Chile

TC rechazó inaplicabilidades que impugnaban norma de LIR que establece impuesto específico a la actividad minera.

Empate de votos.
22 de junio de 2020
La decisión fue acordada con los votos en contra de los Ministros Aróstica, Letelier y Vásquez, quienes estuvieron por acoger el requerimiento.
El Tribunal Constitucional rechazó tres requerimientos de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, del artículo 64 bis, de la Ley de Impuesto a la Renta.

Las gestiones pendientes inciden en autos sobre recursos de apelación ante la Corte de Santiago, en los que la empresa requirente es recurrente, puesto que con ocasión de un programa de fiscalización destinado a verificar el correcto cumplimiento tributario en la determinación del Impuesto Específico a la Actividad Minera en la explotación del litio en sus diversas formas, se practicaron a SQM Salar, requerimientos de auditoría. Sin embargo, la respuesta entregada por la empresa no permitió desvirtuar las observaciones planteadas en la citación, razón por la cual se resolvió debía ser modificada la base imponible del Impuesto Específico a la Actividad Minera.

La empresa requirente considera que el precepto impugnado vulnera la igualdad ante la ley, toda vez que la arbitrariedad para juzgar la constitucionalidad de un precepto legal y de una actuación administrativa discriminatoria y arbitraria, necesariamente implica que si la desigualdad resulta de una distinción establecida por el legislador y cuya validez se niega, la carga de probar la razonabilidad de la diferencia incumbe a quien defiende la ley, pero como la igualdad también puede argüirse frente a un tratamiento legal que, a juicio de quien impugna, ha ignorado diferencias significativas, es éste quien debe aportar las razones por las que debió atribuirse relevancia jurídica a tales diferencias. Asimismo, estima vulnerado el derecho de propiedad, pues situarse la potestad tributaria del legislador, como manifestación de la función social del dominio, nunca puede afectar la propiedad en su médula ni sus atributos o facultades esenciales.

En su sentencia, la Magistratura Constitucional señala que de conformidad con el artículo 3 de la LOC de Concesiones Minera y el artículo 7 del Código de Minería, el litio no es una sustancia no susceptible de concesión minera. Sin embargo, el artículo 5 del DL N° 2.886, de 1979, establece excepciones a la regla que el litio queda reservado al Estado. El SII entiende que estas excepciones hacen subsistir las concesiones de litio anteriores al decreto ley y la requirente que esta excepciones sólo persiguen resguardar derechos adquiridos. Esta es justamente la quintaesencia de un conflicto de legalidad al no existir ninguna función que norma constitucional alguna sirva para determinar la solución al caso conforme al principio de jerarquía normativa. Por consiguiente, se trata de un conflicto acerca del sentido y alcance de la ley que es de competencia del juez de fondo y sobre el cual nuestra Magistratura no tiene competencia alguna que dimane desde la Constitución.

En tal sentido, señala el laudo, la disposición transitoria segunda de la Constitución es irrelevante en tal conflicto, puesto que como ha sostenido previamente esta Magistratura, la Constitución facultó expresamente al Código de Minería para regular lo tocante a la extinción de los derechos mineros que existían con anterioridad a su dictación, esto es, a las pertenencias “antiguas”, mientras que tratándose de las pertenencias “nuevas” que se constituyen al amparo del nuevo régimen jurídico regulado por las normas permanentes de la Constitución, dichas causales únicamente pueden establecerse en la ley orgánica respectiva.

Luego, respecto de la afectación del principio de igualdad, señala que en la minería se puede comparar desde titularidades muy diversas: podemos ejemplificarlas desde la condición de explotador minero, o partiendo desde la condición de explotador de sustancias no concesibles; o reconociendo la condición de explotador de litio bajo concesión comprada con aquellos que tienen contratos especiales de operación de litio. Sin embargo, debe desestimarse todo tipo de comparación que derive en una hipotética desigualdad. Como no se da ninguna de esas circunstancias no examinamos la desproporción tributaria.

Sobre la existencia de una vulneración de la reserva legal y del principio de legalidad tributaria, señala que ya se ha afirmado por el Tribunal que hay algunos elementos esenciales que deben formar parte de la determinación del contenido fundamental del tributo. Ellos son la obligación tributaria, los sujetos de la obligación – tanto activo como pasivo -, el hecho gravado, el objeto de la obligación, la base imponible, la tasa y, en general, otros elementos específicos, dependiendo del tributo. En este caso, es claro que cada uno de estos elementos está definido suficientemente. No es tare de esta Magistratura hacer un análisis completo del impuesto, competencia técnica que excede nuestro alcance, pero que a lo menos nos permite verificar que uno de sus requisitos esenciales esté presente.

