complica: solo si se calcula un costo de US$ 3 dólares por tonelada para el monitoreo, el ingreso estimado para el Estado se desinfla a la mitad; con un valor de $US 6, el beneficio del Estado practicamente desaparecería; y, si alcanzara $US 10, el Estado quedaría endeudado… y eso que no se considera los costos de la restauración como manda la Constitución, ni los costos de eventuales roturas de los diques de cola u otras afectaciones comunes en esta actividad extractivista (muy probables dados los contextos altamente riesgosos en los cuales se desarrollan los proyectos) y la consecuente limpieza de la contaminación asociada, a más de los graves impactos a las comunidades que están condenadas a vivir con esta amenaza.

A lo anterior se suma una débil capacidad de generar empleo. Según voceros de las empresas y el mismo Estado, los proyectos mineros generarían 32 mil plazas de trabajo directo. Dicha suma es menos del 0,4% del empleo en el Ecuador. De hecho, la megaminería no se destaca en generar empleo. Según la CEPAL a 2017 el sector solo representó el 1,8% de empleos en Chile y el 1,1% en Perú, dos grandes países megamineros de nuestra región.

Lo anterior no libera a la minería a pequeña escala y a la artesanal. Aquí la participación del Estado en los beneficios está aún mucho más lejana de cumplir con la disposición constitucional, artículo 408. Y en términos sociales y ambientales su impactos son sumamente graves, aunque -por su menor volumen- nada comparable a la mediana y gran minería.

En resumen, si no se detiene esta avalancha minera, al Ecuador le espera un nuevo saqueo protagonizado por los capitales transnacionales -en coordinación y complicidad con los gobiernos, los grandes medios de comunicación y otros portavoces de los grupos poder locales- pues el grueso de los ingresos totales de la minería terminará en las utilidades de un puñado de empresas, especialmente las grandes mineras, maestras en el ocultamiento de sus beneficios en sus “costos de operación” (que artificialmente se inflarán para reducir las cargas tributarias en el país). Tal resultado no es nada extraño si consideramos todo el andamiaje institucional favorable a las mineras transnacionales que dan la cara en países como Ecuador operando desde paraísos fiscales. El saldo, como bien conocemos de “la maldición de la abundancia”15 se cristaliza en el abuso y la corrupción, las violencias, así como muchas y graves afectaciones a la institucionalidad democrática.

Una falsa disyuntiva, minería legal o minería ilegal

Por último, el tema no es minería ilegal versus legal. La cuestión de la minería debe abordarse más allá de esa falsa dicotomía. Incluso muchas veces la minería formal puede lucrar de la informal. Además, la presencia de mineras “legales” tampoco es suficiente para desaparecer la minería ilegal, basta ver hacia Perú en donde, pese a existir desde hace ya muchos años una amplia actividad minera legal, la minería ilegal tiene exportaciones igualmente ilegales de oro por 2.600 millones de dólares anuales (la minería ilegal de este mineral representa el 28% del oro extraído en ese país), mientras que en otros países, también con actividades mineras legales, se repite una situación similar: Colombia con 2 mil millones de dólares de ventas externas ilegales, Brasil con 400 millones de dólares, de conformidad con el informe El Crimen Organizado y la Minería Ilegal de Oro en América Latina (2016); vale considerar que esta información es conocida y manejada ya desde hace tiempo por el antiguo Ministerio del Interior y por el Ministerio de Gobierno de Ecuador.

Esta constatación demuestra, por un lado, las interrelaciones entre las actividades legales e ilegales, pues muchas veces las empresas legales compran el mineral a las ilegales. Por otro lado, a más de la complicidad con el Estado, son inocultables las dificultades que tiene éste para hacer respetar sus normas. En el Plan Nacional de Desarrollo del Sector Minero, difundido en el segundo semestre del año 2020, en las páginas 109 a 111, se enlistan los lugares donde existe minería ilegal, ubicándolos de forma precisa. La pregunta que surge es porqué el Estado no interviene ante esta violación de las leyes. Y es aún mucho más angustiosa esta cuestión viendo la complicidad – incapacidad del Estado para frenar la minería ilegal y “legal” que está comiendo las bases de la ciudad de Zatuma en la provincia de El Oro.

Entonces, ¿qué hacer? El asunto no se resuelve solo cerrando la puerta a la mediana y megaminería. Hay que impedir que la minería informal e incluso la pequeña minería sean fuente de destrucción ambiental y de graves afectaciones sociales.

