Mexico

Pueblos organizados de Chiapas y Puebla frenan, Ley en mano, 4 minas; nunca los consultaron

Comunidades de Chiapas y Puebla lograron frenar cuatro importantes proyectos mineros a los que venían oponiéndose desde el año 2015 por considerar que violaron sus derechos al no ser consultados cuando se otorgaron las concesiones.

Este domingo, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) suspendió de manera total las actividades del proyecto denominado: “Aprovechamiento Integral de Recursos Minerales ubicado en el Ejido Nueva Francia” del municipio de Escuintla, Chiapas. La Profepa decidió sancionar a la empresa minera Obras y proyectos Mazapa SA de CV, extractora de titanio, por carecer de autorización en materia de cambio de uso de suelo de terrenos forestales que expide la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), además de la apertura de brechas y caminos de acceso con una afectación aproximada de 5 mil 629 metros cuadrados, donde se removió suelo y vegetación forestal.

Desde 2015, habitantes de Nueva Francia se unieron al Frente Popular en Defensa del Soconusco (FPDS), que se mantiene en resistencia de 21 concesiones mineras promovidas por el Gobierno estatal y federal en los municipios de Acacoyagua y Escuintla.

El Frente conformado por habitantes de los dos municipios afectados se comprometieron a defender la tierra y proteger ecosistemas importantes para la biodiversidad chiapaneca como lo son: los ríos Cacaluta y Jalapa, el Bosque de Niebla de la Reserva de la Biósfera del Triunfo y de los manglares de la Encrucijada.

Los habitantes desde hace tres años han demandado la presencia de la Profepa y de la Comisión Nacional del Agua (Conagua) para que verificar el impacto ambiental que ocasionan cada una de estas empresas en su territorio.

A tres años de protesta, la Profepa realizó una inspección el 14 de febrero del 2018 a Nueva Francia, en la que constató que el Proyecto no cuenta con autorización en materia de cambio de uso de suelo expedida. Además, observó la afectación de aproximadamente 5 mil 629 metros cuadrados.“Se considera hubo remoción de suelo y vegetación hubo remoción de suelo y vegetación de las especies Tepenahuaste, Laurel (Hormiguillo), Capulín (Prunus salicifolia), Chile Blanco, Castaño (Castanea sativa), Hormiguillo (Cordia alliodora) y Zacate insurgente”, indicó el comunicado.

El Proyecto consta de una superficie de 3.3 hectáreas, dentro de las cuales se llevó a cabo la apertura de brechas o caminos de acceso, con una longitud aproximada de 804 metros y un ancho promedio de 7 metros.

EN PUEBLA AMPARAN A COMUNIDADES

Integrantes del pueblo Maseual (nahua) de la Sierra Nororiental de Puebla obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que afectan principalmente sobre los municipios de Tlatlauquietepec, Yahonoahua y Cuetzalan.

La sentencia, otorgada el pasado 26 de septiembre por el Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas.De acuerdo con un comunicado difundido por el Centro Nacional de Comunicación Social AC (Cencos), en marzo del 2015 el pueblo Maseual interpuso una demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva y por mandato de la Asamblea, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

Después de varios años de litigio, el pueblo maseual obtuvo una sentencia favorable donde se le ordena a la Secretaría de Economía (SE): dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería; llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.En septiembre de 2014, tres mil indígenas maseual reunidos en asamblea en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, ejercieron su derecho a la autonomía y encomendaron al Consejo Maseual Altepetajpianij llevar a cabo las acciones necesarias para la defensa del territorio.

Con la asesoría del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se presentó la demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de los derechos del pueblo maseual a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras referidas.

En la sentencia, el Juzgado reconoció tal ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo del pueblo Maseual.Con base en el peritaje en impacto ambiental, la Jueza reconoció que la actividad minera “conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje”.

Este fallo judicial, destacó Cencos, “deja en claro que el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado y modificado, pues es imprescindible que se garantice la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables y no se interfiera con con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”.

De acuerdo con datos del Sistema Nacional sobre Economía Minera, en México operan un total de 345 mineras, de las cuales 21 son mexicanas.

Un documento de Fundar, Centro de Análisis e Investigación AC, cita cifras de la SE: hasta julio de 2016, existían en toda la República Mexicana 25 mil 178 títulos de concesiones mineras vigentes en 22 millones de hectáreas.

Fuente: http://www.sinembargo.mx/01-10-2018/3478868
Mexico

Logran pueblos frenar proyectos de mineras

Indígenas nahuas de la Sierra Norte de Puebla ganaron un amparo que ordena el alto de actividades por parte de tres concesiones mineras ubicadas en los municipios de Tlatlauquitepec, Yahonoahua y Cuetzalan, resolución que, además, sienta un precedente para otras causas similares en el territorio poblano, según información confiada por indígenas consultados.

A través de un comunicado difundido por el Centro Nacional de Comunicación Social AC (Cencos) la noche del pasado domingo, los promotores de esta causa señalaron que el pasado 26 de septiembre, integrantes del pueblo maseual obtuvieron un amparo y protección de la justicia, en contra de las concesiones mineras.