Finalmente, sobre la afectación al derecho de propiedad, puesto que el SII impondría un impuesto interpretativo, determinan que, en primer lugar, no existe derecho de propiedad sobre normas y el legislador puede imponer variaciones normativas: “Cuestión diferente es entender que exista una especie de derecho de propiedad sobre normas o una especie de garantía de invariabilidad normativa. Esta Magistratura ya ha sostenido que no existe derecho de propiedad sobre normas y que el legislador puede imponer variaciones normativas”. En segundo lugar, la regla general es que las normas legales no se apliquen retroactivamente y que rijan hacia el futuro en cuanto a la determinación de una nueva carga tributaria de un modo específico que no sea discriminatorio, y por lo mismo, no afecta posiciones pasadas. Y, en tercer lugar, la invariabilidad específica que se reprocha debe deducirse con claridad del propio texto legal. En efecto, si se desea reconocer la existencia de una exención tributaria ésta debe nacer de un modo patente y expreso de la propia ley, cuyo no es el caso.

La decisión fue acordada con los votos en contra de los Ministros Aróstica, Letelier y Vásquez, quienes estuvieron por acoger el requerimiento, sobre la base de la Administración estableció requisitos o condiciones que van más allá del núcleo duro o definición básica, lo que les hace concluir que la actuación de la administración fue más allá del estándar constitucional permitido, y en consecuencia, debe ponderarse la inconstitucionalidad de la norma al tenor del principio de legalidad tributaria y sus efectos constitucionales relativos a su discriminación.

Vea texto íntegro de las sentencias Roles N°S 7558-19; 7559-19; 7549-19.
https://www.diarioconstitucional.cl/noticias/tribunal-constitucional/2020/06/22/tc-rechazo-inaplicabilidades-que-impugnaban-norma-de-lir-que-establece-impuesto-especifico-a-la-actividad-minera/

Chile

Sindicatos redoblan la presión tras segunda muerte de trabajador de la minería por coronavirus

El Mostrador 22/06/2020
Crédito: Reuters
Sindicatos redoblan la presión tras segunda muerte de trabajador de la minería por coronavirus
Tras la muerte de dos trabajadores de la estatal Codelco, la mayor productora mundial de cobre, y un aumento sostenido en los contagios, los gremios exigen mayor fiscalización y control, además de reducir la alta circulación de personas por el cambio de turnos en Calama.

Sindicatos de la minería de cobre en Chile redoblaron la presión sobre empresas y autoridades estatales ante lo que consideran deficiencias en las medidas de prevención de contagio de coronavirus, amenazando con escalar el conflicto a través de acciones legales.

Tras la muerte de dos trabajadores de la estatal Codelco, la mayor productora mundial de cobre, y un aumento sostenido en los contagios, los gremios exigen mayor fiscalización y control, además de reducir la alta circulación de personas por el cambio de turnos en Calama.

Horas después de informar el segundo deceso por Covid-19, Codelco anunció la noche del sábado la detención de proyectos en construcción y la operación de la centenaria mina Chuquicamata solo con personal de Calama.

La Federación de Trabajadores del Cobre (FTC), que agrupa a los gremios de la estatal, dijo que de no cambiar la situación «nos veremos en la obligación de generar en conjunto con otros gremios que representan a trabajadores de la Gran Minería, a fortalecer nuestras acciones e impulsar las medidas necesarias», incluyendo acciones administrativas y legales.

«Bajo ningún pretexto aceptaremos que se anteponga la producción y cualquier objetivo del negocio minero de Codelco si no están garantizadas, mediante los más altos estándares, urgentes medidas de prevención», agregó la FTC en un comunicado, tras calificar de «insuficiente» el anuncio de la empresa.

Desde el inicio local de la pandemia en marzo, las operaciones de la industria minera en Chile no se han visto mayormente impactadas, pero los contagios han aumentado con la sostenida propagación que sufre el país.

