Chile, Litio

Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza dictamina moratoria para la minería del litio en Atacama

El pasado 5 de diciembre de 2019,  el quinto Tribunal Internacional de los Derechos de la Naturaleza (TIDN) celebrado en Santiago de Chile, resolvió aceptar el caso de la minería del litio en el desierto de Atacama, Chile. Asimismo, en su veredicto el TIDN emitió además otras catorce resoluciones, y propuso la moratoria de la minería del litio en la región atacameña.

 

Después de considerar los testimonios y denuncias expuestas por comunidades indígenas afectados y expertos en el caso, el quinto TIDN determinó que hubo una directa violación de los Derechos de la Naturaleza.[1] Resaltando que se incumplió los deberes de: a) Respetar y vivir en armonía con la Madre Tierra; b) Asegurar que la búsqueda del bienestar humano contribuya al bienestar de la Madre Tierra; c) Respetar, proteger, conservar, y donde sea necesario, restaurar la integridad de los ciclos, procesos y equilibrios vitales de la Madre Tierra; d) Establecer medidas de precaución y restricción para prevenir que las actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o alteración de los ciclos ecológicos; entre otros. Por tanto, el TIDN halló que “(…) la actividad minera producida en el desierto de Atacama, no respeta y son incompatibles con los derechos de la Madre Tierra y que a su vez se incumple con las obligaciones de los seres humanos para con ella, por lo que se declara la vulneración de sus derechos y los de las comunidades afectadas por estas actividades (…)”

 

En este marco, el TIDN dictaminó que, en el caso de la minería del litio en el desierto de Atacama, existen claros afectados – ecosistemas, seres humanos y no humanos – y claros responsables – tanto las empresas con capitales nacionales e internacionales, como el Estado chileno. Ante ello, el Tribunal resolvió solicitar la suspensión de las actuales Resoluciones de Calificación Ambiental de las empresas extractivas, declarar zona de prohibición para la industria del litio y extractivismo del agua en el Salar de Atacama y la Alta Cordillera, y exigir que se permita verificar el estado de salud de la Laguna Chaxa. La resolución del TIDN apunta, demás, a que la extracción y explotación de litio atenta contra la vida de las poblaciones atacameñas y su cosmovisión; y subraya la ausencia de una consulta previa, libre y de carácter vinculante en estas poblaciones y el atropello de otros derechos expresados en la ley indígena.

 

Respecto a las denuncias respecto a la sobre explotación de la cuenca para esta actividad minera, se denunció que “la minería del litio pone en peligro un bien fundamental y escaso, el agua, cuyo control se aseguran unas pocas empresas (…)”; enfatizando así, que la privatización y control del agua por parte de empresas no hace más que reflejar la “estructura de desigualdad” en Chile. Ante ello, el TIDN insta a apelar a un Principio Precautorio ante un posible daño “grave o irreversible” por la sobre explotación de agua en este ecosistema desértico.

 

El informe presentado, asimismo, hace referencia a la amplia complejidad que acarea la explotación de litio; ya que esta abarca no solo una problemática local y regional, sino una problemática global enmarcada en la discusión de la transición energética. Al respecto, la sentencia del TIDN sostuvo que la transición energética que se propone hoy en día a través de la explotación de los salares de Atacama es un modelo “insostenible, asociada a las corporaciones transnacionales, [y que] consolida un modelo energético que reproduce la dominación sobre la Naturaleza y las poblaciones.”; además, que dicha transición energética corre el riesgo de ser banalizada y puesta al servicio del actual sistema de reproducción social. Consecuentemente, el TIDN considera necesario “abordar la discusión desde una perspectiva no corporativa, multidimensional y critica, que contemple tanto la justicia ambiental como las necesidades de los pueblos”, y recomienda llevar a cabo encuentros y foros multidisciplinarios y multiactoriales para entablar la discusión desde una perspectiva popular y contrahegemónica.

 

Finalmente, en el marco de las evidencias presentadas respecto a la violación de los Derechos de la Naturaleza, la creciente crisis hídrica que perturba el ecosistema y la afectación directa a los derechos de la población local, el quinto TIDN propuso aplicar una moratoria a la minería de litio en la región de atacameña.