De esta forma, las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, ya no tienen efecto e los tres municipios ya mencionados, luego de la resolución del juzgado quinto de distrito en materia de amparo civil, administrativa y de trabajo y de juicios federales en el estado de Puebla, que concedió el amparo y protección de la justicia al pueblo maseual.

La sentencia ordena a la Secretaría de Economía dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería; también ordena llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y, por último, emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.

En la sentencia, el juzgado reconoció el ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo de la comunidad de la Sierra Norte de Puebla.

Asimismo, con base en el peritaje en impacto ambiental, la jueza reconoció que la actividad minera “conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación (sic) de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje”.

Desde marzo del 2015 el pueblo maseual interpuso esta demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

«Este fallo judicial deja en claro que el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado y modificados, pues es imprescindible que: se garantice la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables y no se interfiera con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”, destacó la fuente.

Fuente:https://www.elpopular.mx/2018/10/01/municipios/logran-pueblos-frenar-proyectos-de-mineras-190713

 

Mexico

Mineras aprovecharían transición para obtener permisos de SEMARNAT

La empresa minera Candelaria Mining Group podría aprovechar el “vacío de poder” para buscar el permiso que le permita la explotación minera en Veracruz, denunció el integrante de La Asamblea Veracruzana de Iniciativa y Defensa Ambiental (La Vida), Guillermo Rodríguez Curiel.

El activista ambiental Guillermo Rodriguez señaló que la empresa canadiense aprovecharía el tiempo del cambio de administración para que su trámite pase desapercibido y no sea suspendido por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

La empresa realizó una solicitud – mediante una de sus filiales- para la barrendación y búsqueda de este mineral

“Ingresas la solicitud y corre la ley a partir de eso, y en ese tránsito es que se puede dar un albazo y que nos levantemos con la sorpresa de que el actual secretario de SEMARNAT firme para entregar todos los bienes como lo hizo Peña Nieto con los decretos del agua”, aseguró.

Esto luego de conocerse que la empresa Roca Verde Exploración de México SA de CV, filial de Gold Group, solicitó a SEMARNAT un permiso para la barrendación en búsqueda de oro en el municipio de Las Minas.

Además recordó que en dos ocasiones la sociedad civil, científicos, académicos e incluso la iglesia católica han mostrado que Veracruz no es viable para los trabajos de minería, pues en la zona que se pretende instalar existe una biodiversidad de 350 especies de flora y fauna.

El cabildo de Alto Lucero mencionó que tampoco darán facilidades para la explotación con fines de lucro de agua

Aunado a ello 17 municipios veracruzanos se han pronunciado libres de minería tóxica, además se está en espera que otros tres ayuntamientos se sumen a esta causa.

En el mismo sentido, mencionó que el próximo 4 de octubre se reunirán con el gobernador electo, Cuitláhuac García Jiménez para solicitarle que toda la entidad se pronuncie libre de minería tóxica.

Una de las voces que se han declarado en contra de la explotación minera es el escritor y periodista Juan Villoro, quien criticó a los gobiernos locales, quienes aseguró, son cómplices de las empresas norteamericanas al permitir su establecimiento en zonas que dañan a la naturaleza a cambio de ganancias a corto plazo, pero «terribles para el futuro».

Fuente:http://www.e-veracruz.mx/nota/2018-09-30/ecologia/mineras-aprovecharian-transicion-para-obtener-permisos-de-semarnat

Mexico

Amparan a comunidades indígenas de la Sierra Nororiental de Puebla contra mineras

La sentencia sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas

Integrantes del Pueblo Maseual (nahua) de la Sierra Nororiental de Puebla obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que inciden principalmente sobre los municipios de Tlatlauquietepec, Yahonoahua y Cuetzalan.

El Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla concedió el pasado 26 de septiembre la protección de la justicia a las comunidades de esa región, lo cual sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas.

En marzo del 2015, el Pueblo Maseual interpuso dicha demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva y por mandato de la Asamblea, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo, fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

Después de varios años de litigio, el pueblo maseual obtuvo una sentencia favorable donde se le ordena a la Secretaría de Economía: (I) dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería; (II) llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y (III) emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.

En septiembre de 2014, tres mil indígenas maseual reunidos en asamblea en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, ejercieron su derecho a la autonomía y encomendaron al Consejo Maseual Altepetajpianij llevar a cabo las acciones necesarias para la defensa del territorio.

Con la asesoría del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se presentó la demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de los derechos del pueblo maseual a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras referidas.

En la sentencia, el Juzgado reconoció tal ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo del Pueblo Maseual.

Con base en el peritaje en impacto ambiental, la Jueza reconoció que la actividad minera:

«conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje».