Por su parte, el sindicato de trabajadores de Escondida, la mina de cobre más grande del mundo y controlada por BHP, también se quejó de la falta de control estatal y de problemas con el cálculo de bonos sujetos a la producción.

«Entendemos el sentir de muchos de que de alguna manera debiera haber una retribución o reconocimiento de la exposición al riesgo en faena», señaló.

Además asomó la aplicación de un artículo del Código del Trabajo local que pide a las empresas a suspender y desalojar faenas ante riesgos a la vida o salud de los trabajadores, pero que también habilita a los operarios a interrumpir sus labores frente a estos peligros.

Además de Codelco y BHP, en el país operan otras gigantes internacionales como Anglo American, Glencore, Antofagasta, Freeport McMoRan.
https://www.elmostrador.cl/mercados/2020/06/22/sindicatos-redoblan-la-presion-tras-segunda-muerte-de-trabajador-de-la-mineria-por-coronavirus/

Chile

Codelco anuncia detención de todos sus proyectos en Distrito Norte

La estatal informó, además, que Chuquicamata operará solo con personal de Calama.

20/06/2020
Como parte de las medidas para enfrentar la emergencia sanitaria por Covid-19 que afecta al país y particularmente a la Región de Antofagasta, Codelco anunció este sábado que “se ve en la necesidad de paralizar la construcción de todos sus proyectos en la zona y operar la División Chuquicamata sólo con trabajadoras y trabajadores de Calama“.

Según lo comunicado por la estatal, la desmovilización comenzará a implementarse de forma inmediata o en la medida que finalicen los turnos vigentes, y permitirá la disminución de los desplazamientos desde otras regiones y la reducción de la densidad de la dotación propia y de colaboradores.

Desde mayo pasado, todas las operaciones de la empresa ya habían reducido en cerca de un 30% su dotación, a través de la aplicación del teletrabajo para las personas con condiciones de riesgo de salud y aquellas con posiciones factibles de realizarlo. Asimismo, los proyectos habían disminuido su actividad al mínimo, realizando las labores que fueran factibles según las condiciones sanitarias.

Con esta medida se suspenderá completamente la construcción de Chuquicamata Subterránea y otros proyectos divisionales. La operación de la División Chuquicamata, que a partir de ahora se realizará sólo con personal residente en Calama, realizará los esfuerzos por mantener su nivel productivo de modo de no afectar los recursos que genera para el país.
https://www.mch.cl/2020/06/20/codelco-anuncia-detencion-de-todos-sus-proyectos-en-distrito-norte/

Chile

Codelco detiene faenas en el norte por crisis Covid-19: Chuquicamata operará con personal de Calama

Por Matías Vega
Este sábado, Codelco anunció que detendrá todos sus proyectos de construcción en el distrito norte, salvo Chuquicamata que operará sólo con su personal de Calama.

La noticia llega la misma jornada en que la Federación de Trabajadores del Cobre (FTC) confirmó a Reuters la segunda muerte de un trabajador de la cuprífera, tratándose de Yony Caral, del área de mina de la División Ministro Hales.

“Como parte de las medidas para enfrentar la emergencia sanitaria por Covid-19 que afecta al país y particularmente a la región de Antofagasta, Codelco se ve en la necesidad de paralizar la construcción de todos sus proyectos en la zona y operar la División Chuquicamata sólo con trabajadoras y trabajadores de Calama”, informaron a través de un comunicado.

La desmovilización, explicaron, “comenzará a implementarse de forma inmediata o en la medida que finalicen los turnos vigentes, y permitirá la disminución de los desplazamientos desde otras regiones y la reducción de la
densidad de la dotación propia y de colaboradores”.

Según indicó la empresa estatal, sus operaciones habían reducido en cerca de un 30% su dotación desde mayo pasado, recurriendo al teletrabajo para los empleados de grupos de riesgo y quienes tienen la posibilidad de cumplir sus funciones desde sus hogares.

“Asimismo, los proyectos habían disminuido su actividad al mínimo, realizando las labores que fueran factibles según las condiciones sanitarias”, afirmaron. “Con esta medida se suspenderá completamente la construcción de Chuquicamata Subterránea y otros proyectos divisionales”.