Los Derechos de la Naturaleza, puerta para un giro copernicano

Los derechos ecológicos, derivados de los Derechos de la Naturaleza, que no son lo mismos que los derechos ambientales, derivados de los Derechos Humanos, buscan proteger ciclos vitales y procesos evolutivos, no sólo las especies amenazadas o las áreas naturales. Se fijan en ecosistemas y colectividades, no solo en individuos. La justicia ecológica aspira a la persistencia y sobrevivencia de las especies y sus ecosistemas, como conjuntos, como redes de vida; una justicia que demanda, a su vez, posiciones éticas que erradiquen cualquier forma de tortura de los animales, más aún si trata de actividades de “distracción” de los humanos.

Más allá de indemnizar a los humanos por el daño ambiental, la vigencia de la justicia ecológica busca restaurar los ecosistemas afectados; implica también hacer realidad en todo momento el principio precautorio. Eso implica caminar hacia un pluralismo jurídico liberador, entendiendo siempre que el derecho es un terreno en permanente disputa. Y que cada ampliación de derechos, considerada un absurdo en un momento dado, demanda siempre de la acción política inspirada en el derecho a tener derechos.

De lo anterior se desprende que los Derechos de la Naturaleza, superando el ámbito jurídico, nos ponen en marcha incluso a la necesidad de entender en términos amplios el concepto de ciudadanía, integrado nuestra obligación -en tanto individuos y comunidades- para asumir el papel de representantes y garantes de la Madre Tierra.

De allí, además, nos veremos forzados a caminar hacia otra economía.16 No se trata de buscar un equilibrio entre economía, sociedad y ecología. El ser humano y sus necesidades deben primar siempre sobre la economía -más aún sobre el capital-, pero jamás oponiéndose a la armonía con la Naturaleza, base fundamental para cualquier existencia.

Cuestión que, a no dudarlo, que demanda acciones concretas en los territorios, como son las resistencias, garantizadas en el artículo 98 de la Constitución. Por igual urgen todas las respuestas jurídicas que sean necearias, como son las mencionadas consultas populares con las que en diversos lugares del país se defienden los territorios.

La tarea ahora es potenciar esta histórica sentencia de la Corte Constitucional sobre el caso del bosque protector Los Cedros.-

_________________________

1 Economista ecuatoriano. Compañero de luchas de los movimientos sociales. Profesor universitario. Ministro de Energía y Minas (2007). Presidente de la Asamblea Constituyente (2007-2008). Autor de varios libros. Pero sobre todo abuelo.

Nota: agradezco los comentarios y aportes de Fred Larreategui.

2 Consultar en Carlos Castro Riera, “La sentencia del bosque Los Cedros”, Diario el Mercurio, Cuenca, 22 de diciembre del 2021. Disponible en https://elmercurio.com.ec/2021/12/22/sentencia-bosque-los-cedros/

3 De una larga lista de notas periodísticas dejamos como muestra la siguiente: https://www.eluniverso.com/noticias/economia/camara-denuncia-inseguridad-juridica-por-parte-de-la-corte-consitucional-en-caso-los-cedros-en-imbabura-nota/

4 La sentencia de la Corte está disponible en https://www.corteconstitucional.gob.ec/index.php/boletines-de-prensa/item/1262-caso-nro-1149-19-jp-21-revisi%C3%B3n-de-sentencia-de-acci%C3%B3n-de-protecci%C3%B3n-bosque-protector-los-cedros.html

5 Ver el artículo de Juan Manuel Guayasamin, “Biodiversity conservation: local and global consequences of the application of “rights of nature” by Ecuador”. Disponible en https://www.tandfonline.com/doi/full/10.1080/23766808.2021.2006550

6 El agua está sacudiendo el planeta sobre todo luego de que el líquido vital entró a la bolsa de valores de Wall Street y que, en la actualidad, es uno de los puntos cruciales de la Convención Constitucional chilena empeñada en desmercatilizar el agua. Consultar el texto de Alberto Acosta y John Cajas Guijarro; “Wall Street líquido y sociedades sedientas. Aberraciones del capital”, diciembre 2020. Disponible en https://www.sinpermiso.info/textos/wall-street-liquido-y-sociedades-sedientas-aberraciones-del-capital

7 Basta mencionar el pronunciamiento de la etóloga y conservacionista Jane Goodall en apoyo del bosque protegido de Los Cedros, en Ecuador, a raíz de la histórica sentencia dictada por el máximo tribunal ecuatoriano que revoca los permisos de explotación minera y defiende los Derechos Constitucionales de la Naturaleza. Disponible en https://www.facebook.com/watch/?v=485669532884515&extid=NS-UNK-UNK-UNK-IOS_GK0T-GK1C&ref=sharing

8 Consultar al respecto el texto de Eduardo Gudynas; “En Chile está la novedad más importante y esperanzadora en ambiente y desarrollo del 2021”, Observatorio Latinoamericano de Conflictos Socioambientales, diciembre 2021. Disponible en https://olca.cl/articulo/nota.php?id=109132