Fuente:https://megalopolismx.com/noticia/44970/amparan-a-comunidades-indigenas-de-la-sierra-nororiental-de-puebla-contra-mineras

Mexico

Ganan amparo contra tres concesiones mineras en Sierra Norte de Puebla

Integrantes del Pueblo Maseual (nahua) de la Sierra Nororiental de Puebla obtuvieron un amparo y protección de la justicia en contra de las concesiones mineras Atexcaco I, Atexcaco II y Macuilquila, que inciden principalmente sobre los municipios de Tlatlauquietepec, Yahonoahua y Cuetzalan; informó Altepetajpianij Consejo Maseual.

El Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla concedió el pasado 26 de septiembre la protección de la justicia a las comunidades de esa región, lo cual sienta un precedente importante respecto de la minería en territorios indígenas.

En marzo del 2015, el Pueblo Maseual interpuso dicha demanda de amparo después de varios procesos de reflexión colectiva y por mandato de la Asamblea, que determinó defender el territorio ancestral y por lo mismo reclamar los actos de autoridad.

La decisión de interponer esta demanda de amparo, fue por considerar que estos actos de autoridad constituyen una grave violación al derecho del pueblo maseual a la libre determinación y control de su territorio, derechos de los pueblos indígenas consagrados en la Constitución Mexicana y en varios tratados internacionales ratificados por México.

Después de varios años de litigio, el pueblo maseual obtuvo una sentencia favorable donde se le ordena a la Secretaría de Economía:

(I) dejar sin efectos las tres concesiones mineras, así como su inscripción en el Registro Público de Minería;

(II) llevar a cabo una consulta previa, informada, culturalmente adecuada, y de buena fe; y,

(III) emitir un nuevo pronunciamiento respecto la procedencia de las concesiones.

En septiembre de 2014, tres mil indígenas maseual reunidos en asamblea en la comunidad de Zacatipan, municipio de Cuetzalan del Progreso, Puebla, ejercieron su derecho a la autonomía y encomendaron al Consejo Maseual Altepetajpianij llevar a cabo las acciones necesarias para la defensa del territorio.

Con la asesoría del Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), se presentó la demanda de amparo alegando la inconstitucionalidad de la Ley Minera, así como la violación de los derechos del pueblo maseual a la autodeterminación y al control de los recursos naturales por la expedición de las concesiones mineras referidas.

En la sentencia, el Juzgado reconoció tal ejercicio de autodeterminación, junto con los peritajes en antropología, impacto ambiental y topografía y agrimensura, para corroborar el interés legítimo para acudir al juicio de amparo del Pueblo Maseual.

Con base en el peritaje en impacto ambiental, la Jueza reconoció que la actividad minera:

“conlleva afectaciones en el ecosistema y sus habitantes, que transitan desde un impacto negativo en la biodiversidad, flora, fauna, en el ciclo hidrológico, sistema hidrogeológico, (subterráneo y superficial), calidad del agua, composición del suelo, agricultura, servicios de aprovisionamiento, de regulación de clima, de crecidas, de inundaciones, de control de erosión, depositación de sedimentos, sequías, regulación de enfermedades, purificación del agua y fertilización de suelos; hasta influencia relevante en la calidad del aire, ruido y modificación de la topografía y del paisaje”.

Para el Consejo Maseual “la sentencia sienta un precedente importante respecto a la minería en territorios indígenas”.

Los defensores de los pueblos indígenas  señalaron que “el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado para garantizar la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables y para no interferir con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”.

Subrayaron que este “fallo judicial deja en claro que el marco jurídico de la minería en México debe ser revisado y revisado, pues es imprescindible que:

1.- Se garantice la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades equiparables;

2.-No se interfiera con el control cultural de los recursos naturales tradicionalmente manejados”.

Igualmente este fallo “se una a otras decisiones del Poder Judicial de la Federación, que han contribuido a la construcción del Estado pluricultural en México y que los poderes Legislativos y Ejecutivos están llamados a atender”; precisaron.

 

Fuente:https://regeneracion.mx/ganan-amparo-contra-mineras-en-sierra-norte-de-puebla/

Mexico

Alertan abogados estrategias de privatización de tierras colectivas en México

México es una excepción en el mundo. Alrededor de 50% de su territorio nacional es compuesto por propiedad colectiva, o sea, tierras ejidales o comunales. “Esta proporción no se repite en ningún otro país del mundo. El país que más se acerca a México es Bolivia, que tiene 33% de propiedad social”, aclara para Avispa Midia la abogada Claudia Gómez Godoy, especialista en Derechos Humanos y Pueblos Indígena e integrante de la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA).

“La función de los ejidos y comunidades no es solamente para la producción de alimentos sino como lugares de residencia y sustento de las poblaciones indígenas y campesinas, así como espacios de reproducción cultural, identitaria y de organización político-administrativa”, así describe el Informe llamado Jurisdicción Agraria y los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas y Campesinos en México, que tiene como coautora a Godoy.

La figura de los ejidos y de las comunidades surgieron en México con el reparto agrario impulsado tras la lucha revolucionaria iniciada en 1910 y nacieron con el carácter inalienable, intrasmisible, imprescriptible, inembargable e indivisible.