Finalmente, “la operación de la División Chuquicamata, que a partir de ahora se realizará sólo con personal residente en Calama, realizará los esfuerzos por mantener su nivel productivo de modo de no afectar los recursos que genera para el país”.
https://www.biobiochile.cl/noticias/nacional/region-de-antofagasta/2020/06/20/codelco-detiene-faenas-norte-crisis-covid-19-chuquicamata-operara-personal-calama.shtml

Chile

Paris plantea controlar alta circulación de trabajadores mineros en Calama

El secretario de Estado aseguró que muchos mineros no respetan las medidas de distanciamiento social ni el uso de mascarillas.
Por Aton
20/06/2020
Ante aumento de coronavirus: Codelco detiene proyectos del norte y Chuquicamata operará sólo con personal de Calama

El ministro de Salud, Enrique Paris, aseguró que se buscará la manera de controlar la alta circulación de trabajadores mineros en Calama, luego de que se reportara una gran cantidad de personas en el aeropuerto de la ciudad, muchos de ellos sin respetar las medidas de distanciamiento social ni el uso de mascarillas. Esto se debería a la gran cantidad de vuelos por el cambio de turno en la minería.

«Me comuniqué con algunos parlamentarios de la zona, otros no me han contestado el teléfono, para justamente estudiar el tema de las mineras y la gran cantidad de vuelos. Ahí tenemos que buscar también una situación en conjunto con el Ministerio del Trabajo para controlar de alguna manera esta alta circulación», aseguró Paris tras el reporte diario en La Moneda.

El drástico aumento de los contagios en la Región de Antofagasta, y especialmente en Calama, tiene alerta a las autoridades del Minsal. «Todos los días evaluamos, el Presidente de la República junto al equipo, la situación de todo el país. Nos preocupa particularmente la Región de Antofagasta, la comuna de Calama», dijo la subsecretaria de Salud Pública, Paula Daza.

«Hoy día se encuentra con cuarentena y, efectivamente, tenemos que ver la respuesta con respecto a estas medidas, no solamente la cuarentena sino la disminución de permisos para que las personas circulen en esa comuna», agregó Daza, quien informó que el subsecretario de Redes Asistenciales, Arturo Zúñiga, viajó hasta la zona.

«Hoy día también quiero decir que el subsecretario de Redes Asistenciales se encuentra en la región viendo la situación de la red y las necesidades de la comuna, particularmente. Por lo tanto, la Región de Antofagasta la estamos mirando con mucho detalle», insistió.

«Si es necesario poner medidas más estrictas en otros aspectos así se van a hacer (…) A partir de la próxima semana tenemos una mayor disminución de los permisos en relación a diferentes empresas y se va a analizar particularmente la situación de Calama», finalizó la subsecretaria de Salud Pública.
https://www.publimetro.cl/cl/noticias/2020/06/20/paris-plantea-controlar-alta-circulacion-trabajadores-mineros-calama.html

Chile

¿Salvoconducto para la evaluación ambiental durante la pandemia?

por Leonardo Tapia Ovalle 18/06/2020
Hace un par de semanas desde el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA) se publicó un informe relativo a los proyectos que están siendo evaluados ambientalmente en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) durante el periodo equivalente a lo que ha transcurrido de pandemia en Chile. Se analizó de este modo entre el 1 de marzo y el 15 de mayo del presente año, mismo espacio temporal que fue comparado con los años 2019 y 2018.

Para sorpresa de lo que se esperaría, la cantidad de proyectos activos en evaluación ambiental durante el periodo analizado fue 2,5 veces superior al promedio de los dos últimos dos años y en términos de inversión (potencial) la diferencia es 7 veces superior.

De acuerdo a los comentarios y conclusiones de dicho informe, se destaca que en función del contexto económico cuesta entender este explosivo aumento en proyectos en evaluación; que debido al contexto sanitario la evaluación ambiental sería precaria y deficiente, ya que las condiciones laborales de los servicios públicos con competencia ambiental no serían las óptimas; se acusa un abuso empresarial acompañado de complicidad gubernamental al aprovecharse de las debilidades institucionales del momento lo que se traduciría en más facilidad para obtener aprobación y permisos ambientales. Así también, destaca la incapacidad de la comunidad en pronunciarse al respecto.

Dicho informe concluye que, “el intento de eludir niveles de evaluación ambiental un poco más exigentes, como podría ser la vía EIA, o de disfrazar el fraccionamiento de proyectos mayores por la vía de las DIA, se está en plena consolidación al permitir e incentivar esta verdadera avalancha de proyectos que claramente supera la capacidad de procesamiento del sistema en condiciones de pandemia, generando un forado de dimensiones desastrosas que se verán materializada en los próximos meses y años”.