 

Fuente:https://latinvestment.org/2020/01/14/tribunal-internacional-de-los-derechos-de-la-naturaleza-dictamina-moratoria-para-la-mineria-del-litio-en-atacama/?fbclid=IwAR1bMRhly89f_Czx05AfeGsbofohXPzC4cv5J9KA4OqFZjswwT4u39fzM_4

Chile

Presentan nuevo recurso de protección a favor de comunidades mapuche por proyecto GNL Penco Lirquén

Hasta la Corte de Apelaciones de Concepción llegaron grupos ambientalistas para presentar un nuevo recurso de protección en nombre de comunidades mapuche que denuncian al Servicio de Evaluación Ambiental por la aprobación del proyecto GNL Penco Lirquén.

La denuncia de la asociación Koñintu Lafken Mapu apunta a que ahora el organismo no realizó la consulta indígena extraordinaria que la ley ordena para proyectos que sufran una modificación, según explicó el abogado Francisco Ortega.

La última acción legal presentada por otra agrupación indígena de Tomé, Peumayén, fue rechazada por la justicia, pero ahora el objetivo es incluso llegar a la Corte Suprema, señaló Camilia Arriagada, vocera de la Coordinadora Penco Lirquén, indicando que anteriormente el máximo tribunal dejó sin efecto la resolución de calificación ambiental.

Miembros de la agrupación Koñintu Lafken Mapu llamaron a la Corte penquista a analizar el recurso y los antecedentes que dan cuenta del impacto que tendrá el proyecto energético en los recursos pesqueros de los que viven las comunidades mapuche habitantes del sector costero Penco Lirquén.

 

Fuente:https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-del-bio-bio/2020/01/15/presentan-nuevo-recurso-de-proteccion-a-favor-de-comunidades-mapuche-por-proyecto-gnl-penco-lirquen.shtml

Chile

Tribunal Ambiental acoge reclamación de comunidad indígena contra de programa de Collahuasi

Con esto, se deja sin efecto la resolución del organismo fiscalizador, luego que la asociación aymara fundara su reclamación en relación a tres de los 14 cargos formulados en su oportunidad por la SMA. Los tres cargos, dicen relación con la falta de monitoreo de avifauna en el área del Salar de Coposa, considerado como gravísimo; la implementación de un sistema de monitoreo puntual del caudal de la vertiente Jachucoposa, considerado como grave; y por último, el que dice relación con el descenso del nivel freático de los pozos ubicados en Coposa Norte por sobre lo previsto en el modelo hidrogeológico, también considerado grave.

 

El Primer Tribunal Ambiental dio a conocer, hoy, el fallo en contra del Programa de Cumplimiento, PdC, presentado por la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi y aprobado por la SMA, que acoge la reclamación de la Asociación Indígena Aymara Salar de Coposa.

Con esto, se deja sin efecto la resolución del organismo fiscalizador, luego que la asociación aymara fundara su reclamación en relación a tres de los 14 cargos formulados en su oportunidad por la SMA.

Los tres cargos, dicen relación con la falta de monitoreo de avifauna en el área del Salar de Coposa, considerado como gravísimo; la implementación de un sistema de monitoreo puntual del caudal de la vertiente Jachucoposa, considerado como grave; y por último, el que dice relación con el descenso del nivel freático de los pozos ubicados en Coposa Norte por sobre lo previsto en el modelo hidrogeológico, también considerado grave.

El Ministro redactor de la sentencia, Marcelo Hernández, explicó que “es requisito esencial para aprobar un Plan de Cumplimiento, PdC, que tanto la compañía minera como la SMA identifiquen y aborden íntegramente todos los efectos, así como todas las acciones y metas para volver al cumplimiento ambiental y así resguardar el bien protegido del acuífero, la vertiente Jachucoposa y sus lagunas de la cuenca del Salar de Coposa su interacción con la biodiversidad y las zonas de pastoreo ancestral de la asociación aymara, más aún porque se trata de un sitio prioritario para la conservación en un escenario de cambio climático”.