9 Se puede leer la argumentación al respecto en el texto de Alberto Acosta; “¿Con complicidad de la Corte Constitucional? – Presidente Guillermo Lasso viola la Constitución”, julio 2021. Disponible en https://rebelion.org/presidente-guillermo-lasso-viola-la-constitucion/

10 Consultar en Ha-Joon Chang (2012); 23 cosas que no te cuentan sobre el capitalismo, DEBATE, España.

11 Aunque no se incluyó a la minería de pequeña escala y artesanal, se conocían sus graves problemas, y se esperaba que sería considerada en el nuevo marco normativo.

12 Ver en Alberto Acosta; “La naturaleza reta a la democracia – Ecos de la consulta de Kimsacocha”, marzo del 2019. Disponible en https://rebelion.org/ecos-de-la-consulta-de-kimsacocha/

13 Consultar en Alberto Acosta; “El Agua, fuerza motriz de la Naturaleza – Su emancipación por la senda de las consultas populares”, marzo del 2021. Disponible en https://www.aporrea.org/tiburon/a301480.html

14 Consultar en Alberto Acosta, John Cajas-Guiarro, Francisco Hurtado, William Sacher (2020): El Festín Minero del Siglo XXI – ¿Del ocaso petrolero a la pandemia megaminera, Abya-Yala, Quito. Disponible en https://www.pachamama.org.ec/wp-content/uploads/2021/03/FESTIN-MINERO.pdf

15 Consultar el libro del autor de estas líneas Acosta, (2009); La maldición de la abundancia, CEP, Swissaid y Abya–Yala. Disponible en http://www.rebelion.org/docs/122604.pdf

16 Recomiendo leer el artículo de Alberto Acosta y John Cajas-Guijarro (2020); “Naturaleza, economía y subversión epistémica para la transición”, en el libro Voces latinoamericanas: mercantilización de la naturaleza y resistencia social, editado por Griselda Günther y Monika Meireles, Universidad Autónoma Metrolita, México. Disponible en https://ecuadortoday.media/2021″/03/16/opinion-naturaleza-economia-y-subversion-epistemica-para-la-transicion/
https://olca.cl/articulo/nota.php?id=109140

Chile, Litio

Federación de Trabajadores del Cobre rechaza licitación del litio: «El Estado puede y debe hacer cargo de la explotación de este recurso»

El Mostrador 04/01/2022
Crédito: Reuters
En un comunicado, la Federación expresó su «total rechazo» a la licitación convocada por el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera «puede y debe hacerse cargo de la explotación y comercialización de este recurso natural estratégico, explotando sus propias pertenencias y los mejores depósitos de este mineral».

La Federación de Trabajadores del Cobre (FTC) cuestionó y rechazó la licitación del litio, anunciada en octubre por el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera y que busca producir 400 mil toneladas de litio metálico, dividido en cinco cuotas individuales. El proceso de ofertas cerró el 17 de diciembre y los resultados se revelarán el 14 de enero.

En un comunicado, la FTC reiteró su «total rechazo» a la licitación, indicando que “Chile es un actor relevante en la producción de litio a nivel mundial, con importantes ventajas competitivas generadas por sus bajos costos de producción en las salmueras, en comparación al resto de las operaciones en otros países”.

Por ello, indicaron que el Estado «puede y debe hacerse cargo de la explotación y comercialización de este recurso natural estratégico, explotando sus propias pertenencias y los mejores depósitos de este mineral que se encuentran actualmente en propiedad del mismo», añadiendo que es «imperioso» crear una Corporación Nacional del Litio.

“la Corporación del Cobre (Codelco), como empresa del Estado, está plenamente habilitada para explotar un recurso mineral no concesible, dispone de pertenencias en los Salares de Pedernales y Maricunga y su ley orgánica establece un giro amplio en materia minera”, añadieron.

«El Estado debe controlar la explotación del Litio en Chile, así como generar valor agregado a este recurso natural, promoviendo y reforzando una estrategia a mediano plazo para instalar en la sociedad chilena la necesidad de industrializar nuestro país, junto con terminar de inmediato con los contratos de arriendo a empresas que desde la dictadura militar y durante décadas, han gozado de utilidades extraordinarias”, continuaron.