Los datos revelados a la opinión pública por OLCA son relevantes en sí mismos, y a la vez son incomodos, pues de acuerdo a su informe los proyectos estarían siendo evaluados con deficiencias técnicas ya que los organismos públicos están operando a “media máquina”. Complementario a lo expuesto por OLCA, cabe destacar que los municipios han perdido injerencia en el proceso de evaluación ambiental durante los últimos meses, y que la participación ciudadana ha mermado o no se está realizando por razones obvias.

La participación ciudadana en el SEIA si bien existe, solo es obligatoria para Estudios de Impacto Ambiental (EIA) y voluntaria en caso de las Declaraciones de Impacto Ambiental (DIA). Pero en esta modalidad solo aplica siempre y cuando la comunidad lo solicite y solo para algunas tipologías de proyectos, lo que corresponde a aquellos que presentan cargas ambientales –es decir, proyectos que generan beneficio social pero a la vez externalidades negativas–. Así también, es importante destacar que históricamente –desde 1992 aproximadamente hasta la fecha– cerca del 95% de los proyectos han ingresado a evaluación en modalidad de DIA, y recién después de la gran reforma a la institucionalidad ambiental del año 2010 y la posterior actualización al reglamento del SEIA (mediante DS 40/2013), se incluyó la participación ciudadana en las DIA –con cargas ambientales–. En síntesis, en general el espacio para la participación ciudadana ha sido reducido y solo en los últimos años ha tomado mayor impulso.

Dicha falencia o debilidad institucional ha sido compensada en muchos casos por la acción y rol municipal, por ser el órgano del Estado que mayor conexión tiene con el territorio y con las necesidades de su comunidad, por lo cual su pronunciamiento ha sido fundamental ante proyectos que buscan ejecutarse en el territorio. No obstante, a partir de enero del 2020 el SEIA privó a los municipios de pronunciarse en un aspecto clave para el proceso de evaluación. ¿La razón o justificación de esta medida? Se desconoce… al menos, no es de conocimiento público.

Es así como hasta fines del 2019 los municipios podían pronunciarse en relación a los siguientes ámbitos:

1) Si el proyecto o actividad en cuestión cumple con la normativa de carácter ambiental
2) Si el proyecto o actividad genera o presenta alguno de los efectos, características o circunstancias establecidas en el artículo 11 de la Ley N° 19.300
3) La compatibilidad territorial del proyecto en relación al Plan Regulador Comunal y/o Seccional
4) La relación del proyecto con el Pladeco.

En la actualidad los municipios están imposibilitados de pronunciarse en cuanto a los efectos, características o circunstancias que podrían generar un impacto ambiental y, lamentablemente, esta obstrucción tiene directa injerencia sobre los puntos ciegos o ámbitos ambientales no regulados que los organismos sectoriales pasan por alto por no ser de su competencia, pero que los municipios si lograban observar y fortalecer en consecuencia la evaluación ambiental.

Por otra parte, nuestras comunidades están agobiadas. Los índices de cesantía aumentan cada día y las ollas comunes ya son una realidad en muchas localidades. Las capas populares que son la inmensa mayoría de nuestros compatriotas no pueden quedarse en casa y deben salir a las calles a buscar el sustento diario, pues con esta pandemia hemos evidenciado que en Chile son muy pocos los que pueden ahorrar y aguantar las vacas flacas. La ilusión de la “clase media” que nos han intentado hacer creer nunca existió, siempre fueron capas bajas con acceso a crédito y capacidad de endeudamiento.

Podemos dimensionar entonces el precario momento por el cual se está llevando a cabo la evaluación ambiental de proyectos de inversión, es decir, 1) que debido a la contingencia sanitaria existe mayor dificultad para evaluar correctamente los proyectos por parte de los funcionarios públicos, sumando a esto la gran cantidad de proyectos ingresados, 2) Participación ciudadana debilitada o ausente, por cuanto la preocupación más urgente e importante para las comunidades en estos momentos es subsistir económicamente y protegerse del virus, 3) municipalidades imposibilitadas de pronunciarse en lo fundamental, y de compensar por otra parte la ausencia de participación ciudadana.