La sentencia, dictada por los ministros Mauricio Oviedo (presidente) y Marcelo Hernández, destaca que, en relación a los cargos en los que se funda la reclamación de Asociación Indígena del Salar de Coposa -, “para estos sentenciadores, a lo menos es reprochable la conducta de la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi, por no advertir en un período extremadamente prolongado (12 años) la inobservancia de sus compromisos ambientales sobre el hecho particular de efectuar el monitoreo de avifauna en los términos establecidos en la RCA 144/2006”.

Lo anterior, porque en el fallo se establece -entre otras consideraciones- “que no se evidencia de la presentación de los antecedentes del PdC y el posterior análisis de la SMA para su aprobación que se haya dado respuesta razonable a exigencias básicas de monitoreo, seguimiento y reportabilidad de los compromisos ambientales de las Resoluciones de Calificación Ambiental, RCA, vigentes para el objeto de protección Avifauna en una superficie de 13.409 hectáreas de la Cuenca del Salar de Coposa y en particular para una especie carismática y en categoría de conservación, según el Ministerio de Medio Ambiente como lo es el flamenco”.

Otro de los aspectos tomados en cuenta por los ministros, es el accionar no oportuno por parte de la SMA, ya que no fue hasta el año 2017 donde se da inicio al proceso sancionatorio, por lo que se dejó el bien jurídico a proteger en un “status de no cumplimiento, sino hasta la presentación y aprobación del Programa de Cumplimiento”.

“Debió haber existido por parte de la SMA un accionar más oportuno y diligente con los organismos técnicos especializados (SAG y/o CONAF) que permitan en etapas tempranas visualizar hechos de gran relevancia ambiental que están siendo contravenidos con lo comprometido en la licencia ambiental respecto de la afectación a la biodiversidad de la cuenca del Salar de Coposa”, explicó el ministro Marcelo Hernández.

El ministro Hernández, además, dijo que “como se evidenció en la inspección de terreno a la vertiente de Jachucoposa razonablemente no están dadas las condiciones como se plantean en el PdC aprobado respecto al cumplimiento del resguardo efectivo de la vertiente, como bien jurídico ambiental”.

La sentencia deja en claro que resulta discutible que la SMA no exija y mantenga alguna medida provisional destinada a la limitación del régimen de extracción de aguas de cuenca Salar de Coposa, a fin de proteger el acuífero como bien jurídico ambiental y estratégico en zona limítrofe con Bolivia y exigirle a la empresa que cumpla con dicha medida hasta que exista una recuperación evidente y permanente del acuífero. Esto por el año 2002 la Dirección General de Aguas, DGA, declaró área de restricción para nuevas extracciones de aguas subterráneas del sector de la cuenca del Salar de Coposa y destacó “que, los estudios demuestran que existe riesgo de un descenso generalizado de los niveles estáticos en el largo plazo, que afectan la capacidad productiva de los acuíferos, debido a una insuficiente recarga en relación a la explotación existente”.

Otra de la constataciones del fallo es que se ha vulnerado los derechos de acceso que tiene la Asociacion Indígena Aymara de Coposa a los recursos naturales en el salar, en particular a los referidos al agua y sus servicios ecosistémicos en la vertiente de Jachucoposa y sus cuerpos lagunares, como a las zonas de pastoreo aledañas y la potencial relación de efectos que pudiere tener la baja de niveles del campo de pozos norte de la compañía minera.

Respecto a esto último, en el fallo se estipula que “se debe guardar irrestrictamente, cumpliendo cabalmente todos sus compromisos ambientales , y en particular aquellos referidos a no afectar el acceso a los recursos naturales y a sus usos y costumbres ancestrales , en particular su relación con la tierra, el agua y las actividades agropecuarias que realiza en un contexto armónico con la naturaleza, y que es de responsabilidad de la SMA el fiscalizar su cumplimiento respecto de los regulados (en este caso Cía. Minera Doña Inés de Collahuasi) y con ello resguardar los derechos de acceso a los recursos naturales por parte de la Asociación Indígena Aymara de Coposa”.

Recordemos, que el procedimiento sancionatorio se inicio el diciembre de 2017 a raís de diversas denuncias presentadas ante la SMA lo que llevó a que el organismo formulara 14 cargos contra la compañía minera. Sin embargo, la empresa presentó un PdC que fue aprobado por el organismo fiscalizador a través de resolución exenta N° 12, de 2019.