Por último, indicaron que el futuro Gobierno del Presidente electo Gabriel Boric es «quien debe definir políticas de Estado, en coherencia con los objetivos trazados por la Convención Constituyente, orientados a obtener el máximo beneficio de la explotación de este recurso natural estratégico, en favor de las actuales y futuras generaciones de compatriotas”.
https://www.elmostrador.cl/dia/2022/01/04/federacion-de-trabajadores-del-cobre-rechaza-licitacion-del-litio-el-estado-puede-y-debe-hacer-cargo-de-la-explotacion-de-este-recurso/

Chile, Litio

«Robo de último minuto»: Bancada PPD ingresa recurso de protección para frenar licitación del litio

Alberto González
Gonzalo Olguín | RBB
04/01/2022
La Bancada de Diputadas y Diputados del PPD presentó un recurso de protección que busca frenar la licitación del litio, a menos de dos semanas de que se cierre el proceso de adjudicación de este mineral. Los parlamentarios acusaron un «robo en el último minuto».

Hasta los tribunales de Justicia acudieron parlamentarios de oposición, para intentar frenar la cuestionada licitación del litio, acusando un “robo en el último minuto”.

Recordemos que el Gobierno abrió un proceso de subasta para adjudicar contratos operativos para explorar y producir 400 mil toneladas de litio metálico para baterías, proceso que cerrará en dos semanas.

La decisión ha causado críticas en la oposición, que junto al equipo del presidente electo Gabriel Boric, han pedido postergar el proceso de licitación.
En esa línea, este martes la Bancada de Diputadas y Diputados del PPD presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago para detener la subasta, con una orden de no innovar.

Así lo explicó el presidente de la bancada, diputado Raúl Soto, quien sostuvo que es “absolutamente necesario frenar y oponernos a esta adjudicación que está llevando adelante entre gallos y medianoche el presidente Sebastián Piñera y el ministro de Minería, Juan Carlos Jobet”.

“Lo que está haciendo el gobierno del presidente Sebastián Piñera, es poner en riesgo el interés general de la nación y está poniendo por delante una vez más negocios e intereses privados”, señaló.

En ese sentido, aseguró que la decisión del Ejecutivo vulnera la exigencia de una Consulta Indígena previa, tal como lo indican los tratados internacionales firmados por nuestro país.

Pero además, afirmó que la decisión debería quedar en manos del futuro gobierno del presidente electo, Gabriel Boric, tomando en cuenta además lo que pueda suceder en la Convención, donde se fijarán nuevas normas respecto a los recursos naturales.
Parlamentarios exigen nacionalizar el litio

En esa línea, el diputado Esteban Velásquez, quien además es presidente de la Comisión de Minería de la Cámara, recordó la polémica de 2018, con el entonces vicepresidente de Corfo, Eduardo Bitrán.

Este último, debió firmar un acuerdo con SQM, tras el conflicto judicial que se generó luego que le exigiera a la minera propiedad de Julio Ponce Lerou, terminar anticipadamente con el contrato por la explotación del recurso.

Al respecto, Velásquez sostuvo que el mejor camino para recuperar los recursos mineros es nacionalizarlos, especialmente luego que la Contraloría informara que no hay vicios de ilegalidad en la licitación del Gobierno.

“No hay acto más patriótico que nacionalizar el cobre y el litio, tiene que darse esa discusión porque si no va a seguir ocurriendo esto”, sostuvo.
Diputados acusan “robo” y piden hacer consulta indígena

Más dura, la diputada Cristina Girardi acusó un “robo”, aludiendo al dicho mexicano para el último año de Gobierno, que se le dice “el año de Hidalgo”.

“Los mexicanos hablan del año de Hidalgo y dicen ‘pendejo el que no roba algo’, y esto es un robo, es un saqueo. El litio es un recurso natural estratégico para Chile y hay un grupo de empresarios que quieren aprovechar hasta el último minuto para apropiarse de este recurso”, aseguró.

“Esto es un robo, al último minuto, en el año de Hidalgo, se están robando uno de los recursos más importantes y más estratégicos del país”, cuestionó Girardi.

El diputado Ricardo Celis, en tanto, exigió una consulta indígena tomando en cuenta que la explotación del mineral necesita usar una importante cantidad de agua.

“Son dos bienes públicos estratégicos que están en cuestión, el agua y el litio. Y esto se está haciendo en áreas de influencia de comunidades indígenas, por lo tanto es imprescindible que se haga una consulta indígena para entregar a empresarios un bien estratégico”, sentenció.

Firmaron el recurso de protección las y los diputados del PPD Raúl Soto, Carolina Marzán, Tucapel Jiménez, Cristina Girardi, Tucapel Jiménez, Andrea Parra, y Rodrigo González, y los independientes René Alinco y Ricardo Celis.
https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/chile/2022/01/04/robo-de-ultimo-minuto-bancada-ppd-ingresa-recurso-de-proteccion-para-frenar-licitacion-del-litio.shtml

Perú

Enfoque dialogante de Perú sería más eficaz en conflicto minero

María Cervantes y James Attwood
05/01/2022
(Bloomberg) — Las empresas mineras en Perú están comenzando a sumarse a un nuevo enfoque más suave para resolver los conflictos sociales que amenazan a algunas de las mayores operaciones del mundo de cobre, zinc y plata, según un alto funcionario del Gobierno.