La protección a la propiedad social empezó a vulnerarse en 1992, con la reforma del artículo 27 de la Constitución mexicana que rige los bienes y recursos de la nación, incluyendo la tierra, el subsuelo y las aguas. La reforma tuvo varios objetivos, entre ellos finalizar el reparto de tierras vía la reforma agraria iniciada en 1915 tras la revolución mexicana. La argumentación para la titulación parcelaria de las tierras se basó en ofrecer la seguridad jurídica de la tenencia de la tierra.

La abogada especializada Godoy asume que las leyes y políticas del Estado mexicano, llevadas a cabo desde entonces, están promoviendo la privatización de las tierras.

“Cuando en 1992 se hace la reforma al artículo 27, se le quita la protección a una de estas formas de propiedad colectiva, la ejidal. Y se queda solamente con una protección especial la propiedad comunal”, explica Godoy.

La principal herramienta de la privatización, prevista por la Ley Agraria, son los programas de certificación de las tierras, del gobierno federal, inicialmente llamado Programa de Certificación de Derechos Ejidales y Titulación de Solares (Procede).

Tanto Godoy como el abogado Armando Cruz Cortés de Tequio Jurídico AC en Oaxaca, afirman de forma separada para Avispa Midia, que estos programas de privatización de la tierra tienen un objetivo claro y amañado. “Se hace un censo de los ejidatarios. Se delimita la superficie general del ejido; se otorga un plan general; se hacen las parcelas y se le da a los ejidatarios su certificado de derecho parcelario; parcelan los solares y se entrega un titulo sobre el solar. Cuando ya se otorgó a todos un certificado de derecho parcelario, un titulo, es común que se provoque una asamblea para que la propia comunidad termine pidiendo que se les otorgue el dominio pleno”, explica Cruz.

El dominio pleno lo que hace es deshacer el ejido y fragmenta la parcela en una propiedad privada. “La cuestión es que percibimos mucha desinformación entre los ejidatarios sobre lo que de verdad significa declarar dominio pleno”, sostiene el abogado.

El objetivo del programa de certificación es facilitar la entrada en los territorios indígenas y campesinos a los proyectos extractivistas. “A estos proyectos les interesan negociar con individuos. No es lo mismo combatir una asamblea, que tiene una propiedad colectiva, a tener que hablar con un individuo que tiene propiedad privada, que puede vender su tierra fácilmente. La asamblea pierde su importancia”, señala el abogado Cruz.

Godoy aclara que el programa de certificación es voluntario, o sea, los ejidatarios no son obligados a hacerlo y, además, no necesariamente se tienen que ajustar a todos los recursos determinados por los diversos programas de regularización de la tierra. “Un ejemplo es que pueden delimitar las tierras del ejido en su conjunto para tener la limitación definida con comunidades vecinas, pero pueden decidir no parcelar las tierras internamente en el ejido. Otro ejemplo es que pueden parcelar la tierra, pero pueden decidir no declarar el dominio pleno”, dice Godoy.

Otorgar dominio pleno, explica el abogado, significa que el certificado que tienen registrado en el Registro Agrario Nacional (RAN) se cancela porque ya no es propiedad agraria y pasa a ser propiedad privada. Entonces la tierra que esta registrada en el registro publico de la propiedad pierde su carácter. “Así ya empiezan a cobrar impuestos sobre ella. Entonces ya se puede notoriar esta escritura. Ya no es un asunto agrario, pasa a ser propiedad privada”, explica. “Todo este proceso es hecho de forma voluntaria por los ejidatarios, que muchas veces no tienen plena conciencia de las consecuencias.

Una vez convertidas las tierras colectivas en propiedad privada, pierden competencia en los tribunales agrarios, que son los facultados para los temas de propiedad colectiva agraria. “Entonces, en caso de inconformidad, todo lo van a tener que resolver individualmente con un juez mixto de primera instancia o juez civil. Los indígenas y campesinos van a necesitar un abogado civilista, que cobra mucho y esto los pondrá en desventaja frente a los megaproyectos, porque ellos tienen un ejercito de abogados”.

 

Las comunidades

Las tierras comunales continúan con protección especial, o sea, no se puede vender o usar para prestamos. “La comunidad para llegar a un dominio pleno de la tierra comunal primero tendrán que convertirla en un ejido. Así lo plantea la Ley Agraria, como también plantea la posibilidad de que un ejido puede volverse comunidad”, explica Godoy.