Otro de los pronunciamientos del Tribunal tuvo relación a si era procedente o no someter a consulta indígena, tal como lo planteaban la asociación aymara, respecto a lo cual se resolvió que no es posible admitirla cuando se trata de un procedimiento sancionatorio ya que “la consulta indígena se ha concebido como un mecanismo intercultural entre los organismos del Estado y los pueblos indígenas susceptibles de ser afectados directamente con determinada medida legislativa o administrativa, con el fin de llegar a un acuerdo o lograr consentimiento previo a la implementación de las mismas”.

SALAR DE COPOSA:

La Cuenca del Salar de Coposa se encuentra ubicada en la comuna de Pica, Región de Tarapacá. Está constituido por un núcleo salino y arenoso y debajo se encuentra una capa de salmuera. La laguna principal se denomina (Jachucoposa). La vegetación de este humedal incluye a 97 especies nativas de chile, de las cuales 7 serían endémicas. La vegetación se caracteriza por la presencia de tolares (arbustales) dominados por especies de Parastrephia y Fabiana spp, y pajonales donde las especies dominantes son Festuca chrysophylla, Stipa nardoides, Stipa frigida y Stipa venusta. La vegetación del humedal está compuesta principalmente por especies herbáceas en cojines como Oxychloe andina, Distichia muscoides y Scirpus atacamensis y gramíneas perennes. Además, alberga una rica diversidad de fauna silvestre, donde destaca la presencia de las tres especies de flamencos (Phoenicopterus chilensis, Phoenicoparrus jamesi y Phoenicoparrus andinus). Dada su importancia ecosistémica, el salar de Coposa está catalogado como un sitio prioritario para la conservación de la biodiversidad y constituye un territorio habitado ancestralmente por comunidades indígenas de la etnia Aymara, quienes han ocupado, hacen uso y poseen tierras comunitarias y patrimoniales.

PROYECTO:

CMDIC, corresponde a un proyecto minero que se encuentra ubicado a 185 km al sureste de la ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, entre los 4.000 y 4.800 metros sobre el nivel del mar. Su actividad consiste en la extracción y procesamiento de cobre, óxidos y sulfuros, de los yacimientos mineros ubicados en el Distrito Minero Collahuasi.

 

Fuente:http://relaves.org/post.php?id=111

Chile

Declaración Comunidad indigena Patay Co en caso Pascua Lama

DECLARACIÓN PUBLICA

COMUNIDAD INDIGENA DIAGUITA PATAY CO, RESPECTO A MANIPULACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CONTINUIDAD

DE PASCUA LAMA

 

En relación a la sentencia de la Corte Suprema que falló a favor de la empresa minera Barrick Gold en su proyecto Pascua Lama, respecto al recurso de casación que buscaba dejar sin efecto la autorización de la modificación del permiso ambiental del proyecto, nuestra comunidad indígena de base territorial declara enfáticamente:

  • Está sentencia tiene poca relevancia respecto a los intereses por querer revivir este transgresor proyecto minero, debido a que se encuentra paralizado con la máxima sanción de CLAUSURA TOTAL Y DEFINITIVA, dictaminada el 17 de Enero de 2018 por la Superintendencia del Medio Ambiente.
  • Esta sentencia es solo un fallo especifico sobre la autorización de una modificación al permiso ambiental del ya muerto proyecto Pascua Lama, donde la empresa junto a los organismos “técnicos” del estado de Chile nos dicen que el agua se contamino de “manera natural”, por lo que deben subir los parámetros de metales pesados permitidos en el agua para que la contaminación sea legal y la culpable sea la naturaleza.
  • Denunciamos el mal manejo periodístico de algunos medios de comunicación que de manera sistemática lucran mal informando, así lo demuestra la orden de compra y oferta (adjuntos) de empresas como AZERTA  que cobran importantes sumas de dinero por hacer un lavado de imagen de esta empresa que por más de 20 años ha mentido, a la comunidad, a las entidades fiscalizadoras y hasta sus propios inversionistas.
  • Denunciamos el interés de incidir en la ratificación del CLAUSURA TOTAL Y DEFINITIVA dictaminada por la Superintendencia de Medioambiente, que fue reclamada por la empresa ante el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta.
  • Valoramos el voto en contra del Ministro Sergio Muñoz, debido a que efectivamente se infringió el Convenio 169 de la OIT al omitirse la apertura de un proceso de participación indígena, de manera previa, libre e informada. Sin duda estamos estudiando, acudir a instancias internacionales.