Es así como en esta carrera por la aprobación ambiental de proyectos, el titular está corriendo prácticamente sin obstáculos. Cabe destacar, que el resultado de la evaluación ambiental se sintetiza en una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), la cual recae sobre el proyecto o actividad y no sobre el titular, es decir, el proyecto posteriormente podría cambiar de titularidad.

Entonces, ¿podríamos estar ante una especulación de licencias ambientales?, en donde se estén evaluando proyectos que en verdad no se quieren ejecutar en el corto plazo, y se está aprovechando el contexto nacional para facilitar la obtención de RCAs y posteriormente hacer negocio con aquello, pues recordemos que las RCA tienen un plazo de caducidad de 5 años desde su aprobación… No me atrevo a asegurarlo, pero dejo abierta la pregunta.
https://www.elmostrador.cl/agenda-pais/2020/06/18/salvoconducto-para-la-evaluacion-ambiental-durante-la-pandemia/

Chile, Litio

Productoras de litio de Chile resienten alza en contagios por coronavirus; producción estable

Foto de archivo. Vista del Salar Aguilar en el desierto de Atacama, Chile Noviembre, 2019. REUTERS/Fabián Cambero
17/06/2020(Reuters)
– La industria de litio de Chile, la segunda más grande del mundo, empieza a sentir los efectos del alza de casos de Covid-19 en el país, aunque los productores SQM y Albemarle afirman que sus operaciones no se han visto afectadas.

Albemarle, mayor productor mundial del componente de baterías para autos eléctricos, dijo el miércoles a Reuters que planeaba cerrar de inmediato su planta de potasa en el norte del país por 15 días hábiles para cumplir con las restricciones de personal exigidas por autoridades.

La medida “cumple con el objetivo de bajar la dotación en 24 personas (10% de la dotación actual) (…) en un contexto de aumento de la tasa de contagios en el país”, dijo la compañía.

La firma con sede en Estados Unidos dijo que la decisión no afectaría su producción de litio.

Además informó que 17 de sus trabajadores y contratistas en Chile habían sido infectados con el virus, incluidos 14 que laboran en el Salar de Atacama. Solo tres casos permanecen activos.

Su principal competidor, SQM, dijo por su parte que uno de sus trabajadores había fallecido a inicios de la semana por Covid-19. La compañía no respondió sobre cuántos trabajadores habían sido infectados.

SQM dijo que también redujo el personal, pero que los despachos permanecían estables.

“Hemos podido cumplir con la totalidad de nuestras exportaciones”, aseguró.

Chile, una potencia minera sudamericana y principal productor mundial de cobre, ha visto un fuerte alza en los contagios. Funcionarios de salud informaron el miércoles 220.628 casos totales y 3.615 muertes.

Reporte de Dave Sherwood, editado en español por Fabián Cambero
https://lta.reuters.com/articulo/salud-coronavirus-chile-litio-idLTAKBN23O3BD

Chile

EMERGENCIA SANITARIA EN EL CONTEXTO DE LA PANDEMIA POR COVID-19 EN CHILE Y SU IMPACTO EN LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS

Informe conjunto dirigido al Relator Especial Sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas de las Naciones Unidas, Don José Francisco Calí Tzay, elaborado por:
Comunidad Indígena Yagán de Bahía de Mejillones
Consejo de Pueblos Atacameños
Mesa de Coordinación de Pueblos Originarios del Budi
Municipalidad de Saavedra
Observatorio Ciudadano
Plataforma Política Mapuche
Junio 2020
Ver informe: https://observatorio.cl/emergencia-sanitaria-en-el-contexto-de-la-pandemia-por-covid-19-en-chile-y-su-impacto-en-los-derechos-de-los-pueblos-originarios/