 

Diferencia entre tierras comunales y tierras ejidales

Las formas de acceso a la tierra para grupos campesinos e indígenas en el marco de la reforma agraria (1915 y 1992), de acuerdo con el Informe, eran:

> Restitución, Reconocimiento y conformación de tierras: El derecho a las tierras comunales tiene su origen en la época colonial cuando por disposición de la Corona española, las poblaciones indígenas adquirieron derecho sobre las tierras donde se encontraban asentadas. El artículo 27 de la Constitución de 1917, promovió la restitución de tierras para aquellos que demostraran haber sido despojados de sus legítimos derechos. Para ello, debían presentar los títulos de propiedad otorgados durante el periodo colonial, así como demostrar su despojo durante el periodo de las Leyes de desamortización o “leyes Lerdo” (1857-1910). Esta vía fue un proceso complicado y de imposible cumplimiento para muchos pueblos. En 1934 se incorpora al Código agrario, la acción agraria de reconocimiento y confirmación de aquellas comunidades de hecho a fin de darles certeza jurídica sobre sus posesiones (la acción agraria se conoce como reconocimiento y titulación de bienes comunales). La forma legal de tenencia obtenida a través de la restitución y reconocimiento de tierras fue la de bienes comunales o comunidad.

>> La dotación de tierras: Es la acción mediante la cual se otorgaba tierras a los núcleos de población carentes de estas. Para la dotación de tierras era requisito formar un grupo de al menos 20 campesinos que cumplieran con los siguientes requisitos: para los hombres era necesario ser mayor de edad, mexicano y campesino, para las mujeres ser jefa de familia, mexicana y campesina. La gestión podía tardar varios años ya que la solicitud pasaba por distintas instancias gubernamentales y el Presidente de la República tenía que firmar la resolución definitiva. La forma legal de tenencia, es el ejido.

La vía de restitución fue un proceso complicado y de difícil cumplimiento, que en términos de control político no fue de interés para el Estado, de ahí que la mayoría de pueblos que iniciaron sus peticiones en términos de restitución, recibieron ejidos en dotación. “Por eso es que tenemos muchos pueblos indígenas en tierras privadas o ejidales”, explica Godoy.

Entre 1916 y 1980 solo el 17% de las solicitudes de restituciones fueron concedidas, lo cual contrasta con el 79% de solicitudes de dotación ejidal otorgadas, de acuerdo con el Informe.

 

¿Cómo evoluciona el Procede?

La mayoría de los que entraron al Procede – lo que representa 92% de los núcleos agrarios del país – no llegaron al Dominio Pleno, no se volvieron propiedad privada.

“Entraron solamente para medir su perímetro y hacer el censo de ejidatarios. Muchos de los que entraron no parcelaron, se mantuvieron con la propiedad de uso común. Otros entraron al Procede a penas para delimitar la tierra con sus vecinos y al interior de la comunidad se quedo todo como uso común”, explica Godoy.

Según el Registro Agrario Nacional (RAN), afirma el abogado de Tequio Juridico, el porcentaje de dominio pleno apenas es el 1,2%. “Eso es alentador porque no han cumplido con el programa de certificación. Pero sí hay que quedarse alerta pues nada impide que todavía lleguen al dominio pleno, sobre eso van y no van a descansar hasta que todas las tierras colectivas pasen a ser privadas”.

El abogado alerta que el programa RRaja, implementado a través de la Procuraduría Agraria, está presionando muy fuertemente a las asambleas y a las comunidades para que acepten el programa. “Hay que hacer frente a la Procuraduría Agraria. Su función es de acompañamiento estrictamente social, es decir, de orientar, acompañar, asesorar el campesino. No de imponer un programa como ese, que va a poner en riesgo la integralidad de sus tierras”.

“Una opinión extendida entre comunidades, organizaciones de sociedad civil y usuarios en general, es que estas instituciones han dado un giro en cuanto a su propósito institucional hacia el impulso y protección de la propiedad privada de las nuevas inversiones nacionales o extranjeras sobre la tierra agraria en México”, corrobora el informe.

 

¿Voluntarias?

Numerosas organizaciones campesinas e indígenas denunciaron la implementación forzada del Procede. A pesar de que en su estatuto la participación en el Procede se presentaba como “libre y voluntaria”, en la realidad, el programa establecía cierta obligatoriedad al generar restricciones en el acceso a programas de desarrollo rural, en particular provenientes de la Secretaria de Agricultura Federal (Sagarpa), y de la Comisión Nacional Forestal (Conafor), dependiente de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat).

 

Efectos negativos

El Informe especifica una serie de efectos negativos con el Procede. “Estos efectos fueron identificados por múltiples académicos y activistas: conflictos, en ocasiones violentos entre ejidos y comunidades que surgieron al proponerse trazar los límites entre núcleos agrarios vecinos, sobre todo en los estados de Oaxaca, Chiapas y Guerrero; la parcelación de tierras de uso común con cubierta forestal y el consecuente proceso de deforestación; la fragmentación de la unidad de dotación que conllevó hacia un mayor minifundismo; la acumulación de tierras o formalización de la acumulación de estas por caciques o acaparadores locales y el debilitamiento de la asamblea ejidal como órgano de gobernanza local”.

Y más: “En ciertos contextos donde el valor de la tierra es alto, en particular en ejidos y comunidades idóneos para el desarrollo urbano y turístico, el Procede permitió la incorporación de empresarios que no eran residentes de los ejidos”.