Compartimos las luchas del agua como un derecho humano y las demandas levantadas por los pueblos organizados.

 

COMUNIDAD INDÍGENA DIAGUITA PATAY CO

 

 

Chile

Nuevo Recurso de Protección en rechazo al Proyecto Terminal GNL Penco-Lirquén

Este 14 de enero de 2020, las organizaciones Asociación Koñintu Lafken Mapu Penco, ONG defensa ambiental, Coordinadora Penco-Lirquén y La Coordinadora TOMECINA, comunicaron que se ha interpuesto un nuevo recurso de protección por la falta de consulta indígena en el último proceso de participación ciudadana del proyecto Terminal GNL Penco, por las modificaciones sustanciales efectuadas por la empresa.

“Esto se suma a todas las acciones legales y administrativas que se han realizado por parte de las comunidades movilizadas para invalidar la RCA otorgada por la comisión evaluadora regional, que a pesar de toda la oposición han aprobado este proyecto en dos oportunidades”, señalaron.

En otro punto indican: “A pesar de la insistencia político-empresarial en concretar el proyecto Octopus, las organizaciones sociales, territoriales y mapuche de Penco-Lirquén, Tomé, Bulnes y Pemuco continuaremos dando la lucha por la defensa de nuestro mar y tierra”.

 

Fuente:https://www.radiodelmar.cl/2020/01/nuevo-recurso-de-proteccion-en-rechazo-al-proyecto-terminal-gnl-penco-lirquen/

Chile

Vecinos de El Melón cumplieron dos meses en toma del pozo 9 de Anglo American

Los pobladores protestan por la falta de agua que existe en sus hogares

EL MELÓN.- El 7 de noviembre de 2019, vecinos de El Melón ingresaron al pozo N° 9 de Anglo American, en el sector de la Villa Disputada, para hacer una toma efectiva de éste, como protesta a la falta de agua que existe en el sector.

Como medida inmediata, la minera instaló un by-pass, el cual se conecta directamente a los estanques del Agua Potable Municipal y apoyan el abastecimiento del 60% del sistema. Sin embargo, y a pesar de ello, aún hay vecinos que se mantiene sin agua en sus hogares.

El pasado 7 de enero, las cerca de 100 personas cumplieron dos meses de toma. ¿Qué es lo que ha pasado en este tiempo y cuál ha sido la respuesta de Anglo American?Haz clic AQUÍ

 

Fuente:http://web.observador.cl/vecinos-de-el-melon-cumplieron-dos-meses-en-toma-del-pozo-9-de-anglo-american/?fbclid=IwAR23KBnTiGjRAdGTv1Sio4o3NOLfdmH6Nfn22VCe2BlcsrVoZjCpYUdQgps

Chile

Pascua Lama sigue clausurada: ambientalistas aterrizan el fallo de la Corte Suprema a favor del polémico proyecto

La resolución de la Tercera Sala de la Corte Suprema de rechazar los recursos de casación presentados por la comunidad indígena diaguita Patay y otros contra Pascua Lama, en ningún caso significa que el proyecto de la canadiense Barrick Gold tenga luz verde para operar en la Región de Atacama, advirtieron dirigentes del mundo ambientalista a El Mostrador.

Aún hay recursos pendientes, como la decisión del Primer Tribunal Ambiental, que podría derivar en la clausura definitiva del ambicioso proyecto binacional, y una demanda de daño ambiental, que también se encuentra en trámite en la misma instancia.

Según explicó Sara Larraín, directora de Chile Sustentable, “no es efectivo que con la resolución del máximo tribunal se valide el proyecto Pascua Lama”, y enfatizó que la “construcción de la minera sigue paralizada completamente”.