Junio 20201.- Introducción
En el marco de la crisis sanitaria y económica que vive Chile y el mundo, los pueblos
indígenas u originarios son uno de los grupos más vulnerables frente a los impactos de la
pandemia y la crisis económica, debido a las diversas desigualdades que enfrentan en lo
social, económico y territorial; lo anterior, se une a la sobrecarga de enfermedades que
afrontan, como por ejemplo, los altos índices de diabetes e hipertensión arterial
producto de los cambios alimenticios causados por la reducción territorial(1).
Diversos organismos económicos y financieros han anunciado una crisis económica sin
precedentes y decenas de millones de personas desempleadas a raíz de la pandemia por
Covid-19. Para la región, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe – CEPAL
ha pronosticado el aumento de la pobreza y de la extrema pobreza, la persistencia de las
desigualdades y el descontento generalizado. En este contexto, la crisis por la pandemia
tendrá repercusiones negativas en la salud y la educación, así como el empleo y la
pobreza, principalmente en los sectores más pobres y vulnerables(2), entre ellos los
pueblos indígenas(3).
Asimismo, dadas las desigualdades económicas, sociales y culturales de Chile, los efectos
de la pobreza y el desempleo sin duda afectarán de forma desproporcionada a los
pueblos indígenas u originarios que habitan tanto las zonas rurales como las ciudades.
Ello, sumado al hecho de que Chile aún no ha brindado respuestas adecuadas frente al
estallido social que surgió en el país en octubre de 2019, el cual ocasionó diversas
protestas a lo largo del país, que se vieron interrumpidas con el inicio de la emergencia
sanitaria por Covid-19 en marzo de 2020. En este sentido la CEPAL ha afirmado, con
respecto a Chile, que lo que más preocupa es que esto pueda aumentar el descontento
social que ya existía antes de la crisis sanitaria, “justamente porque la desigualdad y la
pandemia, han demostrado grandes deficiencias estructurales que se vienen arrastrando
en materia de salud y protección social”(4).

Sirve recordar, que si bien Chile ha ratificado el Convenio 169 de la OIT en el 2008 y
aprobó con voto favorable la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los
Pueblos Indígenas de 2007 y la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos
Indígenas de 2016. A pesar de ello, los pueblos indígenas en Chile no están reconocidos
en la Constitución Política y la Ley 19.253 de 1993, conocida como la “Ley indígena”, hace
referencia a ellos como “étnias”, privándoles de esta forma de su reconocimiento político
como pueblos y del reconocimiento de sus derechos colectivos. Asimismo, la Ley
indígena no ha sido adecuada a los actuales estándares internacionales en materia de
derechos de los pueblos indígenas a los que se encuentra obligado Chile. Lo cual sin
duda aumenta el grado de vulnerabilidad de los pueblos indígenas que habitan Chile.
2.- Incidencia, tasas de mortalidad y aumento del riesgo de infección para el pueblo
Mapuche.
De acuerdo al Censo de 2017(5), los pueblos indígenas que habitan Chile representan el
12,8% del total de la población del país, lo que significa aproximadamente 2.158.792
personas, siendo el pueblo mapuche el más numeroso (1.745.147 personas). Asimismo,
se aprecia una tendencia en el incremento progresivo de la población urbana indígena
por sobre la rural: el mismo estudio, arroja que un 87,8% habita áreas urbanas, contra un
12,2% que lo hace en zonas rurales.

Chile

Cámara Minera de Chile realizó webinar sobre minería submarina

16/06/2020
México busca en el fondo marino una alternativa a la minería
La Cámara Minera de Chile realizó un webinar sobre minería submarina, que se desarrolló en dos sesiones, transmitidos en vivo por diversas plataformas digitales.

La minería submarina fue el tema de análisis del webinar realizado por la Cámara Minera de Chile. En la actividad, el presidente de la entidad, Manuel Viera, indicó que hay que iniciar en forma urgente una investigación de la exploración y explotación del fondo marino, lo que es trascendente especialmente por el financiamiento que requiere. Además, señaló que hay que buscar la forma de proteger nuestro territorio marino de países desarrollados.

“Si no tenemos políticas, si no tenemos reglamentos, si no contamos con un código de minería marítimo, ¿cómo nos vamos a defender? Otro tema que es importante, es la gestión de la propiedad minera. También hay que preocuparse el impacto al medio ambiente, lo que es muy importante”, indicó Viera.

Asimismo, hizo un llamado a las autoridades correspondientes a involucrarse en estos temas, recalcando que no se debe seguir reaccionando a los acontecimientos, sino que el país debe estar preparado para cuando estos temas deben estar resueltos antes de que comience el interés por explotar los fondos marinos.

“Esto, porque está claro que las leyes de los minerales en el mar tienen leyes más altas y pueden llegar a ser un atractivo para muchos. Por ello se preguntó de qué autoridad va a depender este tema, del Ministerio de Ciencia o del de Minería?”, agregó Viera.