La certificación individualizada de las tierras ejidales ha generado un “nuevo mercado de tierras ejidales en el que participan empresarios foráneos. Este mercado, aunque legalmente permitido, significa el despojo del patrimonio comunitario principalmente para las mujeres, jóvenes y niños residentes de los ejidos y comunidades que no tienen derecho a participar en la toma de decisiones sobre el destino de las tierras ejidales y comunales, que por lo general son poco beneficiados de los ingresos monetarios obtenidos con la venta de tierras”, señala el informe.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/09/alertan-abogados-estrategias-de-privatizacion-de-tierras-colectivas-en-mexico/

Mexico

Derrames mineros: un negro historial y escasas sanciones en Sinaloa Aunque Conagua y Profepa han salido a decir que no contienen materiales tóxicos, especialistas advierten lo contrario

En la última década, Sinaloa no ha estado exento de sumarse a la larga lista de accidentes mineros en el país, que han derramado sustancias tóxicas en el medio ambiente.

La empresa que ha sido dos veces sancionada por la Comisión Nacional del Agua (Conagua) es Minera Real de Cosalá SA de CV: en 2009 y 2011. En ambas ocasiones por exceder los límites del a NOM-001-Semarnat-1996, que se refiere a las descargas de aguas residuales.

En la respuesta de la dependencia federal a una solicitud de acceso a la información pública (folio 1610100190818), no se especifica la sustancia que fue derramada ni la cantidad, por lo que es imposible conocer el impacto ecológico. El hecho no ameritó, para las autoridades, medidas de mitigación.

En 2014, se desbordó la presa de jales mineros en el río Pánuco del municipio de Concordia. Por este hecho, a la Minera Dos Señores se le instruyó a tomar medidas para disminuir los daños, como la suspensión del depósito de jales y la construcción de obras provisionales para desvío de escurrimientos, además de monitoreos constantes.

En 2016, la Comercializadora de Materiales y Minerales de Sinaloa también descargó agua y materiales de presa de jales. Aunque no se especifica en qué cuerpo de agua ocurrió el vertimiento, según el Panorama Minero del Estado de Sinaloa esta empresa ha operado en Mazatlán la extracción de oro y plata, en el proyecto Metates/El Arco.

Derrames acontecidos en otras entidades también afectan al territorio sinaloense. Un ejemplo es el del 4 de junio de este año, en el municipio de Urique en el estado de Chihuahua, donde se derramaron 249 mil metros cúbicos de jales mineros y 190 mil de material de construcción colapsado.

Aunque la Conagua y la Profepa aseguraron que los desechos derramados no contienen metales pesados, Conselva advierte que los desechos de la minería son tóxicos por sí mismos.

“Sale Profepa y sale Conagua diciendo que no nos debemos preocupar porque no utilizan cianuro, quisiera pensar que es falta de información, porque sabemos que independientemente de la manera en que se produjeron esos jales, por flotación, o por amalgamación, el producto que sale se per se contaminante”, indicó Sandra Guido, directora de esa asociación civil.

Y esto, alegó, es porque al estar esos materiales expuestos al oxígeno y al agua generan ácido sulfúrico que libera metales pesados.

Llaman a poner lupa a descargas residuales de plantas mineras

Ante los riesgos por la cercanía de plantas mineras con ríos y arroyos en Sinaloa, investigadores llaman a poner lupa en las descargas residuales en zonas de extracción.

Esto, porque las muestras presentadas por la Comisión Nacional del Agua (Conagua) no consideran los ecosistemas en su conjunto. Tampoco la contaminación de sedimentos que se traslada a los mantos freáticos, ni los impactos de las sustancias tóxicas asimilados por plantas y animales.

Así lo advirtió Rigoberto Raygoza Viera, académico del Instituto Tecnológico de Mazatlán, quien cuenta con doctorado en Ciencias con especialidad en química por la UNAM.

“Desde la perspectiva del cuidado al medio ambiente en zona de ríos, impactados por la minería, es importante que además del agua se analice la situación de sedimentos y organismos que son indicadores de la contaminación, particularmente por metales pesados”, argumentó.

Luego de la advertencia de Conselva y otras organizaciones, el académico apuntó que se necesitan estudios más amplios y sistemáticos sobre los impactos de la minería en las regiones vulnerables.

“El aporte al agua contaminada por metales que se infiltra hasta el manto freatico es importante. Un registro continuo sería de mucha utilidad para relacionar el nivel de producción minera respecto a la acumulación en distintos compartimentos ambientales y el aumento de sus efectos en sitios donde ya se sabe que están asociados a zonas de desecho”, externó.

De acuerdo con el portal especializado www.agua.org, la minería es una actividad que se caracteriza por el alto volumen de generación de residuos, algunos de ellos potencialmente tóxicos y peligrosos para la población y los ecosistemas.

“De los residuos mineros (jales) calculados en cerca de 5 000 millones de toneladas al año, se reportan como peligrosos 253.54 toneladas”, agrega el sitio.