Los Gobiernos anteriores tendían a enviar militares para hacer frente a las protestas mineras, lo que provocó heridos, muertes y un resentimiento latente entre las comunidades rurales aisladas. La nueva estrategia de respetar el derecho a protestar mientras se negocian acuerdos duraderos puede llevar más tiempo, pero está comenzando a dar sus frutos, dijo el martes por la noche la primera ministra, Mirtha Vásquez, en una entrevista.

“Las empresas están en un interesante proceso de reflexión”, dijo. “Aunque estos caminos se vean más largos, no hay mejor escenario para ellos de inversión que estos escenarios sostenibles de tranquilidad”.

El Gobierno del presidente socialista Pedro Castillo fue criticado por la industria por su manejo de una gran cantidad de demandas de la comunidad que van desde el cierre de algunas minas por preocupaciones ambientales hasta compartir más los beneficios económicos. Las tensiones alcanzaron su punto máximo el mes pasado con el cierre de Mina Las Bambas de MMG Ltd. en medio de bloqueos a lo largo de una carretera utilizada para enviar cobre al puerto.

Pero finalmente se llegó a un acuerdo preliminar con las comunidades para levantar los bloqueos de carreteras y permitir la reanudación de las operaciones. Eso está ayudando a aliviar las tensiones en un país del que depende el mercado del cobre para ayudar a satisfacer la creciente demanda en la transición hacia la energía limpia.

Castillo, un exlíder sindical que llegó al poder por un amplio voto rural, quiere reemplazar sangrientas batallas del pasado con diálogo, soluciones a la medida, una mayor presencia estatal para asegurar el cumplimiento y prevenir estallidos, y canalizar más recursos hacia áreas de alto nivel de conflicto, dijo Vásquez.

Las Bambas “está bastante abierta a entrar en este nuevo modelo, a discutir cómo incorporar a las personas a la cadena de valor y generar menor impacto en la población”, dijo.

Otras empresas atrapadas en conflictos sociales, como Hochschild Mining Plc, también han agradecido la oportunidad de mejorar los procesos, dijo la primera ministra. Algunos en la industria continúan pensando que el Estado está ahí para reprimir, dijo. “A estas personas se les debe demostrar que la mano dura no ha funcionado”.

El Gobierno está trabajando con el Banco Mundial en formas de fortalecer progresivamente la supervisión ambiental, con sanciones para los incumplidores y reglas más estrictas para las áreas vulnerables, especialmente frente al cambio climático. También está preparando un estándar para áreas protegidas para prevenir la minería ilegal y quiere redistribuir los ingresos fiscales de la industria.

“Queremos revisar el canon minero para que los recursos que provienen de la actividad extractiva vayan realmente a las comunidades más cercanas a esta actividad”, dijo.
https://es-us.vida-estilo.yahoo.com/enfoque-dialogante-per%C3%BA-eficaz-conflicto-151449240.html

Chile, Litio

Doctor Gonzalo Gutiérrez: “Esta licitación del litio es ciertamente inoportuna”

El coordinador de la “Red Litio y Salares: Ciencia y Futuro”, además de integrante de la Comisión Nacional del Litio en 2015, señaló que el proceso impulsado por el Gobierno no cuenta con bases científicas sólidas. Además, indicó que podría perjudicar el debate al interior de la Convención Constituyente, que se espera cree un marco para la explotación y el desarrollo de la energía a partir del elemento.
Diario Uchile
04/01/2022
Como un proceso inoportuno calificó el doctor en Física y coordinador de la “Red Litio y Salares: Ciencia y Futuro”, Gonzalo Gutiérrez, el impulso que le ha dado el Gobierno a la adjudicación a privados de 400 mil toneladas del mineral antes del cambio de administración el próximo 11 de marzo.

“Esta licitación del litio por 400 mil toneladas en cualquier parte del país, es ciertamente inoportuna y es muy extraño que se esté haciendo tan rápido. Ésta es una licitación por 30 años, los primeros siete que pueden ser extensibles a nueve, son para hacer exploración de litio y seguramente va a ser en alguno de los 60 salares que hay en Chile, más allá del propio salar de Atacama, que ya tiene una cuota de explotación bastante grande y prácticamente ya no caben faenas ahí”, explicó el docente de la Facultad de Ciencias de la Universidad de Chile.