En la misma línea, Flavia Liberona, directora ejecutiva de Fundación Terram, señaló que el fallo de la Tercera Sala “no tiene ningún efecto mayor, puesto que todos los procesos sancionatorios y que determinan la clausura de Pascua Lama van por otro carril y no han sufrido modificaciones, este es un proceso anexo de solo una parte, y no afecta el hecho de que la empresa tiene que cerrar sus faenas”.

Sara Larraín comentó que “efectivamente la Corte Suprema rechazó el recurso de casación de la comunidad que exigía la anulación de una resolución que modificaba algunos aspectos de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto. Pero, sigue vigente la sanción de Clausura Definitiva de la construcción de Pascua Lama decretada por la Superintendencia de Medio Ambiente y que las organizaciones del valle apoyan”.

La decisión del Tribunal Ambiental debería conocerse en marzo de este año. “La reclamación efectuada por Barrick ante el Tribunal Ambiental aún no se falla, y estamos esperando una sentencia que confirme la clausura definitiva del proyecto”, insistió Larraín.

Ezio Costa, de la ONG Fima, también relativizó lo resuelto en la Tercera Sala del máximo tribunal. «Lo que resuelve la Corte es sobre un procedimiento de revisión de la RCA del proyecto, que fue iniciado por orden de la propia corte y donde el SEA terminó aceptando un cambio en la RCA. Contra eso habían reclamado las comunidades, pero la Corte Suprema consideró que el procedimiento administrativo estuvo bien”.

Costa confirma que “esto no tiene ninguna relación con las causas por la clausura de Pascua Lama, que sigue clausurada y cuyo juicio aún está pendiente en el Tribunal Ambiental de Antofagasta ni tampoco con la demanda de Daño Ambiental, que también se encuentra en trámite en el Primer Tribunal Ambiental».

Según Sara Larraín, la resolución que está pendiente en el Tribunal Ambiental de Antofagasta es emblemática por cuanto podría transformarse en el primer caso de caducidad de RCA por incumplimientos. “Lo más importante es la caducidad de la RCA por reiteración de incumplimientos y reiteración de sanciones graves como intervención de glaciares y no monitorearlos como se comprometió la empresa y contaminación reiterada de las aguas en los afluentes en la cabecera de la cuenca del río Huasco”.

Más allá de los trámites pendientes, Rodrigo Mundaca advierte que resoluciones como la de la Suprema son reflejo de “un esfuerzo serio por reponer algunos emblemáticos proyectos degradantes del medio natural, particularmente ahora que se relajan los sistemas de evaluación de impacto ambiental, a propósito de la política de Sebastián Piñera de destrabar la ‘inversión’ privada”, explica el dirigente del Movimiento de Defensa por el acceso al Agua, la Tierra y la protección del Medio Ambiente (Modatima).

 

Fuente:https://www.elmostrador.cl/noticias/pais/2020/01/08/pascua-lama-sigue-clausurada-ambientalistas-aterrizan-el-fallo-de-la-corte-suprema-a-favor-del-polemico-proyecto/

Chile

En Peine celebran cese de extracción de Escondida en Acuífero de Monturaqui

Comunidad Atacameña de Peine constató en terreno la desconexión de las bombas y celebró el cese de la extracción del vital elemento.

El pasado 31 de diciembre la empresa Minera Escondida, operada por BHP Billiton, cesó la extracción de los 24 pozos de agua dulce que se ubican en el acuífero de Monturaqui, los primeros días de enero comenzó la desconexión eléctrica de las bombas, una por una.

El día 2 de enero, según señaló Amanda Barrera, presidenta de la Comunidad Atacameña de Peine, la directiva y cerca de una treintena de vecinos, acompañados de un notario público, pudieron constatar la veracidad del cierre de los pozos. “Por parte nuestra, fue también personal técnico que se aseguró de que se cumpliera con el procedimiento. Pedimos a la empresa, para tener la absoluta certeza del fin de la extracción, poder poner un candado en la sala de control eléctrico pero esa petición no fue aceptada, ya que hay ciertas mantenciones que debe ejecutar la empresa y porque dejan personal en el campamento y necesitan mantener electrificada algunas instalaciones. Pedimos entonces poner un candado en las llaves de cierre de los pozos y ellos quedaron de analizarlo”, señaló.