Parte de la problemática es la legislación “blanda”. Por ejemplo, según la ley minera actual, la contaminación provocada por estas empresas las hace acreedoras a sanciones administrativas, pero no a la cancelación de sus operaciones.

Además, la vigilancia es escasa, incluso nula en regiones afectadas por la violencia como las zonas serranas de Sinaloa.

Fuente:http://www.remamx.org/2018/09/derrames-mineros-un-negro-historial-y-escasas-sanciones-en-sinaloa-aunque-conagua-y-profepa-han-salido-a-decir-que-no-contienen-materiales-toxicos-especialistas-advierten-lo-contrario/

Mexico

Los megaproyectos violan derechos humanos y generan muerte, señala Red de Afectados

Los megaproyectos violan gravemente los derechos humanos y generan muerte, sostuvo la Red Mexicana de Afectados por la Minería (Rema), que lamentó, en un boletín, la declaración del gobernador Héctor Astudillo Flores, quien dijo la semana pasada que no ve violación a los derechos de los pueblos indígenas en la presa La Parota y las concesiones mineras.

“En Guerrero sus gobernantes históricamente han tenido la piel gruesa para dar respuestas sobre los temas relacionados con las terribles violaciones de derechos humanos que ahí ocurren todos los días, y que son visibilizadas por las víctimas y por los medios de comunicación”, opinó Rema en su comunicado.

El miércoles, en el 39 periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), la relatora especial sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, Victoria Tauli-Corpuz, resaltó que los megaproyectos de la presa hidroeléctrica La Parota y las concesiones mineras en la comunidad de San Miguel del Progreso, municipio de Malinaltepec, violan los derechos de los pueblos indígenas, sobre todo el derecho a la consulta, consentimiento, libre determinación y territorio de las comunidades indígenas de Guerrero.

Al día siguiente, el gobernador Astudillo Flores declaró que no ve la violación a los derechos de los pueblos indígenas en los megaproyectos como el de La Parota y las concesiones mineras en San Miguel del Progreso.

Rema señaló que las denuncias reportadas y visibilizadas ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, por la relatora especial sobre Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas, Victoria Tauli-Corpuz, “son muestra clara del tamaño de la impunidad que opera en Guerrero”.

“Claro que el gobernador y la clase gobernante en el estado en su conjunto no ve violaciones a los derechos, y no las ve porque forman parte de un sistema que violenta sistemáticamente los derechos de los pueblos no sólo con megaproyectos, sino con la omisión al no atender ni darle seguimiento ni hacer nada por todos los casos de secuestros, asesinatos, crímenes y demás vejaciones en donde las instituciones federales, estatales y municipales, son incapaces de atenderlas”, dijo la agrupación.

La Red Mexicana de Afectados por la Minería indicó que el gobernador no ve las violaciones a los derechos de los pueblos indígenas con los megaproyectos porque él mismo ha sido partícipe “leguleyo” de las poderosas empresas mineras que operan en el estado.
“El gobernador también fue comparsa del conflicto laboral ocurrido en la minera de la empresa Torex, el cual acabó con siete asesinatos y hasta la fecha nadie sabe nada de los asesinatos de tres de los opositores masacrados por las guardias de seguridad de la empresa, abiertamente relacionados con los Guerreros Unidos”, señala.

Recordó que, además, hace una semana dos trabajadores de la empresa Goldcorp/Leagold y un ejidatario de Carrizalillo, municipio de Eduardo Neri, fueron asesinados por por fuerzas especiales en Mezcala, “pero como siempre, pronto salieron a endilgarles vínculos con el crimen organizado porque para las fuerzas del orden eso sí justifica que tengan permiso para asesinar”.

Agregó que el gobernador tampoco ve lo que sucede en más de 110 comunidades de las regiones Tierra Caliente, Centro y Norte del estado, en donde ya operan ocho de las megaempresas mineras “que tanto defiende con orgullo, pero en sumisión plena a ellas a pesar de la gravísima crisis relacionada con el despojo, el desplazamiento forzado, los secuestros, las extorsiones y las desapariciones”.
Critica que en esas regiones el gobernador no es cuidadoso de los derechos humanos, “es copartícipe de la impunidad más rampante”.
Rema agregó que en realidad sería una sorpresa que el gobernador hablara mal de las empresas y sus megaproyectos, “esas que no sólo violan derechos, sino que los desaparecen para siempre”.

Fuente:http://www.remamx.org/2018/09/los-megaproyectos-violan-derechos-humanos-y-generan-muerte-senala-red-de-afectados/

Mexico

Morena propone prohibir minería en áreas naturales protegidas

A casi un mes de haber iniciado labores en el Senado de la República, los senadores de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) han presentado distintas iniciativas de ley que deben atenderse a la brevedad.

Lucía Trasviña, senadora de Morena, presentó una iniciativa para prohibir la minería en las áreas naturales protegidas y el lecho marino que existe en todo el territorio nacional.

La legisladora de Morena ha propuesto que se hagan modificaciones a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y al artículo 20 de la Ley Minera que están en la Constitución.