Más investigación

Los profesionales que participaron de la actividad, coincidieron que es necesario el requerimiento de recursos para hacer investigación, tanto para definir las reglas a seguir, como para determinar los diversos impactos que este tipo de actividad pudiera producir.

En la ocasión, Guillermo Ugarte, ingeniero Civil de Minas y miembro de la Delegación de Chile a la 3ª Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1973-1982), que redactó la vigente Convención de la Ley del Mar, se refirió a “los principales recursos minerales de los fondos marinos”.

En tanto, el abogado Gastón Fernández, miembro de la Comisión Jurídica y Técnica de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (ISA), entregó información sobre la oceanominería en Chile y el mundo. “Creo que hay muchas interrogantes sobre el mar. La biodiversidad y los aspectos medioambientales de una explotación marina en los fondos internacionales, creo que amerita esperar, por eso que en lo personal soy partidario de una moratoria. Soy partidario de que esto se haga con calma”, aseveró Fernández.

Por su parte, el doctor Javier González, investigador de la División de Geología Marina del Instituto Geológico y Minero de España y coordinador de Mindesea -el proyecto insignia de GeoEra sobre depósitos minerales en los fondos marinos en los mares europeos-, expuso sobre “la exploración de cobalto, telurio y otros metales estratégicos y críticos en los depósitos minerales submarinos”.

En la ocasión González dijo que se ha descubierto y cartografiado numerosos y extensos indicios minerales en la región Macaronesica de las Islas Canarias. “Forman campos de nódulos polimetálicos y encostramientos de ferromanganeso y fosforitas en montes submarinos, así como precipitados hidrotermales en zonas de emisión activa de fluidos desde las líneas de costa a los 5000 metros. Algunos metales estratégicos y críticos como Co, Mn, Te y REEs están más enriquecidos en estos depósitos que en los yacimientos de tierra firme”.

Cámara Minera de Chile realizó webinar sobre minería submarina

Chile

Chile: Alza de casos de Covid-19 en minería genera alarma entre trabajadores

15/06/2020
En Chile, varias asociaciones de sindicatos de minería de cobre solicitan que se evalúe la continuidad de las operaciones, que no ha sido afectadas pese al sostenido aumento de contagios de coronavirus en el mayor productor mundial del metal.

Las medidas sanitarias implementadas no han sido suficientes para resguardar al personal, afirman en conjunto la cúpula gremial de la estatal Codelco, la Federación Minera (que agrupa a gran parte de los operarios de minas privadas) y la central de contratistas.

“Creemos que ya es tiempo de reevaluar la continuidad operacional, considerando que la industria no ha tenido mayores incidencias e impacto en la producción”, señaló el documento.

Agregaron que el mercado del metal “va en alza y con la reactivación del mercado chino no presagia la debacle financiera que algunas compañías mineras han querido sostener para avalar medidas precipitadas como el despido de trabajadores aludiendo a los alcances del coronavirus”.

La semana pasada los gremios empezaron a aumentar la presión sobre las mineras pidiendo mayores medidas preventivas.

De acuerdo con los gremios, “el aumento de casos es alarmante y demuestra que las medidas preventivas implementadas con protocolos de salud y seguridad que apuntan al autocuidado no son eficientes”.

Chile tiene más de 170.000 casos y supera los 3.300 fallecidos por la enfermedad, liderando el mayor número de contagios por millón de habitantes en América Latina.

En el país operan gigantes internacionales como la estatal Codelco, BHP, Anglo American, Glencore, Antofagasta, Freeport McMoRan.

Cochilco
Por otro lado, el Ministerio de Minería informó que está ad portas de cerrar uno de los proyectos más relevantes que tenía en carpeta antes de la pandemia: la modernización de la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco).

“Ese proyecto de ley está terminado y está en este minuto en la Segpres”, anuncia el ministro de Minería, Baldo Prokurica. Según explica, si bien las prioridades del gobierno están puestas en el Covid-19 y la iniciativa no forma parte de las urgencias a pesar de ser un tema relevante, una vez “pasada o controlada de alguna manera la pandemia, vamos a iniciar la tramitación de ese proyecto”.

Así, en lo medular, se dejará a Cochilco en su rol central de fiscalizador, junto con sus pronósticos de precios y aprobación de proyectos, y se trasladará al Ministerio de Minería el área de Estudios y las asesorías.

Fuente: Reuters y Diario Financiero

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