En conversación con el director de nuestra emisora, Patricio López, Gutiérrez indicó que uno de los intereses que tendría la actual administración es perjudicar el trabajo que está realizando la Convención Constituyente, espacio que, dijo, se espera pueda crear un nuevo marco para la explotación y desarrollo de este elemento.

“Es una manera de obstaculizar el trabajo de la Convención Constitucional y las propias políticas que ha dicho el Presidente electo Gabriel Boric. ¿Por qué? Porque la Convención Constitucional está en una discusión profunda. Uno de los temas que va a tener que discutir es cuál es el destino de nuestros bienes naturales estratégicos, uno de ellos es el litio. Y por supuesto ahí hay distintas posibilidades”, planteó el científico.

Otro tema es que las empresas mineras que se adjudiquen estos contratos de arrendamiento estarían lejos de querer concretar la explotación del litio, debido a que sólo el Salar de Atacama cuenta con la infraestructura suficiente y además con el mineral de más alta ley o calidad en comparación con el que hay en otros yacimientos del país.

Por eso, lo que buscarían estas compañías es hacer especulación financiera gracias al contrato que suscribirían con el Estado.

“Esto podría significar granjerías a empresas que ya tienen faenas mineras, en términos de darle mayor valor a sus activos, a sus acciones, porque ellos pueden decir ‘mire, ahora tengo permiso para explotar litio’, pero no lo explotan. Esto pasa mucho en la minería. Entonces con eso especulan, venden una empresa a un valor más caro porque ahora tienen permiso para explotar litio, pero no tienen ningún interés en explotarlo”, precisó.

Gutiérrez agregó que en el Salar de Atacama hay dos empresas instaladas explotando litio gracias a los contratos suscritos con el Estado a través de la Comisión Nacional de Energía Nuclear. Una es la norteamericana Albemarle que produce el 20 por ciento del litio y la otra es SQM, controlada por Julio Ponce Lerou, que es la principal productora y tiene sobre el 25 por ciento del litio a nivel global.

El especialista comentó que “si es que uno tuviera una visión de país, habría que hacer alianzas estratégicas con empresas que requieran litio a largo plazo y a un precio preferencial. Para negociar con esas empresas, pongo por ejemplo, BMW, Mercedes Benz, Tesla, empresas chinas, Mitsubishi o Toyota, lo que necesitas es una negociación a nivel de Estado, necesitas esa espalda. Y por lo tanto quien debe llevar esas negociaciones es el Estado. Y para eso debe crearse una Empresa Nacional del Litio, al estilo de Codelco, que tome en sus manos el tema”.

Para el docente de la Universidad de Chile, una de las condiciones para la instalación en nuestro país de esas grandes compañías internacionales es que estén “abiertos al ecosistema científico-técnico del país, con nuestros ingenieros, con nuestros doctores en ciencia, con nuestros emprendedores, con nuestros empresarios. Esa es una manera en que se puede desarrollar el litio y que se planteó el 2015” en la Comisión Nacional del Litio donde participaron 20 personalidades ligadas a este sector, entre ellos empresarios, trabajadores, comunidades, el ex ministro de Minería de la dictadura Samuel Lira y el economista de Cenda Manuel Riesco, además del propio Gonzalo Gutiérrez.

“El litio permite abrirnos. El principal desarrollo tecnológico del litio hoy son las baterías que permiten entrar a la cresta de la ola en términos de electromovilidad y de mitigar el cambio climático, pasar de los combustibles fósiles a energías renovables como la fotovoltaica, que necesita ser almacenada en baterías de litio. Y Chile tiene la llave para hacer eso. Ojalá no desperdiciemos esta oportunidad”, concluyó el doctor en Física.

Doctor Gonzalo Gutiérrez: “Esta licitación del litio es ciertamente inoportuna”

Mexico

Senador González: “Recursos mineros deben retornar a las comunidades”

Yazmin Ramirez 04/01/2022
Por ello, presentó una iniciativa para crear consejos municipales ciudadanos que tengan la facultad de aplicar directamente los ingresos que se obtengan en la recaudación de derechos por la minería.

El senador Alejandro González Yáñez consideró que una porción de los recursos que genera la minería debe destinarse directamente a las comunidades mineras, a través de transferencias directas y sin intermediarios, con el objetivo de canalizar recursos para educación, protección de la salud, construcción, mantenimiento de caminos, calles y carreteras.

Para ello, el legislador del Partido del Trabajo (PT) presentó una iniciativa para crear consejos municipales ciudadanos que tengan la facultad de aplicar directamente los ingresos que se obtengan en la recaudación de derechos por la minería y reducir el riesgo de actos de corrupción en el ejercicio de éstos.