Esta iniciativa pretende que en las zonas marinas que estén protegidas no se puedan realizar obras y actividades de exploración, explotación o extracción de minerales submarinos.

La senadora Trasviña explicó desde la tribuna que su propuesta de reformas y adiciones a esta legislación se debe a la existencia de un proyecto minero en Baja California Sur, que podría ocasionar daños irreversibles al fondo submarino y afectaría a especies en peligro de extinción, en específico a la tortuga caguama.

Lucía detalló que esas prácticas resultan inadmisibles, ya que atentan contra los intereses y el bienestar del país y la protección del medio ambiente que demanda la sociedad.

De aprobarse el decreto que promueven los senadores de Morena, entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación y se anularían todas aquellas disposiciones que contravengan a esa regulación.

Fuente:https://www.lanetanoticias.com/grilla/311613/morena-propone-prohibir-mineria-en-areas-naturales-protegidas

 

Mexico

México: Otra Guerra Más

La guerra contra los pueblos originarios encabezada por la voracidad de las empresas es grande. Los territorios que ocupamos y que hemos cuidado por siglos se concesionan en nombre del desarrollo, de la prosperidad, del empleo. A eso le hemos llamado la administración de la pobreza y de la violencia.

Ahora le guerra arremete una parte más de Zanatepec, Tapanatepec, Chahuites, Reforma de Pineda e Ixhuatán. La página se la Secretaría de Economía, nos muestra otra concesión más que afecta directamente a estos pueblos en el portal.

El 19 de diciembre de 2017 la secretaria de minería otorgó la concesión para exploración minera a RECUPERADORA AG, S.A. DE C.V. con el título: 246002 Nombre del Lote: AMPLIACION CERRO GRANDE II F1. Con una vigencia de 50 años.

Dicha solicitud fue realizada desde viernes, 07 de junio, de 2013 con el expediente 033/10849 con una superficie de 29.5431 hectáreas de tierras. La superficie va desde la zona poniente de Chahuites, parte de Tapanatepec casi hasta llegar a Rincón Juárez, parte de Yerba Santa, Coyotera Carlos Ramos, todo Reforma de pineda, Parte de los terrenos de Zopilote y la parte norte de Ixhuatán.

Los sitios de Internet dicen de RECUPERADORA AG, S.A. DE C.V que tiene como Actividad económica 433220 – Comercio Al Por Mayor De Artículos De Joyería Y Relojes. Estrato Personal 6 A 10 Personas. Número de Teléfono 7771020064 con dirección en Magnolias 3C Mza. 6B – Lázaro Cárdenas, Cuernavaca – Morelos.

Con las concesiones ya denunciadas con anterioridad y otras nuevas concesiones en el mismo territorio suman ya 90 mil hectáreas de terrenos concesionadas para minería en la Zona Oriente del Istmo de Tehuantepec.

La actividad minera, como se ha denunciado en distintas partes del mundo tiene como consecuencia la destrucción de selvas y la contaminación de agua, aire, suelos y cultivos provocando en las personas y animales enfermedades mortales.

Los 10 títulos de concesiones en la zona Oriente del Istmo de Tehuantepec, Oaxaca cuya principal búsqueda es oro, plata y cobre están asentadas sobre el río Ostuta, río Zanatepec y río Novillero que alimentan la Laguna Superior, la Laguna Inferior y el Mar Muerto.

La experiencia compartida por la Unión de Ejidos y Comunidades Agrarias de Zanatepec por la Defensa del Territorio y por Procesos Integrales para la Autogestión de os Pueblos (PIAP A. C.) nos alientan a continuar con la lucha por la difusión de la información para la unión de pueblos y comunidades. Estas organizaciones nos orientan a que los ejidos y bienes comunales platiquen este tema y, de acuerdo a los protocolos establecidos, integren en sus actas constitutivas la cláusula de negación a toda actividad minera. También nos invitan a realizar sesiones de Cabildo Abierto para detener los trabajos de estas empresas.

Sin duda alguna, mientras intentábamos superar el miedo al terremoto y la lenta reconstrucción de nuestras casas y espacios de vida dañados en septiembre del 2017, el gobierno federal concedió nuestro territorio sin preguntarnos.

A 1 año del terremoto, ha sido hasta el día de hoy 18 de septiembre que la Preparatoria hemos logrado remover el total de los escombros de nuestras instalaciones, fecha en que nos hemos enterado de esta nueva concesión.

Los jóvenes tienen una larga batalla por librar, una batalla que no la pueden aprender en los salones de clases y con las materias tradicionales. Aprender a valorar, cuidar y defender la vida y el territorio es una actividad que se realiza en la vida diaria y que por muchos años habrán de encontrar el camino.

La violencia que aumentó en la región no es una casualidad o un castigo, es un plan para meter miedo. Es un plan de despojo de la tierra y el territorio.

Fuente:http://movimientom4.org/2018/09/mexico-otra-guerra-mas/