Desde Minera Escondida, afirmaron que el proceso de desconexión se realizó de conformidad a lo establecido en la RCA Nº001/1997: “Actualmente mantenemos en tramitación el Estudio de Impacto Ambiental Proyecto Monturaqui, el cual nos permite seguir avanzando en la transición hacia una matriz de agua más eficiente basada en agua desalinizada y su reutilización, con el objetivo de cumplir nuestro compromiso de cesar la extracción de agua continental en 2030”.

Como parte de dicho EIA en tramitación, la comunidad de Peine desarrollará el proceso deliberativo de la respectiva consulta indígena el próximo 9 y 10 de enero, del cual emanará su postura: permitir la continuidad de la extracción o desmantelar definitivamente las estructuras. “La decisión final está en manos del Servicio de Evaluación Ambiental, nuestra gente quiere recuperar su agricultura, la ganadería. Hoy Peine cuenta con abastecimiento de agua dulce para el consumo humano, pero el día de mañana vamos a necesitarla para estas actividades que forman parte de nuestra esencia ancestral como Pueblo Atacameño”, afirmó la presidenta de la comunidad ubicada en el extremo sur del Salar.

En su calidad de presidente del Consejo de Pueblos, Sergio Cubillos manifestó su deseo de avanzar hacia el cierre definitivo de los campos de extracción en los acuíferos emplazados en territorio atacameño. “En un reciente fallo unánime del Tribunal Ambiental se hace mención a la fragilidad ecosistémica del Salar y el elevado nivel de incerteza científica existente respecto de su comportamiento hidrodinámico. Como CPA hemos presentado observaciones al proyecto de la empresa, que ahora pretende seguir extrayendo 412 litros por segundo, en uno de los acuíferos que alimenta a un sobre explotado Salar de Atacama. ¿No sería acaso este una buena razón para que las autoridades ambientales de una buena vez cumplan su rol a la hora de votar y se dediquen a proteger el medioambiente en lugar de velar por los intereses de la mega minería y la inversión privada? Sinceramente, esperamos que la decisión final vaya en esa línea, es el deseo de nuestras comunidades, de nuestros abuelos, de nuestros hermanos, de nuestros hijos e hijas y estoy seguro que también es el deseo de muchos ciudadanos que no necesariamente son atacameños, pero que viven y han elegido esta tierra para echar raíces, conviviendo armónicamente con nuestro pueblo y que comparten el anhelo por preservar estos paisajes y ecosistemas”, concluyó.

 

Fuente:https://termometro.cl/index.php/2020/01/07/en-peine-celebran-cese-de-extraccion-de-escondida-en-acuifero-de-monturaqui/?fbclid=IwAR3Zn8Q6OK2KPnD0sxuwCuUVp_IPfLEqcpPJINu9hd1180tpaM1AaAT1W4g

Chile

Organizaciones medioambientales restaron importancia a fallo de Suprema en favor de Pascua Lama

Organizaciones medioambientales le restaron importancia al fallo del Corte Suprema en favor de Pascua Lama de la empresa canadiense Barrick, asegurando que sus fichas están puestas en el juicio que lleva adelante el Tribunal Ambiental de Antofagasta.

En fallo dividido, el máximo tribunal del país desestimó el recurso de casación en la forma y fondo que presentó la comunidad indígena Patay, contraria al proyecto minero, que pedía la revisión de la línea de base de la calidad de las aguas de la iniciativa.

Lo anterior, luego que las organizaciones reclamaran que las aguas superficiales del Río Estrecho habían sido modificadas respecto a lo aprobado por el Servicio de Evaluación Ambiental en 2006.

Sin embargo, la Compañía Minera Nevada SpA, Barrick Gold, logró comprobar que esta variación fue por consecuencia de un fenómeno natural, debiendo adaptarse los valores de línea de base y las correspondientes medidas de seguimiento y control del proyecto.

Constanza San Juan, vocera de la Asamblea por el Agua del Guasco Alto, lamentó el fallo del máximo tribunal y señaló recibirlo con “mucha rabia”.