Explicó que, la minería es sumamente importante para el crecimiento económico de México, pero está actividad debe ser socialmente responsable y respetar los derechos de los habitantes de las zonas en las que se desarrolla, en especial de los pueblos originarios.

“Me encuentro completamente comprometido con la lucha por el desarrollo de las comunidades y municipios mineros, los cuales han sido víctimas del saqueo y el despojo desde la época virreinal”, resaltó.

De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, el sector minero-metalúrgico es sumamente importante para el crecimiento económico de México. Durante 2020, la minería representó 8.3 por ciento del Producto Interno Bruto industrial y generó 2.3 por ciento del PIB nacional.

Hasta 2018, en nuestro país había tres mil 97 unidades económicas mineras no petroleras en las que laboraban 141 mil 782 personas.
https://www.rumbominero.com/mexico/senador-gonzalez-recursos-mineros-deben-retornar-a-las-comunidades/

Perú

Distribución del canon minero confronta a alcaldes arequipeños Tiabaya y Sachaca

Takeshi Chacon 04/01/2022
Alcaldes Miguel Ángel Cuadros y Emilio Díaz Pinto (Fuente cortesía La República)
Burgomaestre de Sachaca a favor de modificar fórmula de reparto; pero su homólogo de Tiabaya exige dar prioridad a las áreas de influencia.

Los alcaldes de los distritos vecinos de Tiabaya y Sachaca, en Arequipa, tienen puntos de vista diferentes sobre la distribución del canon minero.

De acuerdo con La República, el alcalde Tiabaya, Miguel Ángel Cuadros, consideró mantener la actual fórmula que privilegia a zonas de influencia.

Tiabaya se encuentra cerca del proyecto Cerro Verde de Freeport-McMoRan.

“Hay zonas de influencia y una mina, queramos o no, generan malestar en la población (…) las zonas de influencia deben ser las mejor atendidas con recursos de canon”, dijo Cuadros.

Añadió que un impacto es el alto tránsito de vehículos mineros que pasan por el distrito; y en esa línea comentó que en el 2021 su distrito recibió cerca de S/ 19 millones.
Otra posición

En tanto, el burgomaestre de Sachaca, Emilio Díaz Pinto, señaló que es necesaria una reformulación del reparto.

“Me parece injusto. Nosotros recibimos una tercera parte de lo que recibe Tiabaya, Uchumayo o La Joya. Y por acá pasan todos los buses que van a Cerro Verde)”, afirmó.

Díaz Pinto también criticó a la compañía minera Cerro Verde, por no apoyar en la refacción de vías -que según la autoridad- son desgastadas por los carros mineros.

Indicó, según La República, que desde la empresa extractiva solicitaron detener una obra de saneamiento que dificultaría el paso de sus vehículos.

Sin embargo, Miguel Ángel Cuadros corrigió a su homólogo y refirió que desde la minera hay buena disposición.

“Cerro Verde sí quiere apoyar en la construcción de un puente entre mi distrito y Hunter, que también sería usado por los vehículos que se dirigen a Cerro Verde”, puntualizó.
https://www.rumbominero.com/peru/noticias/mineria/distribucion-canon-minero-alcaldes-tiabaya-sachaca/

Chile

Tribunal Ambiental rechaza reclamación presentada en contra de proyecto Playa Verde de Chañaral

El fallo, tuvo los votos a favor de los ministros Juan Opazo y Fabrizio Queirolo, mientras que el ministro Mauricio Oviedo estuvo por acoger la reclamación en atención a que el proyecto carece de información de base que hace imposible su evaluación ambiental.
03/01/2022
Por dos votos a favor y uno en contra, el Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación que buscaba invalidar en su totalidad la evaluación ambiental del proyecto Playa Verde de Chañaral.

El fallo, tuvo los votos a favor de los ministros Juan Opazo y Fabrizio Queirolo, mientras que el ministro Mauricio Oviedo estuvo por acoger la reclamación en atención a que el proyecto carece de información de base que hace imposible su evaluación ambiental.

En esta causa se determinaron tres controversias respecto al proceso de evaluación ambiental del proyecto. La primera de ellas en relación con las observaciones ciudadanas y su no consideración por parte del Servicio de Evaluación Ambiental, SEA. La segunda respecto del alcance de las facultades del Comité de Ministros y; la tercera, que dice relación con información requerida por este comité y que no se encuentra en el proceso de evaluación.

Luego del análisis efectuado por el tribunal, en el fallo se explica que “no se puede sostener que no se consideraron las observaciones ciudadanas” porque cuando esto es reclamado ante el Comité de Ministros, este ordena al SEA retrotraer la evaluación y complementar con información faltante, lo que permite incluso incorporar nuevas exigencias a la empresa.