Por su parte, el abogado del Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales, Álvaro Toro, aseguró que la sentencia de la Corte Suprema no es vinculante para que el proyecto minero renueve su construcción.

De acuerdo a las organizaciones, el juicio relevante lo lleva adelante el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta quien -en agosto de 2019- formó un acuerdo por reclamación en la causa Pascua Lama.

En este caso, el tribunal deberá dirimir sobre las reclamaciones interpuestas por la Compañía Minera Nevada y por Agrícola Dos Hermanos en contra de la Superintendencia de Medio Ambiente, por la resolución que decretó la clausura definitiva de la iniciativa minera.

La SMA, en enero de 2018, resolvió la clausura definitiva del proyecto Pascua Lama y aplicó una sanción de 12.360 Unidades Tributarias Anuales, equivalente a 7.000 millones de pesos, luego de formular 29 cargos contra la iniciativa de la empresa minera Barrick.

 

Fuente:https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-atacama/2020/01/08/organizaciones-medioambientales-restaron-importancia-a-fallo-de-suprema-en-favor-de-pascua-lama.shtml

Chile

Chile País Glaciar: Comunidades presentan bases para la protección de glaciares

La Coordinación de Territorios por la Defensa de los Glaciares liberó el documento para aportar a la discusión en el proceso de una Nueva Constitución. El documento fue generado de manera colectiva y plantea que los glaciares tienen tanto un valor estratégico como cultural.

Comunidades dedicadas al cuidado del medioambiente presentaron el documento “Bases Comunitarias para la Protección, Preservación y Conservación de Glaciares, sus Ambientes y Elementos de apoyo (Criósfera)”, que contiene una sistematización de las principales discusiones sobre el tratamiento de los glaciares y su entorno. Las propuestas son el resultado de una elaboración colectiva realizada en el Segundo Encuentro por la Defensa de los Glaciares celebrado en abril del año pasado, en Santiago.

La intención de las comunidades es abrir esta información al público general de forma libre para que sirva de insumo en los debates locales y cabildos autoconvocados, en el marco de las discusiones para la elaboración de una Nueva Constitución. De acuerdo al documento, Chile cuenta con el 91% de este tipo de masas de agua en Sudamérica, lo que lo convierte en un actor principal para el futuro de las reservas de agua dulce a nivel mundial. A esto se suma el hecho de que siete de cada diez personas en el país depende de los glaciares para su abastecimiento, lo que se vuelve crítico en contextos de sequía, donde las lluvias no alimentan los caudales hídricos.

El escrito menciona que dentro de las principales amenazas para conservación de los glaciares destacan las institucionales, la regulación legal, la actividades industriales mineras e hidroeléctricas y la crisis climática. En cuanto a las propuestas, se busca establecer una protección total que impida que puedan ser sometidos al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, sin importar su tamaño, tipo o ubicación geográfica.

Pero la importancia de los glaciares va más allá de ser reservas estratégicas de agua, el documento destaca el valor cultural que tienen y su vinculación con las comunidades que viven a su alrededor. En este sentido aseguran que “la problemática ambiental es central y desde las comunidades y los pueblos originarios se ha levantado una visión alternativa, que sitúa a la naturaleza como sujeto de derecho”.

En este contexto plantean el concepto “Chile País Glaciar” que alude a cuestionar el modelo de económico del país que se ha concentrado en la exportación de materias primas y en la industria extractivista y entender la preservación de estos recursos como un Derecho Humano.

Este lanzamiento coincide con la reactivación de la discusión de la llamada “Ley de Glaciares”, en la Comisión de Energía y Minería del Senado. Proyecto que tenía agendada su votación para mediados de octubre, pero que fue suspendida luego del estallido social. Esta iniciativa ha sido el centro de críticas sobre todo luego de las indicaciones presentadas por el gobierno que permitirían a la Dirección Nacional de Aguas entregar permisos sectoriales para la explotación.

Revisa el documento a continuación en el sgte link:https://www.eldesconcierto.cl/2020/01/08/chile-pais-glaciar-comunidades-presentan-bases-para-la-proteccion-de-glaciares/