Respecto a la segunda controversia, en primer término se precisa el alcance de las facultades que la ley le otorga al Comité de Ministros y se aclara que – a juicio de los magistrados- se ha estimado que “puede abarcar desde rechazar el proyecto, hasta establecer condiciones o exigencias para su realización, teniendo la posibilidad también de subsanar evaluaciones defectuosas que no hayan considerado todos los eventuales impactos presentes, pudiendo incluso retrotraer la evaluación para que esta sea complementada o subsanada en la misma sede administrativa, tornando el proceso de evaluación ambiental de esta manera más eficiente”.

Además, se establece que otra de las características del comité es su carácter discrecional en sus decisiones, el que está limitado a evaluar los impactos que han sido identificados en el proceso de evaluación ambiental y no aquellos que no fueron detallados.

La sentencia, hace hincapié en que la autoridad administrativa no rechazó el proyecto por información insuficiente por lo cual no se puede revisar el mérito de esa decisión, y enfatiza en que el sistema de evaluación acepta la revisión de parámetros en distintos momentos y que el proceso no es necesariamente lineal, “lo que permite concluir que retrotraer el proceso a una etapa anterior se encuentra completamente ajustado a derecho”.

“La amplitud de las competencias del Comité es una materia reiteradamente establecida por la Excelentísima Corte Suprema, ya que en conformidad a lo establecido en el artículo 20 de la Ley N°19.300 ha sostenido que su competencia es amplia, incluyendo tanto la revisión formal como de mérito, pudiendo incluso modificar las RCA, e imponer condiciones, exigencias y medidas”.
Certezas

Finalmente, la tercera controversia también es rechazada por los magistrados, fundamentando su postura en que “no resulta lógico considerar un modelo de evaluación (ambiental) rígido que no permita deambular en los diferentes requerimientos que cada proyecto exija, aún más si se considera que conforme avanza la ciencia, tecnologías y conocimientos técnicos, sumado a la demora institucionalizada en las evaluaciones ambientales, van a aparecer nuevas soluciones o problemas asociados”.

Se expresa, además, que la institucionalidad ambiental está llamada a entregar certeza a los distintos actores que participan, como el titular de un proyecto, comunidad y Estado. “Para estos sentenciadores el espíritu de la norma precisamente dice relación con que cada proyecto debe superar aquel estándar mínimo exigible, pero luego, debe procederse a un diseño mancomunado del estándar concreto al proyecto en estudio. Aquí se requiere la participación de todos los actores involucrados en el proyecto como de aquellos respecto de los cuales este generará efectos, pasando por la opinión de los organismos especializados en materia ambiental que conforman esta institucionalidad y bajo el rol coordinador del Servicio de Evaluación Ambiental”.

Uno de los aspectos cuestionados por el reclamante había sido el posible impacto a la salud de la población, lo que fue descartado en el fallo, ya que se estipula que “el titular deberá realizar todas aquellas adecuaciones o complementaciones necesarias para que el proyecto sea viable ambientalmente” y que en este caso el Comité de Ministros resolvió que la empresa incorporara antecedentes técnicos “suficientes y adecuados” para evaluar el eventual riesgo para la salud de la población derivado del manejo de residuos propuestos por el proyecto”.

También, el tribunal ante las dudas sobre la afectación a aguas marinas y subterráneas, luego de hacer un análisis de los antecedentes entregados por la empresa y los organismos técnicos, explica que “la mayoría de las materias abordadas se encuentran contenidas en los diferentes apartados del expediente de evaluación ambiental y que el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, SEIA, permite enmendar y complementar la información faltante o nueva”.
Voto disidente

El voto disidente del ministro Mauricio Oviedo dice relación con lo que este magistrado considera como un “vicio de nulidad” respecto a la resolución impugnada por el reclamante, ya que explica que el Comité de Ministros se atribuye potestades que no detenta al ordenar retrotraer el proceso de evaluación ambiental con el objeto que se complemente información, lo que no se ajusta a las atribuciones que tiene ya que el procedimiento “únicamente permite aclarar, rectificar o ampliar información acompañada oportunamente, más no agregar tardíamente información mínima o de base de aquella que permite a la Administración hacer una correcta evaluación de impactos y sus consecuentes medidas”.

El ministro Oviedo asegura que no se pueden disponer trámites o diligencias no contempladas en evaluaciones sucesivas o extemporáneas de proyectos o actividades que han ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), con información de base deficiente o derechamente inexistente.
https://www.mch.cl/2022/01/03/tribunal-ambiental-rechaza-reclamacion-presentada-en-contra-de-proyecto-playa-verde-de-chanaral/